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Documento BOE-A-2020-11718

Resolución de 28 de septiembre de 2020, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se modifica la de 23 de octubre de 2015, por la que se fijan los precios públicos de los espectáculos programados en salas de su titularidad, así como el de determinados servicios prestados por centros dependientes del Organismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 3 de octubre de 2020, páginas 84156 a 84161 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2020-11718
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/09/28/(2)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, define estos últimos en su artículo 24 como las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan por la prestación de servicios o la realización de actividades efectuadas en régimen de derecho público cuando, prestándose también tales servicios o actividades por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados.

El artículo 3 del Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, establece como función de este organismo autónomo dependiente del Ministerio de Cultura y Deporte, la «programación y gestión de las unidades de producción, musicales, líricas, coreográficas y teatrales del organismo autónomo».

Para el cumplimiento de esta función, el artículo 8.3 del mismo Real Decreto, establece como medio económico «Los ingresos de derecho público o privado que le corresponda percibir y los que se produzcan a consecuencia de sus actividades de gestión y explotación.»

La resolución de 23 de octubre de 2015, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, actualizó y reguló en una sola norma los precios públicos por asistencia a espectáculos y prestación de servicios en el ámbito del INAEM. La necesidad de actualizar varios aspectos de esta regulación, conllevó su modificación mediante resoluciones de 21 de julio de 2016, de 29 de septiembre de 2017, de 20 de septiembre de 2018 y de 9 de septiembre de 2019.

La presente resolución actualiza nuevamente varios aspectos de los precios públicos para la asistencia a espectáculos y obtención de servicios en el ámbito del INAEM.

Así pues, de conformidad con lo establecido en el artículo 26.1.b) de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, modificada por el artículo 2 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público, con informe favorable de la Abogacía del Estado en el Ministerio de Cultura y Deporte, de fecha 29 de julio de 2020, así como de la Oficina Presupuestaria, de fecha 17 de septiembre de 2020, y previa autorización del Ministro de Cultura y Deporte, de 23 de septiembre de 2020, resuelvo:

Artículo 1. Aprobación de los precios públicos.

Se actualizan los precios públicos, y condiciones para su aplicación, contenidos en el anexo de la presente Resolución.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

La presente resolución será de aplicación a los precios públicos que perciba el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música a través de las Unidades dependientes enumeradas en el anexo, no a los precios de espectáculos organizados por terceros a los que el INAEM haya cedido sus espacios.

Artículo 3. Normas generales.

1. Los precios que figuran en el anexo llevan incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido cuando éste sea exigible.

2. El importe de los precios que se fija en los anexo de esta resolución se podrá actualizar total o parcialmente en función de las especiales características de determinados espectáculos. Para efectuar dicha actualización se tendrá en cuenta los costes de producción.

Artículo 4. Recursos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente acto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 del citado texto legal. Asimismo, podrá recurrirse potestativamente en reposición ante este Instituto en el plazo de un mes, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Disposición derogatoria única.

Quedan sin efecto cuantas disposiciones de la Resolución de 23 de octubre de 2015, modificada por las de 21 de julio de 2016, de 29 de septiembre de 2017, de 20 de septiembre de 2018 y 9 de septiembre de 2019 del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se fijan los precios públicos de los espectáculos programados en salas de su titularidad, así como el de determinados servicios prestados por centros dependientes del organismo, se opongan a lo establecido en la presente resolución.

Disposición final única. Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de septiembre de 2020.–La Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Amaya de Miguel Toral.

ANEXO
Índice de contenidos

a) Unidades de Producción Artística:

1. Centro Dramático Nacional.

2. Centro Nacional de Difusión Musical.

3. Orquesta y Coro Nacionales de España.

4. Teatro de la Zarzuela.

b) Cursos de formación:

5. Centro de Tecnología del Espectáculo.

c) Descuentos para personas mayores de 65 años, personas menores de 30 años, personas en situación legal de desempleo, personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%, o familias numerosas, en los precios de las entradas de los espectáculos del INAEM en sus teatros y auditorios.

a) Unidades de producción artística

1. Centro Dramático Nacional

1.1 Descuentos:

Abonos (descuento aplicado en el precio final de la entrada):

Pase de temporada CDN: –60 %.

Abono de 10 espectáculos CDN: –50 %.

Abono de 5 espectáculos CDN: –35 %.

Abono de 3 espectáculos CDN: –20 %.

Abono reducido: descuento adicional del 20 % en todas las tipologías de abono, en los canales correspondientes por: familia numerosa, mayores de 65, menores de 30, personas con discapacidad igual o superior al 33 %, personas en situación legal de desempleo, personal CDN y profesionales de las artes escénicas. Descuentos excluyentes entre sí y no acumulables (si coexisten varios, solo se aplicará uno).

