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Documento BOE-A-2019-4772

Resolución de 28 de marzo de 2019, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Médicos Titulares.

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 1 de abril de 2019, páginas 33518 a 33535 (18 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Referencia:
BOE-A-2019-4772

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 31 de julio), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018,

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Médicos Titulares.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015 por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 22 de julio) por las que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso a cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará, entre otras, en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es y en el portal del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (http://www.mscbs.gob.es).

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 31 plazas del Cuerpo de Médicos Titulares, Código 1205, por ingreso libre, de las comprendidas en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio.

Del total de las plazas convocadas, se reservarán dos para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación de la convocatoria.

En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, y el Real Decreto-ley 13/2017, de 7 de julio, las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas no se podrán acumular al turno general.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I. Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de concurso-oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

3. Desarrollo del proceso selectivo

3.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra «Q», de conformidad con lo previsto en la Resolución de 15 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 18 de marzo).

3.2 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará una resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», se indicará la relación de aspirantes excluidos, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, así como el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

3.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en los locales donde se haya celebrado el ejercicio anterior, en la sede del Tribunal calificador señalada en la base 5.8, y en las direcciones de Internet señaladas en la base 10, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.

Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

3.4 Según lo establecido por la Oferta de Empleo Público del año 2018, el primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en el plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria. La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo es de doce meses.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo.

3.5 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá dirigir a la dirección de correo electrónico weboposiciones@mscbs.es, poniendo como asunto «Cuerpo de Médicos Titulares».

4. Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de esta convocatoria.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III de esta convocatoria. Para aquellos ejercicios que requieran la inmediata corrección, la composición diaria del Tribunal podrá ser de tres miembros, designados por el Presidente. Las competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios.

5.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

5.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.

5.4 Si en cualquier momento del procedimiento el Tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al órgano convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.

5.5 El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» del 17 de diciembre), adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

5.6 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

5.7 El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 31 de julio), y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En el caso de que el Tribunal acuerde parámetros para la calificación de un ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio. Igualmente, en las actas del Tribunal deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas y de su cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de los ejercicios en esta convocatoria.

El Tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas.

5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Paseo del Prado, 18-20, dirección de correo electrónico weboposiciones@mscbs.es.

6. Requisitos de los aspirantes

Además de los requisitos enumerados en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado o Grado en Medicina, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

Los candidatos deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los requisitos exigidos.

7. Acceso de personas con discapacidad

7.1 Quienes opten a la plaza reservada para las personas con discapacidad deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.

7.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el dictamen técnico facultativo previsto en el punto 8.10.a) de estas bases específicas.

7.3 El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas, que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes, y aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

7.4 A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que superen algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima del mismo, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando ésta sea idéntica en el contenido del temario y forma de calificación, salvo actualización normativa.

8. Solicitudes

8.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar electrónicamente la solicitud de admisión a pruebas selectivas en el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de Acceso General en la URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips

8.2 Los interesados dispondrán de un plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar su solicitud (modelo 790) cumplimentada electrónicamente en la forma establecida en las bases 8.3 y 8.4. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

8.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 3.4 del Real Decreto 955/2018, de 27 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 31 de julio), y en el apartado decimocuarto.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, de bases comunes, la presentación de las solicitudes se realizará preferentemente por vía electrónica en la forma siguiente:

Los interesados realizarán su inscripción on line a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips).

Para ello, seleccionarán el cuerpo y la forma de acceso que corresponda y pulsarán el botón «Inscribirse». A continuación, en la opción «Realice su inscripción on line» deberá pulsar el botón «Acceder a Cl@ve» y seguir las instrucciones que se le indiquen en la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.

La presentación electrónica permitirá lo siguiente:

− La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.

− Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.

− El pago electrónico de tasas.

− El registro electrónico de la solicitud.

Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción.

El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 2 de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, de conformidad con lo previsto en las bases 7.1, 8.7 y 8.10, esta podrá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica.

Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la cumplimentación sustitutoria en papel en los términos indicados a continuación.

8.4 Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ips. Una vez cumplimentados en la citada página todos los datos solicitados de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre la opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»). Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias). Para efectuar el pago de esta tasa, se presentará el original de la solicitud impresa cumplimentado en la forma descrita en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, habrá que presentar el formulario de solicitud en el Registro General del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Paseo del Prado, 18-20, 28014 Madrid, o en la forma establecida en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad en el extranjero a la cuenta corriente restringida de recaudación código SWIFT BBVAESMM; IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones bancarias que se originen por dicha transferencia.

8.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

8.6 De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales, a continuación se recoge la información básica al respecto:

– Responsable: Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. Subsecretaría. Subdirección General de Recursos Humanos. Paseo del Prado 18, 28014, Madrid. Correo: sgrecursoshumanos@mscbs.es. Delegada de Protección de Datos: delegadoprotecciondatos@mscbs.es.

– Finalidad: Gestión de procesos selectivos de personal funcionario.

– Legitimación: Artículo 8 de la citada Ley.

– Destinatarios: Los datos de identidad de los aspirantes (nombre, apellidos y los últimos caracteres del NIF) serán publicados en la página web del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y en el Punto de Acceso General www.administracion.gob.es

– Derechos: Los interesados tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y de oposición mediante los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8.7 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) La personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual, al Salario Mínimo Profesional.

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 19 de noviembre), de protección de la Familia Numerosa. De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 por cien de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 por ciento los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del correspondiente título actualizado, que deberá ser adjuntado a la solicitud.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

8.8 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

8.9 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

8.10 Los aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán presentar la siguiente documentación adicional:

a) Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes razonables de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del proceso selectivo deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

b) Los aspirantes incluidos en los párrafos a), b) y c) de la base décima 1.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, deberán acompañar a su solicitud los documentos que acrediten las condiciones que aleguen sobre su nacionalidad.

c) Aquellos aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles en organismos internacionales presentarán los certificados y documentos previstos en la base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.

9. Embarazo de riesgo o parto

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

10. Relaciones con el ciudadano

A lo largo del proceso selectivo, se irá publicando en las páginas web del punto de acceso general (https://administracion.gob.es) y del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (http://www.mscbs.gob.es) toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del mismo.

En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.

11. Selección de personal funcionario interino

Con objeto de reducir los plazos de incorporación de personal funcionario interino y hacer efectiva la aplicación de los principios de mérito y capacidad en la selección de ese personal, el órgano calificador de este proceso selectivo, a la finalización del mismo, podrá elaborar una relación de posibles candidatos para el nombramiento como funcionarios interinos, con la duración, características y funcionamiento que establezca el órgano convocante, de conformidad con lo establecido en el apartado 18 del artículo 3 de Real Decreto 955/2018, de 27 de julio y el apartado vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.

12. Norma final

A estas pruebas selectivas les será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma, el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el resto de la normativa vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaría de Sanidad, Consumo y Bienestar Social en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Madrid, 28 de marzo de 2019.–El Subsecretario de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Alfredo González Gómez.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

1. Fase de oposición

La oposición estará formada por los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio:

Primer ejercicio. Consistirá en la contestación por escrito, en el plazo máximo de dos horas, de un cuestionario de ciento veinte preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, más diez preguntas de reserva, preparado por el Tribunal, que versará sobre el contenido de todo el temario de la oposición. Como mínimo el 25 por ciento de las preguntas deberán referirse a temas de la parte primera del programa.

Segundo ejercicio. Prueba de idioma. Consistirá en la traducción directa y sin diccionario de un texto en inglés propuesto por el Tribunal. Para la realización del ejercicio los aspirantes dispondrán de cuarenta y cinco minutos.

Tercer ejercicio. Consistirá en la exposición oral de dos temas, uno de la parte segunda y otro de la parte tercera del programa. Para ello, el opositor elegirá un tema de entre dos sacados al azar de cada una de dichas partes del programa. Cada uno de los temas deberá ser expuesto en un tiempo máximo de veinte minutos, disponiendo el opositor de diez minutos para la preparación de los mismos. Finalizada la exposición, el Tribunal podrá realizar preguntas sobre el contenido de los temas que haya desarrollado el opositor durante un tiempo máximo de quince minutos. Se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como la forma de presentación y exposición. El ejercicio tendrá lugar en sesión pública.

Cuando por la mayoría del Tribunal se apreciara una actuación notoriamente insuficiente en el desarrollo del ejercicio por parte del opositor, podrá decidir que el aspirante abandone la prueba, aun cuando no haya agotado el tiempo concedido para la realización del ejercicio.

Cuarto ejercicio. Resolución por escrito, durante el plazo máximo de dos horas de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal sobre las materias contenidas en el programa. Cada opositor procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la cual, el Tribunal podrá formular preguntas sobre los extremos relacionados con su ejercicio durante un tiempo máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.

El Tribunal podrá contar con asesores especialistas para la valoración de todos o alguno de los ejercicios de la oposición.

Los ejercicios se calificarán de la siguiente manera:

Primer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para acceder al siguiente ejercicio.

En este ejercicio se valorarán hasta un máximo de 120 preguntas, que se puntuarán de la forma siguiente: cada contestación correcta valdrá 1; se restará 0,25 por cada una de las respuestas incorrectas, se dejarán de valorar las preguntas no respondidas y de las operaciones anteriores se obtendrá la puntuación de cada participante en el ejercicio.

Para superar este dicho primer ejercicio los aspirantes deberán alcanzar, al menos, un 50 % de la puntuación máxima establecida de 120 puntos.

El Tribunal adaptará la puntuación del ejercicio en una calificación de 0 a 10 puntos.

Quienes superen el primer ejercicio con una puntuación superior al 60 % de la calificación máxima prevista, podrán conservar la nota para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación del ejercicio sea idéntico, salvo actualización normativa.

Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

Tercer ejercicio: Se calificarán de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.

Cuarto ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, se estará a lo establecido en el Real Decreto de la Oferta de Empleo Público del año 2018.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero, segundo, tercero y cuarto.

No podrá superar esta fase un número mayor de aspirantes que el de plazas convocadas.

En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el Tribunal, que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de organismos internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.

2. Fase de concurso

Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación de aprobados de la fase de oposición, para presentar el certificado de requisitos y méritos debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio y Organismo donde presten o hayan prestado sus servicios, así como la presentación de fotocopia o certificación académica compulsada de la titulación a valorar.

La fase de concurso no tiene carácter eliminatorio. Las valoraciones estarán referidas a la fecha de publicación de la convocatoria.

Esta fase tendrá una valoración máxima de 15 puntos para aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de acuerdo con el siguiente baremo:

2.1 Valoración del trabajo desarrollado. Se valorarán los servicios prestados, hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria, en el ámbito de la Administración General del Estado desempeñando puestos de trabajo del subgrupo A1 o del grupo 1 del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, siempre y cuando fueran tareas coincidentes con las funciones propias del Cuerpo de Médicos Titulares. La puntuación será de 0,5 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 12 puntos.

La forma de acreditación del presente mérito será la presentación de certificación de Servicios Prestados emitido por la Unidad de Personal correspondiente.

2.2 Titulación.

2.2.1 Por estudios superiores de licenciatura o grado en las ramas de Ciencias o Ciencias de la Salud distinto por la que accede al proceso selectivo: 1,5 puntos.

2.2.2 Por un título de formación sanitaria especializada: 1,5 puntos.

La puntuación máxima será de 3 puntos.

La lista que contenga la valoración de los méritos de la fase de concurso se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición y comprenderá a los aspirantes que superen la misma.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.

La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.

En caso de empate de puntuación, se dirimirá el desempate por los puntos obtenidos en el cuarto ejercicio, el tercero y el primer ejercicio, de la fase de oposición y en la valoración del trabajo desarrollado de la fase de concurso, por este orden.

Finalizada la fase de concurso-oposición, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de aspirantes que hayan superado por orden de puntuación. Dichos aspirantes aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

3. Curso selectivo

El curso selectivo tendrá un carácter teórico-práctico destinado a adquirir conocimientos y habilidades en materia de administración, reglamentación, evaluación y gestión de medicamentos y productos sanitarios y consistirá en un periodo formativo de duración de 1 mes, a celebrar en el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

El curso selectivo deberá contemplar formación en materia de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y en materia de violencia de género, tal y como recoge el artículo 61 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Resolución de 26 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y sus organismos públicos.

La Subsecretaría del Departamento, a propuesta del Tribunal, designará al Director del curso selectivo. Al final de dicho curso, y por parte de la Dirección del mismo, se emitirá el informe para cada uno de los aspirantes en el que se valorará su rendimiento considerando la asistencia y adquisición de conocimientos, y teniendo en cuenta el informe de las unidades donde el aspirante haya realizado la parte práctica.

El Director del curso elevará propuesta valorativa del resultado del mismo al Tribunal, el cual efectuará la calificación definitiva de aptitud de cada uno de los aspirantes.

Finalizado el curso los aspirantes serán declarados «aptos» o «no aptos». Los aspirantes que no obtengan la calificación de «aptos» perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

4. Calificación final

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntaciones obtenidas en la fase de oposición y de concurso por aquellos aspirantes calificados «aptos» en el curso selectivo.

ANEXO II
Programa

Parte primera

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características, estructura, principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y deberes fundamentales y su especial protección.

Tema 2. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo. El Consejo de Estado.

Tema 3. La Corona: Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia. El refrendo.

Tema 4. Las Cortes Generales: Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.

Tema 5. El Gobierno: Composición, designación y funciones. La Ley del Gobierno. Los Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario.

Tema 6. La Administración Pública en la Constitución Española: Principios Constitucionales. La organización territorial del Estado. La Administración General del Estado y su organización periférica. La Administración Local y las Comunidades Autónomas. Las Ciudades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas.

Tema 7. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de fuentes. La Ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decreto-ley y Decreto Legislativo. El Reglamento: Concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo

Tema 8. La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Disposiciones generales. De los interesados en el procedimiento. De la actividad de las Administraciones Públicas. De los actos administrativos. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. De la revisión de los actos en vía administrativa.

Tema 9. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (I): Disposiciones generales. La Administración General del Estado. Los Ministerios y su estructura interna. Órganos territoriales. La Administración General del Estado en el exterior. Organización y funcionamiento del sector público institucional. Los organismos públicos estatales. Las autoridades administrativas independientes del ámbito estatal. Las sociedades mercantiles estatales. Los consorcios. Las fundaciones del sector público estatal. Los fondos carentes de personalidad jurídica del sector público estatal.

Tema 10. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (II): Relaciones interadministrativas. Principios generales. Deber de colaboración. Relaciones de cooperación. Relaciones electrónicas entre las Administraciones. Principios de la potestad sancionadora. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Funcionamiento electrónico del sector público. Los convenios.

Tema 11. Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. Los contratos en el sector público: concepto, tipos, principios, características y elementos. Adjudicación y ejecución.

Tema 12. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Incompatibilidades.

Tema 13. Políticas sociales: Igualdad de Género. Normativa vigente. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombre. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Política de integración de las personas con discapacidad. Normativa vigente.

Tema 14. La Unión Europea: Antecedentes, tratados originarios y modificativos. Objetivos y naturaleza jurídica. La salud pública en los Tratados de la Unión Europea. Las Instituciones de la Unión Europea. El Consejo de la Unión Europea y el Consejo Europeo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Cuentas.. Funcionamiento y relaciones institucionales. Fuentes del Derecho Comunitario. La eficacia directa y la primacía del Derecho Comunitario. Relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados Miembros. El procedimiento por incumplimiento del Derecho Comunitario. Actos delegados y de ejecución.

Tema 15. La Dirección General de Salud y Seguridad Alimentaria de la Comisión Europea. Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades.

Tema 16. La libre circulación de mercancías. La libre circulación de personas. La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. La proyección exterior de la Unión Europea. Política exterior y de seguridad común de la Unión Europea.

Tema 17. Ley General de Sanidad. Estructura. Fundamentos básicos. Las competencias sanitarias del Estado y de las Comunidades Autónomas. Coordinación general sanitaria. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.

Tema 18. Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Competencias de las administraciones públicas en materia de consumo. El derecho de los consumidores a la información. Ley 28/2015, de 30 de julio, para la defensa de la calidad alimentaria.

Tema 19. Ley 17/2011, de 5 de julio, de Seguridad Alimentaria y Nutrición.

Tema 20. El Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. Estructura, competencias y funciones. Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación. Estructura y funciones.

Tema 21. Sanidad Exterior. Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio, sobre funciones del Ministerio de Sanidad y Consumo en materia de sanidad exterior. Los documentos administrativos a utilizar en el ámbito de la sanidad exterior.

Tema 22. El Sistema Nacional de Salud. Planificación, organización, dirección y evaluación de programas. La asistencia sanitaria en el Sistema Nacional de Salud. La ordenación de las prestaciones sanitarias.

Tema 23. La Organización de Naciones Unidas y otros organismos internacionales: actividades sanitarias. La Organización Mundial de la Salud (OMS): Estructura y funciones. Oficinas Regionales.

