Está Vd. en

Documento BOE-A-2019-9422

Resolución de 31 de mayo de 2019, de la Dirección General de Planificación y Formación Profesional del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se publica la convocatoria del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 21 de junio de 2019, páginas 66645 a 66649 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-A-2019-9422

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral (BOE número 205, de 25 de agosto), y una vez firmada la resolución de la Dirección General de Planificación y Formación Profesional, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte por la que se convoca el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación incluidas en diversas cualificaciones del catálogo nacional de cualificaciones profesionales, el Director General de Planificación y Formación Profesional del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, resuelve anunciar los siguientes aspectos de la misma: 

Primero.

La Resolución de 21 de mayo de 2019, del Director General de Planificación y Formación Profesional del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, por la que se convoca el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación incluidas en diversas cualificaciones del catálogo nacional de cualificaciones profesionales, está previsto que se publique en el Boletín Oficial de Aragón de fecha 6 de junio de 2019.

Segundo.

Se convoca el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, correspondientes a las unidades de competencia siguientes

CONVOCATORIA:

ADG 2019-12 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE RECEPCIÓN Y RELACIÓN CON EL CLIENTE.

FAMILIA PROFESIONAL:

ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN (ADG)

NIVEL:

2

CUALIFICACIÓN:

ADG307_2 Actividades administrativas de recepción y relación con el cliente, establecida por Real Decreto 107/2008, de 1 de febrero.

UNIDADES DE COMPETENCIA:

UC0233_2

Manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y la documentación.

UC0975_2

Recepcionar y procesar las comunicaciones internas y externas.

UC0976_2

Realizar las gestiones administrativas del proceso comercial.

UC0973_1

Introducir datos y textos en terminales informáticos en condiciones de seguridad, calidad y eficiencia.

UC0977_2

Comunicarse en una lengua extranjera con un nivel de usuario independiente en las actividades de gestión administrativa en relación con el cliente.

UC0978_2

Gestionar el archivo en soporte convencional e informático.

Estas unidades de competencia están incluidas en:

CERTIFICADO DE PROFE- SIONALIDAD:

ADGG0208 Actividades administrativas en la relación con el cliente, establecido por Real Decreto 1210/2009, de 17 de julio, y modificado por Real Decreto 645/2011, de 9 de mayo).

TÍTULO DE FORMACIÓN PROFESIONAL:

Técnico en Gestión Administrativa, establecido por Real Decreto 1631/2009, de 30 de octubre, y modificado por Real Decreto 1126/2010, de 10 de septiembre.

CONVOCATORIA:

COM 2019-13 ACTIVIDADES DE VENTA Y GESTIÓN DEL PEQUEÑO COMERCIO.

FAMILIA PROFESIONAL:

COMERCIO Y MARKETING (COM).

NIVEL:

2

CUALIFICACIÓN:

COM085_2 Actividades de venta, establecida por Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, y actualizada por Real Decreto 109/2008, de 1 de febrero.

COM631_2 Actividades de gestión del pequeño comercio, establecida por Real Decreto 889/2011, de 24 de junio.

UNIDADES DE COMPETENCIA:

UC0239_2

Realizar la venta de productos y/o servicios a través de los diferentes canales de comercialización.

UC1002_2

Comunicarse en inglés con un nivel de usuario independiente, en actividades comerciales.

UC0241_2

Ejecutar las acciones del servicio de atención al cliente, consumidor y usuario.

UC0240_2

Realizar las operaciones auxiliares a la venta.

UC2104_2

Impulsar y gestionar un pequeño comercio de calidad.

UC2105_2

Organizar y animar el punto de venta de un pequeño comercio.

UC1792_2

Gestionar la prevención de riesgos laborales en pequeños negocios.

UC2106_2

Garantizar la capacidad de respuesta y abastecimiento del pequeño comercio.

Estas unidades de competencia están incluidas en:

CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD:

COMV0108 Actividades de venta, establecido por Real Decreto 1377/2008, de 1 de agosto, y modificado por el Real Decreto 1522/2011, de 31 de octubre.

COMT0112 Actividades de gestión del pequeño comercio, establecido por Real Decreto 614/2013, de 2 de agosto, modificado por Real Decreto.982/2013, de 13 de diciembre.

TÍTULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL:

Técnico en Actividades comerciales, establecido por el Real Decreto 1688/2011, de 18 de noviembre.

Técnico en Comercialización de productos alimenticios, establecido por el Real Decreto 189/2018, de 6 de abril.

CONVOCATORIA:

INA 2019-14 PANADERÍA.

FAMILIA PROFESIONAL:

INDUSTRIAS ALIMENTARIAS (INA).

NIVEL: 2

CUALIFICACIÓN:

INA015_2: Panadería y bollería, establecida por Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero.

UNIDADES DE COMPETENCIA:

UC0034_2

Realizar y/o dirigir las operaciones de elaboración de masas de panadería y bollería.

UC0036_2

Aplicar la normativa de seguridad, higiene y protección del medio ambiente en la industria panadera.

UC0035_2

Confeccionar y/o conducir las elaboraciones complementarias, composición, decoración y envasado de los productos de panadería y bollería.

Estas unidades de competencia están incluidas en:

CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD:

INAF0108 Panadería y bollería, establecido por Real Decreto 1380/2009, de 28 de agosto

TÍTULO DE FORMACIÓN PROFESIONAL:

Técnico en Panadería, repostería y confitería, establecido por Real Decreto 1399/2007, de 29 de octubre

CONVOCATORIA:

SSC 2019-15 MEDIACIÓN COMUNITARIA.

FAMILIA PROFESIONAL:

SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD (SSC).

NIVEL: 3

CUALIFICACIÓN:

SSC324_3 Mediación comunitaria, establecida por Real Decreto 1368/2007, de 19 de octubre, y actualizada por Orden PRE/2053/2015, de 1 de octubre.

UNIDADES DE COMPETENCIA:

UC1038_3

Identificar y concretar las características y necesidades del contexto social de la intervención.

UC1039_3

Prevenir conflictos entre distintas personas, actores y colectivos sociales.

UC1040_3

Organizar e implementar el proceso de gestión de conflictos.

UC1041_3

Realizar la valoración, el seguimiento y la difusión de la mediación como una vía de gestión de conflictos.

UC1026_3

Incorporar la perspectiva de género en los proyectos de intervención social.

Estas unidades de competencia están incluidas en:

CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD:

SSCG0209 Mediación comunitaria, establecido por Real Decreto 721/2011, de 20 de mayo

TÍTULO DE FORMACIÓN PROFESIONAL:

Técnico Superior en Integración Social, establecido por Real Decreto 1074/2012, de 13 de julio.

CONVOCATORIA:

IMA 2019-16 MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES

CALORÍFICAS Y DE CLIMATIZACIÓN

FAMILIA PROFESIONAL:

INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO (IMA)

NIVEL: 2

CUALIFICACIONES:

IMA368_2 Montaje y mantenimiento de instalaciones caloríficas, establecida por Real Decreto 182/2008, de 8 de febrero

IMA369_2 Montaje y mantenimiento de instalaciones de climatización y ventilación-extracción, establecida por Real Decreto 182/2008, de 8 de febrero

UNIDADES DE COMPETENCIA:

UC1156_2

Montar instalaciones caloríficas.

UC1157_2

Mantener instalaciones caloríficas

UC1158_2

Montar instalaciones de climatización y ventilación-

extracción.

UC1159_2

Mantener instalaciones de climatización y ventilación-

extracción.

Estas unidades de competencia están incluidas en:

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD:

IMAR0408 Montaje y mantenimiento de instalaciones caloríficas, establecido por Real Decreto 715/2011, de 20 de mayo

IMAR0208 Montaje y mantenimiento de instalaciones de climatización y ventilación-extracción, establecido por Real Decreto 1375/2009, de 28 de agosto, y modificado por Real Decreto 715/2011, de 20 de mayo

TÍTULO DE FORMACIÓN PROFESIONAL:

Técnico en Instalaciones de producción de calor, establecido por Real Decreto 1792/2010, de 30 de diciembre

Técnico en Instalaciones frigoríficas y de climatización, establecido por Real Decreto 1793/2010, de 30 de diciembre

CONVOCATORIA:

IMS 2019-17 LUMINOTECNIA PARA EL ESPECTÁCULO EN VIVO

FAMILIA PROFESIONAL:

IMAGEN Y SONIDO (IMS)

NIVEL:

3

CUALIFICACIÓN:

IMS 075_3 Luminotecnia para el espectáculo en vivo, establecida por Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, y modificada por Real Decreto 1200/2007, de 14 de septiembre.

