El Director General de Planificación y Gestión Educativa y la Directora General de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología F.S.P., han suscrito, con fecha 19 de marzo de 2019, un Convenio para la organización del Programa Campus Científicos de Verano con alumnos de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato y del «High-School Students Internships Programme» para estudiantes de Enseñanza Secundaria.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la presente Resolución.
Madrid, 17 de abril de 2019.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Antonio J. Hidalgo López.
En Madrid, a 19 de marzo de 2019.
REUNIDOS
De una parte, don Diego Fernández Alberdi, Director General de Planificación y Gestión Educativa, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en virtud del Real Decreto 743/2018, de 29 de junio, actuando en nombre y representación del Ministerio de Educación y Formación Profesional, conforme a lo establecido en la Orden EFP/1422/2018, de 27 de diciembre («BOE» del 29), sobre delegación de competencias del Ministerio.
De otra parte, doña Paloma Domingo García, como Directora General de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología F.S.P. (en adelante FECYT), con sede en Madrid, calle Pintor Velázquez, 5, de Alcobendas, con CIF G82999871, actuando en nombre y representación de la FECYT, actuando en nombre y representación de la FECYT, en virtud de las competencias atribuidas a su favor en escritura pública de poder, otorgada el día 9 de abril de 2018, ante el notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, don José Ortiz Rodríguez, con el número 1626 de su protocolo.
Ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas Entidades, en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto,
EXPONEN
Primero.
Que el Ministerio de Educación y Formación Profesional tiene atribuida, entre otras funciones, el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en materia de educación no universitaria, la realización de programas de formación y cualificación profesional y de innovación educativa y el fomento de la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación. Asimismo le corresponde a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa, la coordinación de los programas de becas y ayudas al estudio promovidos por las diferentes Administraciones Públicas y por entidades e instituciones privadas, así como la programación y gestión de actuaciones para promover la excelencia de los estudiantes.
Que la FECYT es una fundación del sector público estatal, adscrita al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, que persigue como fin fundacional fomentar la investigación científica de excelencia así como el desarrollo y la innovación tecnológica, necesarios para incrementar la competitividad de la industria española y la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía, propiciando para ello la colaboración entre los agentes implicados en actividades de I+D+i y la difusión y comunicación de los resultados y actuaciones realizadas en investigación e innovación.
Que coincidiendo en la necesidad de despertar vocaciones científicas entre los estudiantes, en línea con el objetivo que se fijaron en la reunión de Lisboa los Ministros de Educación de la Unión Europea de incrementar en un 15% el número de titulados universitarios en matemáticas, ciencias e ingeniería, así como de elevar del 31% al 40% el porcentaje de europeos que completan la formación universitaria, el Ministerio de Educación y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología decidieron crear en el año 2010, como instrumento para la consecución de estos objetivos, el Programa «Campus Cientificos de Verano-(CCV)».
El mencionado Programa se dirige a estudiantes de 4.º curso de ESO y 1.º curso de Bachillerato que demuestran interés y aptitudes en materias de ciencias para que profundicen en su conocimiento, fundamentalmente en las áreas de Física, Química, Matemáticas, Ciencias Naturales y Medioambientales al tiempo que aprenden a aplicar el método científico como base de toda actividad investigadora, a través de su participación en diferentes proyectos desarrollados en los Campus de Excelencia Internacional (CEI) y Campus de Excelencia Internacional en el ámbito regional (CEIR), en el marco de las actividades y esfuerzos que dichos Campus están llevando a cabo de cara a suscitar la atención de los jóvenes estudiantes que se preparan para entrar en la universidad hacia el mundo de la ciencia.
El interés despertado por el programa entre todas las instancias participantes, en especial entre los estudiantes, en cada una de las nueve ediciones del programa que se han celebrado desde su inicio, ha aconsejado reeditarlo en el año 2019.
La Organización Europea para la Investigación Nuclear, CERN, ha confirmado que España es uno de los cinco Estados Miembros de CERN seleccionado para participar en el «High-School Students Internship Programme (HSSIP)», Programa que se desarrolla en sus instalaciones en Ginebra.
CERN ha previsto que la organización del programa se realice contando con la colaboración de la Subdirección General de Internacionalización de la Ciencia y la Innovación y la Subdirección General de Formación del Profesorado Universitario, Programación y Atención al Estudiante, (Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades), Subdirección General de Becas, Ayudas al Estudio y Promoción Educativa (Ministerio de Educación y Formación Profesional), y Fundación Española de Ciencia y Tecnología (FECYT).
Aceptada la invitación por todas las partes, dado que CERN ha manifestado conocer el Programa Campus Científicos de Verano y su interés en que 20 de las plazas sean seleccionadas junto con las ayudas de este Programa celebrado en España, este convenio, como novedad en este año, recoge la colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, para la selección de 20 de los 24 estudiantes que participarán en el HSSIP, todo ello, en cumplimiento del compromiso adquirido con CERN por ambas partes.
Por todo lo anterior, las partes suscriben el presente convenio de colaboración con sujeción a las siguientes:
CLÁUSULAS
1. El objeto del presente acuerdo es regular la colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la FECYT para la definición, coordinación, ejecución y seguimiento del Proyecto «Campus Cientificos de Verano 2019 (CCV2019)», a cuyos efectos, la FECYT gestionará un máximo de 1.560 ayudas para la participación en dichos Campus, de alumnos de 1.er curso de Bachillerato de la modalidad de ciencias y alumnos de 4.° curso de ESO que cursen en la opción de enseñanzas académicas las materias troncales de «biología y geología» y «física y química», o en la opción de enseñanzas aplicadas las materias troncales de «ciencias aplicadas a la actividad profesional» y «tecnología».
El programa Campus Científicos de Verano 2019 se desarrollará durante el mes de julio en 13 universidades, de entre las que han obtenido el reconocimiento de Campus de Excelencia Internacional y/o Regional. En esta edición participarán 1.560 estudiantes según la siguiente distribución: 780 alumnos de cuarto curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria y 780 de primer curso de bachillerato. En el supuesto de que, en alguno de dichos niveles educativos, no existieran suficientes candidatos aptos para la obtención de la ayuda, las eventuales ayudas no adjudicadas, podrán acumularse al otro nivel educativo realizándose los ajustes precisos en los diferentes turnos.
La estancia de cada estudiante tendrá una duración de 7 días (desde la tarde del domingo a la mañana del sábado siguiente), tiempo en el cual participará durante cinco días en un proyecto de acercamiento científico que se desarrollará, inicialmente, en torno a cuatro áreas científicas: Física, Química, Matemáticas, Ciencias Naturales y Medioambientales.
La descripción detallada del proyecto, objetivos, destinatarios, sedes, fases, cronogramas, metodología y presupuesto aproximado del programa «Campus Científicos de Verano 2019 (CCV2019)», se contiene en el anexo I adjunto al presente convenio.
2. Como novedad en este año, el convenio que se suscribe, regulará la colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la FECYT para la selección de los participantes, coordinación y seguimiento del «High-School Students Internship Programme (HSSIP)» del CERN.
El Programa HSSIP, se celebrará entre el 29 de septiembre y el 12 de octubre en la sede del CERN en Ginebra (Suiza).
Podrán participar estudiantes que tengan cumplidos 16 años con anterioridad a la fecha de inicio del desarrollo del programa y cursen en el año académico 2018-2019 cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria en la opción de enseñanzas académicas cursando las materias troncales de «biología y geología» y «física y química» o en la opción de enseñanzas aplicadas cursando las materias troncales de «ciencias aplicadas a la actividad profesional» y «tecnología», del sistema educativo español.
La FECYT y el Ministerio de Educación y Formación Profesional actuarán en relación con la gestión de las ayudas en los términos previstos en los artículos 12 y siguientes de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, así como en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones y en la Resolución, de 11 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional por la que se convocan las ayudas del Programa Campus Científico de Verano para esta edición, publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones así como su extracto publicado en el «BOE» del 18 de marzo de 2019. Esta convocatoria se realizará en régimen de concurrencia competitiva y será publicada conforme a la normativa vigente.
Asimismo, será de aplicación al procedimiento de adjudicación de las ayudas la Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio («BOE» del 15), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio por el Ministerio de Educación y Ciencia.
1. El Programa «High-School Studentes Internship Programme (HSSIP)», es un programa piloto que se inició en el año 2017, que se desarrolla en las instalaciones de CERN en Ginebra. España, país miembro de CERN, ha sido invitada a participar este año 2019, junto con Austria, Finlandia, Alemania y Eslovaquia.
El número de participantes en el HSSIP será de 24 estudiantes, en principio, 20 cuya selección se incluye en la convocatoria del Programa Campus Científicos de Verano del Ministerio de Educación y Formación Profesional y 4 del Certamen de Jóvenes investigadores del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Tras la aceptación de la invitación de CERN, ambas partes han asumido el compromiso para llevar a cabo la selección, organización y coordinación con CERN para la participación de estudiantes españoles en el HSSIP que se desarrollará en Ginebra, Suiza, entre el 29 de septiembre y el 12 de octubre.
2. Además de la publicación de la convocatoria conforme a lo establecido en la cláusula cuarta, en la Base de Datos Nacional de Subvención, y su extracto en el BOE, en las páginas web del MEFP, http://www.educacionyfp.gob.es, de FECYT, www.fecyt.es, y del Programa Campus Científicos de Verano, www.campuscientificos.es, FECYT lo difundirá a través de sus canales habituales (incluyendo e-mailing, web y redes sociales).
En todos los medios que se utilicen para la difusión/promoción del Programa (prensa, carteles, flyers, redes sociales, etc.) quedará identificada la colaboración del Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, atendiendo a la invitación de CERN.
3. El MEFP y la FECYT, aceptan la condición impuesta por la Organización Internacional para la participación de estudiantes españoles en el HSSIP, en cuanto a que todos los gastos serán asumidos por CERN, siendo condición indispensable que el coste para los participantes sea de 0,00 euros, excepto de producirse una diferencia entre el importe máximo que CERN cubre en concepto de viajes (incluyendo ida y vuelta hasta 500 francos suizos por participante) y el coste total del viaje. En caso de ser superior, la diferencia será por cuenta del/la participante en el programa.
Por tanto, no existirá partida presupuestaria para la financiación de gastos de gestión u otros que puedan reportar las tareas que se encomiendan para la selección y organización de los estudiantes, como consecuencia de su participación en el HSSIP.
CERN financiará los gastos de viaje (hasta 500, CHF/por persona y viaje), facilitará el alojamiento de los participantes en sus instalaciones en Ginebra, como gastos de manutención 36,00 CHF por persona y día y facilitará un pase para viajar en el transporte público por Ginebra.
4. FECYT, en colaboración con el Coordinador Nacional de CERN, organizará los viajes de los estudiantes y profesores acompañantes (2 profesores seleccionados por el Coordinador de CERN en España), así como cualquier otra cuestión necesaria para la organización de los servicios y necesidades logísticas necesarias solicitadas por CERN para el correcto desarrollo del Programa.
Para la consecución de los objetivos del presente convenio resulta necesario realizar las siguientes tareas:
• Organizar y desarrollar el Proyecto Campus Científicos de Verano.
• Para esta décima edición, se invita, en los términos establecidos en el anexo II, a participar a todas las universidades españolas que ostentan la calificación de Campus de Excelencia Internacional o Campus de Excelencia Internacional de ámbito regional. Para determinar los CEI/CEIR que participarán en esta experiencia para organizar y ser sede de los Campus Científicos De Verano, que se pondrán en marcha en el mes de julio de 2019, se constituirá una Comisión Mixta de selección integrada por tres profesores universitarios de las áreas de Ciencias, Ciencias de la Salud e Ingeniería y Arquitectura designados por la CRUE, dos profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Ciencias, designados por la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial del MEFP, un representante de FECYT y un representante de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Esta Comisión valora los proyectos de acercamiento científico presentados y selecciona aquellas universidades cuyos cuatro proyectos mejor valorados alcancen la suma de puntos más alta.
• Organizar las tareas de la Comisión Mixta de selección de proyectos de acercamiento científico que se ofertarán a los alumnos.
• Gestionar la participación de científicos y expertos en divulgación científica de reconocido prestigio que, además de dictar lecciones magistrales, puedan compartir espacios de trabajo con los estudiantes que les permitan la transmisión de sus experiencias en el desarrollo de su actividad profesional, así como de otras personalidades del más alto nivel que puedan poner de relieve ante los estudiantes la importancia de la ciencia en la toma de decisiones.
• Seleccionar a los estudiantes que asistirán a los Campus Científicos de Verano 2019 procedentes de las diferentes Comunidades Autónomas, de acuerdo con los criterios de: rendimiento acreditado mediante las calificaciones obtenidas y, en su caso, criterios de desempate establecidos en la correspondiente convocatoria. La selección recaerá en todo caso sobre estudiantes que estén cursando primer curso de Bachillerato de la modalidad de Ciencias, o cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria en la opción de enseñanzas académicas cursando las materias troncales de «biología y geología» y «física y química» o en la opción de enseñanzas aplicadas cursando las materias troncales de «ciencias aplicadas a la actividad profesional» y «tecnología».
• Difundir el programa a través de sus canales habituales, comprometiéndose a destacar en cuantos medios se utilicen para la promoción y/o difusión de las acciones objeto del presente acuerdo, que el Programa es una iniciativa del Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, respetando en todo caso el logotipo o las directrices de imagen externa que se indiquen por las partes.
• Llevar a cabo el seguimiento y evaluación final del Proyecto Campus Científicos de Verano. A tales efectos, se elaborará un informe sobre el desarrollo, ejecución y resultados del proyecto con detalle de los principales logros y los aspectos a mejorar. Este informe se utilizará para mejorar futuras ediciones del mismo.
• Colaborar en la cofinanciación del proyecto conforme a lo establecido en la cláusula Quinta del presente convenio.
• Expedir diplomas acreditativos de la participación en Los Campus Científicos de Verano.
1. Las partes asumirán los compromisos que se exponen a continuación para la definición, organización, coordinación y desarrollo del Programa Campus Científicos de Verano y High-School Students Internship Programme (HSSIP)».
– El Ministerio de Educación y Formación Profesional se compromete a:
• Publicar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, y su extracto en el «Boletín Oficial del Estado», la convocatoria de ayudas para la participación de los alumnos en el Programa Campus Científicos de Verano, y de selección de estudiantes para participar en el High-School Students Internship Programme (HSSIP).
• Publicar la resolución de concesión de las ayudas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones conforme establece el artículo 18 de la Ley General de Subvenciones. Dicha publicación habrá de contener los datos de los beneficiarios de las ayudas convocadas, por tanto, FECYT facilitará al MEFP, en soporte informático válido para la carga de dichos datos en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, la información exigida por la Ley General de Subvenciones para que pueda llevar a cabo la publicación completa de la resolución.
• Invitar a participar, en el proceso de elección de sedes que acogerán el Programa Campus Científicos de Verano, a todas las universidades españolas que ostentan la calificación de Campus de Excelencia Internacional o Campus de Excelencia Internacional de ámbito regional. Asimismo, designará a los miembros que constituirán la Comisión que evaluará los proyectos presentados por los CEI/CEIR que acepten dicha invitación.
• Gestionar la dotación de los créditos correspondientes en los presupuestos, para la cofinanciación del Programa Campus Científicos de Verano.
• Realizar la aportación establecida en la cláusula Sexta, del presente convenio, a ECYT para la financiación de los costes directos e indirectos derivados de la participación de los alumnos en el Programa Campus Científicos de Verano, que se desarrollará en España.
Esta aportación se realizará mediante el ingreso en la cuenta facilitada por FECYT de los fondos correspondientes para la cofinanciación del programa, en los que están incluidos los gastos en que incurra por la gestión del mismo. En ningún caso los fondos recibidos ni los intereses que, en su caso, se produzcan se considerarán integrantes de su patrimonio.
– FECYT se compromete a realizar las siguientes tareas:
• Gestionar, los oportunos acuerdos de colaboración con las universidades participantes en el Programa Campus Científicos de Verano para la ejecución de los proyectos de acercamiento científico seleccionados.
La formalización de los convenios quedará condicionada al informe favorable, preceptivo y vinculante de la Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera conforme a la redacción establecida por la Disposición Adicional primera en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
Cada proyecto constará de cuatro fases:
– Presentación y teoría del proyecto.
– Desarrollo y puesta en práctica del proyecto.
– Tratamiento de la información: técnicas de comunicación y divulgación de la ciencia.
– Presentación y exposición final de resultados.
• Garantizar el cumplimiento del compromiso que deben adquirir todos los intervinientes en la organización y desarrollo de los Campus Científicos de Verano, para que en todos los medios que se utilicen para la difusión/promoción del Programa (prensa, carteles, flyers, redes sociales, etc.) queden identificadas las partes intervinientes: Ministerio de Educación y Formación Profesional y FECYT. A estos efectos, se incluirá la correspondiente cláusula en los acuerdos de colaboración que FECYT suscriba con las universidades y velará por su cumplimiento.
• Responsabilizarse de la coordinación e interlocución con los Campus de excelencia internacional y Campus de excelencia regional para la presentación del Programa CCV2019.
• Llevar a cabo la contratación y organización de todos los servicios y necesidades logísticas derivadas de la ejecución del Programa Campus Científicos de Verano, tales como desarrollo y mantenimiento de la aplicación informática, la gestión de las ayudas y evaluación del programa y la contratación de animadores científicos.
Para la organización de los proyectos de acercamiento científico (profesorado y material fungible necesario para su ejecución) alojamiento y manutención, desplazamientos en los Campus de los estudiantes durante el desarrollo del programa científico, así como las actividades deportivas y de ocio y tiempo libre de los estudiantes participantes, para el que se precisará la actuación del personal de apoyo de las universidades, FECYT contará con la colaboración de las universidades que acojan el Programa, que se responsabilizarán de la gestión y financiación de los mencionados gastos, con cargo a la aportación realizada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
• Garantizar que los estudiantes que participen en CCV2019 estén en todo momento atendidos por animadores científicos cualificados con una ratio mínima de 1 monitor por cada 10 alumnos.
• Garantizar que los estudiantes y animadores científicos de CCV2019 y los estudiantes de HSSIP estén cubiertos por un seguro de responsabilidad civil y accidentes durante la duración de los Programas.
