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Documento BOE-A-2020-11577

Resolución de 25 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, para la incorporación a la Sede Electrónica y al Registro Electrónico del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 1 de octubre de 2020, páginas 83042 a 83045 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2020-11577

TEXTO ORIGINAL

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos creó el concepto de «sede electrónica» justificado por la necesidad de definir claramente la sede administrativa electrónica con la que se establecen las relaciones de la administración pública de forma garantizada con el ciudadano.

Esta misma ley reconoció la relación con las administraciones públicas por medios electrónicos como un derecho de los ciudadanos y una obligación para las administraciones, regulando la creación de Registros Electrónicos para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones.

Por otra parte, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolló parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, autorizó la creación de sedes electrónicas compartidas o la incorporación a una sede preexistente mediante un convenio de colaboración.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, fue derogada por las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que integran el contenido de aquella ley y profundizan en la agilización de los procedimientos con un pleno funcionamiento electrónico.

En ese sentido, tanto el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana como el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) han considerado relacionarse con el ciudadano a través de una sede única, tanto por razones de economía, como eficiencia y eficacia.

El CEDEX ha suscrito una Adenda de Prórroga al Convenio con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para la incorporación de dicha Entidad a la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

En aplicación del principio de publicidad establecido en el artículo 38.3 y en virtud de lo establecido en el artículo 48.8, ambos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, resuelve:

Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la Adenda de Prórroga al Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y CEDEX, Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), en el que se estipulan las condiciones para la incorporación de este organismo a la Sede Electrónica y al Registro Electrónico del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 25 de septiembre de 2020.–El Subsecretario del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Jesús Manuel Gómez García.

ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio entre el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas O.A. y M.P. (CEDEX) y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para la Incorporación del CEDEX a la sede electrónica y al registro electrónico del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

En Madrid a 25 de septiembre de 2020.

REUNIDOS

De una parte, Jesús Manuel Gómez García, Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en virtud de las facultades conferidas por Real Decreto 87/2020, de 17 de enero.

Y de otra parte, don José Trigueros Rodrigo, Director del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A. y M.P. (en adelante CEDEX), de la Administración General del Estado adscrito al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en representación del mismo, cargo para el que fue nombrado por Resolución de 21 de mayo de 2019, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, en el ejercicio de las competencias atribuidas por la versión consolidada del R.D. 1136/2002, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del CEDEX.

Las partes firmantes se reconocen mutuamente, en la calidad con que cada uno interviene, la capacidad legal necesaria para suscribir esta adenda, y a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 8 de julio de 2014, se firmó el Convenio de colaboración entre el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas y el Ministerio de Fomento para la incorporación del CEDEX a la Sede Electrónica y al Registro Electrónico del Ministerio de Fomento, hoy Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Segundo.

Que el marco de cooperación y colaboración mutua establecido entre ambas partes con dicho Convenio está resultando de gran utilidad de cara a lo expuesto en:

– la motivación Cuarta del Convenio, es decir, «a relacionarse con los ciudadanos a través de una Sede Electrónica única, tanto por razones de economía como de eficacia, por cuanto el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, en adelante CEDEX, se beneficiará de la experiencia e infraestructura del Ministerio de Fomento para este tipo de instrumentos»,

– así como de lo expuesto en la motivación Séptima: «Que ambas partes por razones de eficacia y economía, consideran oportuna la utilización del Registro Electrónico del Ministerio de Fomento por parte del CEDEX, para procurar la mejor y más económica prestación de servicios electrónicos a los ciudadanos, dando con ello plena satisfacción a los principios y derechos contenidos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.»

Tercero.

Que el Convenio en su cláusula Primera define el Objeto y ámbito de aplicación del mismo:

«Constituye el objeto del presente Convenio formalizar la incorporación del CEDEX a la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento, creada por la Orden FOM/677/2010, de 17 de marzo, por la que se crea la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento, con el objetivo de dar cauce a través de la misma a la gestión y servicios que le competen.»

«Asimismo el presente Convenio tiene por objeto la incorporación del CEDEX al Registro Electrónico de Fomento, creado por Orden FOM/2574/2010, de 16 de septiembre, por la que se crea y regula el registro electrónico del Ministerio de Fomento, con la finalidad de formalizar la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones a través de este Registro correspondientes a procedimientos y actuaciones de la competencia del CEDEX.»

Cuarto.

Que el Convenio en su cláusula Sexta extendía sus efectos de manera indefinida desde el día de su firma, salvo denuncia del mismo por alguna de las partes.

Quinto.

Que en su cláusula Séptima indica que el Convenio se podrá modificar mediante la suscripción de las oportunas adendas al mismo.

Sexto.

Que como cita el informe con Ref.: A.G. ENTES PÚBLICOS 77/19 (R-77/2019) de la Subdirección General de los Servicios Consultivos, Dirección del Servicio Jurídico del Estado de la Abogacía General del Estado, en su pág. 13, sobre la adaptación de los convenios a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:

«a) En primer lugar, no será necesario proceder a una adaptación ad hoc a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de aquellos convenios en los que concurran únicamente alguna de las circunstancias siguientes:

1.º Que el convenio tenga una vigencia indefinida. En este caso no es necesaria la adaptación dado que por ministerio de la Ley (tal y como prevé la disposición adicional octava de la Ley mencionada) su duración pasa a ser determinada, automáticamente durante el plazo de cuatro años. Este plazo concluye en octubre de 2020, pudiendo los firmantes prorrogarlo de forma expresa (previa autorización del Ministerio de Hacienda) por un periodo de cuatro años adicionales (hasta 2024).»

En consecuencia, los firmantes acuerdan formalizar la presente prórroga de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

Mediante la presente adenda las partes acuerdan, la prórroga de la vigencia del Convenio de colaboración entre el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para la incorporación del CEDEX a la Sede Electrónica y al Registro Electrónico del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Segunda. Vigencia.

El Convenio señalado en la cláusula Primera extenderá su vigencia hasta el 2 de octubre de 2024, sin perjuicio de la posibilidad de que las partes firmantes acuerden de forma expresa, transcurrida dicha fecha, una nueva prórroga de conformidad con su cláusula Séptima.

A esta adenda le es aplicable lo establecido en la cláusula Sexta del Convenio respecto a la resolución del mismo por denuncia por alguna de las partes.

Tercera. Validez.

La presente adenda se perfecciona con la firma de las partes y tendrá validez y eficacia desde la fecha de su inscripción en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicación en el BOE.

Y en prueba de conformidad, suscriben la presente adenda electrónicamente.–El Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Jesús Manuel Gómez García.–El Director del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A. y M.P., José Trigueros Rodrigo.

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