Finalizada la fase de oposición y concurso, para los aspirantes presentados por el sistema de promoción interna, de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado, convocadas por resolución de 14 de julio de 2019 (BOE del 24), correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2018.
Esta Subsecretaría ha resuelto hacer pública, la lista de los aspirantes aprobados, por orden de puntuación obtenida que se relacionan en el anexo I de esta resolución.
Presentación de documentos:
Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta resolución, para presentar, en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación o bien en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los siguientes documentos:
1. Los aspirantes relacionados en el anexo I deberán presentar una declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, según el modelo que figura como anexo II.
Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, debidamente acreditados, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base novena de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, y en la base 4 específica de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
La documentación se debe dirigir al Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación, Subdirección General de Recursos Humanos, P.º de la Infanta Isabel, número 1, 28071 Madrid.
Asimismo, los aspirantes que estén en activo en la Administración deberán formular opción para la percepción de la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el R.D. 456/1986, de 10 de febrero, modificado por R.D. 213/2003, de 21 de febrero.
Funcionarios en prácticas:
Por resolución de la Subsecretaría, se procederá al nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición para turno libre. En dicha resolución se determinará la fecha en que empezará a surtir efectos dicho nombramiento.
Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo o período de prácticas determinado en la convocatoria.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo o período de prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante resolución motivada por la autoridad convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o período de prácticas por causas de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos y una vez finalizado el período de prácticas. A tal efecto, y de acuerdo con lo dispuesto en la base 10 de la convocatoria, se informa que dichos aspirantes deberán estar en posesión de la firma electrónica a la fecha de finalización del curso selectivo, para poder realizar la solicitud de destinos.
Contra la presente resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 23 de octubre de 2020.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Álvarez-Ossorio Álvarez.
Resolución de 14 de julio de 2019, BOE del 24 de julio
Sistema promoción interna
N.º orden |
Apellidos y nombre |
DNI |
Puntuación |
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1 |
Torres Palencia, Carlos. |
***9365** |
54,54 |
Don/doña ……………………………………………………....................................... con domicilio en ………………………………………………………………………………. y documento nacional de identidad número ………………………………………………. declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a del Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.
En ………………………………., a …….. de ………………………….. de 2020.
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