• Responsabilizarse de la gestión de los fondos correspondientes a las ayudas del programa CCV2019 concedidas a los alumnos beneficiarios, aportados a la FECYT por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
• Encargarse de la recaudación de los fondos aportados por los alumnos participantes en CCV2019, en concepto de matriculación. Dichos fondos serán utilizados para el desarrollo de la edición del año 2019 del programa Campus Científicos de Verano. Para ello, FECYT deberá habilitar e informar de la cuenta bancaria a la que podrán efectuar las transferencias, en concepto de matrícula, a aquellos alumnos que hayan obtenido plaza.
• Gestionar la devolución de las matrículas en el caso de renuncias que se comuniquen en un plazo no inferior a 10 días hábiles a contar desde la fecha de renuncia y la prevista para la incorporación del alumno al Campus Científico de Verano asignado.
• Presentar las certificaciones acreditativas de haber efectuado la incorporación a su presupuesto de la subvención recibida y de las matriculaciones recaudadas, así como de la estancia de los estudiantes en el Campus correspondiente en España del Programa CCV2019.
• Recibir y tramitar las solicitudes de ayudas de los estudiantes. Verificar el cumplimiento de las condiciones o requisitos establecidos tanto para la concesión de la ayuda del programa Campus Científicos de Verano como de seleccionados para participar en el High-School Students Internship Programme (HSSIP), así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinaron la concesión de la misma.
• Publicar las relaciones provisionales, asignación de campus y proyectos y relaciones de suplentes y solicitudes denegadas del Programa Campus Científicos de Verano, así como la selección provisional de participantes, lista de suplentes y solicitudes denegadas en el High-School Students Internship Programme, en la web www.campuscientificos.es.
• Publicar la resolución de concesión de las ayudas en la web. www.campuscientificos.es, así como los listados de adjudicación definitiva y de solicitantes en lista de espera del programa Campus Científicos de Verano y del High-School Students Internship Programme.
• Facilitar la información al Ministerio que sea necesaria para la publicación, en su caso, de los beneficiarios en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en las secciones 4.ª y 6.ª del RD 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley General de Subvenciones.
• Justificar la aplicación de los fondos percibidos para la cofinanciación del Programa Campus Científicos de Verano ante la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa del MEFP, en los plazos y forma establecidos en la base Séptima.
• Someterse a las actuaciones de comprobación que respecto a la gestión de los fondos pueda ejecutar la entidad concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley General de Subvenciones.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional, con cargo a su crédito 18.08.323M.484.01 del presupuesto de 2019, aportará 543.720,00 euros para la cofinanciación de Los Campus Científicos de Verano y librará esta cantidad a la FECYT, incluyendo 16,00 euros por ayuda convocada, en concepto de compensación económica a que se refiere la letra m) del artículo 16 de la Ley General de Subvenciones.
El libramiento de los fondos, tendrá carácter de anticipado ya que se efectuará, de una sola vez, una vez realizada la selección de los beneficiarios con su preceptiva fiscalización previa, con anterioridad a la celebración de la actividad para la que se convocan las ayudas. Los fondos se librarán, mediante transferencia bancaria, en la cuenta del banco Bilbao Vizcaya Argentaría n.º 0182-2370-43-0201504040 de la que es titular la FECYT.
La FECYT aportará 190.000,00 euros para la cofinanciación de los Campus Científicos de Verano, con cargo a su presupuesto para actividades ordinarias.
La convocatoria de las ayudas podrá determinar la aportación de una cuantía por parte de los adjudicatarios de las ayudas, en concepto de matriculación. Estas aportaciones para su aplicación en la financiación del programa, serán percibidas por la FECYT incorporándolas a su presupuesto.
La financiación de las ayudas por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional y de la FECYT cubrirá todos los gastos ocasionados, incluida la compensación por los gastos de gestión que reporten las tareas que se encomiendan en este convenio a FECYT, como consecuencia de la participación de los alumnos en los Campus, a excepción de los gastos de traslado a la sede de éstos y regreso a sus domicilios, que serán de cuenta de los alumnos.
FECYT suscribirá una póliza de seguro que cubra las contingencias de accidentes y responsabilidad civil, garantizando que queden cubiertos tanto los estudiantes participantes en ambos programas como los animadores científicos del Programa Campus Científicos de Verano, cuyo importe no excederá de 2.940,00 euros.
Conforme a lo establecido en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, artículo 42.2, FECYT, fundación del sector público estatal, queda exonerada de la constitución de garantía.
FECYT tendrá la consideración, a los efectos del presente convenio, de entidad colaboradora, por tanto, la justificación de la subvención, deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 72 y 74 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley. Por tanto, FECYT, fundación del sector público estatal, presentará al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de cinco meses desde la finalización de la actividad y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2019, la cuenta justificativa, que deberá contener, al menos, la siguiente documentación:
1. Relación certificada de los alumnos beneficiarios de las ayudas.
2. Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
3. Una memoria económica justificativa del coste de actividades realizadas, que, de conformidad con el artículo 74 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la información a la que se refiere el apartado 2 del artículo 72 de este Reglamento, contendrá:
a) Informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
La actuación del auditor de cuentas, habrá de ajustarse a lo establecido en la Orden EHA/1434/2007, de 17 de mayo, por la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, en el ámbito del sector público estatal.
b) Memoria económica abreviada, que al menos, deberá contener:
– Detalle de los ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
– Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas. Las desviaciones deberán ser motivadas.
c) Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado a).
d) Certificación que exprese que el libramiento ha sido destinado a la finalidad prevista y en la que se detallen otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
e) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, según lo establecido en la cláusula quinta de este convenio.
f) Certificación mediante la que se dejará constancia del lugar y órgano que custodiará la justificación documental original de los gastos realizados, facturas o documentos probatorios equivalentes en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y, en su caso, la documentación acreditativa de los pagos realizados.
Asimismo, FECYT, deberá aportar cuantas otras justificaciones le sean requeridas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, para su comprobación. Es igualmente obligación de la entidad colaboradora el reintegro de los fondos al Tesoro Público en los supuestos regulados en el artículo 37 de la citada Ley General de Subvenciones.
FECYT, teniendo en cuenta la naturaleza del gasto, llevará un libro mayor de contabilidad analítico, en el que constarán registrados la totalidad de los gastos ejecutados por proyecto, a través de los que se podrá justificar la subvención y validar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente convenio.
Procederá el reintegro de la subvención en los casos establecidos en la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley.
En el caso de que el desarrollo de las tareas que se encomiendan a FECYT en este convenio comporte un gasto inferior a la suma total de los fondos aportados para su financiación, FECYT reintegrará al MEFP el 74,10% del importe no gastado, en atención a los porcentajes de financiación asumidos por ambas partes.
Con cargo al importe total aportado para la financiación del Programa, FECYT suscribirá una póliza de seguro que cubra las contingencias de accidentes y responsabilidad civil, garantizando que queden cubiertos tanto los/as estudiantes participantes en ambos Programas como los animadores/as científicos/as del Programa Campus Científicos de Verano, por un importe que no excederá de 2.940 euros.
Las partes firmantes acuerdan crear una Comisión Mixta de Seguimiento como órgano de vigilancia y control encargado de resolver los problemas de interpretación y cumplimiento de este convenio que puedan plantearse. La Comisión estará integrada por cuatro miembros, dos de ellos en representación del Ministerio de Educación y Formación Profesional y dos en representación de la FECYT.
Este convenio producirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2019.
El presente Acuerdo se extinguirá por el incumplimiento por las partes firmantes de cualquiera de las cláusulas que figuran en el mismo, así como el mutuo acuerdo de las partes, o denuncia de cualquiera de las partes cuando sobreviniesen causas que impidiesen o dificultasen en gran manera el cumplimiento del mismo. En este caso, la parte afectada lo comunicará a la otra parte, con al menos un mes de antelación. Asimismo, si, por algún motivo no llegara a publicarse la convocatoria para el año 2019 de las ayudas correspondientes al Programa Campus Científicos de Verano y High-School Students Internship Programme, esta circunstancia será causa de resolución de este convenio.
En el caso de resolución anticipada del convenio, la Comisión de Seguimiento adoptará las medidas necesarias para facilitar la liquidación de las obligaciones en curso.
Las partes se obligan al cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y su normativa de desarrollo, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD), así como en toda la normativa vigente en relación con los datos de carácter personal necesarios para el desarrollo del Programa Campus Científicos de Verano (CCV).
Se adjunta, como anexo III, las obligaciones del Ministerio de Educación y Formación Profesional como Responsable de Tratamiento y de la FECYT como Encargado de Tratamiento.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando fuera del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, de conformidad con su artículo 6.2, sin perjuicio de que sus principios resulten aplicables para la resolución de las dudas o lagunas que pudieran plantearse en la aplicación del convenio, por lo que el régimen jurídico aplicable a este convenio es el establecido en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En todo caso, las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a una resolución amistosa.
En su defecto, los órganos jurisdiccionales del orden contencioso administrativo serán competentes para conocer de las cuestiones litigiosas que puedan surgir.
Y en prueba de conformidad con las estipulaciones que anteceden, las partes firman el presente convenio, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados.–El Director General de Planificación y Gestión Educativa, Diego Fernández Alberdi.–La Directora General de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P., Paloma Domingo García.
