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Documento BOE-A-2019-6888

Corrección de errores de la Circular 2/2019, de 29 de marzo, del Banco de España, sobre los requisitos del Documento Informativo de las Comisiones y del Estado de Comisiones, y los sitios web de comparación de cuentas de pago, y que modifica la Circular 5/2012, de 27 de junio, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 10 de mayo de 2019, páginas 49660 a 49664 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2019-6888
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/2019/03/29/2/corrigendum/20190510

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Circular 2/2019, de 29 de marzo, del Banco de España, sobre los requisitos del Documento Informativo de las Comisiones y del Estado de Comisiones, y los sitios web de comparación de cuentas de pago, y que modifica la Circular 5/2012, de 27 de junio, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos; publicada en el «BOE» n.º 81, de 4 de abril de 2019; procede efectuar las siguientes correcciones:

1. En la página 34.687, en el apartado uno de la disposición final primera, donde dice «Circular XX/2019, de xx de xx», debe decir «Circular 2/2019, de 29 de marzo».

2. En la página 34.688, en el apartado cuatro de la disposición final primera, donde dice «Circular XX/2019», debe decir «Circular 2/2019».

3. En la página 34.689, en la fila nueve de la primera columna del Anejo 1 «Lista de los servicios más representativos asociados a una cuenta de pago», donde dice «Retirada de efectivo a débito mediante tarjeta en cajeros automáticos», debe decir:

«Retirada de efectivo

a débito mediante tarjeta en cajeros automáticos».

4. En la página 34.689, en la fila diez de la primera columna del Anejo 1, donde dice «Retirada de efectivo a crédito mediante tarjeta en cajeros automáticos», debe decir:

«Retirada de efectivo

a crédito mediante tarjeta en cajeros automáticos».

5. En las páginas 34.690 a 34.695, se modifica, exclusivamente, el formato de las tablas incluidas en el Anejo 2, en la forma que se muestra a continuación, dejando inalterado su contenido material:

5.1 En la página 34.690, en el punto 1 del apartado a) del Anejo 2, el formato de la tabla «Lista de servicios y subrúbricas» se sustituye por el que figura a continuación:

1

5.2 En la página 34.691, en el punto 1 del apartado b) del Anejo 2, el formato de la tabla «Servicios generales de la cuenta» se sustituye por el que figura a continuación:

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5.3 En la página 34.692, en el punto 2 del apartado b) del Anejo 2, el formato de la tabla «Pagos (excluidas las tarjetas)» se sustituye por el que figura a continuación:

1

5.4 En la página 34.692, en el punto 3 del apartado b) del Anejo 2, el formato de la tabla «Tarjetas y efectivo» se sustituye por el que figura a continuación:

1

5.5 En la página 34.693, en el punto 4.3 del apartado b) del Anejo 2, el formato de la tabla «Tarjetas y efectivo» se sustituye por el que figura a continuación:

1

5.6 En la página 34.693, en el punto 5.2 del apartado b) del Anejo 2, el formato de la tabla «Tarjetas y efectivo» se sustituye por el que figura a continuación:

1

5.7 En la página 34.694, en el punto 6 del apartado b) del Anejo 2, el formato de la tabla «Descubiertos y servicios conexos» se sustituye por el que figura a continuación:

1

5.8 En la página 34.694, en el punto 7 del apartado b) del Anejo 2, el formato de la tabla «Otros servicios» se sustituye por el que figura a continuación:

1

5.9 En la página 34.694, en el punto 8 del apartado b) del Anejo 2, el formato de la tabla «Otros servicios» se sustituye por el que figura a continuación:

1

5.10 En la página 34.695, en el punto 5 del apartado c) del Anejo 2, el formato de la tabla «Paquetes de servicio» se sustituye por el que figura a continuación:

1

5.11 En la página 34.695, en el punto 8 del apartado c) del Anejo 2, el formato de la tabla «Información sobre los servicios adicionales» se sustituye por el que figura a continuación:

1

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 10/05/2019
  • la corrección de errores de la Circular 5/2012, de 27 de junio, se establece por estar modificada por la circular 2/2019, de 29 de marzo.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Circular 2/2019, de 29 de marzo (Ref. BOE-A-2019-4955).
  • CORRIGE errores en la Circular 5/2012, de 27 de junio (Ref. BOE-A-2012-9058).
Materias
  • Consumidores y usuarios
  • Entidades de crédito
  • Información
  • Internet
  • Pagos

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