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Documento BOE-A-2019-5496

Decreto de 28 de marzo de 2019, de la Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada de Criminalidad Informática en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Murcia a doña María Aránzazu Morales Ortiz.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 12 de abril de 2019, páginas 37997 a 37998 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2019-5496

TEXTO ORIGINAL

El 13 de marzo de 2019 se recibió en la Inspección Fiscal escrito y documentación adjunta relativa al cese y propuesta de nombramiento de Fiscal Delegado Provincial en materia de Criminalidad Informática en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Murcia.

Hechos

Único.

Con motivo de la renuncia del anterior Delegado de Criminalidad Informática en la Fiscalía Provincial de Murcia, Ilmo. Sr. don Antonio Jesús Vivó Pina para atender otras responsabilidades en esa Fiscalía, el Fiscal Superior de Murcia efectuó la oportuna convocatoria para cubrir la plaza vacante, habiéndola solicitado únicamente la Ilma. Sra. doña María Aránzazu Morales Ortiz, destacando el Fiscal Superior que reúne los requisitos para el cargo, por su adecuada preparación y competencia para el desempeño de dicha función.

Mediante escrito de 6 de marzo de 2019 la Fiscal de Sala contra la Criminalidad Informática de la Fiscalía General del Estado no formuló objeción a su designación, considerando que la candidata se encuentra en condiciones adecuadas para el desempeño de la función, dados sus conocimientos, preparación y experiencia, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal (art 3.4 RD 437/1983).

Fundamentos de Derecho

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decano serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los Fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (art. 36.4). Esto último no es aplicable al presente caso, al haber sido doña María Aránzazu Morales Ortiz la única candidata.

Segundo.

La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado complementa la anterior disposición, al aclarar que se seguirá el mismo procedimiento de designación también en los casos en los que el Delegado provincial de la especialidad que se propone no tenga el rango de Decano, como sucede en este caso.

Esta misma Instrucción establece que los nombramientos y ceses de los Delegados Provinciales de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala Coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente, trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Tercero.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Zamora está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, Acuerdo:

El nombramiento de la Ilma. Sra. doña María Aránzazu Morales Ortiz, como Fiscal Delegada de Criminalidad Informática de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Murcia.

Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla 1.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 28 de marzo de 2019.–La Fiscal General del Estado, María José Segarra Crespo.

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 28/03/2019
  • Fecha de publicación: 12/04/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 100 de 26 de abril de 2019 (Ref. BOE-A-2019-6214).

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