El proyecto al que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en los apartados a y b, del grupo 9, del Anexo I del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero. De conformidad con lo dispuesto en el apartado primero del artículo 3 de dicha norma, este proyecto debe ser sometido a evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con las actuaciones recogidas en el artículo 5, tras lo que se procederá a formular su declaración de impacto ambiental.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1.c) del Real Decreto 864/2018, de 13 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica, corresponde a la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal.
La presente Resolución de declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: la determinación de la amplitud y el nivel de detalle del estudio de impacto ambiental, junto con las contestaciones a las consultas realizadas por el órgano ambiental; el documento técnico del proyecto; el estudio de impacto ambiental; y el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas por el órgano sustantivo, así como la documentación complementaria aportada por el promotor y las consultas adicionales realizadas.
A. Identificación del promotor del proyecto y del órgano sustantivo. Descripción del proyecto y de los elementos ambientales significativos de su entorno
A.1 Promotor y órgano sustantivo del proyecto:
Con fecha 21 de enero de 2013 tiene entrada en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, el proyecto «Mejora y Modernización del Regadío de la Zona Regable de Valles Alaveses (Zona 1, 2, 3, 5, 6 y 7)», procedente de la Subdirección General de Infraestructuras y Tecnologías de la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, actuando como órgano sustantivo de dicho proyecto. El promotor de dicho proyecto es Aguas de las Cuencas de España S.A. (ACUAES).
A.2 Descripción del proyecto: Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas:
A.2.1 Objeto y justificación.
En la zona de Álava denominada «Valles Alaveses» existen 24 Comunidades de Regantes que engloban a 590 explotaciones agrícolas, abarcando un total de 8.064 parcelas, con una superficie media de terrenos de cultivo por explotación de 40 ha, de las cuales, en la actualidad, aproximadamente el 88 % se dedican a cultivos de secano y un 12 % a cultivos de regadío.
El proyecto tiene por objeto la modernización de los regadíos en los «Valles Alaveses» que implicara, una vez ejecutado el proyecto, una reducción del caudal concesional actual que pasará de 7,19 Hm3/año a 5,37 Hm3/año (esta cifra incluye la Zona 4), por lo que significará un ahorro de agua que vuelve al sistema. Además, esta modernización permitirá dotar de infraestructuras de riego a 5.649 ha de la Zona de Valles Alaveses (7.024 ha si se incluye la Zona 4).
Teniendo en cuenta que se regarán las superficies objeto del proyecto una vez cada cuatro años, anualmente sólo se regaría un 25 %, es decir, 1.412 ha al año (sin incluir la Zona 4). Para ello, se captarán los caudales invernales y primaverales de la cuenca del río Omecillo-Tumecillo, que serán conducidos mediante una red de tuberías a infraestructuras de almacenamiento (presas y embalses), desde las que en el período estival se suministrarán las demandas de riego, ya que en el período estival se prohíbe completamente la detracción de caudales (1 de julio a 30 de septiembre). En la actualidad la detracción de caudales se produce en periodo estival sin ningún tipo de almacenamiento, por lo que cada regante realiza las tomas directas en cauce, con escaso control.
A.2.2 Localización.
Los «Valles Alaveses» se encuentran en la margen izquierda del río Ebro, comprendiendo los términos municipales de Armiñón, Lantarón, Ribera Alta, Ribera Baja, Añana y Valdegovía.
La distribución de las zonas de regadíos, sus superficies y dotaciones son las siguientes:
Zona |
Denominación |
Superficie (ha) |
Dotación (m3/ha año) |
|
---|---|---|---|---|
1 |
Alto Bayas |
2.459,00 |
2.700 |
|
2 |
Bajo Bayas |
1.029,60 |
3.000 |
|
3 |
Río Zadorra |
1.486,00 |
3.200 |
|
4* |
Alto Omecillo |
1.189,80 |
1.800 |
|
5 |
Medio/Bajo Omecillo |
2.364,00 |
3.000 |
|
6 |
A |
Ebro |
888,40 |
3.000 |
B |
324,90 |
3.000 |
||
C |
901,30 |
2.500 |
||
7 |
Tumecillo |
484,20 |
2.000 |
|
8** |
Alto Tumecillo/Bayas |
398,30 |
2.000 |
|
Total |
11.525,50 |
26.200 |
* La zona 4 ya ha sido ejecutada mediante un proyecto independiente anterior.
** Se ha descartado la realización de la zona 8 durante la tramitación del proyecto.
A.2.3 Alternativas.
En el estudio de impacto ambiental se describen las siguientes alternativas:
• Alternativa 0. No llevar a cabo actuación alguna.
• Alternativa 1. Anteproyecto ganador del concurso abierto por el Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Álava en 1998, con sus posteriores modificaciones relativas a la inclusión de nuevas zonas de riego, a cotas más elevadas, o a la ampliación de las previstas. Así, se pasa de las 8.130 ha del Anteproyecto, a las 11.525,50 ha actuales, pero se mantienen las líneas generales del Anteproyecto: las dotaciones de agua para riego, la procedencia de los recursos, y el sistema de almacenamiento y distribución, realizándose los necesarios reajustes, para el mayor ámbito de actuación.
• Alternativa 2. Planteada en las Bases Técnicas de AcuaEbro del concurso de redacción del presente proyecto. Se plantean las siguientes modificaciones respecto al Anteproyecto de 1998:
a) No se realizan captaciones en el río Bayas o sus arroyos afluentes.
b) Se descarta el embalse de Vadillo, en el arroyo Vadillo, afluente del Bayas por su margen derecha, ya que no puede garantizarse su impermeabilidad.
c) Se suprime por motivos medioambientales el paso por el estrecho de Subijana que, en el anteproyecto, se proyectó por el cauce del río Bayas.
d) La zona 3, prevista en el anteproyecto mediante captaciones del Zadorra y bombeos (que existen ya en la actualidad), se suministra ahora por gravedad desde los embalses de Barrón y Bisoto. A futuro, esto permitirá mejorar la calidad del tramo bajo del Zadorra, al eliminarse las concesiones de los bombeos actualmente existentes. Esto mismo también sucederá, en el tramo bajo del río Bayas.
e) Se evitan todos los bombeos, a excepción del único que se deja para el llenado de Barrón, que se utilizaría únicamente en los años más secos.
f) La superficie regable se ajusta sensiblemente a las previsiones de la Comunidad de Regantes.
• Alternativa 3. Establecida como resultado del Informe sobre el estado actual y propuestas de modificación del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Álava. Consiste en la realización de las siguientes modificaciones respecto a la Alternativa 2 anterior:
a) Sustituir el embalse de Bisoto y la balsa de Villanañe por infraestructuras/balsas de acumulación a mayor cota.
b) Valorar la posibilidad de incluir una infraestructura de acumulación de unos 100.000 – 200.000 m3 en cola de la red de distribución.
c) Evitar en la medida de lo posible la duplicidad de conducciones pese a la mayor complejidad de manejo por sistemas de regulación.
d) Modificaciones del trazado ajustándose a lo solicitado por el Servicio de Medio Ambiente y Biodiversidad de la Diputación Foral de Álava.
Después de un análisis multicriterio, el promotor se decanta por realizar la alternativa 3, ya que, según su criterio, supone un menor impacto ambiental global del proyecto.
Tras la realización del estudio de alternativas y descartada la captación de recursos del Bayas y Zadorra, descartadas las Zonas 1A y 8, por ser inevitables los bombeos, descartados el embalse de Bisoto y la balsa de Villanañe e incluidas las balsas de La Aloya y Villaluenga, a requerimiento de la Dirección de Agricultura de la Diputación Foral de Álava, y con la limitación de cotas hasta las que se podría regar por gravedad desde el embalse de Barrón y las balsas, la superficie regable total del Regadío de Valles Alaveses se reduce desde las 11.525 ha contempladas en el Plan General de Transformación en Regadío de la zona de Valles Alaveses, aprobado por el Decreto Foral 112/1999, del Consejo de los Diputados, de fecha 23 de julio, hasta una cifra de aproximadamente 7.800 ha, que incluyen las 1.911,35 ha del proyecto de la Zona 4 (actualmente ejecutadas las obras de la infraestructura principal), con lo que la superficie regable asignada al Resto de Zonas de Valles Alaveses, objeto del presente proyecto, queda en aproximadamente 5.890 ha.
A.2.4 Descripción sintética de la alternativa seleccionada.
La Alternativa 3 incluye:
• Conexión en la arqueta final de la conducción de la Zona 4, para recoger los excedentes del embalse de El Molino y conducirlos bien a la balsa de Los Castros o bien al embalse de Barrón.
• Nuevas captaciones en los arroyos Quejo, Nograro y Barrio, y las conducciones hasta el embalse de Barrón con capacidad para 120 l/s, 180 l/s y 85 l/s respectivamente, que captan del orden del 60% de la aportación anual, deducido el caudal ecológico.
• Captación en Osma, acondicionando el azud existente en el río Tumecillo o Húmedo al sur de la localidad de Osma, con un caudal de 500 l/s hasta el embalse de Barrón.
• Bombeo instalado en la conducción, en línea, de la captación de Osma al embalse de Barrón.
• Embalse de Barrón de 4,3 hm3 de embalse útil. Se abastece de las cuatro captaciones y del sobrante de El Molino y suministra agua a las balsas de La Aloya y Villaluenga y a su propia zona regable.
• Balsa de Los Castros de 0,268 hm3 de capacidad útil. Suministra agua a la Zona 7, y se abastece con los sobrantes del Embalse de El Molino.
• Balsa de La Aloya de 0,994 hm3 de volumen útil, suministra agua a las parcelas dominadas por ella, y se abastece desde el embalse de Barrón.
• Balsa de Villaluenga de 0,189 hm3 de volumen útil, suministra agua a las parcelas dominadas por ella, y se abastece desde el embalse de Barrón.
• Conducción desde el embalse de Barrón hasta las balsas de La Aloya y Villaluenga.
• Conducciones de distribución desde Barrón, Los Castros, La Aloya y Villaluenga hasta el hidrante.
• La red principal tiene una longitud de 80,023 km.
• La red secundaria presenta 137,328 km.
Las dotaciones propuestas, tras diversas conversaciones entre ACUAES, Comunidad de Regantes y Diputación Foral de Álava, como promotores del proyecto, se acordaron de la siguiente manera:
− Zonas 1, 2, 3 y 6: Dotación 3.563,67 m3/ha y año.
− Zonas 4, 5 y 7: Dotación 2.500 m3/ha y año.
− La superficie puesta en riego cada año es el 25% del total de cada zona.
− El riego se realiza durante los meses de julio, agosto y septiembre.
El proyecto incluye la captación de agua de tres arroyos, afluentes del río Omecillo por su margen derecha, del río Tumecillo aguas abajo de la localidad de Osma, y del arroyo de Atiega, en el embalse de Barrón.
Las tres primeras son las captaciones llamadas de Quejo, Nograro y Barrio, denominadas así porque se encuentran próximas a las localidades que les dan el nombre. Requieren la construcción de un azud de hormigón en el cauce, de aproximadamente 1,50 m de altura, para derivar agua mediante la correspondiente conducción de suministro hasta el punto de almacenamiento del agua.
La captación del río Tumecillo, situada aguas abajo de la localidad de Osma, ya dispone de un azud que en su día se utilizó para el suministro a un molino, el cual se pretende reforzar con hormigón.
La captación del arroyo de Atiega se realiza en el embalse de Barrón, situado sobre ese mismo arroyo, aguas abajo de la localidad de Barrón.
El embalse de Barrón supondrá una superficie inundada de 52,40 ha, con un volumen de almacenamiento de 4,96 hm3. Las obras que constituyen la presa se pueden dividir en los siguientes elementos:
a) Cuerpo de presa. La coronación se ha fijado en la cota 642,00 y presenta una anchura de 8 m y una longitud de 482,40 m. La altura máxima de presa sobre los cimientos será de 33,50 m.
b) Aliviadero. Se sitúa en el estribo derecho y consta de un vertedero lateral, de 50 m de largo y 7 m de ancho, y de un canal de descarga de 44,47 m de longitud que finaliza en un cuenco amortiguador de 48,67 m de longitud. Para la restitución del caudal aliviado al río se ha diseñado un canal de escollera de 85 m de longitud y anchura variable entre 10 m y la anchura actual del cauce.
c) Desagüe de fondo y tomas de agua. Consta de cámara de válvulas (14,5 m × 8,30 m de planta y 9,4 m de altura), compuertas tipo Bureau, galería con tuberías y caseta de válvulas (14,4 m × 23,7 m de planta y 9 m de altura), construida en hormigón.
El cuenco está formado por una estructura rectangular que alberga en su interior una viga de choque en forma de L invertida, cuya función es la de disipar la energía de salida del agua. La longitud del cuenco es de 13,90 m, y la anchura es de 8,70 m.
Aguas abajo del disipador de energía se ha diseñado un canal de restitución al río, en escollera, con taludes 1H:1V y anchura variable de 8,70 m a 6,40 m y una pendiente de aproximadamente el 3 %, que es la pendiente natural del cauce en esa zona. A este canal de escollera se le ha dado continuidad durante 80 m de longitud, con una anchura de 6,40 m para incorporarse al canal de restitución al río de los caudales aliviados.
d) Desvío del río durante la ejecución de la presa. Se ha previsto utilizar la galería donde se alojan las conducciones del desagüe de fondo y la conducción de entrada.
Para conseguir que el agua sea conducida hacia la galería y no afecte a las obras se ha previsto la ejecución de una ataguía y aguas abajo de la caseta de válvulas un canal de restitución al río formado por un canal en escollera con taludes 1H:1V y anchura variable de 8,70 a 6,40 m con una pendiente del 1,80 % en un primer tramo y del 3 % en el último tramo, que es la pendiente natural del cauce en esa zona.
La sección tipo de la ataguía estará formada por arcillas aluviales procedentes del vaso. Los taludes tanto aguas arriba como aguas abajo serán de 1,9H:1V. La coronación estará a la cota 620, la anchura en coronación será de 3 m y la longitud total de 223 m. La altura total desde cimientos será de 4 m, puesto que se excavará 0,50 m para su cimentación.
e) Sistema de auscultación de los elementos de la presa.
f) Variante de carretera A-4319. El embalse de Barrón deja inundado un tramo de la actual carretera local A-4319 que une los núcleos de Atiega y Barrón, por lo que en el presente proyecto se ha diseñado una variante a la carretera actual que rodee el embalse.
El tronco de la variante tiene una longitud total de 2,2 km y conecta mediante una intersección en «T» con la carretera A-3318. El trazado de la variante discurre al Este de la actual A-4319, en dirección Sur a Norte, alejándose de este modo de cualquier posible afección al embalse.
g) Accesos. Desde la variante de la carretera A-4319 proyectada, se han diseñado dos viales para dar acceso a la coronación de la presa y a la caseta de válvulas (pk 0+430 y pk 0+740 respectivamente). También se ha diseñado una rotonda en la margen derecha que facilite el giro de 180º a los vehículos que accedan a la zona del aliviadero. Esta rotonda también da acceso a las parcelas agrícolas de la zona, cuyo acceso actual se verá cortado por las obras del aliviadero y el desagüe de fondo.
Se ha previsto una sección tipo de 2 carriles de 3 m de anchura, con una capa de zahorra artificial de 0,30 m y 0,10 m de mezclas bituminosas.
El proyecto contempla la construcción de tres balsas de regulación: Los Castros, La Aloya y Villaluenga:
− Balsa de Los Castros: a 1,20 km al noroeste de Cárcamo y a 1,20 km al suroeste de Fresneda. La balsa ha sido diseñada para almacenar 268.600 m³ que permitirá el riego de una superficie cercana a las 400 ha. El llenado se realizará por gravedad, mediante una tubería de fundición de 450 mm de diámetro, procedente del embalse de El Molino. El caudal de aportación a la balsa se ha fijado en 0,075 m³/s. Su ejecución supondrá un volumen de 485.000 m3 de desmonte y 22.700 m3 de terraplén.
− Balsa de La Aloya: en los términos municipales de Lantarón y Ribera Alta (Álava), al suroeste del núcleo de Villabezana (Ribera Alta), y próxima al núcleo de Salcedo (Lantarón).
La balsa ha sido diseñada para almacenar 994.395 m3. El llenado se realizará por gravedad, mediante una tubería de fundición de 700 mm de diámetro, procedente del embalse de Barrón. El caudal de aportación a la balsa se ha fijado en 0,65 m³/s. Su ejecución supondrá un volumen de 771.061 m3 de desmonte y 634.567 m3 de terraplén.
− Balsa de Villaluenga: en el término municipal de Ribera Alta, entre los núcleos de Lasierra y Villaluenga. Se encuentra al sur de la carretera A-3322, junto al arroyo de San Martín. La balsa ha sido diseñada para almacenar unos 190.000 m³. El llenado se realizará por gravedad, mediante una tubería de fundición de 600 mm de diámetro, procedente del embalse de Barrón. El caudal de aportación a la balsa se ha fijado en 0,150 m³/s. Su ejecución supondrá un volumen de 283.100 m3 de desmonte y 116.504 m3 de terraplén.
Se prevén 19 tramos de conducciones:
1) Captación de Quejo: desde la captación de Quejo hasta la confluencia con el ramal procedente de la captación de Nograro, lo que supone una longitud de 4.062 m.
2) Captación de Nograro: desde la captación de Nograro hasta la confluencia con el ramal procedente de la captación de Quejo. Longitud de 2.494 m.
3) Captaciones de Quejo y Nograro: conducción que recoge las captaciones de Quejo y Nograro. Longitud de 2.830 m.