Anexo Técnico
Índice:
1. Objetivos de los Programas.
2. Descripción del Programa Campus Científicos de Verano.
2.1 Destinatarios/as.
2.2 Duración.
2.3 Lugares de desarrollo.
2.4 Proyectos de acercamiento científico.
2.5 Actividades complementarias.
3. Descripción del High-School Students Internships Programme.
3.1 Destinatarios/as.
3.2 Duración.
3.3 Programación.
3.4 Actividades complementarias.
4. Metodología de trabajo.
4.1 Convenios de colaboración.
4.2 Acompañamiento de los/as participantes.
4.3 Gestión de la aplicación informática.
4.4 Atención a usuarios/as.
5. Seguimiento y evaluación del programa por parte de FECYT.
6. Dotación.
7. Presupuesto.
8. Cronograma.
1. Objetivos de los programas.
El compromiso adquirido por nuestro país con los objetivos educativos planteados por la Unión Europea y la pretensión de convertir a España en una economía más competitiva y dinámica, basada en el conocimiento, capaz de lograr un crecimiento sostenido y acompañado de una mejora del empleo, exigen una apuesta decidida en favor de la ciencia y la tecnología.
El Programa Campus Científicos de Verano (CCV) celebra en 2019 su décima edición. Desde el inicio, en 2010, los objetivos perseguidos por el Programa son:
a) Potenciar las capacidades de los/as estudiantes que demuestran unas especiales habilidades en el ámbito científico-tecnológico en el momento de acceder al nivel de Bachillerato y, por tanto, de orientarse sobre su futuro profesional.
b) Estimularles en un momento en que deben decantarse hacia uno u otro ámbito en sus estudios, por lo que resulta de especial interés proporcionar un mayor abanico de opciones.
De manera adicional, durante la edición de 2019, se suma a esta iniciativa la Organización Europea para la Investigación Nuclear (CERN) que ofrece 24 ayudas para participar en el «High-School Students Internship Programme (HSSIP)» en su sede de Ginebra, Suiza, de las cuales 20 serán seleccionadas en la misma convocatoria que las ayudas del Programa Campus Científicos de Verano. Al igual que los Campus Científicos de Verano, este Programa pretende despertar la curiosidad científica entre jóvenes estudiantes, viviendo una experiencia en contacto con el mundo de la ciencia.
2. Descripción del programa Campus Científicos de Verano.
2.1 Destinatarios/as.
Los Campus Científicos de Verano 2019 se dirigen a estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:
1. Estar cursando, en el año académico 2018-2019 enseñanzas de primer curso de Bachillerato de la modalidad de Ciencias, o cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria en la opción de enseñanzas académicas cursando las materias troncales de «biología y geología» y «física y química» o en la opción de enseñanzas aplicadas cursando las materias troncales de «ciencias aplicadas a la actividad profesional» y «tecnología», del sistema educativo español.
2. Haber nacido con posterioridad al 31 de diciembre de 2001.
3. No haber sido adjudicatario/a de una ayuda, habiendo participado en un proyecto, en ediciones anteriores del Programa Campus Científico de Verano.
4. Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,5 puntos en los estudios cursados en el año escolar 2017-2018. En todo caso, estos estudios deberán haberse cursado en centros docentes que impartan el currículo académico del sistema educativo español.
5. Estar situado/a en un lugar de orden de prelación de solicitudes que permita la obtención de una de las ayudas convocadas, tal y como consta en el artículo 3 de las bases de la convocatoria.
El número total de participantes será de 1.560, distribuidos/as en cuatro turnos (ver punto 2.2), dos de estudiantes de ESO y dos de Bachillerato.
2.2 Duración.
A lo largo del mes de julio tendrán lugar las estancias de los/as estudiantes seleccionados/as en las universidades colaboradoras. Durante ese tiempo, cada estudiante participará de una estancia de siete días.
Se establecerán 4 turnos de participación según el siguiente calendario:
1.º Del 30 de junio al 6 de julio. Primer turno de estudiantes de 1.º de Bachillerato.
2.º Del 7 al 13 de julio. Segundo turno de estudiantes de 1.º de Bachillerato.
3.º Del 14 al 20 de julio. Primer turno de estudiantes de 4.º de ESO.
4.º Del 21 al 27 de julio. Segundo turno de estudiantes de 4.º de ESO.
2.3 Lugares de desarrollo.
Para la puesta en marcha del Programa, desde el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP), se ha invitado a participar a las 32 universidades españolas que cuentan con la denominación de Campus de Excelencia Internacional y Regional. Entre las universidades interesadas se seleccionaron 13 CEI/CEIR que serán los que participen en la edición de 2019. Para realizar esta selección, desde el MEFP se formó una comisión de expertos que evaluaron las propuestas de proyectos de acercamiento científico que presentaron las universidades.
Las estancias en el Programa Campus Científicos de Verano se desarrollarán -en cuatro turnos de participación- del 30 de junio al 27 de julio de 2019 en institutos y/o departamentos de investigación adscritos a 13 Campus de Excelencia Internacional (CEI) y Regional (CEIR) que resulten seleccionadas.
2.4 Proyectos de acercamiento científico.
Durante su estancia en las universidades colaboradoras en los Campus Científicos de Verano, los/as participantes tendrán una toma de contacto con la experiencia investigadora a través de su participación en un proyecto de acercamiento científico de cinco días de duración.
Los proyectos –diseñados y dirigidos por profesorado universitario en colaboración con docentes de enseñanza secundaria– se enmarcarán en cada una de las grandes áreas científicas (física, química, matemáticas, ciencias naturales y medioambientales) y disciplinas de trabajo asociadas (ingenierías, biología, geología, paleontología, medicina, astronomía, etc.).
El último día de su participación en Campus Científicos de Verano, todos/as los/as beneficiarios/as realizarán una presentación pública de los resultados obtenidos en su trabajo en el proyecto asignado ante el resto de participantes y docentes. Para la preparación de estas sesiones, los/as participantes contarán con el apoyo del profesorado universitario y de educación secundaria implicado.
2.5 Actividades complementarias.
El Programa Campus Científicos de Verano será complementado con actividades de ocio científico, tales como conferencias, visitas a museos y centros de ciencia, parques tecnológicos, etc. y actividades deportivas. El programa de actividades será propuesto en su totalidad por los CEI/CEIR de acogida.
3. Descripción del High-School Students Internship Programme (HSSIP).
3.1 Destinatarios/as.
El High-School Students Internship Programme (HSSIP) se dirige a estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:
1. Estar cursando, en el año académico 2018-2019 cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria en la opción de enseñanzas académicas cursando las materias troncales de «biología y geología» y «física y química» o en la opción de enseñanzas aplicadas cursando las materias troncales de «ciencias aplicadas a la actividad profesional» y «tecnología», del sistema educativo español.
2. Tener cumplidos 16 años con anterioridad a la fecha de inicio del desarrollo del programa, 29 de septiembre de 2019.
3. Haber obtenido una nota media de 10,00 puntos en los estudios cursados en el año escolar 2017-2018. En todo caso, estos estudios deberán haberse cursado en centros docentes que impartan el currículo académico del sistema educativo español.
4. Estar en posesión de titulación o certificación de, al menos, Nivel B1 de inglés, conforme a la escala establecida en el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER).
El número total de participantes seleccionados será de 20 en un único turno de participación que tendrá lugar del 29 de septiembre al 12 de octubre de 2019.
Cada estudiante beneficiario/a de una plaza en el «High-School Students Internship Programme (HSSIP)»del CERN participará en un completo programa científico propuesto en su totalidad por el CERN.
Todos los gastos derivados de su estancia en Ginebra serán asumidos por la institución de acogida.
3.2 Duración.
El «High-School Students Internship Programme (HSSIP)»del CERN tendrá una duración de 14 días (del 29 de septiembre al 12 de octubre de 2019).
3.3 Programación.
Los alumnos participantes en el Programa se adscribirán a diferentes proyectos llevados a cabo en el CERN y en los que están implicados investigadores españoles.
3.4 Actividades complementarias.
Además de las actividades científicas, los estudiantes participarán en un completo programa social que se desarrollará a última hora de la tarde y durante el fin de semana.
4. Metodología de trabajo.
4.1 Convenios de colaboración. FECYT realizará la gestión y ejecución del Programa Campus Científicos de Verano, para lo cual firmará convenios de colaboración o adenda –según corresponda– con:
A. CEI/CEIR. Se firmarán acuerdos de colaboración con las universidades donde se especificarán las obligaciones de las partes. Serán tareas de las universidades:
– Designar un/a coordinador/a del Programa.
– Elaborar los contenidos de los proyectos de acercamiento científico y las actividades científico-culturales y proporcionar los recursos y el material fungible necesarios para el desarrollo de los mismos.
– Designar y gestionar la participación en el programa de profesores/as universitarios (un mínimo de dos por proyecto) y de enseñanza secundaria (mínimo uno por proyecto).
– Poner a disposición del Programa y gestionar la logística e infraestructuras necesarias para el desarrollo del mismo.
– Realizar la contratación y gestión para la manutención y alojamiento de los/as participantes.
– Realizar la contratación y gestión de los traslados de los/as participantes que sean necesarios para el correcto desarrollo del Programa (desde los lugares de alojamiento a las universidades, visitas científico-culturales, etc.).
– Elaborar un Informe Final de Actividades, con la descripción de las actuaciones realizadas, análisis de su repercusión, equipo de trabajo, resultados obtenidos, propuesta de mejoras para futuras ediciones del Programa y justificación económica de la actividad.
– Gestión de los fondos aportados por FECYT: un máximo de 611.520 € (47 040 € x 13 CEI).
– Adquirir el compromiso para que en todos los medios que se utilicen para la difusión/promoción del Programa, queden identificadas todas las partes intervinientes: Ministerio de Educación y Formación Profesional y FECYT.
4.2 Acompañamiento de los/as participantes.
Durante su estancia en CCV2019, los/as beneficiarios/as que participen de una estancia en una de las universidades colaboradoras, estarán permanentemente acompañados/as -desde su llegada a la sede del Campus de desarrollo del Programa hasta la salida de la misma- por animadores/as científicos/as con titulación universitaria y experiencia en este tipo de tareas. La FECYT contratará a una empresa especializada que será la encargada de la selección, contratación y seguimiento del trabajo realizado por estos/as monitores/as. Para ello se prevé la publicación de un Pliego de Condiciones y la entidad adjudicataria deberá llevar a cabo las siguientes tareas:
– Coordinación logística del acompañamiento de los/as participantes del Programa.
– Recopilación de los datos de viaje de los/as participantes.
– Recopilación de los datos médicos de los/as participantes.
– Recepción y despedida de los/as participantes al inicio y al término de su estancia.
– Acompañamiento de los/as participantes durante su estancia en el Programa.
– Diseño, ejecución y seguimiento de las actividades complementarias y de ocio que se llevarán a cabo durante las veladas, de domingo a viernes y a partir de las 20.30h, del Programa.
– Impresión y entrega de los diplomas de los/as participantes.
– Apoyo en la realización de la evaluación del Programa por parte de los/as participantes en el mismo.
– Actualización del blog del Programa.
Los/as estudiantes participantes en el High-School Students Internship Programme (HSSIP), viajarán acompañados/as, desde el punto que la organización determine como punto tanto de encuentro para iniciar el viaje de ida a Ginebra como de finalización del mismo a su regreso a España, por dos docentes que les/as acompañarán y guiarán durante el desarrollo del Programa. Dichos/as docentes serán designados por el CERN.
4.3 Gestión de la aplicación informática.
Como en anteriores ediciones, la gestión de solicitudes se llevará a cabo a través de la aplicación informática. Esta plataforma, que será adaptada/mejorada para la nueva convocatoria, será utilizada para:
– Publicación de las Bases para la participación en los Programas. Se ofrecerá toda la información necesaria para los/as interesados/as en presentar su solicitud de participación en CCV2019 y en el HSSIP del CERN.
– Presentación de solicitudes:
a) Los/as candidatos/as que estén interesados/as en presentar su solicitud de participación en CCV2019, deberán hacerlo a través de la página web www.campuscientificos.es debiendo:
– Rellenar el formulario de solicitud en el cual los/as candidatos/as facilitarán sus datos personales, los datos del centro donde actualmente cursan sus estudios, seleccionarán la opción de participación en el Programa CCV, indicarán su preferencia por uno de los dos turnos de participación o por ambos, priorizarán 10 proyectos –de los 52 ofertados por las universidades– en los que les gustaría participar.
– Adjuntar a través de la página web los siguientes documentos:
1. Autorización paterna/materna para participar en el proceso de selección –según modelo facilitado–.
2. certificación académica –según modelo facilitado–.
3. fotocopia del DNI/NIF/Pasaporte.
b) Para presentar una solicitud de participación en HSSIP los/as candidatos/, también deberán hacerlo a través de la página web www.campuscientificos.es debiendo:
– Rellenar el formulario de solicitud facilitando sus datos personales, los datos del centro donde actualmente cursan sus estudios y seleccionar la opción de participación en el Programa HSSIP.
– Adjuntar a través de la página web los siguientes documentos:
1. Autorización paterna/materna para participar en el proceso de selección –según modelo facilitado–.
2. Certificación académica –según modelo facilitado–.
3. Fotocopia del DNI/NIF/Pasaporte.
4. Certificación de, al menos, Nivel B1 de inglés, conforme a la escala establecida en el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER).
– Revisión administrativa: Una vez presentada la solicitud (cumplimentación de formulario y presentación de la documentación requerida) dentro del plazo establecido, la misma pasará a la fase de revisión administrativa en la que se comprobará que reúne todos los requisitos exigidos para, en caso contrario, requerir al/la interesado/a que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de 10 hábiles días hábiles, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido/a de su petición.
– Subsanación: Los/as candidatos/as adjuntarán de manera telemática los documentos objeto de subsanación a la aplicación, tras lo cual serán revisados de nuevo para comprobar que se ajustan a las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria.
– Selección de candidatos/as del Programa CCV: Los/as candidatos/as serán seleccionados/as en función de la nota media obtenida en el curso lectivo 2017-2018. En caso de producirse un empate entre dos o más solicitantes, el primer criterio que se aplicará para desempatar será la puntuación obtenida en la asignatura de matemáticas.
Si aun así persistiera el empate y hubiera dos o más solicitudes con la misma puntuación, se dirimirían los posibles empates atendiendo al orden alfabético que resulte de lo dispuesto en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado que sea de aplicación, el orden se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra resultado del sorteo que sea de aplicación. Para esta ordenación se tendrán en cuenta los datos referidos a apellidos y nombre, tal y como figuren en el documento de identidad de los/as solicitantes. Aquellos/as candidatos/as que no hayan resultado seleccionados/as quedarán como suplentes para el caso de posibles renuncias –siempre que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases–.
– Selección de candidatos/as del Programa HHSIP:
La selección de los estudiantes se hará ordenando las candidaturas en función de las puntuaciones obtenidas, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Mención honorífica o matrícula de honor: 0,3 puntos por cada mención honorífica o matrícula de honor obtenida en el curso académico 2017/2018.
b) Nivel de inglés del/la solicitante (superior a B1).
c) Otros Idiomas extranjeros del/la solicitante.
d) Participación en Olimpiadas Científicas españolas de Matemáticas, Física, Química, Geología y Biología.
En el caso de que, una vez aplicados los criterios indicados, se produjeran empates en la puntuación, estos se resolverán atendiendo a lo siguiente:
1.º Becas u otros premios obtenidos en atención a méritos académicos distintos de los ya indicados, así como otros méritos científicos alegados por los/as solicitantes.
2.º Si persistiera el empate, se dirimirá mediante la valoración de la motivación personal para la participación en el Programa HSSIP acreditada mediante entrevista personal con el/la candidato/a por el medio que se determine.
– Publicación resolución provisional. Una vez seleccionados los/as candidatos/as de cada uno de los Programas, se procederá a hacer pública la resolución provisional en la página web. Contra dicha adjudicación provisional los/as interesados/as podrán presentar alegaciones en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de dicha publicación en www.campuscientificos.es.
– Asignación de turno, Campus y proyecto en el Programa CCV. Se realizará en atención al orden de prelación obtenido por cada solicitante y a la disponibilidad de plazas vacantes en cada campus y proyecto.
– Aceptación/renuncia de la plaza en el Programa CCV y en el Programa HSSIP: Todos los/as beneficiarios/as de una plaza deberán comunicar su aceptación o renuncia a la misma a FECYT. Los/as candidatos/as seleccionados/as que hayan aceptado la plaza asignada deberán enviar escaneada y en el plazo establecido la documentación correspondiente.
– Publicación de las resoluciones definitivas de ambos Programas en la página web www.campuscientificos.es
4.4 Atención a usuarios/as.
Desde el momento en que se publique la convocatoria, se ofrecerá atención a los/as usuarios/as –telefónica y por correo electrónico– con el fin de:
– Dar apoyo a los/as solicitantes en la presentación de solicitudes.
– Facilitar información sobre detalles del Programa a los/as interesados/as.
– Hacer un seguimiento de los/as solicitantes y participantes.
Para prestar este servicio de atención a usuarios/as y realizar la revisión administrativa de la documentación aportada por los/as solicitantes -en la fase de revisión administrativa, en la fase de subsanación y en la fase de aceptación de plazas-, la FECYT contratará una empresa especializada que será la encargada de atención telefónica, atención a usuarios/as vía correo electrónico y revisión administrativa de la documentación en las diferentes fases de los Programas. Para ello se prevé la publicación de una Solicitud de Ofertas.
Sin perjuicio de lo anterior, el interlocutor y responsable de estas tareas y de las demás encomendadas por el convenio suscrito para la organización y desarrollo de la edición del año 2019, ante el Ministerio de Educación y Formación Profesional será FECYT.
5. Seguimiento y evaluación de los Programas por parte de FECYT.
La FECYT estará en permanente contacto con los/as coordinadores/as designados/as por los CEI/CEIR y el CERN para tratar cualquier incidencia que pueda surgir.
Tras finalizar su estancia, cada participante realizará una evaluación de/l Programa/s en el/los que haya participado. Para ello, se facilitará acceso a las universidades y al CERN a un cuestionario que los/as participantes deberán responder on line.
6. Dotación.
La organización cubre los gastos derivados de la participación de cada beneficiario/a de una plaza en alguna de las universidades colaboradoras en el Programa Campus Científicos de Verano en los proyectos de acercamiento científico, materiales, actividades complementarias, alojamiento y manutención –desde la cena del día de su llegada al Campus hasta el desayuno del día de su marcha–, asistencia de monitores/as y traslados internos (en las ciudades de desarrollo de los Campus).
Asimismo, se suscribirá un seguro que cubra a estudiantes participantes y monitores/as de acompañamiento, las contingencias de accidente y responsabilidad civil durante el desarrollo del Programa.
El traslado de los/as participantes de Campus Científicos desde sus lugares de origen hasta la ciudad donde se desarrolle el proyecto asignado, así como desde este hasta sus domicilios, será por cuenta de los/as propios/as participantes sin que proceda el abono de ayuda alguna de este concepto por parte de la organización.
Cada participante en el Programa Campus Científicos de Verano deberá abonar, en concepto de matrícula, la cantidad de 85 euros. Salvo casos de fuerza mayor, si el/la beneficiario/a, tras la aceptación de la plaza, renuncia a la misma o abandona el Campus antes de su finalización, no corresponderá la devolución del importe de la matrícula si existe un plazo inferior a 10 días hábiles entre la comunicación de la renuncia a la FECYT y la fecha prevista para su incorporación al Campus Científico de Verano.
La Organización Europea para la Investigación Nuclear (CERN), financiará los siguientes gastos de los beneficiarios/as de una plaza en el High-School Studentes Internship Programme (HSSIP) del CERN:
• Hasta 500 CHF (francos suizos) por ayuda en concepto de viajes, incluyendo ida y vuelta. La organización del Programa determinará los mecanismos para la organización de los viajes, por lo que los/as adjudicatarios/as deberán cumplir con lo indicado por la organización sin que en ningún caso puedan realizar ninguna gestión de forma independiente, salvo que así se le indicara.
• Alojamiento en habitación doble, en las instalaciones del CERN en Ginebra.
• Hasta 36 CHF para manutención por persona y día, mediante vales de comida o documento similar.
• Pase/tarjeta del transporte público de Ginebra, durante las dos semanas de duración del Programa.
• Materiales para el desarrollo del Programa.
• Actividades complementarias.
7. Presupuesto.
8. Cronograma.
1. Programa campus científicos de verano.
1.1 Introducción.
A lo largo del mes de julio de 2019 se llevará a cabo la décima edición del Programa Campus Científicos de Verano (en adelante Programa CCV), iniciativa del Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología.
Estos Campus pretenden que los estudiantes de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria que cursan materias científicas y primer curso de Bachillerato de la modalidad de Ciencias tengan una primera experiencia de contacto con la labor investigadora, a través de su participación en proyectos de acercamiento científico diseñados y dirigidos por profesores universitarios del más alto nivel en colaboración con profesores de enseñanza secundaria. En ellos, además de trabajos prácticos y teóricos, los alumnos llevan a cabo la presentación pública de los resultados obtenidos durante su participación en los proyectos, lo que unido a actividades complementarias de ocio científico y cultural, conferencias y encuentros, hacen de ellos un instrumento eficaz para introducir a los alumnos en el mundo del aprendizaje y la investigación científica y tecnológica.
1.2 Objetivos.
• Potenciar el interés de jóvenes de 4.º de ESO y 1.º de Bachillerato por la ciencia, la tecnología y la innovación.
• Incentivar el acceso de estos estudiantes a titulaciones científico-técnicas.
• Apoyar la permanencia en el primer año de estudios de Grado para consolidar las vocaciones en estos ámbitos.
• Desarrollar en los estudiantes de estos niveles educativos capacidades propias del espíritu creador e innovador.
1.3 Destinatarios.
Los Campus Científicos de Verano están dirigidos a estudiantes especialmente interesados y con aptitudes por la ciencia, la tecnología y la innovación, matriculados en centros en los que se imparta el sistema educativo español que estén cursando materias científicas en 4.º de ESO o 1.º de Bachillerato en la modalidad de Ciencias durante el año escolar 2018-2019.
Los alumnos participantes, que serán seleccionados mediante convocatoria pública del MEFP, tendrán la posibilidad de participar en proyectos de acercamiento científico especialmente diseñados para el Programa CCV por profesores de Universidad y profesores de Enseñanza Secundaria, distribuidos en 4 turnos –2 de estudiantes de ESO y 2 de Bachillerato–, en las universidades que acojan el Programa.
1.4 Duración.
El Programa CCV se desarrollará a lo largo del mes de julio. Durante ese tiempo, cada estudiante participará de una estancia de 7 días. Se establecerán 4 turnos de participación según el siguiente calendario:
5.º Del 30 de junio al 6 de julio. Primer turno de estudiantes de 1.º de Bachillerato.
6.º Del 7 al 13 de julio. Segundo turno de estudiantes de 1.º de Bachillerato.
7.º Del 14 al 20 de julio. Primer turno de estudiantes de 4.º de ESO.
8.º Del 21 al 27 de julio. Segundo turno de estudiantes de 4.º de ESO.
1.5 Proyectos de acercamiento científico.
Durante su estancia en los Campus Científicos de Verano, los participantes tendrán una toma de contacto con la experiencia investigadora a través de su participación en un proyecto de acercamiento científico que se desarrollará de lunes a viernes de cada semana. En cada Campus se desarrollarán 4 proyectos de manera simultánea.
Los proyectos -diseñados y dirigidos por profesores universitarios en colaboración con profesores de enseñanza secundaria- se enmarcarán en cada una de las grandes áreas científicas (física, química, matemáticas, ciencias naturales y medioambientales) y disciplinas de trabajo asociadas (ingenierías, biología, geología, paleontología, medicina, astronomía, etc.).
Cada proyecto contendrá un avance pormenorizado de las fases de desarrollo, así como de las actividades complementarias:
• Fase 1. Presentación y teoría del proyecto. Será dirigida por profesores universitarios y de enseñanza secundaria asociados a los Campus donde se llevarán a cabo los proyectos.
• Fase 2. Desarrollo y puesta en práctica (trabajos de campo y/o laboratorio). Esta fase estará dirigida por profesores universitarios y tendrá una duración de entre 12 y 16 horas.
• Fase 3. Tratamiento de la información, incluyendo técnicas de comunicación y divulgación de la ciencia, la tecnología y la innovación (presentación de resultados de la investigación, elaboración de informes, técnicas de oratoria, etc.). Esta fase, que será dirigida por profesores de enseñanza secundaria, tiene como objetivo reforzar los conceptos tratados en la fase 2. Se estima que el tiempo mínimo de dedicación para estas tareas, será de 3 horas a la semana.
• Fase 4. Presentación y exposición final de resultados. El último día de su estancia en Campus Científicos de Verano, todos los participantes realizarán una presentación pública (ante sus propios compañeros, profesores, y/o representantes de las instituciones colaboradoras) de los resultados obtenidos durante su participación en los proyectos. Para la preparación de esta presentación, los interesados contarán con la ayuda de los profesores de enseñanza secundaria en la fase 3.
• Actividades complementarias. El Programa Campus Científicos de Verano será complementado con actividades de ocio científico, tales como conferencias, visitas a museos y centros de ciencia, parques tecnológicos, etc. y actividades deportivas (no se realizarán deportes o actividades de riesgo). El programa de actividades será propuesto y ejecutado en su totalidad por los CEI/CEIR de acogida cubriendo un mínimo de 2 horas diarias en horario de tarde. La responsabilidad del tutelaje de dichas actividades será asumida por parte del CEI/CEIR de acogida.
1.6 Monitores de acompañamiento.
Durante su estancia en los CCV 2019, los beneficiarios estarán permanentemente acompañados por animadores científicos con titulación universitaria y experiencia en este tipo de tareas.
1.7 Tareas por parte de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología.
• Llevar a cabo la coordinación general y seguimiento del proyecto, en colaboración con el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
• Designar a un coordinador del proyecto que deberá estar localizable permanentemente durante el tiempo de desarrollo del Programa.
• Responsabilizarse de proporcionar los servicios de tutelaje de los participantes por animadores científicos especializados.
• Facilitar a la Universidad colaboradora la relación de los participantes, con la asignación de los mismos a los proyectos de acercamiento científico correspondientes, así como las fechas de participación y los datos que pudieran ser de interés para el correcto acomodo de los participantes.
• Facilitar a la Universidad colaboradora la relación de animadores científicos responsables del acompañamiento de los participantes durante su estancia en el Programa.
• Proporcionar a la Universidad colaboradora una encuesta de evaluación final del Programa a la que deberán responder todos los participantes.
• Realizar una aportación económica, en los términos e importes expuestos en el siguiente apartado.
1.8 La Universidad colaboradora.
En el caso de los Campus de Excelencia Internacional o de ámbito regional que agrupen a varias universidades se designará una Universidad colaboradora para la participación en el Programa Campus Científicos de Verano:
Será labor de la Universidad colaboradora:
– Designar a un coordinador del Proyecto CCV que asumirá las siguientes funciones:
• Interlocución con todos los agentes implicados en el Programa: responsables de FECYT y el Ministerio de Educación y Formación Profesional, profesores universitarios y de educación secundaria, responsables de los proyectos de acercamiento científico, responsables de las instalaciones universitarias donde se desarrollará el Programa (residencias de alojamiento, comedores universitarios, aulas y salas de trabajo en las universidades, etc.), responsables de la empresa de transportes que contraten para los desplazamientos de los participantes (si fuera necesario) e interlocución con los animadores científicos encargados del acompañamiento de los participantes.
• Deberá estar permanentemente localizable durante el tiempo de desarrollo del programa con el fin de comunicar y solventar las posibles incidencias que puedan surgir en el transcurso del mismo.
– Disponer de los correspondientes protocolos de actuación ante posibles incidencias acaecidas durante el desarrollo del Programa, tanto en los participantes, como en los formadores o profesores, así como en las instalaciones e infraestructura puestas a disposición del proyecto. A estos efectos la Universidad colaboradora deberá disponer de los correspondientes seguros de responsabilidad civil.
– Diseñar y elaborar los contenidos de los proyectos de acercamiento científico en los que participarán los beneficiarios que incluirán actividades científico culturales (conferencias, visitas a museos o parque tecnológicos, etc.) y proporcionar los recursos y el material fungible necesarios para el desarrollo de los mismos. En caso de ser seleccionado como CEI/CEIR participante en el Programa, deberá presentar a FECYT el proyecto definitivo con descripción de las sesiones que se realizarán cada día, incluyendo objetivos, recursos, actividades y resultados de las mismas en un plazo de dos semanas desde la comunicación de su participación en la 10ª edición de Campus Científicos de Verano.
– Diseñar y ejecutar el programa de actividades científico culturales –incluyendo las visitas a museos y/o centros tecnológicos–, así como actividades de ocio u deportivas (quedan excluidas actividades o deportes de riesgo), que serán realizadas por los participantes durante toda su estancia. En caso de ser seleccionado como CEI/CEIR participante en el Programa, deberá presentar el cronograma definitivo y organización de dichas actividades a FECYT antes del 31 de marzo de 2019.
– Designar, contratar y gestionar la participación en el Programa de profesores –universitarios y de enseñanza secundaria y profesorado de apoyo–, responsabilizándose de la gestión y financiación de las retribuciones que en su caso les corresponda. A estos efectos, realizará el seguimiento de las tareas de los profesores designados:
• Equipo de profesores universitarios –dos por proyecto de acercamiento científico–encargados de desarrollar todo lo relacionado con el trabajo de proyectos de investigación: docencia del método científico, toma de muestras y técnicas de trabajo empleados en el desarrollo de proyecto de investigación, planteamiento de hipótesis, análisis y presentación de resultados y conclusiones.
• Equipo de profesores de enseñanza secundaria –un profesor por proyecto de acercamiento científico– que, siguiendo las directrices y en coordinación con los profesores universitarios, recordarán y repasarán contenidos teóricos necesarios para el mayor rendimiento académico de los participantes. Asimismo, podrán dirigir las sesiones de técnicas de comunicación y divulgación de resultados de la investigación y ayudarán a los participantes en la preparación de presentación pública de resultados.
– Poner a disposición del Programa la logística e infraestructuras necesarias (laboratorios y salas de reuniones con acceso a Internet) para el desarrollo de los proyectos de acercamiento científico, así como para la realización de la evaluación del Programa (encuesta de satisfacción) que realizarán los participantes al finalizar su estancia. Asimismo, gestionará y facilitará el acceso de los participantes y animadores científicos a todas las instalaciones del campus (deportivas o de ocio, comedores, etc.) que sean necesarias para el correcto desarrollo de la actividad.
– Realizar la contratación y gestión de la manutención y alojamiento de los participantes. El alojamiento se realizará en residencias o colegios mayores, próximos al centro en el que se desarrolla el proyecto, y la manutención será en régimen de pensión completa, bien en el lugar de residencia o en los servicios de comedor universitarios. Asimismo, la Universidad colaboradora se responsabilizará de facilitar la gestión de la contratación del alojamiento de los animadores científicos asignados al proyecto (que será abonado por la empresa adjudicataria del servicio de acompañamiento a los participantes), que deberán acompañar en todo momento a los participantes. La información relativa al alojamiento y manutención deberá ser facilitada a FECYT el 31 de marzo de 2019.
– Realizar la contratación y gestión de los desplazamientos internos de los participantes que sean necesarios para el correcto desarrollo del Programa (desde los lugares de alojamiento a las universidades, visitas científico-culturales, etc.).
– Elaborar un Informe Final de Actividades, con la descripción de actuaciones realizadas, análisis de su repercusión, resultados obtenidos, propuesta de mejoras para futuras ediciones del Programa y justificación económica de la actividad. El informe final deberá ser entregado a FECYT antes del 31 de octubre de 2019.
– Hacer constar y destacar, en cualquier medio o soporte que sea empleado para la difusión del Programa Campus Científicos de Verano, la organización del mismo por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades).
1.9 Aspectos financieros.
Conforme a los compromisos de colaboración acordados entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, FECYT gestionará los oportunos acuerdos de colaboración con las universidades participantes para la ejecución de los proyectos de acercamiento científico seleccionados.
Como contribución a la financiación del Programa, FECYT se compromete a abonar a la Universidad Colaboradora un importe máximo de trescientos noventa y dos euros (392 €), por todos los conceptos, por estudiante que participe durante la estancia completa del Programa.
Se estima una participación por CEI/CEIR de ciento veinte (120) estudiantes durante toda la estancia del Programa, por consiguiente, el importe máximo que conceda FECYT para la ejecución, por parte de la Universidad colaboradora, de los compromisos asumidos, no podrá exceder de un total de cuarenta y siete mil cuarenta euros (47.040 €). A estos efectos, en el supuesto de que el coste final del proyecto fuera superior al importe financiado por FECYT, la Universidad colaboradora se compromete a asumir la financiación del exceso sobre dicho importe. Si por el contrario el coste final del proyecto no alcanza esta cuantía máxima (47.040,00 €), FECYT sólo abonará el importe justificado del proyecto aunque en el mismo hayan participado el total de estudiantes estimados (120).
2. Proceso de selección de CEI/CEIR.
Dado el interés manifestado por distintos CEI/CEIR, que no han participado en el desarrollo de anteriores ediciones del Programa, se va a invitar a todos los Campus de Excelencia Internacional o de ámbito regional a participar en el proceso de selección, que finalizará con la elección de los Campus, un mínimo de 10, en los que se desarrollará la décima edición del Programa.
2.1 Forma y plazo de presentación de propuestas.
Los Campus de Excelencia Internacional o de ámbito regional que deseen participar en el Programa Campus Científicos de Verano 2019 deberán presentar, un mínimo de cuatro proyectos de acercamiento científico y un máximo de 6, en los términos y con las características establecidas en el punto 1.5 anterior que se desarrollarían en su CEI/CEIR en caso de resultar seleccionados. Por cuestiones de logística los proyectos deberán desarrollarse en el mismo Campus o en las cercanías del mismo.
El plazo de presentación de los proyectos de acercamiento científico para el Programa Campus Científicos de Verano 2019 permanecerá abierto hasta las 15.00 horas (hora peninsular) del día 30 de noviembre de 2018.
Los proyectos se presentarán en un formato normalizado a través de un formulario online disponible en la dirección https://event.fecyt.es/ccv.
Para la consulta de cuestiones relacionadas con este proceso, los CEI/CEIR interesados podrán contactar con FECYT a través del número de teléfono 91 425 18 18.
La presentación de candidaturas no implica la participación en el desarrollo de la próxima edición del Programa, quedando supeditada a la evaluación que conllevará la selección de los CEI/CEIR que los desarrollarán, por lo que si en cualquier momento del procedimiento alguno de los CEI/CEIR desistiera en su interés en participar en este proceso, deberá comunicar su renuncia, mediante escrito enviado al Ministerio de Educación y Formación Profesional y a la dirección de correo electrónico informacion@campuscientificos.es, antes de la elección de las sedes que acogerán el Programa.
2.2 Criterios de evaluación.
Los proyectos de acercamiento científico presentados serán evaluados en función de los siguientes criterios:
• Descripción y objetivos del proyecto incluyendo contenido, actividades y cronograma (hasta 40 puntos). Se requiere la mayor concreción y detalle posible del contenido del proyecto y específicamente de las actividades programadas durante cada semana, con indicación de su naturaleza, duración, calendario previsto, etc.
• Contenidos adaptados en función de la edad y nivel educativo de los participantes (hasta 20 puntos).
• Las actividades propuestas contemplan prácticas experimentales y/o uso de infraestructuras y metodologías a las que los participantes no tienen acceso habitual en sus centros docentes (hasta 20 puntos).
• Adaptación de la temática del proyecto a temas de interés científico actual y con impacto social cercano para reforzar el carácter de la comunicación de los resultados (hasta 10 puntos).
• Originalidad y creatividad de la propuesta (hasta 10 puntos).
Se sumarán las puntuaciones obtenidas por los cuatro proyectos mejor valorados de cada CEI/CEIR y resultarán seleccionados los CEI/CEIR que hayan obtenido la suma de puntuaciones más alta.
El número de universidades participantes en las que se desarrollará el Programa será de un mínimo de 10, pudiendo ampliarse según disponibilidad presupuestaria. CEI/CEIR.
2.3 Comisión de evaluación.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional creará una Comisión que evaluará las propuestas presentadas en el plazo establecido, hasta las 15.00 horas (hora peninsular) del 30 de noviembre de 2018.
Esta comisión estará integrada por:
• Tres profesores universitarios de las áreas de Ciencias, Ciencias de la Salud e Ingeniería y Arquitectura designados por la CRUE.
• Dos profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Ciencias y Tecnología, designados por la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial del MEFP.
• Un representante de FECYT.
• Un representante de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa del MEFP.
La evaluación finalizará en diciembre y será comunicada a las sedes seleccionadas por parte del MEFPD a finales de mes.
2.4 Calendario orientativo del Programa.
A continuación se presentan las fechas de las diferentes fases del Programa:
• Presentación de propuestas de proyectos por parte de los CEI/CEIR: hasta el 30 de noviembre de 2018.
• Selección de CEI/CEIR participantes: finales de diciembre de 2018.
• Presentación de ficha detallada de proyectos por parte de los CEI/CEIR participantes: finales de enero de 2019.
• Facilitar a FECYT el cronograma definitivo de actividades científico culturales y deportivas y de ocio: hasta 31 de marzo de 2019.
• Realizar la contratación y gestión de la manutención y alojamiento de los participantes y animadores científicos: hasta 31 de marzo de 2019.
• Elaborar un Informe Final de Actividades: hasta 31 de octubre de 2019.
1. Objeto del encargo del tratamiento.
Mediante las presentes cláusulas se habilita a la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología F.S.P. (FECYT), (en adelante, encargado del tratamiento), para tratar por cuenta del Ministerio de Educación y Formación Profesional, (en adelante, responsable del tratamiento), los datos de carácter personal necesarios para la colaboración entre ambas partes para la definición, coordinación, ejecución y seguimiento del Proyecto «Campus Cientificos de Verano 2019 (CCV2019).
El tratamiento consistirá en:
2. Identificación de la información afectada.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio, el responsable del tratamiento pondrá a disposición del encargado del tratamiento, datos de carácter personal relativos a CEI y evaluadores, a los únicos y específicos fines de la realización del convenio. El tratamiento se realizará sobre la siguiente información:
Categorías de interesados:
• Participantes en las convocatorias.
• Inscritos.
• Beneficiarios.
• Personas que realizan consultas.
• Personas a las que se dirigen encuestas.
• Personas que ceden sus derechos de imagen.
Categorías de datos:
3. Duración.
El presente anexo tiene la misma duración que la del convenio matriz al que está unido.
4. Obligaciones del encargado del tratamiento.
La FECYT, como encargada del tratamiento, se obliga a cumplir y respetar lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante, LOPD), el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD).
Por su parte la FECYT como encargado del tratamiento, tratará los datos según a lo estipulado en el artículo 28.3 del RGPD. Así mismo informará al Delegado de Protección de Datos del Ministerio de Educación y Formación Profesional de las medidas derivadas de su responsabilidad como encargado del tratamiento, y comunicará aquellos tratamientos que necesita subcontratar conforme a los artículos 28.2 y 28.4 del RGPD.
Los datos de contacto del delegado de protección de datos de la FECYT, a efectos de notificar cualquier incidencia relativa a los datos de carácter personal son: e-mail: dpo@fecyt.es; Dirección postal: C/. Pintor Murillo 15, 28100 Alcobendas (Madrid).
5. Obligaciones del responsable del tratamiento.
Corresponde al responsable del tratamiento:
a) Entregar al encargado los datos a los que se refiere la cláusula 2 de este documento.
b) Realizar las consultas previas que corresponda.
c) Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento de la LOPD y del RGPD por parte del encargado.
Los datos de contacto del delegado de protección de datos del Ministerio de Educación y Formación Profesional, a efectos de notificar cualquier incidencia relativa a los datos de carácter personal son: e-mail: dpd@educacion.gob.es; Dirección postal: Plaza del Rey 1, 28071 Madrid.
6. Imágenes.
Respecto a las imágenes/ audiovisuales, el Ministerio de Educación y Formación Profesional (parte cedente) como responsable del tratamiento de los datos objeto de la cesión, realizará una comunicación de las imágenes /audiovisuales a FECYT (Cesionaria). Esta facultad queda limitada a los efectos de difusión mediante imágenes/audiovisuales con fines de comunicación y difusión científica. A su vez, estas imágenes de los participantes podrán ser cedidas, con la misma finalidad, a medios de comunicación e instituciones que realizan comunicación y divulgación científica. Se incluye la posibilidad de publicar las imágenes, en páginas web, redes sociales o plataformas de video online/streaming con responsables o encargados del tratamiento establecidos en la UE o entidades certificadas en el marco del Escudo de Privacidad UE - EE.UU. Decisión (UE) 2016/1250 de la Comisión, de 12 de julio de 2016, y cuyas políticas de privacidad incluyen prácticas análogas a las exigibles reglamentariamente por la legislación española y comunitaria. Las imágenes/ audiovisuales se conservarán de forma indefinida o en tanto no soliciten su supresión.
Por su parte FECYT se compromete:
1. Tratar los datos cedidos únicamente para la finalidad especificada. En ningún caso, estas imágenes serán utilizadas con fines comerciales.
2. No enriquecerlos con otros datos personales obtenidos por cauces que no garanticen el respeto al Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento UE 2016/679-RGPD), y a la LOPD.
3. No cederlos a terceros o a otros miembros de sus respectivas entidades no autorizados a su uso.
4. Aplicar los medios establecidos por sus respectivas entidades para garantizar la seguridad de los datos cedidos.
5. Guardar la confidencialidad de los datos.
6. Bloquearlos, procediendo en su caso a su destrucción una vez se cumpla el plazo de conservación establecido en el registro de actividades del tratamiento.
Cualquier tratamiento de los datos facilitados que no se ajuste a la finalidad para la que son cedidos, será responsabilidad exclusiva de FECYT, que responderá frente a terceros y frente al propio Ministerio de Educación y Formación Profesional, de los daños y perjuicios que se pudieran irrogar.
FECYT como encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a:
a. Cumplir y respetar lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante, LOPD), el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, en adelante RGPD) y su normativa de desarrollo, así como toda la normativa vigente en relación con el objeto del convenio, en especial aquélla concerniente a la protección de los derechos fundamentales.
b. Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto del presente convenio. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
c. Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del tratamiento.
Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe la LOPD o el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, el encargado informará inmediatamente al responsable.
d. Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga:
1. El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada responsable por cuenta del cual actúe el encargado y, en su caso, del representante del responsable o del encargado y del delegado de protección de datos.
2. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable.
3. En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
4. Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a:
a) La anonimización, seudonimización y el cifrado de datos personales;
b) La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento;
c) La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico;
d) El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
e. No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles.
El encargado puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del responsable. En este caso, el responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación.
Si el encargado debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará al responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.
f. Se autoriza al encargado a subcontratar a las siguientes empresas, las prestaciones que comporten los tratamientos siguientes:
Para subcontratar con otras empresas, el encargado debe comunicarlo por escrito al responsable, identificando, de forma clara e inequívoca, la empresa subcontratista y sus datos de contacto, así como información sobre las sanciones que tuviera o hubiera tenido por parte de la AEPD. La subcontratación podrá llevarse a cabo si el responsable no manifiesta su oposición en el plazo de siete días naturales.
El subcontratista, que también tiene la condición de encargado del tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el encargado del tratamiento y las instrucciones que dicte el responsable. Corresponde al encargado inicial regular la nueva relación, de forma que el nuevo encargado quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad…) y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del subencargado, el encargado inicial seguirá siendo plenamente responsable ante el responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
g. Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente convenio, incluso después de que finalice su objeto.
h. Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.
i. Mantener, a disposición del responsable, la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
j. Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
k. Asistir al responsable del tratamiento en la respuesta al ejercicio de los derechos de:
1. Acceso, rectificación, supresión y oposición;
2. Limitación del tratamiento;
3. Portabilidad de datos;
4. A no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de perfiles).
Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación,supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, ante el encargado del tratamiento, éste debe comunicarlo por correo electrónico al Delegado de Protección de Datos del Responsable en la dirección dpd@educacion.gob.es
La comunicación debe hacerse de forma inmediata y, en ningún caso, más allá de 5 días laborables siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
l. El encargado del tratamiento, en el momento de la recogida de los datos, debe facilitar la información relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará la información se debe consensuar con el responsable antes del inicio de la recogida de los datos.
m. El encargado del tratamiento notificará al responsable del tratamiento, sin dilación indebida y, en cualquier caso, antes del plazo máximo de 12 horas, y a través de un correo electrónico al Delegado de Protección de Datos del Responsable, en la dirección anteriormente indicada, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia.
Será necesaria la notificación aun cuando sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas, aunque no sea precisa la notificación a la AEPD.
Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo, la información siguiente:
a) Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados;
b) El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información;
c) Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales;
d) Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
n. Elaborar el análisis de riesgos, la evaluación de impacto y la auditoría cuando proceda.
o. Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.
p. Poner a disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.
q. Implantar los mecanismos y las medidas de seguridad siguientes:
a) Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento;
b) Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico;
c) Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento;
d) Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso;
e) Reducir al máximo el tratamiento de datos personales y adoptar medidas para evitar el acceso a estos datos por parte de personal no autorizado.
r. FECYT, como encargado de tratamiento, ha designado un delegado de protección de datos, cuya dirección de contacto es dpo@fecyt.es
s. Destruir los datos, una vez cumplida la prestación. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente boqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación. No procederá la destrucción de los datos cuando exista una previsión legal que obligue a su conservación, en cuyo caso deberán ser devueltos al responsable, que garantizará su conservación mientras tal obligación persista.
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