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Documento BOE-A-2020-12087

Resolución de 29 de septiembre de 2020, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, SA, el Ayuntamiento de Murcia y la Asociación Red Española de teatros, auditorios, circuitos y festivales de titularidad pública, para la organización conjunta de las XII Jornadas sobre inclusión social y educación en las Artes Escénicas 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 9 de octubre de 2020, páginas 86535 a 86544 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2020-12087

TEXTO ORIGINAL

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A., el Excmo. Ayuntamiento de Murcia y la Asociación «Red Española de teatros, auditorios, circuitos y festivales de titularidad pública» han suscrito, con fecha 28 de septiembre de 2020, un Convenio para la organización conjunta de las XII Jornadas sobre Inclusión social y educación en las Artes Escénicas 2020, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid 29 de septiembre de 2020.–La Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Amaya de Miguel Toral.

ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música; Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, SA; el Excmo. Ayuntamiento de Murcia y la Asociación «Red Española de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de Titularidad Pública», para la organización conjunta de las XII Jornadas sobre inclusión social y educación en las Artes Escénicas 2020

En Madrid, a 28 de septiembre de 2020.

De una parte, doña Amaya de Miguel Toral, Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (de ahora en adelante INAEM), en nombre y representación del citado organismo, con sede en la Plaza del Rey, n.º 1 (28004) de Madrid, y NIF número Q2818024H, en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto 856/2018, de 6 de julio, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 2491/1996, de 5 de Diciembre (BOE n.º 306 de 20 de diciembre).

De otra parte, don Fernando Benzo Sáinz, en nombre y representación de la empresa municipal Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A., (en adelante «Madrid Destino») con CIF A-84073105 y, domicilio social en el Centro Cultural Conde Duque, calle Conde Duque, 9-11 de Madrid (CP 28015). Interviene en su condición de Consejero Delegado, según consta en la escritura de nombramiento de consejero delegado otorgada el día 5 de julio de 2019, ante el notario de Madrid D. Antonio de la Esperanza Rodríguez, con el número 3783 de su protocolo e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 38224, Folio 205, Sección 8.ª, Hoja M360295, Inscripción 125.

De otra parte, don Jesús Francisco Pacheco Méndez, Concejal Delegado de Cultura y Recuperación del Patrimonio, sexto teniente de Alcalde, en representación del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, con CIF P3003000A y domicilio social en Murcia (CP 30004), Glorieta de España, 1 y nombrado por decreto de 18 de junio de 2019.

De otra parte, don Carlos Morán Arostegui, en calidad de presidente de la Red Española de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de Titularidad Pública (en adelante, la RED), con domicilio en c/ Carretas, 14-8.º F, 28012. Madrid, con CIF G82577685, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por acuerdo de la Asamblea General del 11 de diciembre de 2019.

Todas las partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente para formalizar el presente Convenio.

EXPONEN

I. Las Jornadas sobre Inclusión Social y Educación en las Artes Escénicas se organizan desde 2009 por el INAEM, en estrecha colaboración con varias instituciones públicas y privadas. Las Jornadas surgieron de una primera colaboración entre el INAEM, el British Council y el desaparecido festival Escena Contemporánea de Madrid.

El objetivo inicial era dar visibilidad institucional y artística a una serie de proyectos escénicos y musicales de carácter inclusivo, que se desarrollaban entonces en España y, al mismo tiempo, mostrar a los profesionales españoles otros proyectos ya muy consolidados del Reino Unido. Ante el éxito de esa primera edición y convencidos de la necesidad de seguir trabajando en esta línea de difusión de las artes escénicas y musicales inclusivas, se consolida el proyecto convocando anualmente las Jornadas. En este proceso de crecimiento de las Jornadas ha sido fundamental la incorporación de nuevas entidades públicas y privadas que han permitido aumentar el nivel de los contenidos y enriquecer las líneas de trabajo. Cada nueva edición ha contado con propuestas nacionales e internacionales en torno a la inclusión social y su relación con las artes escénicas y la música, que han sido muy valoradas por los profesionales españoles asistentes.

II. En esta edición las Jornadas regresan a Madrid con una propuesta de avance y, a la vez, de transición a un nuevo modelo de futuro. Desde una perspectiva local o autonómica, en los últimos años se han multiplicado los eventos, foros, programaciones y jornadas que abordan contenidos inclusivos desde el punto de vista de la creación artística, desde su faceta educativa o desde la imprescindible mejora de la accesibilidad de los ciudadanos a la oferta cultural.

La organización de las Jornadas ha constatado también que hay un interés creciente en este campo de la inclusión social por parte de los profesionales del sector cultural, así como una mayor oferta de propuestas artísticas que cuentan ya con un recorrido que les ha conferido calidad y profundidad.

III. Para estas Jornadas sigue siendo un reto de futuro paliar desequilibrios territoriales respecto a las posibilidades de desarrollo y gestión de los proyectos artísticos que están en marcha o se proponen por parte de los artistas o instituciones, que actualmente encuentran dificultades para ser sostenibles o que tienen graves dificultades para su difusión. Por tanto, seguirán teniendo sede en todo el territorio del Estado en próximas ediciones.

IV. Las fechas de celebración de las XII Jornadas – 8 y 9 de octubre – podrán ser modificadas conjuntamente y por consenso por las instituciones firmantes del presente Convenio, pudiendo trasladar el evento a otras fechas en función de la evolución de la emergencia sanitaria.

Y en virtud de cuanto queda expuesto, las Partes manifiestan su voluntad de colaboración suscribiendo el presente Convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de este Convenio es establecer las bases de colaboración entre el INAEM, Madrid Destino, el Ayuntamiento de Murcia, y la RED, con objeto de organizar conjuntamente las XII Jornadas sobre Inclusión Social y Educación en las Artes Escénicas.

Las XII Jornadas se celebrarán los días 8 y 9 de octubre de 2020, en el Centro Cultural Conde Duque. El formato de esta edición tendrá un doble carácter: presencial –desde el Centro Cultural Conde Duque– y virtual, mediante la retransmisión de los contenidos tanto generados en directo como pregrabados, a través de una plataforma digital, en línea o streaming.

En función de la evolución de la situación sanitaria se podrá acordar por parte de la comisión de seguimiento prevista en la Cláusula Sexta del presente Convenio, tanto que la participación sea presencial o virtual por parte de los artistas, ponentes o público asistente, como un cambio de fechas.

Segunda. Compromisos de las partes.

Las instituciones firmantes del presente Convenio se comprometen a elaborar conjuntamente y por consenso, la programación de contenidos de las XII Jornadas, e implicarse directamente en su organización, difusión coordinada por medio de sus canales habituales, desarrollo y balance final. Las XII Jornadas consistirán en la realización de diversas ponencias por parte de prestigiosos profesionales del sector, foros de debate en torno a grupos de trabajo o vinculados a presentaciones de eventos relacionados con las artes escénicas inclusivas y comunitarias en España, así como en la exhibición de un espectáculo.

Las instituciones firmantes acuerdan designar a una persona coordinadora de producción de las XII Jornadas, que será contratada por el INAEM, encargándose de diversas facetas de la producción y de mantener abierto y activo el canal oficial de comunicación con las instituciones, las organizaciones y los profesionales interesados en participar en dichas Jornadas. Asimismo las instituciones firmantes acuerdan designar a una persona como coordinadora artística de las XII Jornadas, que será y contratada por el INAEM.

El INAEM, para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, se compromete a la creación de la plataforma digital para la gestión de las XII Jornadas así como su emisión en streaming; a la contratación del espectáculo que se representará el día 8 de octubre en el Teatro del Centro Cultural Conde Duque; a la gestión y abono de los gastos de cesión de derechos de imagen para la difusión y emisión de la pieza audiovisual del espectáculo del día 9 de octubre; a la gestión de las inscripciones y comunicaciones con los participantes; al mantenimiento de la página web y canal de Twitter y a la elaboración de contenidos; así como al pago de diversos gastos de producción y proveedores según la distribución que se decida en la comisión de seguimiento.