4) El Molino y captaciones de Quejo y Nograro: conducción que recoge las captaciones de Quejo y Nograro y el embalse de El Molino. Longitud de 1.991 m.
5) Captación de Barrio: conducción desde la captación de Barrio. Longitud de 3.844 m.
6) Captación de Osma: conducción desde la captación de Osma. Longitud de 7.293 m.
7) Captación de Osma y captaciones de Quejo y Nograro: dos conducciones paralelas, una para las captaciones de Quejo y Nograro y otra para la captación de Osma. Longitud de 762 m.
8) Ramal a Los Castros. Longitud de 3.575 m.
9) Captación de Osma y captaciones de Quejo, Nograro y Barrio: dos conducciones paralelas, una para las captaciones de Quejo, Nograro y Barrio y otra para la captación de Osma. Longitud de 235 m.
10) Bombeo a Barrón: conducción desde la estación de bombeo hasta la tubería procedente del embalse de Barrón. Longitud de 2.925 m.
11) Conducción Barrón: embalse Barrón - conexión bombeo: desde el embalse Barrón hasta la conexión con la conducción del bombeo. Longitud de 2.795 m.
12) Conducción Barrón: conexión bombeo – cruce Omecillo: desde el tramo anterior hasta el cruce con el Omecillo. Longitud de 3.828 m.
13) Conducción Barrón. Cruce Omecillo – Larrazubi: desde el cruce con el Omecillo hasta Larrazubi. Longitud de 5.370 m.
14) Conducción Barrón. Larrazubi - conexión La Aloya: desde Larrazubi hasta la conexión con el ramal a La Aloya. Longitud de 6.857 m.
15) Ramal a la Aloya. Longitud de 2.878 m.
16) Conducción Barrón. Conexión La Aloya – Rivabellosa: desde la conexión con el ramal a La Aloya hasta Rivabellosa. Longitud de 4.055 m.
17) Conducción Barrón. Rivabellosa – Hereña: desde Rivabellosa hasta Hereña. Longitud de 8.207 m.
18) Conducción Barrón. Rivabellosa – Manzanos: desde Rivabellosa hasta Manzanos. Longitud de 7.383 m.
19) Conducción Barrón. Manzanos – Villaluenga: desde Manzanos hasta Villaluenga. Longitud de 7.288 m.
La estación de bombeo al embalse de Barrón se ha situado en la propia conducción entre la captación de Osma y el embalse de Barrón.
Con objeto de dar flexibilidad al sistema se instalarán tres electrobombas en serie intercaladas en la conducción, más una de reserva, cada una para 166,67 l/s.
Todo el conjunto irá alojado en una caseta de dimensiones aproximadas 22,90 × 7,40 m, para facilitar las labores de mantenimiento y explotación del sistema. Junto a esta caseta se instalará el centro de transformación.
La red secundaria está constituida por las tuberías que parten de la red principal hasta el hidrante.
Se ha dividido en cuatro zonas, cada una de ellas corresponde a las zonas dominadas por las cuatro infraestructuras de almacenamiento de agua: Embalse de Barrón y balsas de Los Castros, La Aloya y Villaluenga. Las longitudes de las tuberías son las siguientes:
− Red de Los Castros: 12,600 km.
− Red de Barrón: 103,234 km.
− Red de La Aloya: 18,003 km.
− Red de Villaluenga: 3,491 km.
Lo que implica una longitud total de 137,328 km.
Se instalará un sistema de control y adquisición de datos (SCADA), así como una red de comunicaciones y supervisión de los elementos del proyecto (presa de Barrón, balsas de Los Castros, Aloya, Villaluenga, bombeos, captaciones de Osma, Quejo, Nograro y Barrio y arquetas tipo 1 de final de tramo y tipo 2 de cruce.
El centro de control principal se ubicara en la presa de Barrón.
El proyecto requiere nuevas instalaciones eléctricas (líneas eléctricas y centros de transformación principalmente, en la presa de Barrón; balsa de Los Castros; balsa La Aloya; balsa de Villaluenga; captaciones electrificadas tipo válvula de corte/mariposa hasta 0,75 Kw (Quejo, Nograro, Barrio y Osma); bombeo a Barrón, arqueta electrificada tipo 1 válvula de corte/mariposa final de tramo hasta 1,5 Kw en los tramos: Ramal a los Castros, Conducción Barrón: Rivabellosa – Hereña, Conducción Barrón: Rivabellosa – Manzanos y Conducción Barrón: Rivabellosa – Villaluenga; arqueta electrificada tipo 2 válvula de corte/mariposa cruce hasta 1,5 Kw en los tramos: Captaciones de Quejo y Nograro, El Molino y captaciones de Quejo y Nograro, Captación de Osma, Captación de Osma y captaciones de Quejo y Nograro, Captación de Osma y captaciones de Quejo, Nograro y Barrio, Conducción Barrón: Embalse Barrón – Conexión Bombeo, Conducción Barrón: Embalse Barrón – Cruce Omecillo, Conducción Barrón: Cruce Omecillo – Larrazubi, Conducción Barrón: Larrazubi – Conexión La Aloya, Ramal a La Aloya, Conducción Barrón: Conexión La Aloya – Rivabellosa, Conducción Barrón: Rivabellosa – Hereña y Conducción Barrón: Rivabellosa – Manzanos.
Préstamos y vertederos: Se prevé la disponibilidad de 662.613 m3 de material procedente de la excavación de la balsa de Los Castros y de dos canteras que se localizan en Nanclares de la Oca, más o menos a 20 km de la zona de proyecto.
Los excedentes previstos serán de 273.530 m3, los cuales se utilizarán para rellenar 3 zonas aguas abajo de la presa, cuyas capacidades de acogida son: 96.541 m3, 64.869 m3 y 128.323 m3. Además, en el interior del embalse se han dispuesto dos rellenos para los excedentes de las balsas con un volumen de 374.487,58 m3.
Las tierras extraídas de las zanjas se reutilizarán en su totalidad para rellenar las propias zanjas.
A.2.5 Alcance de la evaluación.
La presente evaluación ambiental se realiza del proyecto «Mejora y Modernización del Regadío de la Zona Regable de Valles Alaveses (Zona 1, 2, 3, 5, 6 y 7)», y no comprende el ámbito de la evaluación de los efectos ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o desastres, ni de seguridad y salud en el trabajo, ni de seguridad de presas, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos y están fuera del alcance de la evaluación de impacto ambiental.
A.3 Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.
Hidrología.
La zona donde se desarrolla el proyecto está comprendida en la margen izquierda del río Ebro, que bordea por el sur el área de estudio. Este ámbito territorial incluye la cuenca del río Omecillo y parte de las cuencas de los ríos Bayas, Zadorra e intercuencas.
Respecto a la hidrología subterránea el proyecto se asienta sobre la Unidad Hidrogeológica de Valdegobía.
Vegetación.
La vegetación en la comarca de los Valles Alaveses está constituida principalmente por cultivos agrícolas que han ocupado la práctica totalidad del territorio, siendo el cultivo de cereal, patata y remolacha el tipo de plantación más importante en la zona, con un 29 % y casi 20.000 ha. En segundo lugar está el pinar de pino albar con 12.000 ha y un 18 % y tercero el carrascal montano-subhúmedo con un 10 %.
Respecto a vegetación amenazada en el ámbito del proyecto, en el estudio de impacto ambiental se afirma que en las inmediaciones del trazado se han observado las siguientes especies pertenecientes al Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, Silvestre y Marina:
• Rara: Aster willkommii; Berberis vulgaris y Saxifraga losae.
• Vulnerable: Orchis italica y Senecio carpetanus.
• De interés especial: Convolvulus lineatus; Sideritis ovata y Viburnum tinus.
Fauna.
Entre las especies presentes en el ámbito del proyecto destacan las siguientes:
• Invertebrados: por su relevancia hay que citar la libélula (Macromia splendens), recogida como «En peligro de extinción» en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas. Tambien hay presencia de ciervo volante (Lucanus cervus) y caballito del diablo (Coenagrion mercuriale) especies recogidas en el Anexo II de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (Especies animales y vegetales de interés comunitario para cuya conservación es necesario designar zonas especiales de conservación). Además hay presencia de escarabajo longicornio (Cerambyx cerdo), incluido en el Anexo II y en el Anexo IV de la Ley 42/2007 (Especies que serán objeto de medidas de conservación especiales en cuanto a su hábitat, con el fin de asegurar su supervivencia y su reproducción en su área de distribución).
• Aves: destaca por tener plan un de gestión aprobado el avión zapador (Riparia riparia), Decreto Foral n.º 22/2000 de 7 de marzo, y el milano real (Milvus milvus) y el águila azor-perdicera (Hieraaetus fasciatus), especies consideradas «En peligro de extinción» en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas. Además están presentes especies incluidas en el Anexo IV de la Ley 42/2007 (Especies que serán objeto de medidas de conservación especiales en cuanto a su hábitat, con el fin de asegurar su supervivencia y su reproducción en su área de distribución): águila real (Aquila chrysaetos), búho real (Bubo bubo), aguilucho pálido (Circus cyaneus), quebrantahuesos (Gypaetus barbatus), avetorillo común (Ixobrychus minutus), aguilucho cenizo (Circus pygargus), halcón peregrino (Falco peregrinus), cigüeña blanca (Ciconia ciconia), aguilucho cenizo (Circus pygargus).
• Mamíferos: visón europeo (Mustela lutreola) con un plan de gestión recogido en la Orden Foral n.º 351/02, de 12 de junio; nutria (Lutra lutra), incluida en los Anexos II y V de la Ley 42/2007 y con plan de gestión (Orden Foral n.º 880/04, de 27 de octubre), ambas especies consideradas «En peligro de extinción» en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas. Al igual que el murciélago de bosque (Barbastella barbastellus) y el murciélago ratonero grande (Myotis myotis).
• Ictiofauna: presencia de especies con planes de gestión, como el blenio de río (Blennius fluviatilis), Orden Foral n.º 351/02, de 12 de junio; zaparda (Squalius pyrenaicus), Orden Foral n.º 339/07, de 18 de abril; y lamprehuela (Cobitis calderoni), Orden Foral n.º 340/07, de 18 de abril. Además las tres están «En peligro de extinción» según el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas.
Espacios naturales protegidos.
Los cauces y riberas de los ríos del ámito de estudio: Tumecillo, Omecillo, Bayas, Ebro y Zadorra se encuentran incluidos en la Red Ecológica Europea Red Natura 2000:
• Zona de Especial Conservación (ZEC) (ES2110005) «Río Omecillo-Tumecillo».
• ZEC (ES2110006) «Río Bayas».
• ZEC (ES2110008) «Río Ebro».
• ZEC (ES2110010) «Río Zadorra».
Hábitats naturales de interés comunitario.
Según el Estudio de impacto ambiental en el ámbito del proyecto se encuentran los siguientes hábitats de interés comunitario:
• 1410. Pastizales salinos mediterráneos (Juncetalia maritimae).
• 1430. Matorrales halonitrófilos (Pegano-Salsoletea).
• 1510*. Comunidades de enclaves salinos interiores.
• 3140. Aguas oligomesotróficas calcáreas con vegetación béntica de Chara spp.
• 3150. Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamiono Hydrocharition. 0,02 ha de ocupación.
• 3240. Ríos alpinos con vegetación leñosa en sus orillas de Salix elaeagnos.
• 3250. Ríos mediterráneos de caudal permanente con Glaucium flavum. 0,07 ha de ocupación.
• 3260. Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion.
• 3270. Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.
• 3280. Ríos mediterráneos de caudal permanente del Paspalo-Agrostidion con cortinas vegetales ribereñas de Salix y Populus alba.
• 4030. Brezales secos europeos.
• 4060. Brezales alpinos y boreales.
• 4090. Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga. 15,30 ha de ocupación.
• 5110. Formaciones estables xerotermófilas de Buxus sempervirens en pendientes rocosas (Berberidion p.p.). 0,04 ha de ocupación.
• 5210. Matorrales arborescentes de Juniperus spp.
• 6170. Prados alpinos y subalpinos calcáreos.
• 6210*. Prados secos semi-naturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia) (*parajes con notables orquídeas). 1,54 ha de ocupación.
• 6220*. Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea. Hábitat prioritario localizado en el entorno de la localidad de Carpio-Bernardo. 9,30 ha de ocupación.
• 8210. Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica. 0,21 ha de ocupación.
• 91B0. Fresnedas termófilas de Fraxinus angustifolia. 0,10 ha de ocupación.
• 91E0*. Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae). 3,58 ha de ocupación.
• 9160. Robledales pedunculados o albares subatlánticos y medioeuropeos del Carpinion betuli.
• 92A0 Bosques galería de Salix alba y Populus alba. En el ámbito de estudio este hábitat aparece asociado a algunos tramos puntuales del curso del río Tormes. 1,44 ha de ocupación.
• 9240. Robledales ibéricos de Quercus faginea y Quercus canariensis. 4,61 ha de ocupación.
• 9340. Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia. 1,73 ha de ocupación.
Paisaje.
La zona de actuación se encuentra entre los Paisajes Singulares y Sobresalientes propios del Territorio Histórico de Álava (aprobado por el Acuerdo 829/2005, del consejo de Diputados de 27 de septiembre). En la cartografía aprobada por dicho acuerdo se puede observar la localización de zonas de paisajes singulares y sobresalientes:
• N.º 23. Cultivos de Quejo-Gurendes a Villanañe (Paisaje singular).
• N.º 16. Sierra de Árcena (Paisaje sobresaliente).
• N.º 44. El Raso-Angosto-Olvedo (Paisaje sobresaliente).
• N.º 47. Río Omecillo-Tumecillo (Paisaje sobresaliente).
• N.º 50. Río Bayas (Paisaje sobresaliente).
• N.º 51. Zadorra curso bajo (Paisaje sobresaliente).
• Nº. 25. Fontecha (Paisaje sobresaliente).
Patrimonio cultural y vías pecuarias.
Según el Estudio de impacto ambiental, en el ámbito del proyecto se encuentran los siguientes itinerarios pertenecientes a la «Red de Itinerarios Verdes del Territorio Histórico de Álava»:
• Camino de Santiago: afectado entre los municipios de Armiñón y Ribera Baja.
• Gran Recorrido GR-1. Sendero histórico: afectado entre los municipios de Armiñón, Ribera Baja, Ribera Alta, Lantarón y Valdegovía.
• GR-282 Senda del Pastoreo: afectado en el municipio de Valdegovía.
• GR-99 Río Ebro: camino natural afectado en el municipio de Lantarón.
B. Resumen del resultado de las consultas previas, del trámite de información pública y de las consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, y cómo se han tenido en consideración
B.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto ambiental.
Con fecha 22 de febrero de 2013 el órgano ambiental realiza el trámite de consultas previas establecidas en el artículo 8 del texto refundido citado al principio de esta resolución.
En la tabla adjunta se recogen las administraciones públicas y personas vinculadas a la protección del medio ambiente objeto de consultas previas, y las que emitieron informe.
Con fecha 26 de julio de 2013 se remite a ACUAES, como promotor del proyecto, la determinación de la amplitud y el nivel de detalle del estudio de impacto ambiental, junto con las contestaciones a las consultas realizadas por el órgano ambiental.
Relación de consultados |
Respuestas recibidas |
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Subdirección General de Medio Natural. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. |
– |
Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. |
– |
Confederación Hidrográfica del Ebro. |
X |
Diputación Foral de Álava. |
– |
Diputación Foral de Álava. Departamento de Euskera, Cultura y Deportes. |
X |
Diputación Foral de Álava. Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo. |
X |
Departamento de Medio Ambiente y Política Territorrial del Gobierno Vasco. |
X |
Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental de la Viceconsejería de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco. |
X |
Dirección de Calidad Ambiental de la Viceconsejería de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco. |
– |
Dirección de Desarrollo Rural y Litoral de la Viceconsejería de Agricultura y Desarrollo Rural del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco. |
– |
Direccion de Ordenación del Territorio de la Viceconsejería de Planificación Territorial y Aguas del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco. |
– |
Direccion de Patrimonio Cultural de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco. |
X |
Direccion de Planificación Ambiental de la Viceconsejería de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco. |
– |
Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal. Subdirección General de Regadíos y Economía del Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. |
– |
Viceconsejería de Agricultura y Desarrollo Rural del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco. |
X |
Delegación del Gobierno en el País Vasco. |
X |
Ayuntamiento de Zambrana. |
– |
Ayuntamiento de Berantevilla. |
– |
Ayuntamiento de Lantarón. |
X |
Ayuntamiento de Kuartango. |
– |
Ayuntamiento de Ribera Alta. |
X |
Ayuntamiento de Ribera Baja. |
– |
Ayuntamiento de Armiñón. |
– |
Ayuntamiento de Añana. |
– |
Ayuntamiento de Valdegovía. |
– |
Adena. |
– |
Seo/Birdlife Madrid. |
– |
Seo/Birdlife Donostia. |
– |
Ecologistas en Acción Ekologistak Martxan Bizkaia |
– |
Eguzki Talde Ekologista. |
– |
Mediante escrito de 23 de mayo de 2013, el Jefe del Servicio Desarrollo Agrario comunicó a ACUAES los nuevos planteamientos que, como promotora también del proyecto, proponía la Diputación Foral de Álava.
Estas modificaciones fueron favorablemente informadas por el Servicio de Medio Ambiente y Biodiversidad de la Diputación Foral de Álava (escrito de 24 de septiembre de 2013) pero dado que se planteaban dos nuevas balsas de regadío, se solicitaba la realización de una nueva consulta previa a las Administraciones Locales afectadas para tener en cuenta sus consideraciones en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Con fecha 17 de marzo de 2014 se recibe Informe elaborado por el Director del proyecto dónde se exponen las modificaciones planteadas y el resultado de las nuevas consultas efectuadas.
