Está Vd. en

Documento BOE-A-2019-8319

Sentencia de 11 de abril de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar el recurso contencioso-administrativo núm. 4710/2016 contra el artículo 52.3 del Anexo XII del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro, y anular el artículo 52.3 del Anexo XII del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, en el extremo en que extiende la reversión de las obras de aprovechamiento e instalaciones electromecánicas de las centrales ubicadas fuera del dominio público, con el carácter de gratuitas, en términos de generalidad y no condicionadas al título concesional.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 5 de junio de 2019, páginas 58621 a 58621 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2019-8319

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 4710/2016, interpuesto por la representación procesal de la Diputación Provincial de Huesca y de los Ayuntamientos de Bielsa, Laspuña, Panticosa, Plan, San Juan de Plan y Tella-Sin contra el artículo 52.3 del anexo XII del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las Demarcaciones Hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las Demarcaciones Hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro, la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, con fecha 11 de abril de 2019, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:

Primero.

Ha lugar al recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la Diputación Provincial de Huesca y de los Ayuntamientos de Bielsa, Laspuña, Panticosa, Plan, San Juan de Plan y Tella-Sin contra el artículo 52.3 del anexo XII del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las Demarcaciones Hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las Demarcaciones Hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.

Segundo.

Anulamos por disconforme a derecho dicho artículo 52.3 del anexo XII del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, en el extremo en que extiende la reversión de las obras de aprovechamiento e instalaciones electromécanicas de las centrales ubicadas fuera del dominio público, con el carácter de gratuitas, en términos de generalidad y no condicionadas al título concesional.

Tercero.

Sin costas.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma.–José Manuel Sieira Míguez.–Octavio Juan Herrero Pina.– Juan Carlos Trillo Alonso.–Inés Huerta Garicano.–César Tolosa Tribiño.–Firmado.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 11/04/2019
  • Fecha de publicación: 05/06/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE INTERPRETA lo indicado de la Sentencia, por Auto del TS de 6 de mayo de 2019 (Ref. BOE-A-2019-8320).
Referencias anteriores
  • DECLARA la anulación de lo indicado del art. 52.3 del anexo XII del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero (Ref. BOE-A-2016-439).
Materias
  • Aguas
  • Demarcación hidrográfica
  • Dominio Público Hidráulico
  • Planificación hidrológica
  • Tribunal Supremo

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid