De conformidad con lo establecido en los artículos 6, letra a) y d), y 7, apartado 1, del Real Decreto 694/2007, de 1 de junio, por el que se regula el Consejo Escolar del Estado, formarán parte del mismo un número determinado de Consejeros, nombrados por la Ministra de Educación y Formación Profesional, a propuesta de las organizaciones sindicales más representativas del profesorado y a propuesta de las organizaciones sindicales más representativas del personal de administración y de servicios de los Centros docentes.
Asimismo, según dispone el artículo 9, apartado 1, letra d), del referido Real Decreto, los Consejeros perderán su condición de miembros del Consejo Escolar del Estado por revocación del mandato conferido por las organizaciones respectivas que los designaron.
De acuerdo con lo establecido en las normas indicadas, a propuesta de la Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras, dispongo:
El cese como Consejeros titulares y Consejeros sustitutos del Consejo Escolar del Estado, por los grupos que se indican a continuación, de los siguientes representantes:
1.º Grupo de Profesores:
A) Por la enseñanza pública:
Titular: Don Francisco Javier García Cruz.
Sustituto: Don Alfonso Gil Simarro.
B) Por la enseñanza privada:
Titular: Doña Gloria Molina Álvarez de Cienfuegos.
Sustituto: Don Ángel Castiblanque Saiz.
2.º Grupo de representantes del personal de administración y de servicios de los Centros docentes:
Titular: Don José Antonio Rodríguez López.
El nombramiento como Consejeros titulares y Consejeros sustitutos del Consejo Escolar del Estado, de forma correspondiente a los ceses reseñados en el apartado anterior, de los siguientes representantes:
1.º Grupo de Profesores:
A) Por la enseñanza pública:
Titular: Don Diego Molina Collado.
Sustituto: Don José María Ruiz Herranz.
B) Por la enseñanza privada:
Titular: Doña María Isabel Sanz Huerta.
Sustituto: Don Pedro Ocaña Muñoz.
2.º Grupo de representantes del personal de administración y de servicios de los Centros docentes:
Titular: Doña Sonia Barsano Martínez.
El mandato de los Consejeros nombrados por la presente Orden finalizará en la fecha de renovación bienal, en la que habrían de cesar los Consejeros en cuyo lugar se les nombra, de acuerdo con lo previsto en los artículos 7.2 y 10.1 del Real Decreto 694/2007, de 1 de junio.
Madrid, 21 de marzo de 2019.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, María Isabel Celaá Diéguez.
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