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Documento BOE-A-2019-6098

Resolución de 12 de abril de 2019, de la Subsecretaría, por la que, en ejecución de sentencia, se adjudica puesto de trabajo del concurso de méritos, convocado por Orden AAA/2211/2013, de 22 de noviembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 2019, páginas 41783 a 41784 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica
Referencia:
BOE-A-2019-6098

TEXTO ORIGINAL

Por Orden AAA/2211/2013, de 22 de noviembre («BOE» del 28), se convocó el concurso de méritos de referencia 5E/2013, para la provisión de puestos de trabajo en el Departamento que fue resuelto por Orden AAA/520/2014, de 10 de marzo («BOE» de 2 de abril), en la que se adjudicaba el puesto número de orden de la convocatoria 20 a don Clemente Nicolás Hermida Cachalvite Vázquez.

Estimado el recurso de apelación número 21/2017, tramitado ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso Administrativo, sección primera, interpuesto por doña Susana Linde Gutiérrez por sentencia de 10 de mayo de 2018, que en su fallo dispone:

«Primero.

Estimar el presente recurso de apelación interpuesto por el Procurador don Juan Carlos Almeida Lorences, en nombre y representación de doña Susana Linde Gutiérrez, contra la sentencia de 23 de mayo de 2017, del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 2, que se revoca y, en su lugar, se estima el parte el recurso interpuesto por la mencionada apelante frente a la Orden AAA/381/2016, de 10 de marzo, por la que se resuelve el recurso de reposición formulado por la apelante y se adjudica al señor Hermida Cachalvite Vázquez el puesto de trabajo de Jefe de Servicio de Expropiaciones, nivel 26, de la Secretaría General de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, como resultado del concurso específico de méritos convocado por Orden AAA/2211/2013, que se anula por ser contraria al ordenamiento jurídico.

Segundo.

Declarar el derecho de la apelante a que por la Comisión de Valoración se le atribuya, al menos, la puntuación mínima exigida para la segunda fase en la base cuarta de la convocatoria por méritos específicos y, sumada a la alcanzada en la fase primera por méritos generales, se le adjudique el puesto en litigio si no existiere otro concursante que, habiendo recurrido y obtenido resolución o sentencia favorable o estando pendiente de ello, tuviera mejor puntuación y por lo tanto mejor derecho.»

Cumplimentadas las normas reglamentarias y observados cuantos requisitos y procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria y de acuerdo con el fallo de la sentencia la Comisión de Valoración procede a adjudicar 0,50 puntos extra a los 5,50 puntos que obtuvo la concursante lo que hace un total de 6 puntos con lo que la señora Linde superaría la puntuación mínima exigida en la segunda fase y sumaría un total de 13,80 puntos en la valoración de los méritos alegados. Siendo ésta la puntuación más alta de las otorgadas de los concursantes que optaron al puesto mencionado, la Comisión de Valoración acuerda proponer la adjudicación del puesto de Jefa de Servicio de Expropiaciones, nivel 26, de la Secretaría General, Confederación Hidrográfica del Guadiana con residencia en Badajoz, a doña Susana Linde Gutiérrez, no teniendo constancia al día de la fecha de ningún otro recurso o derecho del resto de los concursantes que pudieran condicionar la adjudicación del puesto. En consecuencia

Esta Subsecretaría, en uso de las facultades conferidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ha resuelto:

Primero.

Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración adjudicando en puesto de trabajo de Jefa de Servicio de Expropiaciones, nivel 26, de la Secretaría General, Confederación Hidrográfica del Guadiana, con residencia en Badajoz, código 3227976, a la candidata que obtuvo mayor puntuación doña Susana Linde Gutiérrez, con NRP ****672335 A0015.

Segundo.

El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia. Este plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

El destino adjudicado se considera de carácter voluntario y, en consecuencia, no genera derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

Cuarto.

Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria para la Transición Ecológica en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 12 de abril de 2019.–La Subsecretaria para la Transición Ecológica, Juana María Lázaro Ruiz.

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