Madrid Destino/Centro Cultural Conde Duque se compromete a poner a disposición del presente proyecto de los siguientes espacios: el Salón de Actos, el Teatro y un camerino grande del Auditorio. Este compromiso incluye los servicios de seguridad, limpieza, acomodación, personal técnico propio y mantenimiento que requieran dichos recintos para el buen desarrollo de las XII Jornadas.

Asume además los gastos de implantación técnica del espectáculo previsto para el día 8 de octubre a las 20:00h en el Teatro del Centro Cultural Conde Duque, según ficha técnica incluida en Anexo I y aporta un espacio de ensayo para la compañía a consensuar entre la compañía y Conde Duque para las semanas previas a la función. Si las instituciones firmantes del presente contrato decidieran que hubiera venta de localidades, la gestión de venta y el posterior pago de los derechos de autor e ingresos que se deriven corresponderían a Madrid Destino.

También se hará cargo de la proyección del video del espectáculo, que tendrá lugar el día 9 de octubre a las 20:00h. en el Salón de Actos del Centro Cultural Conde Duque aportando tanto su rider técnico como el personal necesario para dicha proyección del video.

Finalmente Madrid Destino/Centro Cultural Conde Duque asume el gasto de la participación del colectivo Los Bárbaros como ponente de las XII Jornadas.

El Ayto. de Murcia asumirá los gastos referentes a la grabación audiovisual, realización, edición y servicio de streaming para la difusión online de las Jornadas.

La RED asumirá gastos referentes al pago de ponentes, y gastos de producción relativos al catering y cafés para el equipo de las XII Jornadas.

Tercera. Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.

En función de la evolución de la situación sanitaria podrá haber modificaciones en la programación, que tendrán que ser consensuadas conjuntamente por las instituciones firmantes del presente Convenio.

La actividad tendrá un presupuesto general máximo de ochenta y siete mil seiscientos ochenta euros (87.680,00 €), IVA incluido, según se desglosa en el Anexo II, repartido de la siguiente manera:

La aportación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo de sesenta y seis mil quinientos euros (66.500,00 €), IVA incluido, cuantía que se articulará a través de pagos específicos de distintos servicios, artistas, ponentes y proveedores, con cargo a la aplicación presupuestaria. 24.207.335A.22606.

La aportación económica de la participación de Madrid Destino se cuantifica en un máximo de ocho mil euros (8.000,00 €), más IVA.

El Ayto. de Murcia asumirá los gastos referentes a la grabación audiovisual, realización, edición y servicio de streaming para la difusión online de las Jornadas, según los compromisos adquiridos en la cláusula segunda, por una cantidad máxima de seis mil quinientos euros (6.500,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 0027.3345.226.99, IVA incluido.

La RED asumirá gastos referentes al pago de ponentes, y gastos de producción relativos al catering y cafés para el equipo de las XII Jornadas, según los compromisos adquiridos en la cláusula segunda, por una cantidad máxima de cinco mil euros (5.000,00 €), IVA incluido.

Cuarta. Inscripciones y distribución de ingresos.

La inscripción de los participantes en las XII Jornadas sobre Inclusión Social y Educación será gratuita.

Las XII Jornadas incluirán la representación de un espectáculo previsto para el día 8 de octubre a las 20:00h en el Teatro del Centro Cultural Conde Duque. Dicha obra tendrá entradas a la venta para el público general no inscrito a las Jornadas por un importe de 5€ por entrada. Madrid Destino asumirá la gestión de la venta de localidades de dicho espectáculo. Los posibles ingresos generados por venta de localidades de este espectáculo revertirán en su integridad a Madrid Destino, que se encargará, en su caso, de gestionar los pagos correspondientes por los derechos de autor que se generen.

Quinta. Promoción y difusión.

Todas las partes se comprometen a utilizar sus recursos por sus medios habituales y con arreglo a sus presupuestos para facilitar la difusión del evento tanto en el ámbito local como nacional.

En toda la promoción y difusión de los eventos que son objeto del presente Convenio habrá de figurar el nombre y/o el logotipo de las instituciones involucradas, que aparecerán bajo el epígrafe «Organizan», formando en su conjunto una unidad de imagen institucional, debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de incluir los mismos.

El INAEM pondrá a disposición de las XII Jornadas una dirección de correo electrónico corporativo: jornadasinclusionsocial@inaem.cultura.gob.es, y una cuenta en la red social twitter «@Jdas_Inclusion», que serán administradas por el INAEM.

Sexta. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.

La comisión de seguimiento de las XII Jornadas estará formada por un representante de cada una de las siguientes instituciones: Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música; Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A.; la asociación «Red Española de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de Titularidad Pública»; y el Excmo. Ayuntamiento de Murcia.

Las instituciones participantes, mediante dicha comisión de seguimiento, se encargarán por consenso del diseño de los contenidos de las XII Jornadas, la distribución de competencias para la gestión y producción de las mismas, la distribución final de las partidas de gasto entre las instituciones y de la organización y general seguimiento del evento cultural.

Las instituciones firmantes del presente Convenio se comprometen a realizar un cierre definitivo de las XII Jornadas, junto con el resto de instituciones participantes, con una memoria de actividades y un informe de gestión económica que permita cerrar adecuadamente las actividades y proceder al cierre de la propia comisión organizadora antes del 31 de diciembre de 2020.

Las instituciones firmantes del presente Convenio resolverán de común acuerdo los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del Convenio.

Séptima. Régimen de modificación y plazo de vigencia.

El presente Convenio se perfecciona en la fecha en la que hayan firmado sus signatarios, y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2020.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

La modificación de los términos del presente Convenio requerirá el acuerdo de ambas partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

Octava. Extinción y consecuencias en caso de incumplimiento.

El presente Convenio podrá extinguirse por cumplimiento o por resolución.

Serán causas de resolución las previstas en la legislación vigente y, en particular:

El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado prórroga.

El acuerdo de los firmantes.

El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la comisión organizadora la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio.

En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones contraídas en virtud del presente Convenio, las posibles indemnizaciones se regirán por lo establecido en la normativa que resulte de aplicación.

La decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

En caso de resolución anticipada, las actuaciones previstas en la cláusula segunda que se encontraran en curso de ejecución, deberán ser finalizadas en el plazo improrrogable que fijen las partes en el momento de la resolución, y los ingresos distribuidos de acuerdo con lo señalado en la cláusula cuarta en los términos establecidos en el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las partes quedan liberadas del cumplimiento de sus recíprocos compromisos en caso fortuito o de fuerza mayor. Se entenderá, en todo caso, como supuesto de fuerza mayor, sucesos como incendios, inundaciones, guerras, actos vandálicos o de terrorismo, prohibición de las actividades por parte de la autoridad competente, prohibiciones y/o recomendaciones de las autoridades de orden público o sanitarias, nacionales o internacionales relativa a la no exposición a cualquier tipo de virus generalizado, y, en general, todas aquellas que no se pudieran evitar. La parte que alegue la fuerza mayor deberá justificarla convenientemente.

Novena. Régimen jurídico.

El presente Convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 47.1.

Décima. Colaboración entre las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado tanto entre ellas.

Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente Convenio.

Undécima. Interpretación y resolución de conflictos.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Duodécima. Información al Ciudadano.

En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno, este Convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia.

Decimotercera. Protección de datos de carácter personal.

13.1 En aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, las Partes se comprometen a respetar en todo momento la normativa nacional y europea en materia de protección de datos de carácter personal en el contexto de la operación de este Convenio, fundamentalmente el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo del 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la circulación de estos datos (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD) y resto de normativa aplicable vigente actualmente o que la modifique, complemente o sustituya.

Las Partes únicamente se comunicarán aquellos datos de carácter personal que sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con las necesidades derivadas del presente Convenio, garantizando que dichos datos sean exactos y puestos al día, obligándose a comunicar a la otra, sin dilación indebida, aquellos que hayan sido rectificados y/o deban ser cancelados según proceda.

13.2 Los datos de carácter personal que figuran en este Convenio serán tratados por el INAEM e incorporados a la actividad de tratamiento «Actividad de colaboración», cuya finalidad es la tramitación y gestión de los convenios y protocolos generales de actuación de los que es parte el INAEM.

Finalidad basada en el interés público del Convenio o Protocolo y en su ejecución.

Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.

Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio documental español.

Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante el INAEM en Plaza del Rey 1, 28004, Madrid o a través de la sede electrónica www.culturaydeporte.gob.es

13.3 Madrid Destino garantiza a las Partes el tratamiento de sus datos de carácter personal conforme a la legislación vigente y a tal efecto informa que serán incorporados en un fichero titularidad de Madrid Destino en los siguientes términos:

– Responsable: Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, SA, con domicilio en Madrid, calle Conde Duque, 9-11 de Madrid (C.P. 28015).

– Delegado de Protección de datos: ComiteLOPD@madrid-destino.com

– Finalidades: Gestionar y cumplir la relación establecida (incluyendo, la gestión del expediente jurídico de contratación, la formalización y archivo de los contratos y escrituras, la gestión de la contabilidad, el cumplimiento de obligaciones impositivas, de facturación, de transparencia y de control).

– Plazo de conservación: Se limitará al periodo que sea necesario para dar cumplimiento a la relación contractual y durante los plazos de prescripción de las acciones civiles, penales, administrativas o de cualquier otro tipo que pudieran derivarse de la actividad o servicio prestado.

– Destinatarios: Agencia Tributaria y demás administraciones públicas, para el cumplimiento de obligaciones de transparencia y control, fiscales, así como, a entidades financieras para la gestión de cobros y pagos y autoridades judiciales. Las obligaciones de transparencia conllevan la publicación en la correspondiente sede electrónica la relación de los contratos suscritos por Madrid Destino, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas.

– Legitimación: Ejecución de un contrato.

– Derechos: El ejercicio de derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y limitación u oposición de puede solicitarse mediante e-mail dirigido a ComiteLOPD@madrid-destino.com, con referencia «Convenio Conde Duque» e identificación de la persona solicitante mediante documento oficial».

Decimocuarta. Competencias.

Este Convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio, en dos ejemplares y a un solo efecto.–En representación del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Amaya de Miguel Toral, Directora General.–En representación de Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, SA, Fernando Benzo Sáinz.–En representación del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, Jesús Francisco Pacheco Méndez.–En representación de la Red Española de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de Titularidad Pública, Carlos Morán Arostegui.

ANEXO I
Propuesta de programación de las XII Jornadas de Inclusión Social y Educación en las Artes Escénicas1

Necesidades técnicas del espectáculo Memoria Conectiva. MOVE, Arte para todos.

Estas necesidades técnicas son las indispensables para hacer el diseño original y el planteamiento de la obra tal como fue concebido. El espectáculo puede adaptarse a otros espacios y dotaciones técnicas.

Sonido.

Material que aporta el teatro:

– Mesa de sonido con entrada mini jack.

– P.A. adecuada a la sala.

– Monitores en escenario, al menos uno por lado.

– Intercomunicación: 1 Puesto en escenario y 1 Puesto en cabina técnica para regidor del teatro.

– La acometida eléctrica y toma de tierra para sonido ha de ser independiente de la usada para luces. Material que aporta la Compañía.

– Ordenador portátil.

Maquinaria:

Material que aporta el teatro:

– Escenario limpio en hombros y fondo y cámara negra completa, en buen estado. Desvestir cámara negra.

– Fondo de escenario convertible en pizarra de 9x3 metros o posibilidad de aportar una superficie similar.

– 18 sillas iguales.

– Proyector.

Dimensiones mínimas de escenario:

– Ancho de embocadura: 12 metros.

– Alto: 3 metros.

– Fondo de escenario desde nivel de telón: 4 metros.

Iluminación (aproximación).

Material que aporta el teatro:

– Mesa de iluminación.

– 24 canales de Dimmer de 2 Kw cada uno.

– 12 P.C. de 1Kw.

– 02 P.C. de 2Kw.

– 06 Panoramas simétricos 1Kw.

– 10 Recortes 25º-50º.

– 18 PAR 64 (Lamp n.º 5).

– 04 varas electrificadas en escenario + sala.

– 02 Pie de suelo para focos.

– Todos los aparatos con sus accesorios (viseras, chasis, cadenas de seguridad, garras). Material que aporta la compañía.

– Filtros.

Controles:

Proyección, luz y sonido en el mismo lugar.

Horario montaje:

– Montaje y dirección 4 h.

– Programación 1 h.

– Ensayo 3 h (esto lo suelen poner los pros o los que como en nuestro caso necesitan tiempo de ensayo con el elenco sí o sí yo creo que está bien mentarlo) Desmontaje 1 h.

Personal teatro:

– Técnico de iluminación por parte de la sala.

– Técnico de sonido por parte de la sala.

Camerinos.

Al menos dos camerinos de gran tamaño.

ANEXO II
Desglose general del gasto de las XII Jornadas de Inclusión Social y Educación en las Artes Escénicas

Organizadores

Concepto

Gasto máximo

INAEM.

Creación de la plataforma digital para la emisión en streaming de las XII Jornadas; Contratación del espectáculo que se representará el día 8 de octubre en el Teatro del Centro Cultural Conde Duque; Gestión y abono de los gastos de cesión de derechos de imagen para la difusión y emisión de la pieza audiovisual del espectáculo del día 9 de octubre; mantenimiento de la página web y canal de Twitter, y elaboración de contenidos; y pago de diversos gastos de producción y proveedores según la distribución que se decida en la comisión de seguimiento.

66.500,00 € IVA incluido

Madrid Destino Cultura y Turismo, SA.

Puesta a disposición del presente proyecto de los siguientes espacios: el Salón de Actos, el Teatro y un camerino grande del Auditorio. Este compromiso incluye los servicios de seguridad, limpieza, acomodación, personal técnico propio y mantenimiento que requieran dichos recintos para el buen desarrollo de las XII Jornadas.

Gastos de implantación técnica del espectáculo previsto para el día 8 de octubre a las 20:00h en el Teatro del Centro Cultural Conde Duque, según ficha técnica incluida en Anexo I, y aporta un espacio de ensayo para la compañía a consensuar entre la compañía y Conde Duque para las semanas previas a la función. Si las instituciones firmantes del presente contrato decidieran que hubiera venta de localidades, la gestión de venta y el posterior pago de los derechos de autor e ingresos que se deriven corresponderían a Madrid Destino.

Proyección del video del espectáculo, que tendrá lugar el día 9 de octubre a las 20:00h. en el Salón de Actos del Centro Cultural Conde Duque aportando tanto su rider técnico como el personal necesario para dicha proyección del video.

Gasto de la participación del colectivo Los Bárbaros como ponente de las XII Jornadas.

9.680,00€ IVA incluido

Ayuntamiento de Murcia.

Gastos referentes a la grabación audiovisual, realización, edición y servicio de streaming para la difusión online de las Jornadas

6.500,00€ IVA incluido

Red Española de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de Titularidad Pública.

Gastos referentes al pago de ponentes, y gastos de producción relativos al catering y cafés para el equipo de las XII Jornadas.

5.000,00€ IVA incluido

Total.

87.680,00€ IVA incluido

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