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Documento BOE-A-2019-8141

Resolución de 23 de mayo de 2019, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica la Adenda por la que se prorroga el Convenio con la Asociación de la Industria del Cortometraje, la Plataforma de Nuevos Realizadores y la Coordinadora del Cortometraje Español, para el lanzamiento y difusión del catálogo anual de los mejores cortometrajes del cine español.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 31 de mayo de 2019, páginas 57786 a 57788 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2019-8141

TEXTO ORIGINAL

El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, la Asociación de la Industria del Cortometraje, la Plataforma de Nuevos Realizadores y la Coordinadora del Cortometraje Español han suscrito, con fecha 23 de mayo de 2019 una adenda al Convenio suscrito el 20 de marzo de 2018 para el lanzamiento y difusión del catálogo anual de los mejores cortometrajes del cine español; por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 23 de mayo de 2019.–La Directora General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Beatriz Navas Valdés.

ANEXO
Adenda por la que se prorroga el Convenio suscrito el 20 de marzo de 2018 por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, la Asociación de la Industria del Cortometraje, la Plataforma de Nuevos Realizadores y la Coordinadora del Cortometraje Español para el lanzamiento y difusión del catálogo anual de los mejores cortometrajes del cine español

En Madrid, a 23 de mayo de 2019.

REUNIDOS

De una parte, doña Beatriz Navas Valdés, Directora General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (en adelante ICAA), organismo autónomo del Ministerio de Cultura y Deporte, con NIF Q2828017J y domicilio a efectos del presente Convenio en la Plaza del Rey, 1, 28004 Madrid. Nombrada por Real Decreto 891/2018, de 13 de julio. Actúa en nombre y representación del citado organismo en virtud de las facultades que le confiere el Real Decreto 7/1997, de 10 de enero, de estructura orgánica y funciones del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, así como el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, don Mario Madueño Cobo, Presidente de la Asociación de la Industria del Cortometraje (en adelante AIC), con NIF G66124090 y domicilio a efectos del presente Convenio en la c/ Pelayo, 9, 2-2B, 08001 Barcelona. Nombrado para el cargo en virtud del acuerdo de la Asamblea General de 11/11/2015. Actúa en nombre y representación de la entidad en virtud de las facultades que le confiere los estatutos de la asociación.

De otra parte, doña Elena Ferrándiz Sanz, Presidenta de la Plataforma de Nuevos Realizadores (en adelante PNR), con NIF G79202701 y domicilio a efectos del presente Convenio en la c/Abdón Terradas, 4, 28015 Madrid. Nombrada para el cargo en virtud de la reunión de la Asamblea General ordinaria de fecha 16/01/2018. Actúa en representación de la citada entidad en virtud de las facultades que le confieren los estatutos de la asociación.

Y de otra parte, don Jorge Sanz Pulido, Presidente de la Coordinadora del Cortometraje Español, con actuando en representación de la citada Asociación, con NIF G85727113 y domicilio a efectos del presente Convenio en la c/Guzmán el Bueno, 135, entreplanta, 28003 Madrid. Nombrado para el cargo mediante acuerdo de la Asamblea General de 27/2/2018. Actúa en representación de la citada entidad en virtud de las facultades que le confieren los estatutos de la asociación.

Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente documento y a tal efecto,

EXPONEN

I. Que con fecha 20 de marzo de 2018, las partes suscribieron un Convenio cuyo objeto es elaborar, editar y promocionar y difundir el catálogo anual de los mejores cortometrajes del cine español, para su difusión con uso promocional exclusivamente en aquellos festivales y mercados cinematográficos en los que haya presencia institucional del ICAA. Dicho Convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 15 de junio de 2018.

II. Que, antes de la finalización del plazo de un año de duración previsto en su cláusula quinta, y haciendo uso de lo establecido en la misma, las partes han decidido prorrogar el Convenio, teniendo en cuenta los buenos resultados obtenidos en la colaboración realizada para la elaboración del catálogo Shorts From Spain 2018.

Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Constituye el objeto de la presente adenda establecer una prórroga por un periodo de un año en la vigencia del Convenio suscrito el 20 de marzo de 2018 por las partes para el lanzamiento y difusión del catálogo anual de los mejores cortometrajes del cine español. El resto del clausulado se mantiene en idénticos términos, salvo lo relativo al régimen económico que se establece en la siguiente cláusula.

Segunda. Obligaciones económicas durante el periodo de prórroga del Convenio.

A. El ICAA asume los siguientes compromisos:

1.º Adquirir la cesión de los derechos de uso de los contenidos audiovisuales en formato cortometraje contenidos en el catálogo, con los diez cortometrajes más destacados del año.

Para ello, en virtud de lo estipulado Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, dado el objeto del presente Convenio y el carácter no lucrativo de la cesión de uso, se determina el abono en favor de las asociaciones firmantes de una cuantía total por los gastos de gestión y la remuneración de la cesión de uso de los derechos de autor de DOCE MIL EUROS (12.000€), implicando una reducción en las tarifas generales establecidas, distribuyéndose entre las asociaciones firmantes por terceras partes, correspondiendo CUATRO MIL EUROS (4.000€) a cada una de ellas.

El abono se realizará a cada una de las asociaciones firmantes con cargo a la aplicación presupuestaria 24-103-335C-227.06 una vez que la adenda comience a surtir sus efectos, haciéndose efectivo a medida que se ejecuten y presenten las justificaciones de las prestaciones previstas en este Convenio.

2.º Aportar una cantidad de NOVECIENTOS EUROS (900€), con cargo a la aplicación presupuestaria 24-103-335C-227.06, distribuyéndose entre las asociaciones firmantes por terceras partes, correspondiendo TRESCIENTOS EUROS (300€) a cada una de ellas, para la edición de 250 copias de DVD del catálogo 2019 para su difusión.

3.º Aportar una cantidad de DOS MIL CIEN EUROS (2.100€), con cargo a la aplicación presupuestaria 24-103-335C-227.06, distribuyéndose entre las asociaciones firmantes por terceras partes, correspondiendo SETECIENTOS EUROS (700€) a cada una de ellas, para la actualización de la página web con la información de la nueva edición del Catálogo «Shorts from Spain 2019».

4.º Difundir y promocionar el Catálogo «Shorts from Spain 2019» en todos los festivales, mercados cinematográficos y eventos similares en los que tenga presencia institucional.

B. El AIC, PNR y la Coordinadora del Cortometraje Español asumen los siguientes compromisos:

1.º Seleccionar los cortometrajes incluidos en la nueva edición del Catálogo, a través de un comité de selección. Las tres asociaciones firmantes seleccionarán a los miembros de dicho comité, y organizarán y coordinarán las reuniones del mismo, asumiendo los gastos que se deriven de dichas reuniones. El comité estará compuesto por cinco expertos.

2.º Gestionar las copias definitivas de los cortometrajes seleccionados para su edición como DVDs (250 copias) y 25 copias Bluray, y para su acceso desde cualquier dispositivo con internet a través de la página web, o de un código QR que permita la descarga en dispositivos móviles para el visionado de los cortos, así como realizar la producción y edición de las citadas copias.

3.º Realizar el diseño gráfico de las copias de los DVDs y Bluray.

4.º Gestionar y abonar, previa realización de los trámites necesarios, a los autores o titulares de los derechos de los cortometrajes incluidos el Catálogo «Shorts from Spain 2019» la remuneración por la cesión de su uso y asumir toda responsabilidad frente a terceros propietarios de derechos o titulares de los mismos, o a quienes gestionen los citados derechos de propiedad intelectual por cuenta y en interés de dichos titulares, por el uso que se realice de los cortometrajes contenidos en el Catálogo, de acuerdo con lo previsto en este Convenio.

Tercera. Eficacia, vigencia y publicidad.

Esta adenda se perfecciona con la firma, tendrá eficacia a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y estará vigente hasta el cumplimiento del objeto, con una vigencia máxima de un año.

La suscripción de la adenda se comunicará al Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo se hará público a través del portal de la transparencia, en aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman la presente adenda, en cuatro ejemplares, en todas sus hojas, en el lugar y fecha, indicados al principio.–Por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, la Directora General, Beatriz Navas Valdés.–Por la Coordinadora del Cortometraje Español, el Presidente, Jorge Sanz Pulido.–Por la Asociación de la Industria del Cortometraje, el Presidente, Mario Madueño Cobo.–Por la Plataforma de Nuevos Realizadores, la Presidenta, Elena Ferrándiz Sanz.

 

– Adenda informada favorablemente por la Abogacía del Estado el 18/01/2019.

– Adenda autorizada por el Ministerio de Hacienda el 01/02/2019.

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