De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio suscrito, con fecha 23 de mayo de 2019, entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Organización Interprofesional del Ovino y Caprino de Carne (INTEROVIC), la Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca (INTERPORC) y la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno (PROVACUNO), para la promoción de los productos cárnicos españoles en los mercados internacionales, a través de ferias y certámenes en los años 2019 y 2020, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 27 de mayo de 2019.–El Director General de la Industria Alimentaria, José Miguel Herrero Velasco.
En Madrid, a 23 de mayo de 2019.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Miranda Sotillos, Secretario General de Agricultura y Alimentación, en virtud del Real Decreto 542/2018, de 18 de junio, por el que se dispone su nombramiento (BOE de 19 de junio de 2018), actuando en nombre y representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, conforme a las atribuciones que le confiere el apartado segundo, punto 1, del capítulo II de la Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (BOE de 18 de enero de 2019).
De otra, don Raúl Muñiz Cimas, Presidente de la Organización Interprofesional del Ovino y Caprino de Carne (INTEROVIC), con NIF G-83076810 y domicilio en la calle Agustín de Bethancourt, n.º 17, 4.ª planta, 28003 Madrid, en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los Estatutos de la Interprofesional.
De otra, don Juan Alberto Herranz Herranz, Director de la Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca (INTERPORC), con NIF G-85661577 y domicilio en calle Marqués de Urquijo, n.º 10, 2.º izq., 28008 Madrid, en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los Estatutos de la Organización Interprofesional de porcino de capa blanca.
Y de otra, don Francisco Javier López López, Director de la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno (PROVACUNO), con NIF G-87305009 y domicilio en calle Infanta Mercedes, n.º 13, 4, 28020 Madrid, en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los Estatutos y la Escritura de elevación a público de acuerdos de 14 de marzo de 2017.
Sendas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Que el Real Decreto 904/2018, de 20 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por el que se modifica el Real Decreto 595/2018, de 22 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece en el artículo 6.1.m) que entre las funciones de la Dirección General de la Industria Alimentaria estará la de proponer, desarrollar y difundir actuaciones encaminadas a promocionar y orientar el consumo de productos agroalimentarios y pesqueros, que será ejercida por la Subdirección General de Promoción Alimentaria, según se dispone en el apartado 2.e) del mismo artículo.
2. Que la presencia promocional del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en ferias internacionales agroalimentarias, se realiza desde el año 2003, teniendo una experiencia, conocimientos técnicos y situación de mercado, que confirman la conveniencia de seguir desarrollando el trabajo iniciado con la participación en certámenes internacionales en los años 2019 y 2020.
3. Que la Organización Interprofesional del Ovino y Caprino de Carne (INTEROVIC), reconocida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) el 26 de julio de 2001, tiene como objetivo y fines, entre otros:
Realizar campañas para difundir y promocionar las producciones alimentarias, así como llevar a cabo actuaciones para facilitar una información adecuada a los consumidores sobre las mismas.
Promoción del consumo de productos en el mercado interior y en los mercados exteriores y suministro de información al respecto.
Que la Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca (INTERPORC), reconocida por el MAPA el 1 de agosto de 2008, tiene como objetivo y fines, entre otros:
Promocionar, valorar y difundir el conocimiento del sector porcino de capa blanca en orden a impulsar un consumo adecuado.
Promover actuaciones que faciliten una información adecuada a los intereses de los consumidores, creando una imagen pública de esta Interprofesional y de los productos que defiende, a través de acuerdos, convenios y campañas que expliquen, de forma eficaz, el beneficio que aporta al conjunto de la sociedad y, especialmente, al consumidor. Se considera idónea la constitución de comisiones de enlace con la distribución y asociaciones de consumidores, para poder llegar a un mejor conocimiento de la problemática de toda la cadena agroalimentaria.
Que la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno (PROVACUNO), reconocida por el MAPA el 23 de diciembre de 2014, tiene como objetivos y fines, entre otros:
Realizar campañas para difundir y promocionar las producciones alimentarias, así como llevar a cabo actuaciones para facilitar una información adecuada a los consumidores sobre las mismas.
Exploración de posibles mercados de exportación.
Promoción del consumo de productos en el mercado interior y en los mercados exteriores y suministro de información al respecto.
