En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda n.º 5 del Acuerdo de delegación de la Unión Europea relativo un método de ejecución centralizada indirecta relativa a la ejecución de la acción: «Apoyo a la Estrategia de Seguridad Centroamericana (ESCA)», DCI-ALA/2013/335-311», cuyo texto figura anexo a esta resolución.
Asimismo, se indica que el Convenio, los anexos y las nuevas versiones de los anexos I, II y III modificados por la adenda n.º 5 se encuentran disponibles en la sede electrónica de la AECID.
Madrid, 19 de agosto de 2020.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P. S. (Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre), la Jefa de Departamento de Gestión Económica, Financiera y Presupuestaria, Almudena Pérez Redondo.
La Unión Europea, representada por la Delegación de la Unión Europea en Nicaragua, con dirección del Colegio Teresiano, 1 cuadra al Este, frente a Clínica Tiscapa, Managua, (en lo sucesivo denominado «el órgano de Contratación»), de una parte, y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), con sede en avda. Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid, (en lo sucesivo, «el Organismo Delegado»), de otra parte.
Han convenido en lo siguiente:
Las siguientes disposiciones del Acuerdo de Delegación DCI-ALA/2013/335-311 del «Apoyo a la Estrategia de Seguridad Centroamericana (ESCA)», firmado entre la Comisión y el Organismo Delegado con fecha 20 de diciembre de 2013, quedan modificadas de la siguiente forma:
Condiciones particulares
Donde dice:
«2.3 El período de aplicación del Acuerdo, según lo establecido en el anexo I, es 105 de meses, de los cuales 16 meses corresponden al período de financiación de la AECID desde el momento de la solicitud de contribución, 77 meses corresponden a la fase de aplicación operativa y 12 meses corresponden a la fase de cierre.»
Debe decir:
«2.3 El período de aplicación del Acuerdo, según lo establecido en el anexo I, es de 123 meses, de los cuales 16 meses corresponden al período de financiación de la AECID desde el momento de la solicitud de contribución, 95 meses corresponden a la fase de aplicación operativa y 12 meses corresponden a la fase de cierre.»
El período de ejecución del Acuerdo de Delegación es de 107 meses, de los cuales 95 meses corresponden a la fase de aplicación operativa y 12 meses corresponden a la fase de cierre.
El período de aplicación del Acuerdo es de 123 meses, de los cuales 16 meses corresponden al período de financiación de la AECID desde el momento de la solicitud de contribución, 95 meses corresponden a la fase de aplicación operativa y 12 meses corresponden a la fase de cierre. La elegibilidad de los costes de la contribución de la UE empezará partir de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo de Delegación.
6. Anexos
Se adjunta al presente addendum, las modificaciones al anexo I: Marco Lógico, del anexo I del Acuerdo de Delegación: Descripción de la acción y descripción de las tareas delegadas.
Se adjunta al presente addendum, las modificaciones al anexo II: Cronograma de Actividades, del anexo I del Acuerdo de Delegación: Descripción de la acción y descripción de las tareas delegadas.
Se adjunta al presente addendum, las modificaciones al anexo III: Presupuesto de la Acción.
Seguirán siendo aplicables las restantes condiciones del Acuerdo.
El presente apéndice forma parte integra del Acuerdo y entrará en vigor en la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado Español». La Organización comunicará sin demora por escrito la fecha de publicación a la Autoridad Contratante.
Hecho en tres ejemplares con valor de original en lengua española, habiéndose entregado dos ejemplares a la Comisión y uno al Organismo Delegado.–El Organismo Delegado, la Presidenta de la AECID, P. D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la AECID, P. S. (artículo 18 del Estatuto de la AECID), la Directora de Cooperación con África y Asia, por delegación de firma (Resolución de 29 de julio de 2020), firmado electrónicamente 11 de agosto de 2020, la Coordinadora General de la OTC de El Salvador, Cristina Aldama Calles.–La Comisión Europea: firmado electrónicamente, 7 de agosto de 2020, el Jefe de Delegación de la Unión Europea en Nicaragua, Pelayo Castro.
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