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Documento BOE-A-2019-8223

Resolución de 23 de mayo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la actualización salarial para 2017, 2018 y 2019 del VI Convenio colectivo general de ámbito nacional para el sector de aparcamientos y garajes.

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 3 de junio de 2019, páginas 58190 a 58191 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-8223
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2019/05/23/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de 20 de marzo de 2019 en la que se contiene el acuerdo de actualización salarial para 2017, 2018 y 2019 del VI Convenio colectivo general de ámbito nacional para el sector de aparcamientos y garajes (código de convenio n.º 99011445011900), que fue suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio de la que forman parte la asociación empresarial ASESGA, en representación de las empresas del sector, y las organizaciones sindicales CC.OO. y ,UGT en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de mayo de 2019.–El Director general de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL VI CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE ÁMBITO NACIONAL PARA EL SECTOR DE APARCAMIENTOS Y GARAJES

En Madrid, siendo las 13,30 horas del día 20 de marzo de 2019, en la sede de ASESGA, se reúnen las personas que a continuación se relacionan, en las representaciones que se indican:

POR ASESGA:

Sara Blanco Gutiérrez.

Ana Herrera Couceiro.

Amparo Revuelta de Rojas.

Por Comisiones Obreras:

José Antonio Fernández Redondo.

Amaya Amilibia Ortiz.

Por Unión General de Trabajadores:

Diego Buenestado García.

Emilio Cardero Millán.

El objeto de la reunión, previamente conocido por las partes, es proceder a revisar y actualizar las tablas salariales aplicables para los años 2017, 2018 y 2019.

ACUERDOS

Primero.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 54 del Convenio, habiendo sido el IPC real general del año 2016 de un 1,6%, se procede a incrementar en la diferencia entre ese porcentaje y el 1,5% prefijado en el artículo, esto es, incrementar en un 0,1% los salarios mínimos de garantía recogidos en el artículo 54 del Convenio, para el año 2017.

Se adjunta a este acta la correspondiente tabla salarial.

Segundo.

Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 19.4 del Convenio, habiendo sido el IPC real general del año 2017 de un 1,1%, se procede a incrementar en dicho porcentaje los salarios mínimos de garantía recogidos en el artículo 54 del Convenio, para el año 2018.

Se adjunta a este acta la correspondiente tabla salarial.

Tercero.

Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 19.4 del Convenio, habiendo sido el IPC real general del año 2018 de un 1,2%, se procede a incrementar en dicho porcentaje los salarios mínimos de garantía recogidos en el artículo 54 del Convenio, para el año 2019.

Se adjunta a este acta la correspondiente tabla salarial.

Cuarto.

Se acuerda como fecha de abono de los posibles atrasos, si los hubiere, la mensualidad siguiente a la fecha de la publicación de este acta en el BOE.

Quinto.

Se acuerda facultar a doña Ana Herrera Couceiro con DNI 33.502.490T para que en nombre de esta Comisión realice cuantas gestiones sean necesarias para el depósito, registro y publicación por los organismos competentes de esta acta.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 14:00 horas.

ANEXO: TABLAS SALARIOS MÍNIMOS DE GARANTÍA AÑOS 2017, 2018 Y 2019
Nivel Grupo soporte Grupo operativo 2017 2018 2019

I

Jefe de Área.

Jefe de servicio.

16.774,02

16.958,53

17.162,03

Licenciado/Grado Superior.

II

Jefe de Sección.

Encargado.

15.873,48

16.048,08

16.240,66

Técnico medio /Diplomado.

III

Oficial administrativo.

Agente de aparcamiento.

14.445,13

14.604,03

14.779,28

Oficial de mantenimiento.

Operador centro control.

IV

Auxiliar administrativo.

Auxiliar de aparcamiento.

13.143,76

13.288,34

13.447,80

Engrasador-Lavacoches.

Personal de limpieza.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/05/2019
  • Fecha de publicación: 03/06/2019
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 27 de abril de 2017 (Ref. BOE-A-2017-5495).
Materias
  • Aparcamiento
  • Convenios colectivos
  • Garajes

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