Con fecha 29 de septiembre de 2014 se recibe la solicitud de prórroga por parte del órgano sustantivo y con fecha 13 de noviembre de 2014 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural resuelve ampliar el plazo, por un máximo de 9 meses, para la realización de las actuaciones de la Fase 2: Estudio de impacto ambiental, información pública y consultas.
Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas se integran en el apartado C de este documento.
B.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental.
Con fecha 17 de agosto de 2015 se publica en el «Boletín Oficial del Estado» («BOE») número 196, el anuncio de la Confederación Hidrográfica del Ebro, por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental y el «Proyecto 10/14 de mejora y modernización del regadío de la zona regable de Valles Alaveses (Zonas 1, 2, 3, 5, 6 y 7)».
Trascurrido el plazo de información pública, con fecha 28 de octubre de 2015, el órgano sustantivo remite a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural el expediente completo, que incluía el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública.
Durante el periodo de información pública se presentaron 30 alegaciones particulares y 11 respuestas a las consultas realizadas a las administraciones públicas y a las personas interesadas durante dicho periodo. Los aspectos más relevantes de dichos escritos se resumen en el apartado C.
C. Resumen del análisis técnico del órgano ambiental
Con fecha 29 de octubre de 2015 se recibe informe de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava en relación a la fase de consulta a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas.
Con fecha 12 de febrero de 2016 se solicitó subsanación de la información pública del expediente, al observarse que no constaban algunos documentos en la documentación recibida en octubre de 2015.
Con fecha 4 de marzo de 2016 el órgano sustantivo remite dos contestaciones extemporáneas del Servicio de Patrimonio Histórico-Arquitectónico del Departamento de Euskera, Cultura y Deportes, y de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo ambos de la Diputación Foral de Álava.
Con fecha 22 de junio de 2016 se solicitó documentación ambiental complementaria (referida a la justificación del proyecto, los puntos de captación, la Red Natura 2000, la afección a hábitats prioritarios y especies faunísticas «En peligro de extinción», las afecciones de los tendidos eléctricos sobre la avifauna y ZECs, las consecuencias para la fauna de la transformación de cultivos y de los cruces de cauces, el estado de las masas de agua, el estudio de inundabilidad y la propuesta de nuevas medidas), al promotor, recibiéndose contestación a la misma con fecha 21 de septiembre de 2016.
Con fecha 13 y 21 de marzo de 2017 se realizan nuevas peticiones de información complementaria por correo electrónico (Cartografía en formato GIS e Informe de Seguimiento Ambiental del proyecto «Mejora y modernización del regadío de la zona de Valles Alaveses 4» emitidos durante la ejecución de las obras 2009-2013), con fecha 4 de abril de 2017 se recibe respuesta.
Con fecha 19 de junio de 2017 se solicitó al promotor la siguiente documentación complementaria: «Informe de las potenciales repercusiones por la detracción de caudales sobre los valores de la Red Natura, en particular sobre los hábitats de ribera y la fauna en peligro de extinción» y la «Ficha de Medidas de Regulación de los regadíos en Valles Alaveses en el río Omecillo», esta información se recibió el 24 de agosto de 2017.
La documentación recibida se remite, con fecha de salida 12 de septiembre de 2107, a la Dirección de Medio Natural y Planificación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco y al Servicio de Medio Ambiente y Biodiversidad del Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava, para que emitan informes al respecto.
Con fecha 24 de octubre de 2017 tiene entrada en esta unidad la respuesta de la Dirección de Medio Natural y Planificación Ambiental del Gobierno Vasco, que informa que el proyecto puede generar un perjuicio a la integridad de los espacios Natura 2000.
La conclusión de todas estas actuaciones se resume en el apartado de tratamiento de los impactos significativos del proyecto (C.2.).
Con la información hasta aquí recabada y con las consultas complementarias realizadas por el órgano ambiental (reflejadas en el siguiente apartado), se elabora la declaración de impacto ambiental.
C.1 Análisis ambiental para selección de alternativas.
Con fecha 22 de junio de 2016, una vez analizado el referido proyecto y su estudio de impacto ambiental, y a la vista del resultado de la información pública y de las consultas a las administraciones ambientales afectadas, ante la magnitud y las posibles afecciones del proyecto la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural considera que existen algunos aspectos del estudio cuya información precisa ser ampliada. A continuación se resume la información complementaria solicitada:
▪ Se debe justificar la necesidad actual de la ejecución del proyecto.
▪ Estudio de alternativas de captación y almacenamiento de agua más próximas a su destino final, con objeto de reducir longitud de conducciones y volumen de embalse y evitar repercusiones a la ZEC.
▪ Estudio de afección a la Red Natura, especies protegidas y hábitats:
▪ Medidas específicas en caso de localizar especies protegidas.
▪ Medidas para recuperar el hábitat prioritario (91E0*) en el arroyo de Atiega.
▪ Análisis de las afecciones que generarán los tendidos eléctricos sobre la avifauna protegida y la presente en las Zonas de Especial Protección de las Aves (ZEPA) Valderejo-Sierra de Arcena y Montes Obarenes.
▪ Analizar las consecuencias para la fauna de la transformación de cultivos de secano a regadío, especialmente en la avifauna.
▪ Descripción de las medidas de protección de la fauna asociada a los cursos fluviales durante los desvíos de cauces.
▪ Localización exacta de las zonas a rellenar con los excedentes de tierras, sus características y análisis de los posibles impactos. Plan de restauración.
▪ Medidas preventivas, correctoras y/o compensatorias que se llevarán a cabo para minimizar los impactos en Montes de Utilidad Pública (MUP).
▪ Realización de un estudio de inundabilidad por la ejecución del proyecto, y en particular en la captación de Osma. El estudio incluirá los riesgos existentes y las medidas propuestas para evitarlos.
▪ Información respecto al patrimonio histórico-arquitectónico existente y análisis de la incidencia de la infraestructura en los elementos más próximos al proyecto. Afecciones y Medidas.
El promotor remitió respuesta a la información solicitada el 21 de septiembre de 2016. El contenido de dicha documentación se incluye dentro del apartado C.2. de esta Resolución.
Consultas complementarias realizadas por el órgano ambiental.
Con fecha 13 de diciembre de 2016 y 20 de diciembre de 2016 se solicitaron sendos informes al Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava (referido a la compatibilidad del proyecto con los valores ambientales de la zona, en especial con Red Natura 2000 y las especies de fauna y flora protegida) y a la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Ebro (referido a la compatibilidad del proyecto con el Plan Hidrológico vigente y determinación de caudales ecológicos).
En su respuesta del 12 de enero de 2017 el Servicio de Medio Ambiente y Biodiversidad adscrito a la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava destaca que el proyecto es compatible con los valores ambientales presentes en el área de la actuación, y con la Red Natura 2000 y las especies de fauna y flora protegidas, siempre y cuando se adopten las medidas de protección y corrección ambiental que se incluyen tanto en el estudio de impacto ambiental, así como las medidas y condiciones ambientales que adicionalmente se señalaron en el informe, de 22 de octubre de 2015, emitido por el Servicio de Sostenibilidad Ambiental.
El informe de la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica se recibe con fecha de 27 de febrero de 2017. En él se incide sobre los caudales ecológicos y se informa de que el proyecto objeto de la consulta está recogido en el programa de medidas del plan hidrológico vigente, siendo compatible con la planificación hidrológica siempre que se salvaguarden los usos de pequeñas concesiones en las cabeceras de Castilla León (ver artículo 17 del plan hidrológico del Ebro (Anexo XII del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero).
Con fecha 2 de marzo de 2017 se solicitó informe, en el que se adjunta la información complementaria elaborada por el promotor, a la Dirección General de Medio Natural y Planificación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco respecto a la incidencia del proyecto sobre los valores ambientales en la zona de ejecución del proyecto. También se reitera solicitud de informe a la Oficina de Planificación Hidrológica del Ebro para que confirme la adecuación del proyecto a lo previsto en el artículo 4.7 de la Directiva Marco del Agua relativo a las nuevas modificaciones sobre las masas de agua.
Se recibe respuesta de la Dirección General de Medio Natural y Planificación Ambiental del Gobierno Vasco con fecha 10 de abril de 2017. En ella se concluye que existen carencias en el estudio de impacto ambiental y que con la información aportada no se pueden descartar que no vayan a generarse afecciones apreciables sobre los espacios Red Natura 2000.
En su respuesta (fecha de entrada 28 de marzo de 2017) la Oficina de Planificación Hidrológica de la CHE informa que el proyecto no requiere el planteamiento de la excepción conforme al artículo 4.7. de la Directiva Marco del Agua pues no afecta a las masas de agua declaradas.
Con fecha 28 de marzo de 2017 se solicitó informe al Servicio de Sostenibilidad Ambiental del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial, en relación a la afección a la Red de Itinerarios Verdes de Álava interceptados por el proyecto y sobre la afección al Paisaje.
Con fecha 3 de mayo de 2017 se vuelve a solicitar informe a la Oficina de Planificación Hidrológica de la CHE por si el proyecto pudiera implicar posibles alteraciones hidromorfológicas en los cauces afectados. Se recibe respuesta en agosto de 2017, indicando que no se considera que se vaya a producir un deterioro significativo a consecuencia de este proyecto.
Con fecha 11 de agosto de 2017 tiene entrada en este Ministerio un oficio remitido por el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco, adjuntando el informe de Ekologistak Martxan Araba sobre la presencia de una población de la planta Genista eliassennennii para que se tenga en cuenta en la declaración de impacto ambiental.
Con fecha 8 de septiembre se solicita informe a la Dirección de Medio Natural y Planificación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco, al Servicio de Medio Ambiente y Biodiversidad del Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava y finalmente al promotor (ACUAES), sobre la afección a la planta Genista eliassennennii en la zona de Barrón.
El 17 de octubre de 2017 se recibe informe del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco en el que se destaca la posible afección a la población de genista, tanto directa como indirecta (modificación condiciones microclimáticas).
En la misma fecha el promotor informa que va a contratar la realización de un estudio elaborado por un especialista botánico sobre la potencial afección a la Genista eliaasennenii.
El estudio se recibe con fecha 13 de diciembre de 2017, remitiéndolo el órgano sustantivo, y concluye que el impacto del embalse de Barrón es compatible, incluyendo diferentes medidas preventivas y correctoras, además del desplazamiento de la ubicación de la reposición de la carretera A-4319 para evitar la afección directa.
Con fecha 16 de noviembre de 2017 se solicita informe a la Subdirección General de Medio Natural del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, en relación con las potenciales afecciones del proyecto a la Red Natura 2000 y a la genista. Se le remiten todos los informes y la documentación elaborada por el promotor recibida hasta el momento en relación con estos potenciales impactos.
Con fecha 12 de febrero de 2018 se recibe la respuesta de la Subdirección General de Medio Natural, en la que concluye que podría haber algunas alteraciones significativas y propone algunas sugerencias y condiciones en relación con las afecciones derivadas de los cruces de las conducciones y la línea eléctrica, la alteración del régimen hídrico de los ríos y sobre el visón europeo. Finalmente afirma que no se pueden descartar afecciones sobre la integridad de los objetivos de conservación de los espacios Red Natura 2000 afectados y se mencionan medidas preventivas y correctoras específicas referidas al visón europeo. En su informe señala que para valorar si el proyecto podría alterar la integridad ecológica de los espacios se deben estudiar los cambios previsibles en los parámetros que definen la estructura y función de sus elementos naturales.
Tras este informe, con fecha 15 de marzo de 2018, se solicita al promotor un estudio sobre la potencial afección hidromorfológica de la detracción de caudales y su potencial incidencia sobre visón europeo. Este estudio se recibe en el órgano ambiental con fecha de entrada 27 de abril de 2018 y en él se concluye que las actuaciones proyectadas no supondrán ningún efecto o factor que incida significativamente sobre el visón europeo, ni sobre su hábitat, ni sobre ninguna otra característica morfológica o ecológica del lugar, que pueda propiciar su regresión poblacional. Este informe, que incluye un análisis sobre la potencial afección hidromorfológica del proyecto en los cauces afectados, expone que la detracción de los caudales invernales y primaverales no supone una alteración significativa del actual régimen de caudales; y la prohibición de la captación de caudales en estiaje va a suponer la recuperación natural del río lo que va a implicar, entre otros aspectos:
– Las características de los tramos estudiados van a ser buenas en relación a los ecosistemas y funcionamiento de los procesos ecológicos.
– Los hábitats de ribera mantendrán el gradiente de humedad. Se mantendrán las fluctuaciones en el cauce, al igual que el régimen de avenidas ordinarias y extraordinarias, lo que garantiza la conservación de la calidad de las riberas.
– Las fluctuaciones del cauce salvaguardarán las necesidades del visón europeo y seguirán aportando tramos de corriente lenta y de riadas para sus desplazamientos, obtención de refugio y cría. Igualmente la capacidad de transporte de sedimentos no se verá disminuida.
– El corredor acuático se ve favorecido al eliminar el déficit de caudal en estiaje.
– La alteración sobre el corredor terrestre va a ser poco significativa al minimizarse la afección de los hábitats (cruces en hinca o aprovechando infraestructuras existentes)
Con fecha 12 de junio de 2018 se recibe el último informe de la Asociación Ekologistak Martxan Araba en respuesta al informe de ACUAES. En él se sigue incidiendo en que el embalse de Barrón supone un riesgo grave para la superviviencia de la población de Genista eliassennenii, también se destaca que el impacto del embalse de Barrón sobre la pareja de águila real que tiene próximo su nido sería «crítico» e inasumible. Señala en su informe que la modificación del trazado de la nueva carretera no soluciona la afección a la población de Genista eliassennenii pues no contempla la modificación del perfil de la ladera y esto podría aumentar la dinámica erosiva
Finalmente, con fecha 10 de julio de 2018, se recibe el informe del estudio de la posibilidad de soterrar algunas líneas eléctricas proyectadas qué discurren sobre espacios de la Red Natura 2000 o hábitats de interés comunitario.
C.2 Tratamiento de los potenciales impactos significativos de la alternativa elegida.
A la vista del estudio de impacto ambiental, las contestaciones a las consultas y las alegaciones recibidas, completados en su caso por la información complementaria aportada por el promotor y las consultas complementarias practicadas, se reflejan a continuación los impactos más significativos del proyecto y su tratamiento.
C.2.1 Suelo, subsuelo, geodiversidad:
El volumen total sobrante de tierras de la traza, balsas y presa, se aprovechará dentro de las necesidades del proyecto.
La presa de Barrón reutilizará el volumen sobrante de las excavaciones de la balsa de Los Castros para formar el cuerpo de la presa, 387.000 m3. Por otro lado, los sobrantes de las tres balsas se introducirán en el vaso, en total 347.487,58 m3.
Los sobrantes de la presa se acondicionan en tres rellenos aguas abajo de la presa, del orden de 289.733 m3.
Las tierras extraídas de las zanjas se reutilizarán en su totalidad para rellenarlas.
Un 75-80 % de la ocupación de toda la obra se concreta sobre terrenos agrícolas que, según el promotor, albergan una recuperación en explotación provechosa y rápida.
El promotor indica que se ampliarán los taludes, tumbándolos más, evitando una afección mayor y una pronta revegetación, así como la aplicación de medidas para evitar los deslizamientos de ladera y la erosión.
El estudio de impacto ambiental indica que la zona en la que se ubique el parque de maquinaria u otras zonas auxiliares que tengan unas actividades susceptibles de generar un impacto por posibles vertidos, serán impermeabilizadas mediante losa de hormigón y una base de lámina impermeable plástica de 1,5 mm de espesor. La base de hormigón contendrá un drenaje perimetral que recogerá tanto los vertidos como el agua de lluvia, y todo ello será conducido a una balsa de decantación de sólidos en suspensión que se colocará a su salida. Además el drenaje perimetral deberá de contener las aguas de los lavados de vehículos, maquinarias y posibles fugas. Toda la base sustentará una pendiente mínima del 2 % hacia el perímetro exterior con el objeto de facilitar la escorrentía hacia la cuneta.
Las zonas de obra y auxiliares serán restauradas tras su utilización y limpieza, siguiendo lo prescrito en el «Proyecto de Restauración Ambiental e Integración Paisajística». Dicha restauración se adecuará morfológicamente a las características geométricas del terreno.
Respecto al riesgo sísmico, el promotor concluye que la probabilidad de que se desencadene un terremoto que sea capaz por sí solo de comprometer la estabilidad de la presa es muy pequeña. No obstante, el órgano sustantivo, en el ámbito de sus competencias, será el responsable de valorar estas circunstancias.
C.2.2 Agua:
En la fase de consultas la Confederación Hidrográfica del Ebro recuerda el cumplimiento de la legislación vigente (Texto Refundido de la Ley de Aguas, Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio, y modificaciones posteriores, y el Reglamento del Dominio Público Hidráulico) y propone que en el estudio de impacto ambiental se incluya un análisis de las distintas alternativas propuestas y las posibles afecciones al subsistema hídrico, así como de las condiciones hidrológicas de los tramos de los cauces fluviales interceptados, diseñando estructuras que permitan la continuidad de las aguas sin alterar, en la medida de lo posible, las características de los mismos; e identificando los impactos sobre el medio hídrico (vertidos, aumento de turbidez, arrastre de tierras, alteración de la red de drenaje, etc).
También destaca que se deberán minimizar las afecciones, a ríos y arroyos, tanto a los cauces y lechos como a sus riberas, aprovechando en la medida de lo posible las infraestructuras ya existentes y priorizando cruces en ámbitos de menor calidad ecológica.
