Está Vd. en

Documento BOE-A-2019-9881

Resolución de 26 de junio de 2019, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se cancela el derecho al uso del distintivo de calidad "Sello Vida Saludable".

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2019, páginas 71160 a 71160 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-A-2019-9881

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre, se crea el distintivo de calidad de centros docentes Sello Vida Saludable (BOE del 24).

La Orden ECD/2475/2015 en su artículo 7.2 establece que «periódicamente, y al menos cada dos años, podrán realizarse revisiones por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con el fin de comprobar si se continúan cumpliendo los requisitos que justificaron la concesión».

Mediante Resolución de 13 de junio de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, se concedió el distintivo de calidad «Sello Vida Saludable» para el 2016 (BOE del 21).

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 7.2 de la Orden ECD/2475/2015, una vez revisados todos los centros adjudicatarios de 2016, y de acuerdo con la propuesta formulada por la comisión evaluadora, he resuelto:

Primero.

Cancelar el derecho al uso del distintivo «Sello Vida Saludable» como consecuencia del incumplimiento de las condiciones que fundamentaron su otorgamiento al centro:

Número de solicitud Nombre del centro Código
DCSVS/00157 IES Ribera del Tajo. 45005471
Segundo.

La presente resolución se dicta en virtud a lo establecido en la Orden EFP/1422/2018, de 27 de diciembre, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Tercero.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 26 de junio de 2019.–El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, P.D. (Orden EFP/1422/2018, de 27 de diciembre), la Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Consuelo Vélaz de Medrano Ureta.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid