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Documento BOE-A-2020-12441

Resolución de 7 de octubre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Autoridad Portuaria de Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 16 de octubre de 2020, páginas 89116 a 89118 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2020-12441

TEXTO ORIGINAL

La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado y la Presidenta de la Autoridad Portuaria de Barcelona, han suscrito una Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia, Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado) y la Autoridad Portuaria de Barcelona.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida Adenda como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 7 de octubre de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO
Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia, Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado) y la Autoridad Portuaria de Barcelona

25 de septiembre de 2020.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. doña Consuelo Castro Rey, en su condición de Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 716/2018, de 29 de junio, BOE número 158; en virtud de Orden JUS/125/2019, de 5 de febrero, por la que se delegan competencias, actuando en nombre y representación de la Administración General del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, la Sra. doña Mercé Conesa i Pagés, actuando en nombre y representación de la Autoridad Portuaria de Barcelona, con domicilio social en Word Trade Center, Moll de Barcelona, 08039 Barcelona, y NIF Q0867012G, en su condición de Presidenta, cargo para el que fue nombrada mediante Decreto 141/2018, de 3 de julio, de la Generalitat de Cataluña, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 18 de julio de 2018.

MANIFIESTAN

Primero.

Que la Autoridad Portuaria de Barcelona de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y en el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, tiene actualmente suscrito un Convenio de Asistencia Jurídica, de fecha 25 de septiembre de 2018 y publicado en el Boletín Oficial del Estado de fecha 13 de diciembre de 2018, con la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.

Segundo.

Para ajustar la redacción de una cláusula del Convenio al modelo tipo de convenio de asistencia jurídica que utiliza en la actualidad la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, se hace preciso modificar la misma.

Tercero.

Que la cláusula quinta del Convenio de Asistencia Jurídica establece dos años como período de duración, así como la posibilidad de prorrogarse la vigencia del mismo como máximo por dos años más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado antes de la finalización de dicho período de vigencia.

Es por ello que las partes,

ACUERDAN

Primero.

La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Autoridad Portuaria de Barcelona, convienen en modificar y prorrogar el Convenio de Asistencia Jurídica suscrito entre ambas el 25 de septiembre de 2018.

Segundo.

Prorrogar el Convenio de asistencia jurídica de 25 de septiembre de 2018, por dos años más, de conformidad con lo dispuesto en su cláusula quinta.

Tercero.

El primer párrafo de la cláusula sexta queda redactado como sigue:

«Como contraprestación por el servicio de asistencia jurídica a que se refiere el convenio, la Autoridad Portuaria de Barcelona satisfará a la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado la cantidad anual de ciento trece mil doscientos cincuenta y nueve euros (113.259,00 €) más IVA, que se abonará por terceras partes correspondiendo a los períodos: enero-abril, mayo-agosto y septiembre-diciembre.»

Cuarto.

En todo lo demás el Convenio de Asistencia Jurídica suscrito entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Autoridad Portuaria de Barcelona, mantiene su vigencia.

Quinto.

La presente Adenda surtirá efectos una vez sea inscrita en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector público estatal, y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente la presente Adenda.–La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado, Consuelo Castro Rey.–La Presidenta de la Autoridad Portuaria de Barcelona, Mercé Conesa i Pagés.

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