4. Que la Organización Interprofesional del Ovino y Caprino de Carne (INTEROVIC), la Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca (INTERPORC) y la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno (PROVACUNO), en adelante las interprofesionales, tienen interés en la participación conjunta con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en diversas ferias.
5. Que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las interprofesionales tienen, entre sus funciones y finalidades, la de promoción del sector cárnico, mediante la participación conjunta en ferias internacionales, con el fin de sumar conocimientos técnicos y experiencia.
Por todo ello, sendas partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
El objeto de este Convenio es la colaboración en la promoción de productos cárnicos españoles en los mercados internacionales, mediante la participación conjunta en determinadas ferias y certámenes internacionales en los años 2019 y 2020.
La participación en las acciones seleccionadas se dará a conocer y estará abierta a todas las empresas del sector. Por otra parte, las actuaciones realizadas por las interprofesionales, en las distintas ferias y certámenes internacionales contenidos en la cláusula segunda y en los anexos, serán genéricas, no discriminatorias y beneficiosas para todo el sector en su conjunto.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, se ejecutarán las actuaciones programadas relativas a la preparación y participación conjunta Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA)-interprofesionales, en las ferias y certámenes siguientes:
Food Taipei (19-22 junio 2019).
Speciality & Fine Food Singapur (17-19 julio 2019).
Cimie Chengdu (26-28 septiembre 2019).
Food África Cairo (9-11 diciembre 2019). Por las fechas de su celebración su pago se realizara en 2020.
Supermarket Trade Show Japón (febrero 2020).
El pabellón español de estas ferias internacionales representará la imagen del Reino de España como productor de productos cárnicos de calidad.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado en el anexo V bis:
1. Aportar la cantidad máxima de doscientos treinta y siete mil euros (237.000,00 euros) en su duración completa, desglosada en ciento cuarenta mil euros (140.000,00 euros) para el ejercicio económico de 2019 con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 de 2019 y noventa y siete mil euros (97.000,00 euros) en 2020, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 o la que pueda ser sustituida en el ejercicio económico su correspondiente, para abonar los gastos que se originen por el alquiler de espacios, las inscripciones y servicios de la feria, así como adaptación del diseño establecido por el MAPA.
2. Recepción previa a la ejecución de las ferias, de la propuesta de las empresas seleccionadas por las interprofesionales participantes en cada feria, para la construcción del stand en las ferias de este Convenio.
3. Participar en la preparación de las ferias con sus unidades técnicas y de promoción.
4. Aportar el material de difusión institucional.
5. Colaborar con las Consejerías del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en los países en que se celebren estas acciones promocionales.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, las Interprofesionales se comprometen a realizar las siguientes actuaciones:
1. Coordinar la participación de las diferentes interprofesionales en las ferias seleccionadas, con un stand único o con stands contiguos con una estética e imagen común.
2. Coordinar la participación de las empresas del sector para cada acto promocional. El número mínimo exigido para participar en una feria a través del Convenio será de seis empresas cuando participen más de dos interprofesionales y de cuatro empresas, cuando participen dos o menos interprofesionales.
3. Las interprofesionales, exhibirán el logo de la Estrategia #alimentosdespaña que figura en el anexo VI y conforme a las especificaciones de su correspondiente manual de uso, en todas las ferias a las que acudan con el MAPA de forma institucional.
4. Convocar de común acuerdo entre las interprofesionales participantes en cada una de las ferias a empresas especializadas, al menos a tres, para que presenten ofertas para la realización del stand de cada feria. Las empresas deberán presentar la documentación necesaria que garantice su capacidad técnica y legal para la realización del trabajo.
5. La empresa adjudicataria construirá el stand según el diseño del MAPA para ferias internacionales, o en su defecto el del ICEX, adaptándolo, en su caso, para cada feria, al perímetro del stand y a su ubicación en el recinto ferial (anexo I diseño del stand MAPA). Se remitirá al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación el proyecto de la empresa seleccionada, al menos diez días antes del inicio de las actividades. El proyecto incluirá el desarrollo de las especificaciones técnicas proporcionadas por el MAPA, de acuerdo a la normativa en vigor y a las especificaciones de los diferentes recintos feriales (anexo II, descripción del proyecto).
