Está Vd. en

Documento BOE-A-2020-10276

Resolución de 3 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores en la de 11 de agosto de 2020, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria, convocado por Resolución de 17 de enero de 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 7 de septiembre de 2020, páginas 74175 a 74176 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2020-10276

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 11 de agosto de 2020, de la Subsecretaría («Boletín Oficial del Estado» de 18 de agosto), se hizo pública la relación definitiva de admitidos y excluidos de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria, convocado por Resolución de 17 de enero de 2020.

Advertidos errores en el anexo III relativo a las causas de exclusión en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria, por omisión de las causas de exclusión de la número quince a la veinte, ambas inclusive, se procede a efectuar la corrección pertinente y a publicar de nuevo el anexo III.

El anexo III se expondrá en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, en la Dirección General de la Función Pública y en la página web del Ministerio del Interior (www.interior.gob).

Madrid, 3 de septiembre de 2020.–La Subsecretaria del Interior, Isabel Goicoechea Aranguren.

ANEXO III
Causas de exclusion

Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria

1. Instancia fuera de plazo.

2. Falta de pago de las tasas de los derechos de examen y/o falta justificación exención tasas.

3. Falta certificado de demanda de empleo, o certificado incompleto.

4. No poseer nacionalidad española y/o estados miembros de la Unión Europea.

5. Inexactitud o falta de certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.

6. Falta certificado de no haber rechazado ofertas de empleo adecuadas, ni que se haya negado a participar en acciones de promoción, formación o reconversiones profesionales.

7. Falta antigüedad requerida en INEM.

8. Falta justificación familia numerosa y/o sin compulsar.

9. Documentación incompleta de acreditación de nacionalidad española.

10. Edad insuficiente/omisión fecha nacimiento.

11. Falta firma en solicitud.

12. No consiente verificación de datos y no aporta fotocopia compulsada del DNI.

13. No estar en posesión del título de Médico especialista en Medicina Familiar y Comunitaria y en Medicina interna o Médico especialista en Psiquiatría.

14. Falta idioma para la realización del cuarto ejercicio.

15. Instancia no ajustada al Modelo 790.

16. Rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.

17. Falta acreditación víctima del terrorismo y/o documento sin compulsar.

18. Falta justificante de discapacidad y/o sin compulsar.

19. Falta número del DNI.

20. Falta indicación especialidad a la que se presenta.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/09/2020
  • Fecha de publicación: 07/09/2020
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 11 de agosto de 2020 (Ref. BOE-A-2020-9827).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid