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Documento BOE-A-2020-10522

Resolución de 28 de agosto de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda el restablecimiento de medidas en caso de rebrotes de COVID-19 en el Registro de Telde.Ver texto consolidado

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 11 de septiembre de 2020, páginas 76089 a 76089 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2020-10522
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/08/28/(1)

TEXTO ORIGINAL

El aumento de casos de Covid 19 en las últimas semanas en Canarias ha repercutido en el funcionamiento normal del Registro de Telde, que cuenta con varios miembros de su plantilla afectados por la situación generada por la pandemia.

Vista la Resolución Circular de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 13 de abril de 2015, relativa al traslado de los locales de las oficinas de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, que recoge el modo de proceder en los casos de fuerza mayor en los que se podrán interrumpir o prorrogar los plazos.

En virtud de las competencias atribuidas por el Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/3003, de 25 de julio, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública acuerda aprobar el restablecimiento de las siguientes medidas respecto del Registro de Telde, de acuerdo con su solicitud:

Primero.

Restablecimiento de la medida Segunda de la Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 13 de marzo de 2020, por la que se aprueba el Plan de Contingencia recogido en el Plan de continuidad de los servicios registrales COVID-19 sobre medidas tras la declaración del estado de alarma, relativa al plazo de calificación y despacho, que dispone:

Segundo.

En todo caso queda prorrogado en 15 días más el plazo ordinario de calificación y despacho durante la vigencia del asiento presentación, de acuerdo con el artículo 18 de la Ley Hipotecaria, para todos los documentos que se presenten desde el día de hoy y hasta que se dicte nueva resolución por esta Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública cuando las autoridades sanitarias levanten las medidas restrictivas actualmente en curso

Asimismo, se amplía el plazo de expedición de publicidad formal recibida a través del Floti por 24 horas más.

Dichas medidas dejarán de estar vigentes para el Registro de Telde tan pronto como cese la situación de alerta sanitaria que las ha generado, lo que se comunicará a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública para que declare que quedan sin efecto.

Madrid, 28 de agosto de 2020.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/08/2020
  • Fecha de publicación: 11/09/2020
  • Efectos : desde el 28 de agosto de 2020.
  • Fecha de derogación: 18/09/2020
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEJA SIN EFECTO, por Resolución de 18 de septiembre de 2020 (Ref. BOE-A-2020-11568).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3513).
Materias
  • Canarias
  • Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
  • Enfermedades
  • Epidemias
  • Hipoteca
  • Procedimiento administrativo
  • Registro Mercantil

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