El Secretario General de Administración Digital y el Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad han suscrito, con fecha 23 de abril de 2019, una Adenda de prórroga con subrogación del Acuerdo interdepartamental de colaboración entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública (Secretaría General de Administración Digital) y el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la aplicación de nómina estándar de la Administración General del Estado NEDAES.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 8 de mayo de 2019.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Antonio J. Hidalgo López.
23 de abril de 2019.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando de Pablo Martín, Secretario General de Administración Digital, nombrado para este cargo por el Real Decreto 791/2018, de 29 de junio, actuando en nombre y representación de la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, en ejercicio de las funciones atribuidas por el Real Decreto 863/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
Y de otra, don Antonio Hidalgo López, Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, nombrado para este cargo mediante Real Decreto 393/2018, de 8 de junio, con competencias para la suscripción de Convenios, en virtud de lo dispuesto en el Orden PCI/662/2018, de 18 de junio, y Orden PRA/456/2018, de 3 de mayo, apartado II.tercero.3.g).
Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente documento de prórroga y en su virtud
EXPONEN
Que con fecha 28 de abril de 2017, el Ministerio de Hacienda y Función Pública y el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, suscribieron un «Acuerdo interdepartamental de colaboración entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública (Secretaría General de Administración Digital) y el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la aplicación de nómina estándar de la Administración General del Estado NEDAES» (en adelante Acuerdo), cuya cláusula sexta señala que:
«Los efectos del presente acuerdo comenzarán el día siguiente a su formalización por las partes y tendrán una duración de dos años, que se podrá prorrogar por sucesivos periodos anuales, hasta un máximo de cuatro.
En el acuerdo de prórroga se determinará de nuevo la contribución económica correspondiente al citado periodo, de acuerdo con las tarifas contenidas en el anexo II del acuerdo.»
Que el Ministerio de Política Territorial y Función Pública asume funciones del suprimido Ministerio de Hacienda y Función Pública, de acuerdo con la disposición final segunda del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales.
Que el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con Las Cortes e Igualdad asume funciones del suprimido Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, de acuerdo con la disposición final segunda del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales.
Que siendo el objeto compartido de las partes promover la coordinación de los proyectos de administración electrónica, para conseguir su máxima eficacia y eficiencia, ambas desean prorrogar el Acuerdo.
En base a lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la prórroga del Acuerdo, con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por un año, del Acuerdo. Por lo tanto, los efectos del presente documento, se extenderán desde el 29 de abril de 2019 hasta el 28 de abril de 2020.
Las partes intervinientes, se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración.
Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes, se entenderán vigentes hasta la extinción de la prórroga del Acuerdo por el transcurso de los plazos.
Se regulariza la prestación económica de acuerdo con la cláusula quinta en la que indica:
«No obstante, si al final cada anualidad de vigencia del Convenio el número de perceptores ha variado de forma que suponga un cambio de tarifa, se procederá a regularizar la contraprestación económica conforme a las tarifas establecidas en el anexo II. Dicha regularización se aplicará en el pago correspondiente al ejercicio siguiente.»
En particular el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con Las Cortes e Igualdad ha estimado, para el periodo de vigencia de la prórroga, el uso del sistema en 1585 perceptores y, según lo que se especifica en el anexo II del presente Convenio, el alcance de la contraprestación económica anual es de 12.524 euros.
Y en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente documento, en Madrid, en la fecha señalada en la última firma electrónica realizada.–El Secretario General de Administración Digital, Fernando de Pablo Martín.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Antonio J. Hidalgo López.
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