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Documento BOE-A-2020-14160

Resolución de 10 de noviembre de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Ciudad de Melilla, para el apoyo técnico en educación infantil en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Ciudad de Melilla durante el curso escolar 2020-2021.

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 13 de noviembre de 2020, páginas 99528 a 99530 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-A-2020-14160

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de Melilla han suscrito, con fecha 6 noviembre, una adenda al Convenio para el apoyo técnico en educación infantil en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Ciudad de Melilla durante el curso escolar 2020-2021, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 10 de noviembre de 2020.–El Secretario General Técnico, Liborio López García.

ANEXO
Adenda al Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de Melilla para el apoyo técnico en educación infantil en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Ciudad de Melilla durante el curso escolar 2020-2021

6 de noviembre de 2020.

De una parte, doña María Isabel Celaá Diéguez, Ministra de Educación y Formación Profesional, en virtud del Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, y en uso de la competencia establecida en el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre).

De otra, don Eduardo de Castro González, Presidente de la Ciudad de Melilla, nombrado por Real Decreto 389/2019, de 18 de junio, en representación de la Ciudad de Melilla, en virtud de las facultades que le atribuye el artículo 14 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla.

Ambas partes, en la representación con que actúan,

EXPONEN

Primero.

Que el día 31 de agosto de 2020 el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de Melilla firmaron un Convenio para el apoyo técnico en educación infantil en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Ciudad de Melilla durante el curso escolar 2020-2021 que resultó publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 12 de septiembre de 2020.

Segundo.

Que en la cláusula primera de dicho Convenio se especifica que el objeto del mismo es concretar el apoyo técnico a los centros sostenidos con fondos públicos que imparten el segundo ciclo de Educación Infantil en la Ciudad, llevándose a cabo mediante la contratación, mínima, de 75 (setenta y cinco) Técnicos/as Superiores en Educación Infantil, que realizarán las funciones que le son propias desde su contratación hasta la finalización del curso 2020-2021 con veinte horas semanales de trabajo.

Tercero.

Que en esa misma cláusula se indica que en el supuesto de que la Ciudad Autónoma dispusiera del pertinente crédito el apoyo mediante 75 (setenta y cinco) Técnicos/as Superiores en Educación Infantil podrá ser aumentado en el número que sea factible.

Cuarto.

Que en su cláusula segunda se indica que de disponer la Ciudad de Melilla de una mayor dotación de crédito para el apoyo técnico previsto inicialmente, se considerará factible el aumento del número Técnicos/as Superiores en Educación Infantil a contratar en atención a dicha disponibilidad de crédito.

Quinto.

Que en la cláusula sexta de dicho Convenio se indica que su modificación se tramitará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público.

Sexto.

Que con fecha 2 de octubre de 2020, la Intervención General de la Ciudad Autónoma de Melilla ha informado la existencia de crédito por cuantía de 800.215,20 euros, Retención de Crédito n.º 12020000061059, para la contratación de 45 Técnicos de Educación Infantil.

Séptimo.

En consecuencia, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de Melilla suscriben la presente adenda al Convenio, contando con los informes jurídicos preceptivos, y

ACUERDAN

Primero. Objeto.

Constituye el objeto de la presente adenda aumentar el apoyo técnico en educación infantil de setenta y cinco (75) Técnicos Superiores previstos inicialmente en el Convenio de fecha 31 de agosto de 2020 mediante la contratación de cuarenta y cinco (45) Técnicos Superiores más.

Segundo. Financiación.

El gasto que conlleva el aumento objeto de esta Adenda se financia mediante Fondo COVID, regulado mediante Real Decreto Ley 22/2020, 16 de junio, por el que se regula su creación y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento, habiéndose informado por la Intervención General de la Ciudad Autónoma de Melilla la existencia de crédito suficiente por importe de ochocientos mil doscientos quince euros con veinte céntimos (800.215,20 €), y efectuada la pertinente Retención de Crédito con número RC12020000061059, en fecha 2 de octubre de 2020, con cargo a aplicación presupuestaria 03/32200/14300 «Personal Educación Covid» del presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Esta adenda no comporta obligación económica al Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Tercero. Seguimiento.

La Comisión de Seguimiento establecida para el Convenio procederá al seguimiento, vigilancia y control de la ejecución de esta adenda y de los compromisos adquiridos por los firmantes, así como para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir durante su vigencia, pudiendo proponer la adopción de cuantas medidas y acciones estime precisa para el eficaz cumplimiento de los objetivos perseguidos por las partes.

Cuarto. Naturaleza.

La presente adenda tiene naturaleza administrativa quedando sometida al régimen jurídico de Convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En todo caso, las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse de la presente adenda se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso administrativo.

Quinto. Vigencia.

La adenda resultará eficaz y entrará en vigor una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, permaneciendo vigente hasta la finalización del curso escolar 2020-2021.

En todo lo no previsto en la presente adenda se estará a lo dispuesto en el Convenio previamente suscrito.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes firman la presente adenda al Convenio en la fecha indicada en la última firma electrónica.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, María Isabel Celaá Diéguez.–El Presidente de la Ciudad de Melilla, Eduardo de Castro González.

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