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Documento BOE-A-2019-509

Orden INT/1455/2018, de 14 de diciembre, por la que se nombra Facultativo de la Policía Nacional a don Pablo Ignacio Sardina Cámara, por haber superado el proceso selectivo convocado por Resolución de 28 de julio de 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2019, páginas 3490 a 3490 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2019-509

TEXTO ORIGINAL

Por haber superado el proceso selectivo para cubrir plazas de Funcionarios Facultativos y Técnicos de la Policía Nacional, convocado por Resolución de la Dirección General de la Policía, de 28 de julio de 2015 («Boletín Oficial del Estado» número 186, de 5 de agosto de 2015), al haber sido declarado apto por Resolución de 14 de diciembre de 2018 del mismo centro directivo,

Este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente y en la base novena de la convocatoria, ha dispuesto:

Primero.

Nombrar Facultativo de la Policía Nacional al aspirante don Pablo Ignacio Sardina Cámara, titular del DNI 5044****, con 29,80 puntos (10,80 de baremo de la fase de concurso, más 19 puntos de la fase del curso), con la misma antigüedad que los funcionarios de su promoción, 14 de marzo de 2016, conforme a la sentencia número 423, de 14 de junio de 2018, dictada por la Sección Séptima de la Sala de los Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el procedimiento ordinario número 713/2016.

Segundo.

Para la adquisición de la condición de Facultativo de la Policía Nacional, el interesado deberá prestar el juramento o promesa que se establece en el Real Decreto número 707/1979, de 5 de abril. A dichos efectos, deberá también tomar posesión en la plaza que le sea asignada de acuerdo con las bases de la convocatoria y con las prescripciones reglamentariamente establecidas que se indiquen en la Resolución de la Dirección General de la Policía que se haga pública en la Orden general de dicho centro directivo.

Tercero.

Contra la presente Resolución y los actos derivados de la misma, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Ministro del Interior, en los términos previstos en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante el Tribunal correspondiente, según lo dispuesto en los artículos 25, 26, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 14 de diciembre de 2018.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.

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