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Documento BOE-A-2019-5468

Resolución de 18 de marzo de 2019, de la Subsecretaría, por la que se delegan competencias en materia de recursos de reposición.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 2019, páginas 37874 a 37875 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Empresa
Referencia:
BOE-A-2019-5468
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2019/03/18/(2)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, creó el Ministerio de Economía y Empresa. En su artículo 16 establece que corresponde al Ministerio, entre otras competencias, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de telecomunicaciones y sociedad de la información y de desarrollo de la Agenda Digital.

Por su parte, la letra p) del apartado 1 del artículo 8 del Real Decreto 1046/2018, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Empresa, confiere a la Secretaría de Estado para el Avance Digital la resolución de controversias entre operadores y usuarios de telecomunicaciones y la letra u) del apartado 1 del artículo 9 de dicho Real Decreto atribuye a la Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información la resolución de las controversias entre operadores y usuarios finales de servicios de telecomunicaciones.

El mecanismo de resolución de controversias entre operadores y usuarios finales está actualmente previsto en el artículo 55 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, que contempla que los usuarios finales que sean personas físicas tendrán derecho a disponer de un procedimiento extrajudicial, transparente, no discriminatorio, sencillo y gratuito para resolver sus controversias con los operadores que exploten redes o presten servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público, cuando tales controversias se refieran a sus derechos específicos como usuarios finales de servicios de comunicaciones electrónicas reconocidos en dicha Ley y su normativa de desarrollo y de acuerdo con lo recogido en la normativa comunitaria.

El artículo 9 de la Orden ITC/1030/2007, de 12 de abril, por la que se regula el procedimiento de resolución de las reclamaciones por controversias entre usuarios finales y operadores de servicios de comunicaciones electrónicas y la atención al cliente por los operadores, prevé que las resoluciones agotan la vía administrativa y podrán ser impugnadas en vía contencioso-administrativa, conforme a la legislación reguladora de dicha jurisdicción. Por ello, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, cabe interponer potestativamente recurso de reposición alternativamente a ser impugnadas directamente ante los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Según los apartados i) y j) del artículo 11 del Real Decreto 1046/2018, de 24 de agosto, corresponde a la Secretaría General Técnica, a través de la Subdirección General de Recursos, Reclamaciones y Relaciones con la Administración de Justicia, el estudio, tramitación y formulación de propuestas de resolución en relación con los recursos interpuestos contra actos administrativos de cualquier órgano del departamento, así como la relación del Ministerio con la Administración de Justicia.

Con el fin de evitar demoras y para garantizar que efectivamente el mecanismo de resolución de controversias cumple su finalidad, es necesario agilizar la tramitación y la resolución de los recursos de reposición en este ámbito, siguiendo las recomendaciones del Defensor del Pueblo. Esto redundará en una mejor protección de los usuarios de los servicios. Para ello, esta Resolución aprueba la delegación del estudio, la tramitación y la propuesta de resolución de los recursos de reposición en el Director General de Red.es.

Por todo lo expuesto, al amparo del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe de la Abogacía del Estado, y con la aprobación previa del Presidente de la entidad pública empresarial Red.es, resuelvo:

Primero. Aprobación de la delegación de competencias en materia de tramitación de recursos de reposición frente a la resolución de controversias entre operadores y usuarios finales previstas en el artículo 55 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.

Aprobar la delegación del Secretario General Técnico en el Director General de la entidad pública empresarial Red.es del estudio, la tramitación y la propuesta de resolución de los recursos de reposición frente a las resoluciones de las reclamaciones previstas en el artículo 55 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones y su normativa de desarrollo.

Segundo. Disposiciones comunes.

1. La delegación de competencias a que se refiere la presente Resolución estará sujeta a las limitaciones señaladas en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

2. Todas las competencias que se delegan en la presente Resolución podrán ser objeto de avocación en la forma prevista en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

3. En todas las resoluciones que se dicten en virtud de la delegación de competencias establecidas en la presente Resolución deberá indicarse expresamente tal circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante, conforme establece el artículo 9.4 de Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Tercero. Eficacia.

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de marzo de 2019.–La Subsecretaria de Economía y Empresa, Amparo López Senovilla.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/03/2019
  • Fecha de publicación: 11/04/2019
  • Efectos desde el 12 de abril de 2019.
Referencias anteriores
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Economía y Empresa
  • Red.es
  • Secretarías generales técnicas ministeriales

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