El Servicio de Medio Ambiente y Biodiversidad propone: modificaciones en el trazado de las conducciones debido a cruzamientos con cauces, especialmente sobre el río Bayas y el río Omecillo-Tumecillo; modificaciones en los trazados de las tuberías por el estrechamiento de Angosto, desde Barrón, de Bisoto, Villanañe, Nograro, Quejo y Barrio; así como en las captaciones del azud de Osma y los arroyos de Quejo, Nograro y Barrio. Tambien se sugieren modificaciones en los emplazamientos propuestos para el embalse de Barrón, el depósito Ribamuñon, la balsa de Villanañe y la balsa de Los Castros.
El promotor, tras el informe del Servicio de Medio Ambiente y Biodiversidad de la Diputación Foral de Álava, propone modificaciones al proyecto que son remitidas a ese organismo, siendo informadas favorablemente por dicho Servicio. Entre las modificaciones planteadas se incluyen la eliminación del proyecto del embalse de Bisoto, la balsa de Villanañe, la tubería Osma-Bisoto y el depósito de Ribamuñon, así como la incorporación de dos nuevas balsas de regadío (balsa de Aloya y balsa de Villaluenga). Asimismo se evita la duplicidad de conducciones en las tuberías procedentes de las captaciones de Quejo, Nograro y Barrio, y de las conducciones del reparto de agua desde Barrón hacia Fontecha, Comunión y las Zonas 1, 2 y 3, debido a la eliminación de la tubería proveniente de Bisoto.
El Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco adjunta en fase de consultas un informe de la Dirección de Medio Natural y Planificación Ambiental donde se realizan una serie de consideraciones a incluir en el Estudio de impacto ambiental, entre ellas: presentar un estudio de caudales para distintos escenarios de demanda y de variables ambientales (pluviosidad), que garanticen el caudal ecológico; estudio de la afección a hábitats y especies por modificación del caudal o contaminación de las aguas.
La actuación proyectada tiene previsto atravesar varios cauces, por lo que se pueden producir efectos negativos como consecuencia de posibles vertidos accidentales o un aumento de la turbidez del agua.
Los ríos y arroyos se cruzan, en un total de 52 ocasiones, de tres formas:
− Ataguía, contrataguía y desvío del río: se realizan en nueve cruces de los ríos Omecillo-Tumecillo y Bayas.
− Ataguía, contrataguía y entubado del arroyo: se realizan en las captaciones de Quejo, Nograro y Barrio. El entubado está dispuesto para evitar roturas por la obra con una duración mayor que los cruces más pequeños.
− Ataguía, contrataguía y bomba de achique: se realizan en todos los demás cruces pequeños. Se trata de cruces de obra rápida con caudales inexistentes o muy pequeños.
En el Estudio de impacto ambiental se especifica que los cruces se realizarán con el caudal mínimo posible, siempre atendiendo a las necesidades de los planes de gestión de las especies amenazadas.
Además, se llevarán a cabo análisis de la calidad de las aguas al inicio y al final de cada cruce sobre los ZEC del río Omecillo-Tumecillo, río Bayas y río Zadorra, incluyendo los siguientes parámetros: temperatura, pH, sólidos totales, sólidos en suspensión, oxígeno disuelto, conductividad, DBQ5, DQO, nitratos y nitritos, nitrógeno orgánico y amoniacal, fósforo total, hidrocarburos y grasas.
Por otro lado, en el eje «Captación Osma», a la altura del propio pueblo, se establecen zonas de inundabilidad que coinciden con las obras de las ataguías para construir la captación de aguas del río Tumecillo y con parte del propio eje.
Igualmente, en el eje «Conducción Barrón: Rivabellosa-Hereña», al sur de Hereña, la conducción principal se introduce entre el río Bayas y la autopista, al ser imposible otro lugar de ubicación, situándose en zona de inundabilidad. Del mismo modo, el eje secundario, al norte de Hereña, alberga tramos que se adentran en zona de inundabilidad.
El proyecto puede suponer afecciones a la vulnerabilidad de los acuíferos de la zona, especialmente sobre el acuífero que constituyen las calizas de Subijana, de permeabilidad alta. De menor importancia se encuentra el acuífero formado por los depósitos aluviales de los ríos Bayas, Zadorra, así como las terrazas cuaternarias del río Ebro, también de permeabilidad alta.
El promotor argumenta que con la ejecución del proyecto se dejará de detraer caudales en los periodos de estiaje mejorando el estado ecológico de los tramos medio-bajos de los ríos Omecillo, Bayas y Zadorra, ya que permitirá una circulación de caudales muy cercana al régimen natural de los ríos en dichos períodos de estiaje, reforzados con el mantenimiento de unos caudales ecológicos. Por otra parte, la detracción de caudales invernales y primaverales (aguas altas) desde las captaciones del Omecillo-Tumecillo, apenas tendrán influencia en los caudales circulantes por el Omecillo y Tumecillo, por cuanto que además del mantenimiento de los caudales ecológicos, la cuantía respecto al global de la cuenca del Omecillo supone, un total de 5,37 hm3/año de demanda frente a 86,8 hm3/año de aportación en régimen natural, es decir, un 6,18%, en el período de aguas altas.
Al aumentarse la superficie de regadío aumenta la probabilidad de que elementos contaminantes lleguen a alguna lámina de agua. Entre ellos, se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones de fósforo y nitrógeno. Todos ellos cuando no los asumen la vegetación o la tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a los arroyuelos. Por ello, el promotor asegura que se llevará a cabo un mayor control de los productos fitosanitarios, mediante el uso eficiente de la cantidad de pesticidas y determinando el período crítico para ello.
El estudio de impacto ambiental afirma que se dispondrán barreras de sedimentos, tanto para favorecer la contención de éstos antes de que el agua pase a las vías de drenaje y cauces naturales, como para reducir la energía erosiva de las aguas de escorrentía que las atraviesan.
Se colocarán balsas de decantación en lugares donde se construyan estructuras de hormigón importantes. Las balsas se limpiarán periódicamente, eliminando restos de lodos y elementos flotantes, para asegurar el correcto funcionamiento de la misma.
Las aguas de las balsas serán sometidas a un seguimiento analítico. Únicamente se podrán verter aguas a los cauces naturales, siempre que se encuentren dentro de los rangos de calidad establecidos en la legislación vigente y tras la obtención de la correspondiente autorización.
El Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco, en su informe de la fase de información pública, afirma que los excedentes del nuevo uso agrario por riego, podrían afectar a la calidad de las aguas de los ríos al arrastrar plaguicidas y fertilizantes. Por ello se considera necesario el respeto al Código de Buenas Prácticas Agrarias aplicable a las zonas de la Comunidad Autónoma del País Vasco no declaradas como vulnerables a la contaminación de las aguas por los nitratos procedentes de la actividad agraria (Decreto 112/2011, de 7 de junio).
El promotor responde que entre las medidas compensatorias se integran campañas informativas dirigidas hacia los agricultores centrándose en el Código de Buenas Prácticas Agrarias para evitar entre otros, el aumento de niveles de eutrofización de fósforo y nitrógeno, niveles de metales pesados y compuestos complejos orgánicos.
El Servicio de Medio Ambiente y Biodiversidad de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava solicita que se ejecuten en hinca varios cruces con los ríos Tumecillo y Omecillo, además de un plan específico de protección ambiental para las áreas más sensibles. El promotor responde que acepta y llevará a cabo estos cruces en hinca.
C.2.3 Aire, factores climáticos, cambio climático:
Las afecciones más importantes sobre la atmósfera, derivadas de la ejecución del proyecto serán la emisión de partículas durante los movimientos de tierra, la emisión de contaminantes y el aumento de los niveles sonoros por el funcionamiento de la maquinaria. Este tipo de impactos se producirán durante momentos concretos de la fase de obras, por lo que tienen un carácter temporal.
El promotor establece algunas medidas: como limitar el tránsito de maquinaria, tanto por zonas específicas como con velocidades determinadas, para minimizar el ruido que dichos vehículos generan. Además especifica que en todo momento se cumplirán los niveles de ruido marcados por la legislación vigente.
C.2.4 Flora y vegetación, fauna, biodiversidad:
Flora y vegetación.
En la fase de consultas el Ayuntamiento de Lantarón señala que los bosques de ribera u otros espacios alterados por las obras se recuperarán con especies autóctonas en caso de producirse alteraciones en las comunidades existentes.
Según el estudio de impacto ambiental el tipo de vegetación que principalmente puede verse afectado por la construcción de las conducciones se trata de tierras de labor en secano (83 %), siendo mayoritariamente terrenos de usuarios del proyecto de regadío.
La eliminación de la vegetación que se producirá será muy puntual debido al carácter lineal de gran parte del proyecto. Las afecciones más notables se darán en las infraestructuras hidráulicas como el embalse, los azudes y las balsas. En La Aloya se dará una afección importante a los robledales isla que se localizan entre las zonas agrícolas.
Flora: en el estudio de impacto ambiental se indica que entre las balsas, embalse y captaciones, solamente se ha identificado una parcela de Pinus halepensis en la balsa de Villaluenga. Mientras que a través de la red principal han sido inventariados Ilex aquifolium, Taxus baccata, Buxus sempervires en Angosto, Quercus coccifera en las cercanías del Ebro con el río Omecillo-Tumecillo, Ruscus aculeatus cerca de Villanañe y Salix cantabrica en La Herradura cerca de Osma.
El promotor afirma que en la red secundaria han sido observadas Haplophyllum linifolium en el arenal de Fontetxa y Berberis vulgaris cerca del pueblo de Fontetxa. Se trata de una especie «En peligro de extinción» según el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas. Por lo que se contará con la presencia de un especialista en flora previo a la ejecución de la conducción para evitar su afección.
Las líneas eléctricas y su mantenimiento conllevan una afección sobre la vegetación dentro de su área de servidumbre aérea, ya que en previsión de posibles actuaciones de mantenimiento se llevan a cabo labores de desbroce permanentes.
En el estudio de impacto ambiental se aclara que la restauración o revegetación de todas las zonas afectadas, como norma general, se realizará mediante árboles y arbustos autóctonos. Con especial mención a la importancia de la ejecución de estas actuaciones en el borde del embalse de Barrón.
En los cruces con los ríos, se revegetará la escollera mediante una restauración mixta, con escollera estaquillada en el tramo bajo e hidrosiembra para evitar las erosiones por corrientes importantes y con estaquillas, arbustos y árboles en la zona alta para aportar un cerramiento apto de la ribera.
Para el estaquillado se recogerán estaquillas de Salix sp presentes en la zona con una longitud aproximada de 1 m y se insertarán en el terreno a una profundidad mínima de 0,5 m.
Las especies que se seleccionen para la restauración de riberas serán especies autóctonas, tal y como exigen los planes de gestión de las especies protegidas y la directiva de hábitats.
Durante la ejecución del embalse se conservarán los hábitats presentes sin realizarse tareas de desbroce el mayor tiempo posible.
Para los cruces de hábitats de interés se hará una prospección previa en busca de especies protegidas. En caso de detectarse algún ejemplar se propondrá una medida específica para la conservación del mismo o, en su caso, la restauración del mismo con las especies que lo conforman.
En las zonas en las que, aun no habiéndose detectado especies catalogadas, exista riesgo razonable de que aparezcan ejemplares aislados, se dispondrá de un técnico especialista que previamente a ejecutar cualquier tarea de preparación del terreno prospectará la zona de replanteo y en caso necesario propondrá las medidas más adecuadas o, en su caso, las restauración del mismo con las especies que lo conforman.
Durante la instalación de las líneas eléctricas se minimizará la ocupación de los accesos utilizando la maquinaria más ligera posible para el extendido del cableado.
Presencia de Genista eliassennenii en Barrón:
En agosto/septiembre de 2017 se recibió informe sobre la presencia de la planta Genista eliassennenii elaborado por la Asociación Ekologistk martxan Araba. En dicho informe se analiza el impacto que la construcción del Embalse de Barrón puede producir en la población de esta planta.
El embalse de Barrón y el nuevo trazado de la carretera A-4319 causaría afecciones directas (destrucción directa de individuos) e indirectas en la población de la planta Genista Eliassennenii con la categoría de protección «Rara» en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestre y Marina. Esta afección no se contempló en el estudio de impacto ambiental, y por tanto se han recibido informes y realizado estudios en fases posteriores.
Se solicitó al promotor un estudio de afecciones a la especie (se recibió el 13 de diciembre de 2017), este informe fue posteriormente informado por la Diputación Foral de Álava cómo órgano competente. El promotor contabilizó 1.248 ejemplares y estima que están en alto riesgo 436.
El estudio realizado por el promotor concluía que el impacto del embalse de Barrón es compatible, incluyendo diferentes medidas preventivas y correctoras, además del desplazamiento de la ubicación de la reposición de la carretera A-4319 para evitar la afección directa.
Además de la afección al 35% de la población de genista censada se ha detectado la presencia de Aster willkommi también considerada como «Rara», el promotor informa que está presente en la zona afectada por la futura carretera, que se va a desplazar por la presencia de estas especies para evitar la afección directa, habiéndose localizado otras poblaciones en las cercanías.
El promotor concluye que el impacto indirecto que podría causar el cambio del régimen de vientos y el aumento de humedad relativa sobre la genista, no va a provocar una alteración significativa pues el embalse no es excesivamente grande.
El informe de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava sobre la afección a la población de Genista eliassennenii recuerda que es necesario presentar un proyecto constructivo de la modificación de la carretera y además es necesario que cuente con valoración específica previa e informe de los diferentes Órganos y Servicios Ambientales especializados. Se debe verificar que las afecciones sobre la población de Genista eliassennenii son mínimas o inexistentes y en su caso se establecerán medidas adicionales o se solicitarán cambios en el proyecto.
Los taludes laterales de la carretera (tanto desmonte como terraplén) tienen que ser mínimos y no generar efectos por cambios en la estabilización de la ladera y los procesos erosivos a los que está sometida.
También concluye que los efectos indirectos de la presa y embalse de Barrón sobre las poblaciones de Genista eliassennenii y Aster willkommi son compatibles.
Fauna y Biodiversidad.
El Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava remite, en fase de consultas, un informe elaborado por el Servicio de Medio Ambiente y Biodiversidad donde se indica que se debe tener en consideración que en las cercanías de la ubicación propuesta para la construcción del embalse anida una pareja de águila real (Aquila chrysaetos) especie «Vulnerable» según el Catálogo de Especies Amenazadas del País Vasco (Decreto 176/1996, por el que se regula el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestre y Marina). En el País Vasco esta especie sólo está presente en Álava, habiéndose avistado unas 15 parejas nidificantes en la provincia.
Cualquier actuación en las Áreas de Interés Especial de especies incluidas en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas, que cuentan con Planes de Gestión en vigor en el Territorio Histórico de Álava, necesitará autorización previa del Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Alava, estableciéndose en dicha autorización las medidas protectoras y/o correctoras.
Durante la fase de obras se producirán algunas molestias sobre la fauna, derivadas del movimiento de tierras y del trasiego de vehículos y maquinaria.
El Ayuntamiento de Lantarón en su respuesta a consultas recuerda que los azudes de derivación pueden ser barreras infranqueables para el desplazamiento aguas arriba de las especies piscícolas y esto se debe tener en cuenta en su diseño.
La ictiofauna es la que presenta mayores riesgos de afección debido a los cruces que se realizan en cauces, en algunos de ellos con el desvío del propio río y los demás con bombas de achique para llevar el agua desde la ataguía a la zona de contrataguía.
El Estudio de impacto ambiental indica que a la hora de la colocación de ataguías en los respectivos cruces de ríos, se llevará a cabo una revisión de las especies de fauna que queden en las pozas para extraer y eliminar especies alóctonas, mientras que la fauna autóctona se trasladará de la zona afectada por las obras.
Las obras en los cruces de ríos se procurarán realizar en época de estiaje fuera del periodo marcado del citado Plan de Gestión del visón europeo.
El plan se adaptará a los informes realizados por los especialistas de flora y fauna.
El promotor indica que la avifauna al tener otras zonas muy semejantes se puede mover y así minimizar su afección, siempre que no alberguen nidos en la zona de cruce. También manifiesta que antes del inicio de cualquier actuación sobre el terreno, se realizará una prospección detallada, por parte de un especialista en fauna, especialmente en las riberas en los tramos afectados para confirmar la no existencia de encames, madrigueras, refugios o nidos, tanto en el suelo como en la vegetación. En el caso de encontrar alguna confirmación, se avisará inmediatamente a la administración competente.
El estudio de impacto ambiental recoge que una gran parte de las zanjas y cruces se realizará sobre Áreas de Interés Especial de visón europeo (Mustela lutreola). Ello conlleva que se tenga en cuenta el periodo de reproducción, realizando las labores fuera de esta época (desde el 15 de marzo al 31 de agosto, ambos inclusive), siendo el período más adecuado para la realización de las obras desde el punto de vista faunístico a partir de septiembre. Se cumplirá en todo momento lo establecido en los planes de gestión de las especies ubicadas en el ecosistema fluvial.
Todas las zanjas deberán tener posibilidad de escapatoria con rampas adecuadas para el escape de la fauna atrapada.
El promotor asegura que con la ejecución del proyecto se evitará que la fauna de los ríos se quede en verano sin agua. La posibilidad de tener agua durante todo el año atraerá especies a estas zonas de ribera y del cauce. La presencia de agua en verano puede conllevar la vuelta de especies como el avión zapador, la nutria o el visón europeo a zonas como por ejemplo, el río Omecillo-Tumecillo a la altura de Espejo.
Respecto a la presencia de líneas eléctricas aéreas, se considera que pueden producir un impacto sobre las aves teniendo en cuenta el posible aumento de la accidentabilidad con los tendidos eléctricos. Para minimizar este impacto estas líneas estarán dotadas de los elementos preventivos necesarios, según estipula el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
En el caso de observarse algún incidente con la fauna se procederá a llamar al Centro de Recuperación de Fauna de Martioda (u otros centros de recuperación de fauna), para su posterior recuperación o rehabilitación.
El Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco, en su alegación en la fase de información pública, indica que la transformación a regadío de una parte importante de los Valles Alaveses hará desaparecer la vegetación propia de cultivos de secano, lo que puede provocar cambios generales en la fauna, especialmente avifauna. El promotor responde que la avifauna de la zona mantendrá un porcentaje regular de parcelas de secano y regadío que proporcionará el hábitat necesario para esas especies. Además, en el estudio de impacto ambiental se incluyen medidas para la avifauna.
El Servicio de Medio Ambiente y Biodiversidad de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava recuerda en su alegación que el proyecto se asienta sobre el Área de Interés Especial de 5 especies consideradas «En Peligro de Extinción»: visón europeo, nutria, blenio de río, zaparda y lamprehuela, además de ser Área de Distribución Natural de otra especie catalogada como «Vulnerable» (avión zapador), según el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas. Por ello deben tenerse en cuenta los planes de gestión de dichas especies.
La asociación Ecologistas en Acción en el País Vasco (Ekologistak Martxan Araba) y varios particulares citan la presencia de una pareja de águila real próxima a la cerrada del embalse de Barrón y de la variante de la carretera A-4319. Por tanto, el impacto sobre dicha pareja debe calificarse como crítico según la asociación.
Además se aclara que en la zona esta especie no tiene nidos alternativos, por lo que el abandono del nido podría implicar el abandono del territorio.
Sucede algo similar con otra pareja de águila real en las cercanías de Hereña, por donde pasaría una de las conducciones proyectadas.
Como medidas compensatorias Ekologistak Martxan Araba propone que se permita en las balsas la presencia e incluso cría de aves acuáticas, el paso de mamíferos para beber, etc, es decir, que se convierta en un humedal con su flora y su fauna.
Respecto a las dos balsas pequeñas sugieren la instalación de islas de vegetación u otros elementos que permitan su utilización por las aves. Asimismo, solicita la instalación de rampas de escape para evitar que cuando el agua esté muy baja, los animales puedan sufrir ahogamientos.
El promotor responde a lo anterior que la pareja de águila real citada está incluida en el estudio de impacto ambiental, donde se han tenido en cuenta diversas aportaciones del borrador de propuesta técnica sobre las Bases para la Elaboración del Plan de Gestión de las Rapaces Rupícolas incluidas en el Catálogo Vasco de Especies Protegidas, como por ejemplo la de evitar la instalación de nuevos tendidos eléctricos de cable desnudo a menos de 500 m de sus enclaves de nidificación; respetar la época de reproducción y cría durante las obras en las áreas de influencia equivalente a 1 km desde el nido de la especie. El periodo crítico para el águila real se establece entre el 1 de marzo y el 20 de julio.
En relación a la propuesta de contornos irregulares e islas de vegetación en las balsas es de muy difícil realización por cuanto hay que garantizar la estanqueidad en las uniones o juntas.
Por otra parte, se van a ejecutar 32 líneas eléctricas de menor entidad, 131 apoyos o postes eléctricos, 1.143 metros de red subterránea y 15.246,77 metros de red aérea. Se van a producir 4 cruces de Red Natura y se van a afectar varios hábitats.
Se deben considerar las especificaciones que figuran en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrecución en líneas eléctricas de alta tensión y la Orden de 6 de mayo de 2016, de la Consejeria de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se delimitan las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración de las especies de aves amenazadas y se publican las zonas de protección para la avifauna en las que serán de aplicación las medidas para la salvaguarda contra la colisión y la electrocución en las líneas aéreas de alta tensión.
Del total de la infraestructura eléctrica, se encuentran en zona de protección para la avifauna los siguientes: 26 apoyos, 4.495,93 metros de red, estas afecciones se dan sobre 4 de las 32 líneas eléctricas que se van a ejecutar.
Una de las zonas es la línea 14 en el embalse de Barrón, se encuentra en zona de protección de la avifauna y en todos sus apoyos y línea eléctrica va a necesitar medidas contra la electrocución y contra la colisión, para evitar mayor impacto se ha acercado la línea al embalse.
Uno de los principales objetivos de conservación de los planes de gestión de las ZEC consiste en evitar la electrocución de aves, por lo que la línea eléctrica proyectada tiene que ser compatibilizada con el instrumento de gestión del espacio. La Subdirección General de Medio Natural (Ministerio para la Transición Ecológica) destaca que la especie más propensa a sufrir colisiones o electrocuciones con los tendidos eléctricos es el milano negro (Milvus migrans) debido a su querencia por los sotos riparios, su carácter gregario y su tamaño.
Para prevenir este potencial impacto, el promotor propone que siempre que sea posible se utilicen técnicas de perforación dirigida en los cruces de ríos que pertenezcan a Red Natura 2000, de forma que se evite afectar al río y a la vegetación riparia. En aquellos casos en los que no sea posible enterrar la conducción eléctrica se aplicarán criterios de diseño específicos para aminorar los riesgos de colisión y electrocución de aves en el tendido eléctrico, así como minimizando los efectos de la ejecución sobre los hábitats propios de la ribera.
C.2.5 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000:
Hábitats naturales de interés comunitario.
En fase de consultas el Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava afirma que la construcción de esta infraestructura supondrá la eliminación de unos 500 m de una fresneda ribereña eurosiberiana en el arroyo de Atiega, hábitat de interés prioritario con el código 91E0* (bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior) incluido en el Anexo I de la Directiva Hábitats 92/43/CEE, que en cuanto a extensión supondría la eliminación de 1,3 hectáreas del hábitat en cuestión. Por ello, considera necesario establecer medidas que permitan recuperar la superficie de hábitats catalogados de interés prioritario en el arroyo de Atiega y solicita que el proyecto y el estudio de Impacto ambiental incluyan las actuaciones relativas a la reposición de la carretera A-4319 afectada, al objeto de evaluar en el mismo procedimiento los impactos que ocasionaría dicha reposición.
Asimismo, establece una serie de criterios ambientales que deben tenerse en cuenta en el Estudio de impacto ambiental, entre los que destacan: la ubicación de las infraestructuras de mayor tamaño fuera de zonas de predominio del bosque autóctono, localizandose en áreas de dominio agrícola; se minimizará a su vez la ocupación de montes catalogados de utilidad pública, y en particular se evitarán amplias ocupaciones en montes catalogados bien conservados; siempre que sea posible se utilizarán los ámbitos más degradados y antropizados en el diseño del trazado de las conducciones: carreteras, zonas de servidumbre, caminos agrícolas, pistas forestales, puentes, vados, etc; se minimizará la afección a LICs de la Red Natura 2000.
De igual modo, se minimizará la afección a Hábitats de Interés Comunitario y Prioritarios incluidos en el Anexo I de la citada Directiva 92/43/CEE.
Los hábitats de mayor valor se sitúan en los cursos fluviales, arroyos y pequeñas masas forestales que se localizan entre los terrenos agrícolas. Por ello, el promotor propone las medidas de restauración que se han detallado en el apartado de vegetación.
Espacios naturales protegidos.
En el Estudio de impacto ambiental se recogen los cruces que se producirán en los ZEC presentes, así como las hectáreas afectadas de los hábitats incluidos en dichos espacios.
ZEC |
Cruces red primaria |
Cruces red secundaria |
Ocupación de hábitat en el ZEC (ha) |
Afección al hábitat (ha) |
---|---|---|---|---|
Río Omecillo-Tumecillo. |
8 |
2 |
46,67 |
1,01 |
Río Bayas. |
6 |
2 |
241,04 |
0,87 |
Río Zadorra. |
0 |
3 |
148,43 |
0,05 |
Parte de los ZEC actuales albergan una presión de la explotación agraria que genera la detracción de caudales, la desaparición de vegetación por intrusión al cauce o la posible contaminación con las bombas de agua.
El promotor señala que la desaparición de estas presiones conlleva un impacto positivo para la fauna, flora, hábitats y demás características que engloba la Red Natura 2000.
Algunas de las líneas eléctricas previstas atraviesan ZEC declarados, mediante cruces lo más transversales posible y evitando que sus apoyos se lleven a cabo dentro de la delimitación de la ZEC.
• Cruce 7. ZEC Río Ebro.
• Cruce 9. ZEC Río Bayas.
• Válvula ramal Villaluenga. ZEC Río Bayas.
• Derivación 2 Villaluenga. ZEC Río Zadorra.
El Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco realiza las siguientes observaciones durante el período de información pública:
1. Califica de inadecuado el análisis de afecciones a la Red Natura 2000, ya que según el artículo 45.4 de la Ley 47/2007, de 13 de diciembre de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad debería haberse considerado:
• El estado de conservación de las superficies de hábitats afectados o su funcionalidad como elemento conector.
• Las posibles afecciones a la funcionalidad de los corredores ecológicos fluviales.
• Las posibles afecciones relacionadas con las nuevas líneas eléctricas a ejecutar: 1 cruce en la ZEC Río Zadorra, 2 en la ZEC Río Bayas y otro en la ZEC Río Ebro, que ni se mencionan en el estudio de impacto ambiental.
• Las posibles afecciones relacionadas con la ejecución de las obras de desagüe de las balsas de La Aloya, Villaluenga y Los Castros.
• Las posibles afecciones relacionadas con la adecuación del azud de Osma sobre la conectividad ecológica y la ictiofauna.
Las afecciones citadas deben analizarse de forma individualizada, indicándose las actuaciones del proyecto que puedan generar un impacto al espacio y sus elementos clave, así como los objetivos de conservación, directrices y medidas establecidas en sus respectivos documentos de gestión.
2. Es preciso analizar las afecciones de la ejecución de las nuevas líneas eléctricas proyectadas.
3. Solicita que se recojan adecuadamente las afecciones identificadas en el inventario de hábitats, flora amenazada y fauna.
El promotor contesta a estas alegaciones que durante la redacción del Estudio de impacto ambiental se recopiló la documentación existente hasta la fecha en relación a los espacios de la Red Natura 2000.
En el Estudio de impacto ambiental se describe la relación de los LIC y sus hábitats con la Red de Corredores Ecológicos. Consecuentemente, las zonas de revegetación se han seleccionado en función de los hábitats afectados, identificados en los apartados anteriores, priorizándose en zonas conectoras.
Las líneas eléctricas han sido diseñadas directamente sobre la cartografía ambiental inventariada, por los técnicos ambientales e ingenieros eléctricos, para ello, se han tenido en cuenta todos los apartados identificados. Los cruces se han realizado sin que los apoyos, de 16 metros (1,5 m bajo tierra), ocupen las zonas Red Natura y la altura de las líneas eléctricas eviten la mayoría de matorral o arbusto, sobre todo en los hábitats prioritarios. Las líneas rebasan los ZEC por las zonas que menos superficie de hábitats tiene el río.
Además, a la hora de diseñar las líneas eléctricas se establecieron los siguientes criterios ambientales:
• Ninguno de los apoyos eléctricos se encuentra dentro de los espacios de Red Natura del entorno del proyecto.
• Se evitó en todo momento que rebasara algún elemento arqueológico o arquitectónico que estuviera catalogado como afectado.
• Se aprovecharon parcelas agrícolas para la colocación de torres eléctricas, y en caso de no poder evitar la afección a hábitats de interés comunitario se han elegido los de menor calidad.
• Igualmente, la principal elección para el itinerario eléctrico era la opción de colocarla en zonas agrícolas, en algunos casos técnicamente era inviable y se debía de llevar por zonas de hábitats. Sin embargo, en algún caso concreto debido a que el punto de origen o de enganche se hallaba en zona de hábitat de interés comunitario prioritario no se pudo evitar la afección en unos pocos metros. Uno de los principales objetivos de conservación de los planes de gestión de las ZEC consiste en evitar la electrocución de aves, por lo que la línea eléctrica proyectada tiene que ser compatibilizada con el instrumento de gestión del espacio.
• En todo caso se ha respetado el Nuevo Reglamento de Líneas de Alta Tensión, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.
Montes de utilidad pública (MUP).
En la fase de consultas la Dirección de Agricultura y Ganadería del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco recuerda que conforme a lo establecido por la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, cualquier afectación a la calificación de terrenos forestales requerirá el informe de la Administración Forestal competente que tendrá carácter vinculante si se trata de montes catalogados o protectores.
Algunas de las medidas destinadas a espacios protegidos y Montes de utilidad pública son:
• El balizamiento en los límites y dentro de la Red Natura 2000 debe ser estricto debiéndose balizar con el jalonamiento más protector que hubiera.
• En los cruces con los ríos, se revegetará la escollera a base de una restauración mixta, con escollera estaquillada en el tramo bajo e hidrosiembra para evitar las erosiones por corrientes importantes y con estaquillas y arbustos y árboles en la zona alta.
• El desbroce a llevar a cabo en las zonas de servidumbre de las redes eléctricas será limitado al máximo en estos entornos siendo jalonado el límite de actuación y vigilado por un técnico ambiental en el momento de llevar a cabo la actuación.
• Cualquier rediseño en el trazado de conducciones y nueva selección de depósitos de sobrantes se evitará que afecten a los espacios Red Natura 2000. En el caso de afección se justificará suficientemente por la ausencia de alternativas y el interés general de la actuación (cualquier cambio significativo en el proyecto supondrá un nuevo procedimiento de evaluación de impacto ambiental).
C.2.6 Paisaje:
En fase de consultas el Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava remite un informe elaborado por el Servicio de Medio Ambiente y Biodiversidad donde se indica que el embalse de Barrón se emplazaría sobre una zona incluida en el Catálogo de Paisajes Singulares y Sobresalientes del Territorio Histórico de Álava (Acuerdo del Consejo de Diputados n.° 829 de 27 de septiembre de 2005) con el nombre de Paisaje Sobresaliente n.º 44 «El Raso-Angosto-Olvedo».
También indica que ha de redactarse un Proyecto de Restauración Ambiental e Integración Paisajística, definido a nivel de proyecto constructivo, que debera incluir como mínimo la cuantificación de la superficie alterada por Ia ejecución de las obras (tanto por los embalses, las balsas y los depósitos como por todos los trazados de las conducciones), definición de zonas en las que sea necesario el aporte externo de tierra vegetal para la restauración de superficies de siembras y/o hidrosiembras y épocas de ejecución, superficies de plantación de árboles y arbustos y épocas de plantación, definición de medidas compensatorias, todo ello con su correspondiente presupuesto detallado en eI que se incluyan todas las labores de restauración ambiental de modo que se garantice su ejecución.
En la fase de construcción y a lo largo del funcionamiento de las balsas y equipos de bombeo se producirá una intrusión visual por las pequeñas edificaciones, registro y equipos que componen las infraestructuras hidráulicas, teniendo como los principales focos de observación y frecuentación humana las carreteras y caminos situados en su entorno inmediato.
El Ayuntamiento de Lantarón en fase de consultas recuerda la necesidad de valorar los impactos sobre el paisaje que conlleva la ejecución de las balsas y considerarlo en la integración paisajística.
En el caso de la presa y balsas podrán ser observadas desde Paisajes Singulares y Sobresalientes durante su construcción:
− N.º 23. Cultivos de Quejo-Gurendes a Villanañe (Paisaje singular).
− N.º 16. Sierra de Árcena (Paisaje sobresaliente).
− N.º 44. El Raso-Angosto-Olvedo (Paisaje sobresaliente).
− N.º 47. Río Omecillo-Tumecillo (Paisaje sobresaliente).
− N.º 50. Río Bayas (Paisaje sobresaliente).
− N.º 51. Zadorra curso bajo (Paisaje sobresaliente).
− N.º 25. Fontecha (Paisaje sobresaliente).
En el estudio de impacto ambiental se recoge que las captaciones, balsas y presa serán restauradas mediante una orla de vegetación.
En las alegaciones a la información pública la asociación Ecologistas en Acción en el País Vasco (Ekologistak Martxan Araba) califica la afección paisajística como irreversible, resaltando la eliminación de 500 metros de fresneda ribereña eurosiberiana (hábitat de interés prioritario 91E0*) presente en el arroyo Atiega.
El promotor indica que la fresneda se encuentra en un estado muy pobre debido a las presiones que sufre desde las comunidades agrícolas y además 500 metros quedarán dentro de la zona embalsada.
Algunas alegaciones particulares indican que el emplazamiento del embalse está incluido en el Catálogo de Paisajes Singulares y Sobresalientes del Territorio Histórico de Álava (Paisaje Sobresaliente N.º 44 – «El Raso-Angosto-Olvedo»), aprobado por el Acuerdo 829/2005 del Consejo de los Diputados de 27 de septiembre.
El promotor responde que en el estudio de impacto ambiental se establece que la integración de las estructuras visibles de la red y las obras en el paisaje, esto se va a hacer mediante plantaciones que corten las cuencas visuales sobre los elementos más destacables y discordantes con el paisaje.
El Servicio de Medio Ambiente y Biodiversidad de la Diputación Foral de Álava propone que las siguientes zonas deberían declararse Zonas de Sensibilidad Ambiental, a efectos de que le sea de aplicación un Plan específico de Protección Ambiental; ZEC «Ríos Tumecillo y Omecillo», ZEC «Río Bayas», zona de captaciones en los arroyos Quejo, Nograro y Barrio, zona donde se ubica el embalse de Barrón y las balsas de Los Castros, La Aloya y Villaluenga.
El Plan de Sensibilidad ambiental debe contener procedimientos constructivos especiales en orden a minimizar los daños que pudieran causar las obras.
Las actuaciones en las Zonas de Sensibilidad Ambiental han de ser supervisadas por los órganos ambientales competentes.
Estos paisajes se engloban en zonas de sensibilidad ambiental con sus medidas específicas.
C.2.7 Población, salud humana:
En el estudio de impacto ambiental se indica que las obras que puedan suponer molestias para el descanso de la población se llevarán a cabo en horario diurno (entre las 8 y las 22 horas).
El promotor destaca que se elaborará un manual de buenas prácticas ambientales para los operarios de la obra.
El promotor se compromete a la reposición de todos los servicios afectados, incluyendo la carretera A-4319.
El estudio de impacto ambiental incluye un anexo con el plan de emergencia y seguridad según lo establecido en el Reglamento Técnico de Seguridad de Presas y Embalses (RTSPE) y un estudio socioeconómico que indica las repercusiones de la ejecución del proyecto sobre la población de la zona. Al respecto, recalcar que este órgano ambiental considera que los riesgos son aspectos técnicos del proyecto reservados al órgano con competencia sustantiva y, por tanto, no son objeto del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, ni corresponde su análisis y evaluación al órgano ambiental. Igualmente, este órgano ambiental considera que no le corresponde la evaluación de las consecuencias socioeconómicas que el proyecto pueda tener sobre la zona de actuación, que recaen sobre el órgano sustantivo del proyecto.
En la fase de Información Pública el Ayuntamiento de Añana, la Junta Administrativa de Atiega y algunos particulares expresan su preocupación en caso de rotura o fisuras en el embalse.
El promotor explica que la Presa de Barrón se encuentra en la categoría A, conforme al artículo 7 del citado reglamento, habiéndose redactado el Plan de Emergencia de la Presa, ante el riesgo de avería grave o rotura (incluido en el Anejo n.º 30 del proyecto). El Área de Seguridad de Infraestructuras y Explotación de la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha examinado el proyecto y emitido informe favorable al respecto.
La Dirección de Agricultura y Ganadería del Departamento de Desarrollo Económico y Competencia del Gobierno Vasco, en su alegación, considera necesario que la evaluación de la afección sectorial agraria tenga en cuenta tanto la ocupación de suelo agrario (que engloba los suelos de Alto Valor Estratégico y de Paisaje Rural de Transición) como el impacto generado sobre las explotaciones agrarias que puedan verse afectadas. Para ello, se podrá tomar como base lo establecido en el Plan Territorial Sectorial (PTS) Agroforestal en relación a la «Evaluación de la afección sectorial agraria ocasionada por la aplicación de planes y por la realización de obras o actividades».
Según el promotor entre los objetivos del PTS Agroforestal está el de defender «los intereses del sector agroforestal frente a otro tipo de usos» que en el caso del proyecto considera que está totalmente justificado. Destaca que se justifica la afección a algunos terrenos agrarios a favor de la mejora de otros muchos y que la modernización del regadío de la zona es un instrumento de desarrollo económico.
Con ello se contribuye a la continuidad de explotaciones localizadas en municipios afectados, (todos ellos situados en Zonas Desfavorecidas o de Montaña según el actual Plan de Desarrollo Rural de Euskadi 2015-2020), gracias a una mejora en la competitividad de las mismas.
La asociación Ecologistas en Acción en el País Vasco (Ekologistak Martxan Araba) considera que el proyecto no está suficientemente justificado, ya que se construirá un embalse en tierras de cultivo, mediante la expropiación forzosa de estas tierras, quitando tierras de labor a varios agricultores para favorecer a otros. Además va en contra de la actual tendencia en España y Europa, que busca estabilizar e incluso restringir los regadíos existentes.
De las alegaciones presentadas por particulares (muchos de ellos de Barrón) destacan los siguientes aspectos:
• El aumento de la humedad ocasionará fuertes nieblas en invierno y plagas de insectos en verano.
El núcleo urbano de Barrón se sitúa a la cola del embalse a una distancia aproximada de 200 m.
El promotor contesta que las nieblas de evaporación en ríos, lagos o grandes embalses, se producen principalmente en invierno cuando el agua está más caliente que el aire situado encima y se evapora formando la niebla. En todo caso, este embalse de Barrón no es un gran embalse en comparación con otros, o con lagos en los que es probable la formación de estas nieblas en invierno.
Respecto a las plagas de insectos en verano, en el embalse el agua no estará estancada sino que existirá una regeneración continua del agua ya que se llena en el período de aguas altas de octubre a junio y se vacía durante el período de estiaje. Por tanto, la posibilidad de plagas de insectos es improbable.
• No se aprecian beneficios para el pueblo de Barrón.
El promotor afirma que la actuación está declarada de interés para el Territorio Histórico de Álava, por el Decreto Foral 53/1999, del Consejo de los Diputados, de fecha 20 de abril, y también está declarada de interés general del Estado por el art. 36 de la Ley 10/2001, de 5 de julio, de aprobación del Plan Hidrológico Nacional. Si bien el proyecto no contempla beneficios directos para el núcleo de Barrón, ni tampoco la utilización del embalse para usos recreativos y servicios, es evidente que indirectamente los obtendrá dado que se fijará la población al territorio y se beneficiará toda la comarca de Valles Alaveses.
• El proyecto no es rentable económicamente y su coste es inasumible.
El promotor indica que este proyecto además del objetivo de mejora y modernización de regadíos, que conlleva unos costes de inversión, tiene como objetivo también la fijación de la población al territorio. El proyecto se financia al 50% por la Diputación Foral de Álava y Comunidad de Regantes Tumecillo y por la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas de España (ACUAES), durante 50 años de explotación. La inversión del 50% realizada por la sociedad estatal ACUAES, se recuperará de la Diputación Foral de Álava a partir del año 25 de explotación (del año 25 al 50 de explotación).
La obra del embalse de Barrón implicará la pérdida de tierras de labor de varios agricultores para regar otros campos y beneficiar a otros agricultores situados a kilómetros de distancia.
Además, en Reunión Nº1 de la Comisión de Seguimiento de la redacción del proyecto, se hizo entrega al equipo redactor, por parte de la Dirección de Agricultura del Gobierno Vasco, de un documento denominado «Documento de avance en materia de planificación de regadíos en el Territorio Histórico de Álava. Período 2009 – 2015» de noviembre de 2009. Según el citado documento se acordaron los criterios relativos a la superficie regable y las dotaciones de riego.
• Pérdida de tierras por inundación a causa del embalse, mediante ocupación forzosa de fincas particulares (expropiaciones).
El promotor reconoce que existe un impacto social sobre los terrenos agrícolas sobre los que se construirá la presa y embalse de Barrón, que serán objeto de expropiación.
También hay particulares que destacan que en la actualidad no hay demanda que acredite la necesidad y viabilidad de la infraestructura pues cada vez hay menos agricultores y menos cultivos de regadío.
La Junta Administrativa de Barrón y muchos habitantes o propietarios de terrenos en este pueblo son contrarios al proyecto ya que se van a inundar sus terrenos, en su alegación de septiembre de 2015 la Junta Administrativa destaca que la puesta en marcha del proyecto, supone tal impacto negativo que hace inviable la supervivencia económica de sus habitantes y residentes.
C.2.8. Bienes materiales, patrimonio cultural:
El estudio de impacto ambiental califica como severo el impacto sobre valores arqueológicos y arquitectónicos, ya que existe una afección potencial sobre 86 elementos. Además, se afectan a los siguientes senderos históricos y Grandes Recorridos (GR).
− Camino de Santiago.
− GR-99 Ebro.
− GR-1.
− Senda del Pastoreo.
El estudio de impacto ambiental cuenta con un apéndice específico (Apéndice 6: Estudio Arqueológico) donde se detallan medidas para cada elemento arqueológico o arquitectónico afectado, entre ellas: sondeos, control presencial de obra, excavación de zanja, documentación topográfica.
El promotor se compromete a garantizar la permeabilidad y continuidad de los senderos o itinerarios que se encuentran afectados en la zona de actuación, anteriormente citados.
Asimismo, se realizará la reposición y reordenación del GR-1 por el camino del norte de la balsa de La Aloya, de modo que las indicaciones guíen a los senderistas por dicho camino.
El Servicio de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de la Diputación Foral de Álava, en su informe de octubre de 2015, destaca diferentes elementos próximos que podrían verse afectados y el promotor propone medidas correctoras para cada caso, en la siguiente tabla se resumen las afecciones y las medidas propuestas:
Código |
Elemento |
Distancia (m) |
Afección |
Medidas Correctoras |
---|---|---|---|---|
– |
Camino de Santiago. |
0 |
Directa |
Control arqueológico presencial. |
RIA-31 |
Fuente y lavadero viejos Solacuesta. |
19 |
Moderada |
Balizado y control arqueológico. |
RIA-37 |
Puente. |
0 |
Directa |
Documentación volumétrica. |
RIA-36 |
Molino. |
91 |
Moderada |
Control arqueológico. |
SDA-3 |
Lavadero de Arriba. |
7 |
Moderada |
Balizado y control arqueológico. |
VAL-126 |
Puente de Nograro. |
6 |
Moderada |
Balizado y control arqueológico. |
VAL-142 |
Fuente vieja de Quejo. |
6 |
Moderada |
Balizado y control arqueológico o documentación volumétrica. |
VAL-189 |
Fuente vieja de Angosto. |
9 |
Moderada |
Balizado y control arqueológico. |
VAL-20 |
Fuente «El Judío». |
27 |
Ninguna |
– |
LAT-11 |
Puente Bolices. |
43 |
Ninguna |
– |
ARÑ-6 |
Puente Nuevo de Armiñón. |
505 |
Ninguna |
– |
LAT-56 |
Puente Arenal. |
50 |
Ninguna |
– |
RIA-92 |
Molino. |
887 |
Ninguna |
– |
RIA-9 |
Puente de Mimbredo. |
772 |
Ninguna |
– |
RIA-59 |
Molino. |
30 |
Ninguna |
– |
LAT-34 |
Puente de Vadillo o Antepardo. |
20 |
Moderada |
Balizado y Control Arqueológico. |
VAL-17 |
Puente de Camajón. |
2547 |
Ninguna |
– |
LAT-10 |
Molino de Entrambasaguas. |
295 |
Ninguna |
– |
LAT-13 |
Puente de Entrambasaguas. |
295 |
Ninguna |
– |
RIB-32 |
Puente de Rivabellosa. |
381 |
Ninguna |
– |
RIB-40 |
Fuente Iturbe. |
915 |
Ninguna |
– |
El promotor propone realizar un control y seguimiento arqueológico periódico por si aparecen yacimientos desconocidos hasta el momento. Asegura que en todo lo relativo al patrimonio cultural se cumplirá con las protecciones y recomendaciones establecidas en la Ley 7/1990 del 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco. Así, si durante el movimiento de tierras surgieran indicios de restos arqueológicos, se suspenderán los trabajos y se informará inmediatamente al Departamento de Cultura de la Diputación Foral de Álava que será quien indique las medidas que se deban adoptar.
El Servicio de Museos y Arqueología, Departamento de Euskera, Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava estima correcto el contenido del estudio arqueológico realizado, especificando que deberán cumplirse las medidas correctoras que sean necesarias para que la afección al patrimonio arqueológico sea la mínima posible. Si fuera necesaria la aplicación de medidas adicionales, como una excavación arqueológica en extensión o modificaciones del trazado, estas deberán ser autorizadas por dicho organismo.
El Servicio de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de la Diputación Foral de Álava indica que la documentación no incorpora información respecto al patrimonio histórico-arquitectónico existente, ni analiza la incidencia de la infraestructura en los elementos más próximos al proyecto.
El promotor responde que se ha elaborado un estudio arqueológico basado en el estudio de campo y de archivos de los elementos patrimoniales habiéndose adoptado las medidas correctoras necesarias según se recoge en el Estudio de impacto ambiental.
La Dirección de Patrimonio Cultural-Centro de Patrimonio Cultural Vasco del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco enumera elementos del Patrimonio Histórico-Arqueológico que son objeto de afección, citando molinos y ferrerías de Valdegovía, los puentes de Villanañe y Caranca y el Camino de Santiago. Todos ellos incluidos en el Estudio de impacto ambiental.
El promotor contesta que las medidas correctoras propuestas para las Zonas Arqueológicas protegidas corresponden al Servicio de Patrimonio Cultural de la Diputación Foral de Álava según lo establecido en la Ley 7/1990 de Patrimonio Cultural Vasco (art 45.5/art. 49). Durante la elaboración del Estudio de impacto ambiental se han mantenido contactos con este Servicio.
D. Condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los efectos adversos sobre el medio ambiente
Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la realización del proyecto, para cada una de las actuaciones previstas.
Además, el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental y demás documentación complementaria generada.
A continuación, se indican aquellas medidas del estudio de impacto ambiental que deben ser modificadas, así como aquellas medidas adicionales establecidas como respuesta a las alegaciones e informes recibidos en el procedimiento y al análisis técnico realizado.
D.0 Adaptación del proyecto. Medidas Generales:
Con anterioridad al inicio de los trabajos constructivos se llevará a cabo la delimitación y señalización de todas las zonas de sensibilidad ambiental, por parte de la dirección de obra, el jefe de obra y un representante técnico de los órganos ambientales competentes.
Se aplicará un plan específico de protección ambiental para las siguientes zonas de «sensibilidad ambiental»: ZEC Río Omecillo-Tumecillo, Desfiladero de Angosto, ZEC Río Bayas, arroyos Quejo, Nograro y Barrio, embalse de Barrón, balsa de Los Castros, balsa de La Aloya y balsa de Villaluenga. Se realizarán como mínimo las siguientes medidas:
a) En las zonas establecidas de Sensibilidad Ambiental: Adopción de procedimientos constructivos especiales en orden a minimizar al máximo los daños a inferir por las obras en las obras en las zonas afectadas y en la cubierta vegetal. No se establecerán en ningún caso zonas auxiliares de obra ni de almacenamiento y acopios de materiales en dichas áreas.
b) Los desagües de las balsas de Los Castros, Villaluenga y La Aloya, se ejecutarán sin que la obra civil correspondiente llegue al cauce o al bosque de ribera, previendo un canal que permita la disipación de la energía del agua antes de la entrega al cauce.
D.1 Suelo, subsuelo, geodiversidad:
Como medidas preventivas se propone realizar un jalonamiento previo, replanteando los perímetros de las obras y localizando los enclaves que requieren medidas protectoras (yacimientos, elementos tradicionales, vegetación natural…).
Antes de la entrada de la maquinaria deberá encontrase señalizada la zona por donde se permite su tránsito, mediante jalones y cintas plásticas, y también deberá estar señalizado el parque de maquinaria y los caminos de acceso a la obra.
Se primará el uso de caminos locales preexistentes, frente a la apertura de nuevos viales. En el caso de que se destinen zonas para instalaciones auxiliares, serán espacios de escaso valor ecológico, ya ocupados, y se excluirán tanto en estos como en las zonas de acopio los terrenos ocupados por hábitats incluidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, (modificada por la Ley 33/2015, de 21 de septiembre) así como terrenos próximos a los cauces o aquellas zonas que puedan drenar hacia ellos.
Las zonas de instalaciones auxiliares y acopio de material se ubicarán evitando las zonas de mayor conectividad (pasos de fauna, naturales o artificiales, viaductos, marcos, obras de drenaje, etc) de las infraestructuras existentes.
Entre las medidas correctoras a llevar a cabo se encuentran el desmantelamiento y restauración de todos los espacios ocupados por las instalaciones auxiliares. Una vez retirados los residuos se procederá al arado de las zonas más compactadas, intentando recuperar la estructura primitiva del terreno; posteriormente se pasará una grada de púas y se extenderá una capa de tierra vegetal, y después se realizará la restauración vegetal hasta recuperar su estado original.
El desbroce del vaso del futuro embalse de Barrón se realizará lo más tarde posible dentro del plan de trabajos de obra.
En el proyecto de modificación del trazado de la reposición de la carretera A-4319 se contemplará la modificación del perfil de la ladera para solucionar la afección a la población de Genista eliassennenii pues de lo contrario podría aumentar la dinámica erosiva.
El material sobrante resultante de la excavación que no sea apto para rellenos o restauración de zonas de ocupación de instalaciones auxiliares, será caracterizado antes de decidir su destino. Los residuos que no puedan gestionarse como residuo de construcción y demolición se gestionarán según su codificación en la Lista Europea de Residuos.
Los residuos de construcción se gestionarán de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. El proyecto constructivo deberá contener un apartado específico sobre la gestión de los residuos de construcción y demolición generados por las obras cuyo coste formará parte del presupuesto y que como mínimo incluya la estimación de cantidad prevista, medidas de prevención, actuaciones para la reutilización, reciclado, valorización o eliminación previstas, medidas para la separación y planos de las instalaciones destinadas a la gestión.
Los excedentes de excavación se gestionarán teniendo en cuenta la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
D.2 Agua:
El objeto del proyecto es modernizar los regadíos para ahorrar en el consumo de agua y mejorar la disponibilidad de la misma en los meses estivales, por lo tanto el órgano sustantivo tratará de recuperar las concesiones de agua existentes. No se ha de olvidar que se pretende mejorar la eficiencia del regadío (en un sistema de cultivos alternos en los que se va a regar 1 de cada 4 años) y por lo tanto el agua que ya no se va a utilizar debido a la mejor eficiencia del sistema debería volver a los cauces para garantizar su capacidad ecológica.
Hidrología superficial.
Se deben salvaguardar los usos de pequeñas concesiones en las cabeceras de Castilla y León a las que se hace referencia en el artículo 17 del plan hidrológico del Ebro tal y cómo solicita la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
Se debe verificar que en todo momento se mantiene, como mínimo, el caudal ecológico establecido para cada tramo de cauce afectado por el proyecto.
El promotor ha elaborado el «Estudio de los Índices de Alteración Hidrológica en los ríos Tumecillo-Omecillo, como consecuencia de la regulación prevista con la puesta en funcionamiento del proyecto. La conclusión final de este estudio es que el régimen natural de caudales en la cuenca del río Omecillo, en períodos de avenidas, no se alterará de forma apreciable con la puesta en funcionamiento de los embalses de El Molino y Barrón, pues la laminación de avenidas de estos embalses es ínfima dado que sus cuencas parciales de aportación también lo son (3,85 % de la superficie total de cuenca).
Este informe también destaca que se mantendrán las fluctuaciones en el cauce (aunque baje el caudal en los períodos invernales y primaverales), al igual que el régimen de las avenidas ordinarias y extraordinarias, de forma que se garantice la conservación de la calidad de las riberas. Estas fluctuaciones salvaguardarán las necesidades del visón europeo y seguirán aportando tramos de corriente lenta y de riadas. También se afirma en dicho informe que la capacidad de transporte de sedimentos no se verá disminuida. Se realizará seguimiento periódico para comprobar que esto es así y que los procesos ecológicos funcionan adecuadamente.
El proyecto ha de cumplir los regímenes de caudales ecológicos conforme al Apéndice 6 del plan hidrológico Real Decreto 1/2016 tal y como indica la Oficina de Planificación Hidrológica de la C.H. del Ebro.
Están previstas tres captaciones en los arroyos Quejo, Nograro y Barrio el ámbito de afección de estas captaciones se declara Zona de Sensibilidad Ambiental y por tanto le es de aplicación un Plan específico de Protección Ambiental que contenga las medidas ya señaladas con anterioridad para la ZEC Río Omecillo-Tumecillo y que han sido propuestas por el Servicio de Medio Ambiente y Biodiversidad del Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava y ya señaladas en el apartado D.0. de esta propuesta.
Se debe prever las medidas necesarias para evitar la interrupción de los caudales sólidos (sedimentos) en estas nuevas infraestructuras sobre los cauces. La suelta de los caudales ecológicos previstos para cada masa de agua no estará condicionada una compuerta tajadera manual o cualquier otro dispositivo. Estos caudales circularán libremente mediante rebajes en la coronación de las barreras o cualquier otro sistema que no permita su interrupción.
En las captaciones se colocará una rejilla completa para evitar que se cuelen animales cómo ranas y tritones.
En el azud de Osma sobre el río Tumecillo, en el que se acondicionará la obra existente para la nueva toma, se ejecutarán una rampa aguas abajo con la pendiente adecuada que permita eliminar el efecto barrera que para la fauna piscícola supone hoy día el azud existente. Para el diseño final se tomará como ejemplo otras obras similares de probada eficacia que ha ejecutado la Dirección General del Agua en otros cauces.
Del mismo modo y para el resto de los cauces en los que está previsto la ejecución de obras de toma de agua y en función de la fauna potencialmente afectada, para lo que se contará con el asesoramiento del órgano autonómico competente, se ejecutarán las medidas necesarias para evitar el efecto barrera en esos cursos de agua.
En este sentido, el Plan de cuenca del Ebro («Boletín Oficial del Estado» 19 de enero de 2016) exige un proyecto de diseño de dispositivos de franqueo de peces en azudes. Se realizará un «proyecto de conexión longitudinal». Se debe elaborar el proyecto y presentar a la Confederación Hidrográfica del Ebro para su validación.
Tal y cómo se ha detallado en el apartado C, se van a realizar varios cruces en hinca, entre ellos en las proximidades del pueblo de Caranca, en el Omecillo la red secundaria va a cruzar en hinca bajo la carretera y el río (existe dificultad para hacer el cruce en superficie).
Aguas subterráneas. Hidrogeología.
Como medidas preventivas, el promotor propone realizar el mantenimiento de toda la maquinaria en lugares acondicionados al efecto. Así mismo, el titular dispondrá de la preceptiva documentación que acredite la retirada de residuos, en caso de generarse, por gestor autorizado.
En la fase de explotación se dosificarán correctamente los productos empleados en fertirrigación a fin de evitar la contaminación del suelo y de acuíferos por lixiviación de sus compuestos.
Deberá realizarse un control periódico de la calidad de las aguas en pozos y cursos superficiales, que permita seguir la evolución de la misma en cuanto a su contenido en nitrógeno y otros fertilizantes. Deberá comunicarse al Órgano Competente, con una antelación mínima de 15 días, la limpieza de lodos o vegetación acuática en las balsas para su supervisión y conformidad por parte de dicha Administración, que podrá dar indicaciones al promotor en cuanto a la gestión y buenas prácticas de las balsas.
D.3 Aire, factores climáticos, cambio climático:
Con objeto de minimizar la incidencia de las emisiones durante la fase de ejecución, se establecerá un control de la maquinaria para asegurar su correcto estado y funcionamiento.
Se adoptarán las medidas adecuadas (riegos periódicos, forma de transporte en obra, velocidad de circulación limitada,…) para evitar las molestias que el polvo generado durante la ejecución de las obras pueda producir sobre la población, los vehículos que circulan por la zona y la fauna, así como la incidencia sobre los cultivos y la vegetación, especialmente en las zonas con vegetación autóctona y vegetación de ribera de los ríos Tumecillo, Omecillo y Bayas.
D.4 Flora y vegetación, fauna, biodiversidad:
Flora y vegetación.
En las restauraciones vegetales deberá garantizarse la integridad genética de los lugares mediante el control de la procedencia de las plantas.
En la zona de construcción de la balsa de «La Aloya» se eliminan dos bancos de vegetación (zona de brezales). En primer lugar se tratará de redefinir la balsa, su ubicación y volumen para minimizar la afección y en cualquier caso se repondrá y tratará de compensar esta pérdida de vegetación en los taludes de la balsa.
La construcción de la balsa de «La Aloya» afectará al itinerario verde GR-1: Sendero histórico entre Salcedo y Villabezana.
De igual modo se producirán cruces de las conducciones sobre la «Red de Itinerarios Verdes del Territorio Histórico de Álava» afectando a los siguientes itinerarios:
− Camino de Santiago: entre Armiñón y Rivabellosa.
− GR-1: Sendero Histórico: cercanías de Armiñón, entre Igay y Villavezana, en Tuesta, en Villamaderme, entre Villamaderne y Villanañe y en Villanañe.
− GR-282 Senda del Pastoreo: entre San Millán de San Zadornil y Nanclares de la Oca.
Previo al inicio de las actuaciones deberá obtenerse informe favorable del órgano competente de la Diputación Foral de Álava en materia de itinerarios verdes. Asimismo su reposición deberá ser aprobada por el Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava.
La balsa «Los Castros» afecta a dos Montes de Utilidad Pública y por tanto se debe tramitar ante la Diputación Foral de Álava el procedimiento de ocupación de Monte de Utilidad Pública.
Presencia de Genista eliassennenii en Barrón:
Como consecuencia de la detección del impacto directo del trazado inicial previsto para la reposición de la carretera A-4319 sobre la genista (Genista Eliassennenii) se va a modificar el trazado de la variante de carretera. El promotor ha propuesto un nuevo trazado que evita la ocupación de la zona en la que se desarrolla la especie. La Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Navarra en su informe relativo a la afección a la genista (recibido en este Ministerio con fecha 18 de enero de 2018) exige que se analice y valore un proyecto de construcción detallado para la nueva vía y sus zonas anexas, en el que pueda acreditarse que no hay afección directa sobre la población de flora amenazada, y garantizando que no hay modificación en las condiciones y características del cerro en el que se encuentra la genista (esto se realizará minimizando taludes y evitando la erosión remontante).
Por lo tanto se presentará un proyecto constructivo de la modificación de la carretera que deberá contar con valoración específica previa e informe por parte de los diferentes Órganos y Servicios Ambientales especializados.
Con el estudio específico elaborado, en el que se han identificado todos los ejemplares de la zona de estudio y con las medidas adoptadas por el promotor y señaladas en los párrafos anteriores la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava concluye que los efectos indirectos de la presa y Embalse de Barrón sobre las poblaciones de Genista eliassennenii y Aster willkommi son «Compatibles».
Cómo medidas preventivas y correctoras, se realizarán una parada de actividades durante la floración (mayo a julio), se jalonará la zona de ocupación de la carretera a construir, en la restauración de la presa no se utilizarán especies de Genista para evitar la competencia con la Genista eliassennenii.
En el estudio de impacto ambiental el promotor ha cuantificado la siguiente afección a hábitats:
Código |
Nombre |
Prioritario |
Superficie afectada (ha) |
---|---|---|---|
4090 |
Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga. |
No |
15,32 |
5110 |
Formaciones estables xerotermófilas de Buxus sempervivens en pendientes rocosas. |
No |
puntual |
6210* |
Prados secos semi-naturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos. |
Sí |
1,54 |
6220* |
Zonas subestépicas de gramíneas y anualels del Thero-Brachypodietea. |
Sí |
9,30 |
91B0 |
Fresnedas termófilas de Fraxinus angustifolia. |
No |
0,10 |
91E0* |
Bosques aluviales de Alnus glutinoas y Fraxinues excelsior. |
Sí |
3,58 |
9240 |
Robledales ibéricos de Quercus faginea y Quercus canariensis. |
No |
4,61 |
92A0 |
Bosques galería de Salix alba y Populus alba. |
No |
1,44 |
La superficie afectada se actualizará al redactar el proyecto constructivo pues las modificaciones que se han propuesto en la documentación complementaria y en esta resolución, implicarán variaciones en la superficie afectada.
Para compensar la afección a los hábitats de interés comunitario se elaborará un proyecto específico de revegetación, en el que se identifiquen las parcelas sobre las que se pretende actuar, bien sean procedentes de expropiación, o por acuerdos con los propietarios, y se definirán las especies, períodos de plantación, sistemas de protección, calendario de mantenimientos, seguimiento, etc. que permita un alto grado de eficacia en la medida. La cuantía de la compensación de las superficies afectadas estará en función de la tipología del hábitat y del grado de madurez y desarrollo del mismo.
En todo caso, este proyecto de revegetación compensará cada uno de los hábitats de interés comunitario afectados por el proyecto, con el objetivo de evitar la pérdida neta de biodiversidad, tal como recoge uno de los principios previstos en el artículo 2 de la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, por la que se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. El artículo 45 de la misma Ley recoge la obligación para los órganos competentes para la adopción de las medidas necesarias para evitar el deterioro o la contaminación de los hábitats fuera de la Red Natura 2000. Este proyecto deberá estar avalado por el órgano autonómico competente.
Presencia de Paisajes Singulares y Sobresalientes:
Tanto algunas captaciones, como conducciones, como el embalse de Barrón se encuentran en parajes incluidos en el Catálogo de Paisajes Singulares y Sobresalientes del Territorio Histórico de Álava.
El embalse de Barrón va a ser perceptible desde el núcleo de Barrón por lo tanto es imprescindible la restauración y mejora ambiental del borde de Barrón, incluyendo actuaciones para crear una orla de vegetación arbustiva y arbórea que evite las afecciones paisajísticas. Se debe llevar a cabo el seguimiento de estas actuaciones para garantizar su eficacia. El mismo tipo de actuaciones y seguimiento se debe llevar a cabo para la balsa de «Los Castros», «La Aloya» y «Villaluenga» que además se deberían declarar Zonas de Sensibilidad Ambiental para que les sea de aplicación el mismo Plan Específico de Protección Ambiental que a otras actuaciones y que implica que las actuaciones van a ser supervisadas por los órganos autonómicos competentes.
Fauna y biodiversidad:
Previamente al inicio de las obras se realizará un reconocimiento del terreno para detectar posibles nidadas de aves, camadas de mamíferos o puestas de anfibios y reptiles, para evitar su destrucción. Si durante las prospecciones faunísticas continúas realizadas por personal técnico cualificado para determinar la presencia de especies sensibles en las inmediaciones de la traza se constata la presencia de alguna de estas especies, se comunicará al órgano competente, para que adopte las medidas oportunas.
El proyecto se asienta sobre el Área de Interés Especial de 5 especies consideradas «En Peligro de Extinción»: visón europeo, nutria, blenio de río, zaparda y lamprehuela, además de ser Área de Distribución Natural del avión zapador catalogada como «Vulnerable», según el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas. Por ello se tendrá en cuenta lo que se establece en los planes de gestión de dichas especies: «Cualquier actuación en las Áreas de Interés Especial para la especie que implique la modificación de las características del hábitat utilizado para la reproducción o como refugio por las especie, necesitará autorización previa del Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava». Autorización con la que debe de contarse previo al inicio de las obras
Igualmente debe obtenerse esa autorización para todas las obras en las ZECs «Río Omecillo-Tumecillo» y «Río Bayas».
Las actuaciones que afecten a estas ZECs se realizarán fuera del periodo crítico de reproducción de las especies «En Peligro de Extinción» que habitan el río, citadas anteriormente.
En el caso de se detecte algún incidente con la fauna se procederá a llamar al Centro de Recuperación de Fauna de Martiola (u otro similar), para su recuperación o rehabilitación según se indica en la documentación complementaria.
Cuando se vayan a colocar ataguías en los cruces de ríos se realizará una revisión de las especies de fauna que queden en las pozas para proceder a extraer y eliminar las especies alóctonas, previa revisión por personal técnico cualificado, mientras que la fauna autóctona será trasladada aguas arriba de la zona afectada por las obras. Durante los desvíos de cauces se llevarán a cabo medidas de protección de la fauna del río.
Se respetará la época de reproducción y cría del águila real (1 de marzo al 20 de julio) limitando las actuaciones en el área de influencia equivalente a 1 kilómetro desde el nido de la especie. Este nido se ubica próximo al futuro Embalse de Barrón.
Se dispondrán los dispositivos necesarios, como pueden ser redes de sogas lastradas en diferentes zonas de las balsas de acumulación, de forma que en caso de caída accidental de algún animal permita su escape.
Medidas preventivas y correctoras para el visón europeo, a continuación se citan las propuestas por la Subdirección General de Medio Natural:
– Parada biológica de obras, se paran aquellos trabajos que puedan afectar al visón europeo, durante el periodo de cría del visón europeo (entre abril y agosto).
– Incorporación de medidas para evitar mortalidad no natural del visón en todas las infraestructuras que se construyan o modifiquen.
– Naturalización de acequias y balsas, naturalización de orillas, cuándo sea técnicamente posible.
– Los tratamientos de la vegetación riparia solo se realizarán con medios manuales para evitar aplastamientos de ejemplares.
– Se dejarán mosaicos de vegetación arbustiva densa, como zarzales y orlas de espinosas ribereñas que sirvan de refugio para la especie y sus presas potenciales.
– Si se generan restos de cortas o tocones, se recomienda utilizarlos para elaborar refugios artificiales.
Medidas preventivas y correctoras en las líneas eléctricas:
En apartados anteriores se han descrito las líneas eléctricas incluidas en el proyecto y los potenciales impactos de las mismas, a continuación se indican las medidas propuestas por el promotor (Además de las medidas preventivas indicadas en el Artículo 6 del Real Decreto 1432/2008):
– Sobreelevación de apoyos en zonas de bosques de ribera y hábitats de interés comunitario.
– Ubicación de los apoyos en zonas menos productivas y en lindes de cultivos y pastos
– Evitar apoyos sobre manchas de vegetación de interés, hábitats prioritarios y proximidades de los ríos (Omecillo, Tumecillo, Ebro, Bayas y Zadorra).
– Restauración de la plataforma alrededor de los apoyos
– Se utilizarán siempre que sea posible los caminos existentes para acceder a líneas y apoyos y se evitarán las zonas aluviales de los ríos.
– Instalación de balizas salvapájaros a lo largo de todo el tendido eléctrico.
– Vigilancia de presencia de nidos.
– Seguimiento arqueológico de los trabajos.
El promotor ha estudiado la posibilidad de soterrar algunos tramos de las líneas eléctricas proyectadas, en el siguiente apartado, D.5., se informa de esta posibilidad.
El proyecto prevé la instalación de una línea electrica próxima al embalse de Barrón. En este sentido y puesto que la existencia de una nueva lámina de agua pudiera implicar un efecto llamada sobre determinadas especies de avifauna, si del seguimiento ambiental de la obra se detectase un impacto sobre este grupo faunísitco por colisiones o electocuciones con esta línea, se estableceran las medidas adiconales que permitan corregir esta situación, en colaboración con el órgano autonómico competente.
D.5 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000:
Las actuaciones que afecten a la ZEC «Ríos Tumecillo-Omecillo» y a la ZEC «Río Bayas» se realizarán fuera del periodo crítico de reproducción de las especies «En Peligro de Extinción» que habitan esos ríos, citadas en este documento.
En la fase de explotación se verificará periodicamente que se cumplen las condiciones de concesión de aguas y que no se afecte al estado ecológico de los espacios protegidos fluviales.
Cruces de cauces:
Ha de considerarse la regulación «7-R-4» del Documento de «Normas de Conservación» aprobado para esta ZEC mediante Decreto 35/2015, de 17 de marzo, que determina la necesidad de evitar cruces en abierto que alteren el cauce y riberas del Espacio Natural Protegido. Por ello, tal y como ha solicitado el departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava, se ejecutarán en hinca dirigida los siguientes cruces:
• Cruce n.º 2 sobre el río Tumecillo: Eje principal. P.K. 1+850.
• Cruce n.º 3 sobre el río Tumecillo: Eje principal. P.K. 2+760.
• Cruce n.º 5 sobre el río Tumecillo: Eje principal. P.K. 6+665.
• Cruce n.º 10 sobre el río Omecillo: Eje secundario. P.K. 3+000.
En el río Bayas por los motivos ya mencionados se debe ejecutar en «hinca subterránea» o «perforación dirigida» el siguiente cruce:
• Cruce n.º 5 sobre el río Bayas: Conducción de Barrón. P.K. 3+390
Los cruces que se hagan «en abierto» sobre los ríos Bayas, Tumecillo y Omecillo se harán en zonas de mínimo impacto como pueden ser vados, pasos existentes o huecos desarbolados y en todo caso mediante la utilización de «calles de trabajo» en el río y riberas con anchos máximo de afección de 6 metros.
En cuanto a la afección de la conducción principal en el Paso de Angosto, se deben evitar impactos significativos en la ZEC del «Río Omecillo-Tumecillo» en Angosto, de forma que el paso de la conducción en ningún caso se ejecute afectando a la ribera del río, reduciendo al máximo la calle de trabajo y la ejecución de los trabajos (aun cuándo se encuentren en el borde de la carretera más alejado del río). Se realizarán fuera del periodo crítico de reproducción de las especies «En Peligro de Extinción» que habitan el río. Esta medida se aplica al ámbito de afección de los Arroyos de Quejo, Nograro y Barrio.
Soterramiento de líneas eléctricas:
La Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda ha manifestado en su informe que las nuevas líneas eléctricas a ejecutar cruzarán la ZEC «Río Zadorra» y «Río Ebro» y la ZEC «Río Bayas» (en dos ocasiones) no han sido evaluadas las afecciones derivadas de la construcción y conservación de las nuevas líneas eléctricas. En respuesta a este informe el promotor analiza la posibilidad de soterramiento de las líneas eléctricas proyectadas.
Cruce de líneas eléctricas sobre ZEC:
Con fecha 10 de julio de 2018 se ha recibido en la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental informe de ACUAES en el que se analiza la posibilidad de soterramiento de la líneas eléctricas proyectadas que discurren sobre ZEC y/o hábitats de interés al objeto de su consideración oficial en el expediente de evaluación de impacto ambiental. En este documento se concluye que algunas líneas apenas provocan afecciones (no se prevén afecciones a la vegetación o solo afectan a terrenos de cultivos y viales) y por tanto no se considera necesario proceder a su soterramiento. Otras líneas sí se podrían soterrar aunque esto requiere acuerdos con los propietarios de terrenos (objeto de servidumbre/expropiación) y con la compañía suministradora.
El promotor, en su nuevo informe de valoración de la posibilidad de soterramiento de líneas eléctricas, sí propone las siguientes modificaciones respecto a lo previsto en el estudio de impacto ambiental:
– Línea 3 (Suministro eléctrico a la Captación de Nograro): se propone llevar la línea eléctrica en baja tensión. Para ello, se verificaría si el transformador de Nograro es utilizable (si no lo es, se sustituye), se llevaría una parte en aéreo (evitando cruzar la zona urbana y el arroyo) y finalmente se entierra la línea en la zanja de la tubería hasta el azud.
– Línea 8 (Suministro eléctrico a la cámara de válvulas de la Balsa de Los Castros). El soterramiento de esta línea requerirá acuerdos con propietarios y compañía suministradora.
– Línea 14 (Suministro eléctrico a la cámara de válvulas de la presa de Barrón). El soterramiento de esta línea requerirá acuerdos con propietarios, compañía suministradora y carreteras.
– Línea 25 (Suministro eléctrico en cruce de carretera y río Bayas en el Ramal Conducción Barrón: Rivabellosa-Hereña-Eje 17). El soterramiento de esta línea requerirá acuerdos con propietarios y compañía suministradora.
– Línea 26 (Suministro eléctrico en cruces de autopistas en el Ramal Conducción Barrón: Rivabellosa-Hereña-Eje 17). El soterramiento es complejo pero factible si se mete en la zanja de la tubería (la compañía suministradora tiene que confirmar el punto de enganche).
– Línea 27 (Suministro eléctrico en válvula final del Ramal Conducción Barrón: Rivabellosa-Hereña-Eje 17). Se podría soterrar desde el apoyo 0 y llevarlo soterrado y mediante hinca en el cruce del río Baia salir al apoyo 3 (previo acuerdo con propietarios y conformidad de la compañía suministradora).
– Línea 29 (Suministro eléctrico en arqueta de conexión del Ramal Conducción Barrón: Rivabellosa-Manzanos y el Ramal Conducción Barrón: Manzanos-Balsa de Villaluenga). Se podría soterrar desde el apoyo 0 al apoyo 3 evitando afectar el ZEC. La vía ferroviaria hay que pasarla en hinca, previo acuerdo con los afectados.
Tal y como el promotor ha propuesto, se realizará el soterramiento mediante hinca de las nuevas líneas eléctricas asociadas al proyecto cuando se produzca el cruce de un espacio de la Red Natura 2000, lo que implicará mantener el corredor aéreo de la ZEC al eliminarse los impactos generados por las acometidas eléctricas. En el caso del cruce de la nueva línea eléctrica en la ZEC del Ebro, el proyecto constructivo analizará la viabilidad técnica de su soterramiento y, en todo caso, se aplicarán las medidas.
D.6 Paisaje:
Una vez finalizadas las obras, se va a llevar a cabo el proyecto de restauración e integración paisajística (conforme a los requerimientos del Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava) para integrar y naturalizar las superficies afectadas, incluidas las orillas del embalse de Barrón.
El embalse de Barrón puede tener un fuerte impacto visual en el límite de su lámina de agua, por lo que se propone desbrozar lo más tarde posible dentro de la planificación de los trabajos. Al ser muy tendida la pendiente hay zonas que van a estar inundadas muy pocos días. Se realizarán actuaciones que propicien una orla de vegetación arbustiva y arbórea que evite las afecciones paisajísticas.
Para evitar el impacto visual causado por los desagües, estos se van a naturalizar mediante el empleo de escollera en sustitución de superficies de hormigón.
Se revegetarán las escolleras que se instalen en el proyecto con estaquillados para mejorar su integración visual.
En la zona de captaciones se emplearán escolleras en lugar de hormigón para que la actuación sea menos impactante visualmente, también se realizarán actuaciones de revegetación.
D.7 Población, salud humana:
Para aminorar las molestias por ruido durante la fase de construcción se emplearán equipos y maquinaria poco ruidosos, se utilizarán cerramientos con materiales absorbentes para los generadores y zona de instalaciones auxiliares, y para los trabajos más ruidosos se emplearán medidas para atenuar la intensidad del ruido.
No podrán realizarse trabajos ruidosos entre las 22:00 y las 08:00 en la proximidad a zonas habitadas. Este horario podrá variarse, para ser más restrictivo, cuando existan ordenanzas municipales al respecto.
Durante la fase de construcción se asegurará, mediante la aplicación de las medidas oportunas, el nivel actual de permeabilidad del territorio para vehículos y personas, en especial en las zonas más próximas a los núcleos habitados, mediante una cuidadosa planificación del calendario de los trabajos, horario de los mismos, sistemas constructivos, desvíos provisionales, reposición de servicios, etc.
Todo desvío, sea provisional o permanente, se señalizará adecuadamente. Se repondrán todos los caminos y los servicios afectados en coordinación con las entidades responsables de su gestión. Para todo ello se mantendrá una estrecha coordinación con los ayuntamientos afectados.
Ante la oposición social del proyecto por parte del municipio de Barrón, el órgano sustantivo en el ámbito de sus competencias valorará la aplicación del artículo 130, apartado 4, del texto modificado de la Ley de Aguas que establece que «cuando la realización de una obra hidráulica de interés general afecte de forma singular al equilibrio socioeconómico del término municipal en que se ubique, se elaborará un proyecto de Restitución Territorial para compensar la afección».
Este proyecto tendrá, en su caso, la tramitación ambiental que marque la normativa en el momento de su elaboración.
D.8 Bienes materiales, patrimonio cultural:
En la fase de construcción, y en especial durante la apertura de zanjas y movimientos de tierras, se realizará un control y seguimiento arqueológico de los trabajos con un arqueólogo cualificado a pie de obra y con los oportunos permisos del Servicio de Patrimonio Cultural de la Diputación Foral de Álava. La instalación de cada conducción se efectuará de forma que se avance y cierre por tramos, asegurando que se minimiza el número de frentes de trabajo.
Se evitarán las actuaciones que afecten a la preservación de los valores históricos-arquitectónicos del puente de Villanañe y cualquier intervención relacionada con él necesitará la autorización del Servicio de Patrimonio Cultural de la Diputación Foral de Álava. También se va a solicitar informe a este Servicio de actuaciones relacionadas con el Puente del Molino de Caranca y con el Camino de Santiago (zona de Armiñon), declarado Conjunto Monumental.
Se presentará el correspondiente proyecto arqueológico ante la Diputación Foral de Álava para su aprobación, previa a la ejecución de los trabajos, a tenor de lo dispuesto en el artículo 45.5 de la citada Ley 7/1990. En dicho proyecto se establecerá el tipo de actividad arqueológica a realizar en cada caso, de acuerdo con las establecidas en el artículo 45.2 de la Ley 7/1990.
En el caso de que fuera necesaria la aplicación de medidas adicionales (excavación arqueológica en extensión o modificaciones del trazado) deberán ser autorizadas por el Departamento de Euskera, Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava.
La modificación del trazado de la reposición de la carretera A-4319, al igual que la hinca de cruces de ríos, del soterramiento de líneas eléctricas, y cualquier otra modificación resultante del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental e incluidas en la Adenda al proyecto que ACUAES indica realizará tras la emisión de Declaración de Impacto Ambiental deberá ser informada por los competentes en medio natural, aguas y patrimonio cultural y puesta a disposición del Órgano Ambiental.
Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en este apartado deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.
E. Programa de vigilancia ambiental
El estudio de impacto ambiental contiene un programa de vigilancia cuyo objetivo consiste en garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas y correctoras descritas. En cada una de las fases de dicho programa, se realizará un seguimiento de la eficacia de las medidas adoptadas y sus criterios de aplicación, emitiendo los correspondientes informes de vigilancia.
En virtud del análisis técnico realizado, el programa de vigilancia previsto en el Estudio de impacto ambiental, cuyas líneas principales se resumen a continuación, debe completarse con los aspectos adicionales que también se mencionan en este apartado.
Comprobar que se aplican todas las medidas preventivas y correctoras indicadas en el estudio de impacto ambiental y en las resoluciones administrativas a las que diese lugar la tramitación del proyecto.
Se publicarán en la página web de ACUAES los resultados del Programa de Vigilancia Ambiental, y se hará con una perioricidad anual (se podrá actualizar la información con mayor frecuencia, especialmente en el caso de que haya información relevante).
Durante la fase de explotación del regadío se debe llevar un seguimiento que verifique que se cumplen las condiciones de la concesión de aguas y que no se afecta de forma relevante al estado ecológico del espacio protegido fluvial.
Tras analizar toda la documentación aportada y las consideraciones realizadas por los organismos consultados, esta Dirección General cree conveniente que para la correcta ejecución del proyecto se incluyan las siguientes prescripciones:
E.1 Suelo, subsuelo, geodiversidad:
• Control semanal de la aparición de desplazamientos en las laderas afectadas y correcto desagüe de las avenidas.
• Control de la correcta gestión de los residuos sólidos urbanos y asimilables. Así como de los residuos peligrosos generados en obra.
• Comprobar al final de las obras la correcta limpieza y restitución del terreno.
E.2 Agua:
• Comprobación de cumplimiento de los caudales ecológicos marcados por la Confederación Hidrográfica del Ebro.
• Durante el período de explotación se llevará a cabo un programa de seguimiento ambiental que verifique que se cumplen las condiciones de concesión de aguas y que no se afecta al estado ecológico fluvial.
• Seguimiento del régimen de avenidas y fluctuaciones del cauce y su influencia sobre la vegetación de ribera.
• Vigilar especialmente las actuaciones de obra llevadas a cabo en las inmediaciones de cauces, evitando vertidos accidentales.
• Las barreras de sedimentos serán revisadas y supervisadas periódicamente y retiradas al final de su labor. En el caso de que se encuentren en mal estado serán retiradas y cambiadas por otras.
• Análisis semanales de la calidad de las aguas contenidas en las balsas de decantación.
• Seguimiento de la influencia del cambio climático en los recursos disponibles y demanda del regadío.
E.3 Aire, factores climáticos, cambio climático:
• Control mensual de los niveles de polvo, humos y emisiones de ruido.
E.4 Flora y vegetación, fauna, biodiversidad:
Flora y vegetación:
Durante la fase de explotación, al menos en los 3 primeros años, se verificará el éxito de los trabajos de restauración vegetal realizados, en caso negativo se tomarán las medidas oportunas para asegurar su éxito.
• Verificación de la correcta ejecución de las plantaciones, siembra e hidrosiembra. Así como del éxito de la restauración y la necesidad de reposición de marras en caso de superarase un umbral del 5 % de plantas muertas.
• Seguimiento de la población de Genista eliassennenii: El promotor pondrá a disposición del público a través de su web informes periódicos y fotografías del avance de los trabajos. Semestralmente se cuantificarán las poblaciones de genista y se contrastará con la situación de partida antes de la obra (toda la zona se encuentra cartografiada).
• Seguimiento del estado de la vegetación de ribera. Se realizará un estudio inicial de su estado e informes de seguimiento periódicos.
Fauna y biodiversidad:
• Prospecciones faunísticas continuas, por personal técnico cualificado, para determinar la presencia real de especies sensibles en las inmediaciones de la traza, y en su caso, comunicación al Director de obra para que, en colaboración con el órgano autonómico competente, paralice las actividades que puedan perturbar la reproducción o la cría de las especies singulares.
• Seguimiento de la presencia de fauna vinculada a cultivos de secano y su evolución al aumentar la superficie de regadío.
• Se elaborará un plan de seguimiento ambiental de las especies «En peligro de Extinción (visón europeo, nutria, blenio, zaparda y lamprehuela), en el que se incluirá el programa de actuaciones de seguimiento para todas ellas y deberá ser validado por el órgano autonómico competente. Se incidirá especialmente en el visón europeo tal y cómo se indica a continuación.
• Visón europeo: Muestreo, seguimiento y control periódico en los ríos Tumecillo y Omecillo-Tumecillo desde la captación de Osma hasta la confluencia con el río Ebro, durante dos años cómo mínimo. Para ello, se elaborará un programa de seguimiento en el que se definan los lugares, métodos a emplear y épocas más adecuadas, que deberá ser validado por el órgano autonómico competente.
• Seguimiento de medidas en líneas eléctricas: Entre las labores de vigilancia ambiental se realizará un análisis de la incidencia del tendido sobre la avifauna, se controlarán los procesos erosivos, se supervisarán las zonas a restaurar y accesos a cerrar y se supervisará la aparición de nidos de especies amenazadas en las torretas del tendido eléctrico. El proyecto constructivo considerará la incorporación de un protocolo de actuación para los casos en los que aparezcan nidos en las torres.
• Seguimiento de eficacia de medidas correctoras en líneas eléctricas: Durante la fase de mantenimiento se redactará un informe tras el primer año en funcionamiento en el que se recogerá la revisión y eficacia de las medidas correctoras llevadas a cabo y si es preciso se ejecutarán nuevas medidas, en coordinación con el órgano autonómico competente.
E.5 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000:
En la fase de explotación se verificará periodicamente que se cumplen las condiciones de concesión de aguas y que no se afecte de forma relevante al estado ecológico de los espacios protegidos fluviales.
E.6 Paisaje:
Seguimiento de las actuaciones consistentes en crear una orla de vegetación arbustiva y arbórea que evite las afecciones paisajísticas generadas por la presencia del embalse y las balsas. El seguimiento tiene cómo finalidad garantizar su eficacia. Si es necesario se llevarán a cabo nuevas medidas.
E.7 Población, salud humana:
Se realizarán campañas informativas a los agricultores centrándose en el Código de Buenas Prácticas Agrarias para evitar el aumento de niveles de eutrofización por fósforo y nitrógeno; niveles de metales pesados y compuestos complejos orgánicos; y para evitar la invasión del dominio público hidráulico y su servidumbre.
E.8 Bienes materiales, patrimonio cultural:
El control y seguimiento arqueológico de las obras prestará especial atención a la fase de desbroce y de retirada de los niveles sedimentarios susceptibles de albergar restos arqueológicos. Cualquier hallazgo se comunicará al órgano competente en Patrimonio Cultural (Servicio de Patrimonio Cultural de la Diputación Foral de Álava), y se coordinará con él las acciones pertinentes.
La autorización del proyecto incluirá el programa de seguimiento y vigilancia ambiental completado con las prescripciones anteriores.
Asimismo, la declaración de impacto ambiental favorable no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 12 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto «Mejora y Modernización del Regadío de la Zona Regable de Valles Alaveses (Zona 1, 2, 3, 5, 6 y 7)», siempre y cuando se realice en las condiciones señaladas en la presente resolución, que resultan de la evaluación practicada.
Esta declaración de impacto ambiental será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado», como dispone el apartado 3 del artículo 12 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica, y se comunica a la Subdirección General de Infraestructuras y Tecnologías de la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica, para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.
Madrid, 13 de noviembre de 2018.–El Director General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, Francisco Javier Cachón de Mesa.
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