En el perímetro exterior se instalarán rótulos con los logotipos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, según la normativa de la imagen institucional de la Administración General del Estado.
6. Facilitar y habilitar dentro del stand un espacio o despacho para su utilización por el MAPA, en aquellas ferias en las que así lo decida el Departamento.
7. Realizar los servicios necesarios para la instalación y mantenimiento de los pabellones feriales, así como su gestión, durante los días en que se desarrollen las ferias.
8. Facilitar, en tiempo y forma, al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la información sobre las actuaciones protocolarias para su participación, así como de los programas técnicos y generales de las ferias. Se facilitarán, sin coste, a los representantes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación acreditaciones y pases para cada feria.
9. Aportar el material de exposición y decoración.
10. Remitir al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a la Subdirección General de Promoción Alimentaria, el primer día de la feria, material fotográfico compuesto por, al menos, cinco fotografías de alta calidad del stand.
11. Remitir al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Subdirección General de Promoción Alimentaria, una vez finalizada cada feria, una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas y documentos de pago en un plazo no superior a un mes de finalizada cada feria, de acuerdo con los anexos III y IV.
12. INTEROVIC aportará como mínimo la cantidad de setenta y cinco mil euros (75.000,00 euros) para la financiación, conforme al presupuesto desglosado en el anexo V, de los gastos derivados del montaje, decoración y mantenimiento de los stands, promoción, servicios de animación, traducciones, logística y apoyo técnico durante la feria, material promocional, producto y transporte, viajes y alojamientos y material de apoyo.
13. INTERPORC aportará como mínimo la cantidad de ciento treinta y cuatro mil quinientos ochenta euros (134.580,00 euros) para la financiación, conforme al presupuesto desglosado en el anexo V, de los gastos derivados del montaje, decoración y mantenimiento de los stands, promoción, servicios de animación, traducciones, logística y apoyo técnico durante la feria, material promocional, producto y transporte, viajes y alojamientos y material de apoyo.
14. PROVACUNO aportará como mínimo la cantidad de ciento cuarenta y siete mil euros (147.000,00 euros) para la financiación, conforme al presupuesto desglosado en el anexo V, de los gastos derivados del montaje, decoración y mantenimiento de los stands, promoción, servicios de animación, traducciones, logística y apoyo técnico durante la feria, material promocional, producto y transporte, viajes y alojamientos y material de apoyo.
Así mismo, cualquier aumento indicado en los conceptos citados en el presupuesto u otros distintos que se pudieran generar, será asumido por la o las Interprofesionales que hayan incurrido en dichos gastos.
El presupuesto total que conlleva la organización y celebración de las actuaciones programadas objeto del Convenio, asciende a quinientos noventa y tres mil quinientos ochenta euros (593.580,00 euros) de acuerdo con el presupuesto que se adjunta como anexo V.
1. El MAPA participará en la financiación referida, de acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera, y abonará a las interprofesionales, con cargo a sus presupuestos del ejercicio económico 2019, la cantidad de ciento cuarenta mil euros (140.000,00 euros), distribuidos según se refleja en el anexo V bis. Para ello, una vez concluida la presencia en la feria o certamen citado en la cláusula segunda, y previo al pago, cada Interprofesional deberá justificar la ejecución de las actividades en las que haya participado, aportando una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas, de acuerdo con los anexos III y IV. Posteriormente, verificada la documentación aportada, se abonará la cantidad citada mediante transferencia a las cuentas:
2. INTEROVIC: ES0831910504905647073625, abierta en el Banco Bantierra, con domicilio en la calle Recoletos, n.º 21, de Madrid.
INTERPORC: ES3700610196080121690117, abierta en la Banca March, con domicilio en la calle Núñez de Balboa, 70, Madrid.
PROVACUNO: ES3121005731720200222133, Caixa Bank, paseo de la Castellana, 51, 28046 Madrid.
3. El MAPA participará en la financiación referida, de acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera, y abonará a las interprofesionales, con cargo a sus presupuestos del ejercicio económico 2020, la cantidad de noventa y siete mil euros (97.000,000 euros). Para ello, una vez concluida la presencia en la feria o certamen citado en la cláusula segunda, y previo al pago, las interprofesionales deberán justificar la ejecución de la actividad, aportando una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas, de acuerdo con los anexos III y IV. Posteriormente, verificada la documentación aportada, se abonará la cantidad citada mediante transferencia a la cuenta de las interprofesionales.
