De acuerdo con lo establecido en el artículo 31.1 del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, el Presidente de la Autoridad Portuaria será designado y separado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o de las Ciudades de Ceuta y Melilla entre personas de reconocida competencia profesional e idoneidad. La designación o separación, una vez haya sido comunicada al Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, será publicada en el correspondiente Diario Oficial y en el «Boletín Oficial del Estado».
Por Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 21 de septiembre, del Gobierno de Illes Balear, se ha dispuesto la designación de don Francesc Antich i Oliver como Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares.
Dicha designación ha sido comunicada debidamente al Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
En su virtud, y en cumplimiento de lo establecido por el citado artículo de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, dispongo:
Dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado», al Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 21 de septiembre de 2020, del Gobierno de Illes Balear, por el que se designa a D. Francesc Antich i Oliver, como Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares.
Madrid, 24 de septiembre de 2020.–El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos Meco.
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