Tema 24. Reglamento Sanitario Internacional 2005.

Tema 25. Decisión 1082/2013 UE sobre amenazas transfronterizas graves para la salud

Tema 26. Ley 41/2002 de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

Tema 27. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.

Tema 28. Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.

Tema 29. La gobernanza pública y el gobierno abierto. Concepto y principios informadores del gobierno abierto: colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de gobierno abierto en España. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, por el que se aprueba su estatuto. Funciones.

Tema 30. Bases legales de la investigación con seres humanos o con materiales de procedencia humana en España. La Ley de Investigación Biomédica. Ley Orgánica de protección de datos.

Parte segunda

Tema 1. La medida del nivel de salud. Indicadores e índices de salud. Encuestas de Salud.

Tema 2. Sistemas de información sanitarios. Registros clínicos. Encuestas poblacionales

Tema 3. Demografía y Salud Pública. Fuentes de información demográficas. Modelos de población y proyecciones.

Tema 4. La estadística. La variabilidad en las ciencias biológicas. Conceptos de población y muestra. Tipos y métodos de muestreo. La probabilidad. Distribución normal, binomial y de Poisson.

Tema 5. Estadística. Variables continuas y discretas. Medidas de centralización y de dispersión. La inferencia estadística. El contraste de hipótesis y el valor de «p». La correlación lineal. La regresión lineal.

Tema 6. Medidas de frecuencia de la enfermedad. Concepto y tipos. Incidencia, prevalencia y mortalidad. Medidas de efecto y medidas de impacto.

Tema 7. Estudios de cohortes. Estudio de casos y controles. Estudios experimentales. El ensayo clínico.

Tema 8. Evaluación de pruebas diagnósticas. Concepto de sensibilidad, especificidad y valor predictivo. Fundamentos de la Prevención secundaria.

Tema 9. Precisión, validez y generalización en los estudios epidemiológicos. Sesgos: Concepto, prevención y control. Factores de confusión.

Tema 10. Metodología de la recogida de información epidemiológica. Diseño de cuestionarios de salud. Metodología de investigación cualitativa en salud pública.

Tema 11. Determinantes sociales de la salud. Equidad en Salud y Desigualdades Sociales en Salud. Salud en todas las políticas. Evaluación del impacto en salud.

Tema 12. La vigilancia en Salud Pública: Concepto, actividades y aplicaciones. Sistemas de vigilancia epidemiológica en España y en la Unión Europea.

Tema 13. La planificación sanitaria. Definición y concepto. Tipos de planificación. Las etapas del proceso de planificación.

Tema 14. La promoción de la salud. Evolución histórica, conceptos y principales líneas de intervención. Promoción de estilos de vida saludables y de entornos saludables. La Estrategia de Promoción de la Salud y prevención en el Sistema Nacional de Salud.

Tema 15. Educación para la salud. Concepto, objetivos y líneas de intervención. Métodos directos e indirectos.

Tema 16. Epidemiología general de las enfermedades trasmisibles. Dinámica de las enfermedades infecciosas.

Tema 17. Epidemiología y prevención de las principales enfermedades no trasmisibles: diabetes mellitus, enfermedades cardiovasculares, enfermedades respiratorias crónicas y cáncer.

Tema 18. Tabaco y Salud. Normativa reguladora de medidas sanitarias frente al tabaquismo y de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

Tema 19. El alcohol y la salud. Estrategias y métodos de prevención y promoción de la salud. Políticas de la Unión Europea y OMS sobre alcohol.

Tema 20. Alimentación y salud pública. Estrategia NAOS.

Tema 21. Programas de cribado y de salud pública. Bases y criterios del cribado. Programas de cribado poblacional del Sistema Nacional de Salud.

Tema 22. Actividad física y salud. Recomendaciones para la población sobre actividad física y reducción del sedentarismo. Promoción de la salud en el ámbito local: Red Española de Ciudades Saludables e implementación local de la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención en el Sistema Nacional de Salud.

Tema 23. Epidemiología de las lesiones no intencionales (accidentes) y su prevención. Epidemiología por otras causas externas: suicidio, homicidio y violencia.

Tema 24. Salud Laboral. Vigilancia de la Salud. Enfermedades profesionales.

Tema 25. Vigilancia y respuesta de salud pública en el tráfico internacional de personas en el ámbito del Reglamento Sanitario Internacional-2005.

Tema 26. Vigilancia y control sanitario de instalaciones portuarias y aeroportuarias. Control vectorial en puertos y aeropuertos internacionales.

Tema 27. Control higiénico-sanitario en buques I. El Certificado de Exención de Control de Sanidad a Bordo.

Tema 28. Control higiénico-sanitario en buques II. El abanderamiento. Botiquines en los buques: tipos, revisión y normativa que los regula.

Tema 29. La Declaración Marítima de Sanidad y la Declaración General de Aeronave. Estructura y contenido. La libre plática, concepto y actuaciones para su concesión.

Tema 30. Policía sanitaria mortuoria. Aspectos sanitarios en el traslado internacional de cadáveres y restos cadavéricos.

Tema 31. Desinfección, Desinsectación y Desratización. Concepto, técnicas y procedimientos. Biocidas. Materias contumaces.

Tema 32. Reglamento Sanitario Internacional-2005 (RSI-2005): Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional. Conceptos y actuaciones. Los comités de emergencias y de revisión.

Tema 33. Los puntos de entrada según lo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional-2005. Definición, obligaciones de los Estados. Las capacidades básicas en los puntos de entrada designados.

Tema 34. La importación y exportación de muestras biológicas en España. El Real Decreto 65/2006, de 30 de enero, por el que se establecen requisitos para la importación y exportación de muestras biológicas.

Tema 35. Las vacunas y la salud pública. Políticas de vacunación en España. Calendario común de vacunación infantil del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Planificación de los programas de vacunaciones, evaluación de su eficacia y efectividad. Criterios para fundamentar modificaciones. Vacunación en adultos. Actuaciones específicas en la población emigrante. Vacunación en pacientes inmunocomprometidos y otros grupos de riesgo.

Tema 36. Concepto, clasificación y características generales de las vacunas. Transporte, distribución y conservación de las vacunas.

Tema 37. Bases inmunitarias de las vacunaciones. Epidemiología de las enfermedades inmunoprevenibles. Seroepidemiología. Estudios de Seroprevalencia. Inmunidad colectiva o de grupo. Reacciones adversas y efectos secundarios. Contraindicaciones.

Tema 38. Los Centros de Vacunación Internacional. Estructura, competencias y funcionamiento. Certificado de Vacunación Internacional. Vacunaciones obligatorias y recomendadas internacionalmente.

Tema 39. Prevención de riesgos sanitarios del viajero relacionados con factores medioambientales. Altitud, Calor, humedad, radiaciones solares y otros. Prevención de riesgos sanitarios del viajero relacionados con los animales e insectos. Recomendaciones sanitarias a viajeros en situaciones especiales: embarazo, patologías concomitantes. Viajes asociados a concentraciones masivas de personas.

Tema 40. Principios generales de la terapéutica antimicrobiana. Resistencias de los antibióticos.

Tema 41. Farmacovigilancia. Concepto, objetivos y organización de la farmacovigilancia en España. Buenas Prácticas de Farmacovigilancia.

Tema 42. Epidemiología Ambiental y factores ambientales determinantes de la salud. La dimensión de la Salud Pública en las crisis medioambientales.

Tema 43. Calidad del Aire Ambiente y Contaminación Atmosférica. Protocolo de Kyoto: Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático. Exceso de Temperaturas y su impacto en Salud Pública.

Tema 44. Reglamento REACH, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos. Limitación a la comercialización y al uso de ciertas sustancias y preparados químicos peligrosos. Importación y exportación de productos químicos peligrosos.

Tema 45. El agua y la salud. Legislación sanitaria de agua. Distribución de competencias y responsabilidades. Calidad del agua de consumo humano, muestreos y control de la calidad. Especificaciones de los laboratorios de control. Calificación de una muestra de agua de consumo. SINAC. Derecho al acceso a la información de agua de consumo.

Tema 46. Aguas de baño. Legislación europea y nacional. Criterios de calificación.

Tema 47. Problemas sanitarios de los contaminantes físicos. El ruido.

Tema 48. Radiaciones ionizantes. Conceptos y tipos. Efectos biológicos. Protección radiológica. Radiaciones no ionizantes. Campos electromagnéticos.

