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Documento BOE-A-2020-10912

Resolución de 16 de junio de 2020, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica la prórroga del Convenio con Fundación Mapfre, en el ámbito de la conservación y restauración de arte contemporáneo.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 18 de septiembre de 2020, páginas 79073 a 79074 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2020-10912

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y Fundación Mapfre han suscrito, con fecha 15 de junio de 2020, una prórroga del Convenio en el ámbito de la conservación y restauración de arte contemporáneo por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 16 de junio de 2020.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel J. Borja-Villel.

ANEXO
Acuerdo de prórroga del Convenio entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y Fundación MAPFRE en el ámbito de la conservación y restauración de arte contemporáneo

En Madrid, a 15 de junio de 2020.

REUNIDOS

De una parte, don Manuel J. Borja-Villel, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, actuando en virtud de las competencias atribuidas por la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE de 5 de octubre de 2011), y el Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE de 6 de abril de 2013).

En adelante, MNCARS o el Organizador,

Y, de otra parte, don Ignacio Baeza Gómez, en nombre y representación de Fundación MAPFRE, con domicilio social en el paseo Recoletos, 23, 28004 Madrid, y NIF G28520443, actuando en su condición de Vicepresidente de la Fundación y con las facultades que le confieren los poderes otorgados ante el notario de Madrid, del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, don José María de Prada Guaita, con número de protocolo 2.045, el 7 de noviembre de 2018.

En adelante, Fundación MAPFRE o el Colaborador,

EXPONEN

I. El MNCARS y Fundación MAPFRE suscribieron, con fecha de 24 de octubre de 2019, un Convenio para el desarrollo de actividades de investigación, difusión y formación en materia de conservación y restauración de obras de arte contemporáneo, a través del Departamento de Conservación y Restauración del MNCARS. El Convenio, inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha de 3 de diciembre de 2019.

II. La Cláusula Quinta del convenio citado en el apartado precedente establece que «El presente Convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El MNCARS se compromete a informar a Fundación MAPFRE de estos hechos tan pronto ocurran. El plazo de vigencia del convenio será de un (1) año. Las partes podrán acordar expresamente y por escrito su prórroga, conforme a lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º de la citada Ley 40/2015».

III. Los excelentes resultados de la experiencia acumulada en estos justifican la decisión de ambas partes de consolidar la relación de colaboración para el desarrollo de actividades de investigación, difusión y formación en materia de conservación y restauración de obras de arte contemporáneo, a través del Departamento de Conservación y Restauración del MNCARS mediante la prórroga del Convenio de referencia, a cuyo fin las partes

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar por un plazo de 1 (un) año la vigencia del Convenio firmado por las partes el 24 de octubre de 2019 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 3 de diciembre de 2019. La presente Adenda surtirá efectos a partir de que, una vez firmada, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el «Boletín Oficial del Estado».

Segundo.

En todo lo no expresamente previsto en el presente documento, ambas Partes se ratifican en la vigencia de todas y cada una de las estipulaciones recogidas en el Convenio objeto de prórroga, a cuyo régimen jurídico se vincula la presente Adenda.

Y conformes las Partes con cuanto antecede, las partes firman la presente Adenda, en dos ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el MNCARS, Manuel J. Borja-Villel.–Por Fundación MAPFRE, Ignacio Baeza Gómez.

El Convenio de la presente Prórroga está basado en el modelo normalizado informado favorablemente por Abogacía del Estado con fecha 21 de diciembre de 2018 y autorizado por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda con fecha 15 de julio de 2019.

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