4. La financiación restante, por un importe de trescientos cincuenta y seis mil quinientos ochenta euros (356.580,00 euros) será asumida por las interprofesionales, de acuerdo con lo previsto en el anexo V del presente Convenio.
A los efectos de garantizar el cumplimiento del presente Convenio se crea una Comisión de Seguimiento para un mejor desarrollo de las actuaciones a realizar, con la siguiente composición:
Por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación:
Dos representantes de la Subdirección General de Promoción Alimentaria. El funcionario de mayor rango de esta Subdirección presidirá la Comisión.
Un representante de la Subdirección General de Estructura de la Cadena Alimentaria.
Por parte de las Interprofesionales:
Un representante de INTEROVIC.
Un representante de INTERPORC.
Un representante de PROVACUNO.
Dicha Comisión realizará las siguientes funciones:
El estudio de las propuestas de decoración e instalación de los pabellones feriales y la distribución de los espacios de los pabellones.
La resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de la ejecución del Convenio.
El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
En todo lo que no esté expresamente previsto sobre el funcionamiento de esta Comisión serán de aplicación las normas sobre los órganos colegiados, previstas en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La actuación conjunta Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación-interprofesionales constará de modo visible y fácilmente legible en toda la publicidad, difusión, resultados, etc., que se realice en cualquier medio de difusión, por cualquiera de las partes, notificando dicha actuación previamente a la otra parte.
El presente Convenio surtirá efectos desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público), tras su correspondiente inscripción en el Registro Electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal (REOICO), hasta el 30 abril de 2020.
Cualquiera de las partes podrá proponer la revisión de este Convenio, en cualquier momento, antes de su finalización, para introducir las modificaciones que estimen pertinentes. De producirse la revisión del clausulado del Convenio, los correspondientes cambios habrán de incorporarse al mismo y requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
El presente Convenio quedará extinguido ante el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las causas de resolución.
El presente Convenio podrá ser resuelto según lo establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El incumplimiento total o parcial de las condiciones impuestas en este Convenio, dará lugar a la obligación de reintegrar las cantidades percibidas, en todo o parte, más los intereses de demora correspondientes, conforme a criterios de proporcionalidad.
Cuando no se ejecuten todas las acciones previstas en el presente Convenio, se valorará su nivel de incumplimiento, siendo el importe a abonar a la Interprofesional proporcional al importe de las acciones realizadas.
La eficacia de este Convenio en relación con las actuaciones financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para los años 2019 y 2020, queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 o la que pueda sustituirla en los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio correspondiente.
Sin perjuicio de las líneas de actuación en materia de difusión de la información, y de la publicidad que las partes den a este Convenio o a las actuaciones derivadas del mismo, las partes velarán por la debida confidencialidad de la información que se genere entre ambas.
Si de las actuaciones realizadas al amparo del presente Convenio se derivaran derechos de propiedad industrial, intelectual u otros de análoga naturaleza, serán propiedad en partes iguales del MAPA y las interprofesionales, sin que ninguna de las partes cotitulares pueda ejercer su derecho de explotación de manera independiente, sin el consentimiento expreso y por escrito del otro cotitular.
Asimismo, ambas partes en el ejercicio de las funciones previstas en el presente Convenio, adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
El presente Convenio tiene la naturaleza de lo previsto en el artículo 47.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siéndole de aplicación.
Los conflictos a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente Convenio, que no hayan sido resueltos por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula sexta, quedarán sometidos al conocimiento y resolución de la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.
En prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, otorgan el presente documento, en cinco ejemplares y en el lugar y fecha al principio indicados.–El Secretario General de Agricultura y Alimentación, Fernando Miranda Sotillos.–El Presidente de la Organización Interprofesional del Ovino y Caprino de Carne, Raúl Muñiz Cimas.–El Director de la Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, Juan Alberto Herranz Herranz.–El Director de la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno, Francisco Javier López López.
Empresa especializada contratada.
Diseño del proyecto aplicado.
Cronograma inicial de la actividad.
Empresas participantes.
Valoración final de las actividades realizadas, indicando el grado de consecución de los objetivos iniciales y grado de satisfacción.
Deberá contener el siguiente índice:
Feria programada. Descripción y datos de participación. Cronograma final.
Nombre de las empresas del sector participantes y su valoración económico-empresarial de su asistencia a la feria.
Conclusiones.
La información contenida en el informe económico a presentar estará soportada por las correspondientes relaciones de gastos justificados de cada una de las actuaciones promocionales ejecutadas.
Feria |
MAPA |
Interprofesional |
Total ejecutado |
||||
---|---|---|---|---|---|---|---|
Concepto del gasto |
Importe según Convenio |
Importe ejecutado |
Concepto del gasto |
Importe según Convenio |
Importe ejecutado |
||
La valoración económica de las acciones promocionales tiene un coste máximo de quinientos noventa y tres mil quinientos ochenta euros (593.580,00 euros), que se desglosan de la siguiente manera:
Ferias |
MAPA (Euros) |
INTERPORC (Euros) |
PROVACUNO (Euros) |
INTEROVIC (Euros) |
Total (Euros) |
|
---|---|---|---|---|---|---|
Food Taipei. (19-22 junio 2019). |
Espacio (suelo) e inscripción*. |
40.000,00 |
– |
– |
– |
100.000,00 |
Montaje, decoración, promoción, folletos y viajes**. |
– |
60.000,00 |
– |
– |
||
Speciality & Fine Food. (17-19 julio 2019). |
Espacio (suelo) e inscripción*. |
40.000,00 |
– |
– |
– |
100.000,00 |
Montaje, decoración, promoción, folletos y viajes**. |
– |
– |
30.000,00 |
30.000,00 |
||
Cimie Chengdu. (26-28 septiembre 2019). |
Espacio (suelo) e inscripción*. |
60.000,00 |
– |
– |
– |
150.000,00 |
Montaje, decoración, promoción, folletos y viajes**. |
– |
– |
45.000,00 |
45.000,00 |
||
Food Africa Cairo. (9-11 diciembre 2019). |
Espacio (suelo) e inscripción*. |
48.000,00 |
– |
– |
– |
120.000,00 |
Montaje, decoración, promoción, folletos y viajes**. |
– |
– |
72.000,00 |
– |
||
Supermarket Trade Show Japón. (Febrero 2020). |
Espacio (suelo) e inscripción*. |
49.000,00 |
– |
– |
– |
123.580,00 |
Montaje, decoración, promoción, folletos y viajes**. |
– |
74.580 |
– |
– |
||
Total pago año 2019 |
140.000,00 |
60.000,00 |
75.000,00 |
75.000,00 |
350.000,00 |
|
Total pago año 2020 |
97.000,00 |
74.580,00 |
72.000,00 |
– |
243.580,00 |
|
Total años 2019 y 2020 |
237.000,00 |
134.580,00 |
147.000,00 |
75.000,00 |
593.580,00 |
* Gastos que se originen por el alquiler de espacios, las inscripciones y servicios de la feria, así como adaptación del diseño establecido por el MAPA.
**Gastos derivados del montaje, decoración y mantenimiento de los stands, promoción, servicios de animación, traducciones, logística y apoyo técnico durante la feria, material promocional, producto y transporte, viajes y alojamientos y material de apoyo.
Ferias |
Organización Interprofesional |
Importe (Euros) |
---|---|---|
Año 2019 |
||
Food Taipei (19-22 de junio 2019). |
INTERPORC |
40.000,00 |
Speciality & Fine Food (17-19 julio 2019). |
PROVACUNO |
20.000,00 |
INTEROVIC |
20.000,00 |
|
Cimie Pekín (26-28 septiembre 2019). |
PROVACUNO |
30.000,00 |
INTEROVIC |
30.000,00 |
|
Total 2019 |
140.000,00 |
|
Año 2020 |
||
Food Africa Cairo (diciembre 2019). |
PROVACUNO |
48.000,00 |
Supermarket Trade Show Japón (febrero 2020). |
INTERPORC |
49.000,00 |
Total 2020 |
97.000,00 |
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