Tema 49. Calidad Asistencial: Concepto y elementos de la Calidad. Gestión de la Calidad Asistencial. El ciclo de mejora de la calidad. Herramientas para la gestión de la Calidad. Gestión de los procesos asistenciales. Seguridad del Paciente. Medida de la calidad, definición de indicadores de calidad.

Tema 50. Evaluación del riesgo y medidas de salud pública para el control de las enfermedades transmisibles a bordo de las aeronaves. Desinsectación de las aeronaves.

Tema 51. Los Equipos de Protección Individual.

Tema 52. Planes de preparación y respuesta ante riesgos, amenazas y emergencias sanitarias.

Tema 53. Infecciones relacionadas con la Asistencia Sanitaria.: Definición, descripción y medidas de control. Resistencia a los antibióticos y Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos.

Parte tercera

Tema 1. Amebiasis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 2. Carbunco: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 3. Cólera: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 4. Dengue: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 5. Difteria: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 6. Fiebre Hemorrágica por el virus del Ébola: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 7. Fiebre Hemorrágica por el virus Marburgo: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 8. Encefalitis japonesa: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 9. Enfermedad vírica Chikungunya: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 10. Encefalitis centroeuropeal: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 11. Encefalopatías espongiformes: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 12. Enfermedad Meningocócica: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 13. Esquistosomiasis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 14. Fiebre Amarilla: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 15. Fiebre hemorrágica de Crimea-Congo: Epidemiología, Prevención y Situación mundial.

Tema 16. Fiebre del Valle del Rift y fiebre del Nilo occidental. Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 17. Fiebre de Lassa: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 18. Fiebre tifoidea: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 19. Filariasis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 20. Gripe: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. Gripe aviaria.

Tema 21. Síndrome Respiratorio Agudo Grave (SARS) y Síndrome Respiratorio de Oriente Medio causado por Coronavirus-MERS-CoV: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 22. Hepatitis A y hepatitis E: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 23. Hepatitis B, hepatitis C y hepatitis D: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 24. Infecciones neumocócicas: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 25. Infecciones por Haemophilus: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 26. Infecciones por Hantavirus: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 27. Legionelosis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 28. Leishmaniasis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 29. Leptospirosis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 30. Paludismo: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 31. Peste: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 32. Poliomielitis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. Plan de eliminación.

Tema 33. Rabia: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 34. Rickettsiosis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 35. Parotiditis y Rubéola: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 36. Sarampión: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. Plan de eliminación.

Tema 37. Tétanos: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 38. Tosferina: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 39. Tripanosomiasis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 40.Tuberculosis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. Plan para la prevención y control de la tuberculosis en España.

Tema 41.Varicela: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

Tema 42. Virus de la Inmunodeficiencia humana: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial Epidemiología y control del SIDA. El Plan Nacional sobre el SIDA.

Tema 43. Virus del Zika: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal titular

Presidente: Don Abel Pedro J. Aldama Roy. Cuerpo de Médicos de la Sanidad Nacional.

Secretaria: Doña Rosa María Carretero Ruiz. Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Vocales: Doña Carolina Rodríguez Gay, Cuerpo de Médicos Titulares. Don Miguel Dávila Cornejo, Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social. Don José Luis Vozmediano Madrona, Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Tribunal suplente

Presidente: Don Fernando Simón Soria. Escala de Técnicos Superiores Especialistas de los Organismos Públicos de Investigación.

Secretaria: Doña Xoana López López. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales: Doña María José Sierra Moros, Cuerpo de Médicos de la Sanidad Nacional. Doña Lucía Pilar García San Miguel Rodríguez-Alarcón, Cuerpo de Médicos Titulares. Doña Aurora Limia Sanchez, Cuerpo de Médicos Titulares.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro de «Ministerio», se especificará «Sanidad, Consumo y Bienestar Social».

En el recuadro de «Centro Gestor», se indicará «Subsecretaría de Sanidad, Consumo y Bienestar Social».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Médicos Titulares», código 1205.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «Libre».

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Sanidad, Consumo y Bienestar Social».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Licenciado o Grado en Medicina».

El importe de la tasa por derechos de examen será de 30,49 euros y para las familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 15,25 euros. Estarán exentas del pago de esta tasa las personas afectadas por el apartado decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.

La solicitud se dirigirá al Subsecretario del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (Subdirección General de Recursos Humanos).

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