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Documento BOE-A-2019-9463

Resolución de 19 de junio de 2019, de la Subsecretaría, por la que se modifica la composición del Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, convocadas por Resolución de 14 de mayo de 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 24 de junio de 2019, páginas 66830 a 66830 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2019-9463

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 14 de mayo de 2019 (BOE de 20 de mayo) se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, figurando en su anexo III la composición del Tribunal calificador de estas pruebas.

Por razones organizativas resulta necesario sustituir a la presidenta del tribunal suplente, quedando el mencionado anexo III configurado en los términos siguientes:

Tribunal suplente:

Baja:

Presidenta: María Luisa Ballesteros Jareño, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado.

Alta:

Presidenta: Azucena Sánchez Sánchez, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA.

Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 19 de junio de 2019.–La Subsecretaria de Agricultura, Pesca y Alimentación, María Dolores Ocaña Madrid.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/06/2019
  • Fecha de publicación: 24/06/2019
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