1.2 Profesionales de las artes escénicas: será́ de aplicación a los miembros de las siguientes instituciones:

– Unión de Actores y Actrices.

– Academia de las Artes Escénicas de España.

– Asociación de Autoras y Autores de Teatro (AAT).

– Asociación de Artistas Plásticos Escénicos de España (AAPEE).

– Asociación de Autores de Iluminación (AAI).

– Real Escuela Superior de Arte Dramático (RESAD).

– Laboratorio Rivas Cherif. Centro Dramático Nacional. INAEM.

– Asociación de Regiduría de Espectáculos (ARE).

– Centro de Tecnología del espectáculo (CTE). INAEM.

– Profesionales, Artistas y Creadores de Circo de Madrid (MADPAC).

– Asociación de Empresas de Artes Escénicas de la Comunidad de Madrid (ARTEMAD)

Como requisito deben estar dados de alta en la base de datos de profesionales de las artes escénicas del INAEM, comunicada y actualizada semestralmente por la Asociación Profesional a la que pertenezca, previo consentimiento del tratamiento de sus datos, en cada caso (solo se realiza en las taquillas del CDN con menos de 30 minutos de antelación al comienzo de la función) (no acumulable, todos los días excepto miércoles): –50 %.

1.3 Grupos (sólo en las taquillas del CDN):

Salas principales (martes, jueves, viernes):

De 10 a 25 personas: –25 %.

De 30 personas en adelante: –50 %. 

Sala Princesa, Sala Francisco Nieva y Sala Mirlo Blanco (todos los días excepto miércoles):

De 10 a 25 personas: –25 %.

De 30 en adelante: –50 %.

2. Centro Nacional de Difusión Musical

2.1 Conciertos en el ANM. Sala Sinfónica:

Ciclo «Universo Barroco» y extraordinarios de «Jazz en el Auditorio» y de «Fronteras»

Zona A: 40 euros/30 euros.

Zona B: 32 euros/24 euros.

Zona C: 24 euros/18 euros.

Zona D 18 euros/15 euros.

Zona E: 15 euros/12 euros.

2.2 Descuento extraordinario (no acumulable y no aplicable al ciclo «Bach Vermut»): Descuento del 20 % a los abonados de la temporada 19/20, previa acreditación, en las dos primeras localidades por la compra de entradas para cualquier ciclo de la pretemporada de otoño de 2020, es decir para los conciertos de septiembre a diciembre de 2020. Compra de localidades en las taquillas del Auditorio Nacional de Música y del Teatro de La Zarzuela, otras taquillas de Teatros del INAEM, www.entradasinaem.es y 902 22 49 49

3. Orquesta y Coro Nacionales de España

3.1 Entradas sueltas:

Ciclo Sinfónico - Viernes y sábado:

  Precio
Zona Central. 27
Zona A. 27
Zona B. 19
Zona C. 12
Zona D. 10

Ciclo Sinfónico - Domingos:

  Precio
Zona Central. 20
Zona A. 20
Zona B. 16
Zona C. 12
Zona D. 10

Descubre:

  Precio
Zona Central. 20
Zona A. 20
Zona B. 16
Zona C. 12

Conozcamos los Nombres:

  Precio
Zona Central. 20
Zona A. 20
Zona B. 16
Zona C. 12
Zona D. 10

Ciclos de 11 conciertos:

Ciclo Sinfónico en la misma butaca viernes y sábados - 10 % de descuento:

  Precio
Zona Central. 267,3
Zona A. 267,3
Zona B. 188,10
Zona C. 118,80
Zona D. 99

3.2 Ventajas para abonados de la temporada 19/20:

Periodo de venta preferente, del 21 al 28 de julio. La vuelta al aforo completo determinará que los abonados de la temporada 19/20 podrán mantener sus abonos y los descuentos asociados, y renovar o hacer cambios con periodos preferentes como en otras temporadas.

3.3 Descuentos para público en entradas sueltas:

Se mantienen todos los descuentos de la temporada anterior, además de ampliar el descuento de último minuto a todos los conciertos y de añadir nuevos descuentos para grupos:

– Grupos de entre 10 y 24 personas (loc. sueltas C. Sinfónico viernes y sábados, C. Conozcamos los Nombres) 15 %.

– Grupos de 25 personas o más. (loc. sueltas C. Sinfónico viernes y sábados, C. Conozcamos los Nombres) 25 %.

– Grupos de 25 personas o más. (loc. sueltas C. Sinfónico domingos y Descubre) 10 %.

– Grupos de 25 personas o más (estudiantes de colegios, institutos, conservatorios, escuelas de música y vinculados a asociaciones sociosanitarias sin ánimo de lucro, (loc. sueltas domingo C. Sinfónico y Descubre) 25 %.

– Descuento promocional del 50% para el personal de INAEM en entradas de determinados conciertos.

4. Teatro de la Zarzuela. Descuentos, que se suman a los descuentos generales

– Descuento de abonado –20 % (Aplicable a la venta conjunta de todos espectáculos de lírica, de conciertos, de danza o de Notas del Ambigú).

– Descuento de abonado joven –60 % (Aplicable a la venta conjunta de todos espectáculos de lírica, de conciertos o de danza).

– Descuento de abonado mayor de 65 años –60 % (Aplicable a la venta conjunta de todos espectáculos de lírica, de conciertos o de danza).

– Descuento de abonado Familia Numerosa –60 % (Aplicable a la venta conjunta de todos espectáculos de lírica, de conciertos o de danza).

– Descuento del 40 % aplicable únicamente para grupos escolares.

b) Cursos de formación

5. Centro de Tecnología del Espectáculo

5.1 Tarifas:

– Cursos Monográficos básicos, avanzados o de especialización hasta 100 horas de duración: matrícula hasta 450 euros. Docencia: hasta 46 euros/hora.

– Cursos de iniciación para técnicos de espectáculo en vivo hasta 600 horas de duración: matrícula hasta 600 euros. Docencia: hasta 46 euros/ hora.

– Cursos de docencia de certificados de profesionalidad hasta 990 horas de duración: 800 euros. Docencia: hasta 46 euros/hora.

– Cursos para desempleados financiados por el Servicio Público de Empleo Estatal, según condiciones del citado Servicio.

– Cursos bienales de técnico superior para el espectáculo en vivo, título propio del INAEM, hasta 1.400 horas de duración: 1.200 euros. Docencia: hasta 46 euros/hora.

– Diseño de cursos a medida: hasta 1.600 euros. Docencia de cursos a medida: hasta 80 euros/hora.

– Docencia de clase magistral, conferencia: hasta 100 euros / hora, máximo 300 euros.

5.2 Bonificaciones:

– Exención parcial o total del precio de matrícula a beneficiarios de entidades en convenio con el CTE, según condiciones marcadas en cada convenio.

– 50 % de reducción al antiguo alumnado del CTE de cursos:

• Bienales.

• Cursos FIP.

• Cursos de Formación Inicial Técnica Superior en cada una de sus especialidades.

– 50 % de reducción al profesorado colaborador del CTE en activo en la programación anual actual o en los cinco años anteriores.

– Un número determinado de plazas con matrícula reducida de 50 euros en cursos monográficos seleccionados del CTE a profesionales técnicos del espectáculo en vivo con al menos 2 años de experiencia, en situación de desempleo/precariedad según condicionado de cada curso (acreditación mediante vida laboral, cartilla de desempleo, certificación de ingresos fiscales).

– Cursos bienales de técnico superior del espectáculo en vivo, título propio del INAEM: una plaza por área exenta de pago de matrícula para alumnado con menores ingresos acreditados según declaración IRPF.

– Las bonificaciones no son acumulables.

c) Descuentos para personas mayores de 65 años, personas menores de 30 años, personas en situación legal de desempleo, personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 %, o familias numerosas, en los precios de las entradas de los espectáculos del INAEM en sus teatros y auditorios: 50 % en todos los canales de venta del INAEM (no acumulables)

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/09/2020
  • Fecha de publicación: 03/10/2020
  • Efectos desde el 4 de octubre de 2020.
Referencias anteriores
  • DEROGA:
    • en cuanto se oponga la Resolución de 9 de septiembre de 2019 (Ref. BOE-A-2019-13696).
    • en cuanto se oponga la Resolución de 20 de septiembre de 2018 (Ref. BOE-A-2018-14282).
    • en cuanto se oponga la Resolución de 29 de septiembre de 2017 (Ref. BOE-A-2017-11670).
    • en cuanto se oponga la Resolución de 21 de julio de 2016 (Ref. BOE-A-2016-7385).
    • en cuanto se oponga y ACTUALIZA los precios públicos de la Resolución de 23 de octubre de 2015 (Ref. BOE-A-2015-12148).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 26.1.b) de la Ley 8/1989, de 13 de abril (Ref. BOE-A-1989-8508).
Materias
  • Espectáculos
  • Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música
  • Música
  • Precios
  • Teatro

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