UNIDADES DE COMPETENCIA:

UC0210_3

Participar en la elaboración de la iluminación de un espectáculo en vivo, manteniéndola y reproduciéndola en distintas situaciones de explotación.

UC0212_3

Servir ensayos y funciones.

UC0211_3

Gestionar, coordinar, supervisar y realizar el montaje, desmontaje y mantenimiento de los equipos de iluminación para un espectáculo en vivo.

Estas unidades de competencia están incluidas en:

CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD:

IMSE0109 Luminotecnia para el espectáculo en vivo, establecido por Real Decreto 621/2013, de 2 de agosto

TÍTULO DE FORMACIÓN PROFESIONAL:

Técnico Superior en Iluminación, Captación y Tratamiento de Imagen, establecido por Real Decreto 1686/2011, de 18 de noviembre

Tercero. Plazas convocadas.

El número de plazas previstos para cada convocatoria es:

Convocatoria

Plazas convocadas

ADG 2019-12 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE RECEPCIÓN Y RELACIÓN CON EL CLIENTE.

75

COM 2019-13 ACTIVIDADES DE VENTA Y GESTIÓN DEL PEQUEÑO COMERCIO.

60

INA 2019-14 PANADERÍA.

50

SSC 2019-15 MEDIACIÓN COMUNITARIA.

50

IMA 2019-16 MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES CALORÍFICAS Y DE CLIMATIZACIÓN.

50

IMS 2019-17 LUMINOTECNIA PARA EL ESPECTÁCULO EN VIVO.

50

Se podrá ampliar el número de plazas de estas convocatorias cuando existan circunstancias que lo justifiquen. Dicha ampliación se publicitará a través de la página web de la Agencia de las Cualificaciones Profesionales de Aragón http://servicios.aragon.es/pwac/

Sin perjuicio de lo anterior y excepcionalmente, para atender circunstancias que lo justifiquen, se podrá admitir un número de personas superior a las plazas convocadas.

Cuarto.

El plazo de presentación de solicitudes será del 5 al 25 de septiembre de 2019, ambos inclusive

Quinto.

Las bases de la resolución de la convocatoria del presente procedimiento, así como la solicitud de participación, estarán disponibles a efectos informativos en la siguiente dirección de Internet, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte: http://servicios.aragon.es/pwac/

Sexto.

La solicitud cumplimentada en la aplicación informática deberá imprimirse y, junto con la documentación justificativa que se indica, ser presentada, en el plazo establecido, en el centro gestor asignado a la convocatoria:

Convocatoria Centro gestor

ADG 2019-12 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE RECEPCIÓN Y RELACIÓN CON EL CLIENTE.

CPIFP CORONA DE ARAGÓN (ZARAGOZA).

COM 2019-13 ACTIVIDADES DE VENTA Y GESTIÓN DEL PEQUEÑO COMERCIO.

CPIFP LOS ENLACES (ZARAGOZA).

INA 2019-14 PANADERÍA Y BOLLERÍA.

CPIFP SAN LORENZO (HUESCA).

SSC 2019-15 MEDIACIÓN COMUNITARIA.

CPIFP MONTEARAGÓN (HUESCA).

IMA 2019-16 MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES CALORÍFICAS Y DE CLIMATIZACIÓN.

CPIFP PIRÁMIDE (HUESCA).

IMS 2019-17 LUMINOTECNIA PARA EL ESPECTÁCULO EN VIVO.

CPIFP LOS ENLACES (ZARAGOZA).

Asimismo, la solicitud podrá presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, incluyendo las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón y oficinas de Correos.

Séptimo.

La presente convocatoria se encuentra entre las actuaciones financiables en el Programa Operativo Empleo, Formación y Educación, programa financiado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

Octavo. Cláusula de género.

En los casos en que esta resolución utiliza sustantivos de género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos, debe entenderse que se hace por mera economía en la expresión, y que se utilizan de forma genérica con independencia del sexo de las personas aludidas o de los titulares de dichos cargos o puestos, con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.

Zaragoza, 31 de mayo de 2019.–El Director General de Planificación y Formación Profesional, Ricardo Almalé Bandrés.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid