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Documento BOE-A-2020-14792

Resolución de 17 de noviembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en la Dirección General de la Policía.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 24 de noviembre de 2020, páginas 104027 a 104081 (55 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2020-14792

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de la Policía tiene puestos vacantes, dotados presupuestariamente y cuya provisión corresponde llevar a cabo por el procedimiento de concurso de méritos. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y en el artículo 40.1 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como en cumplimiento de lo dispuesto en el I Acuerdo de movilidad del personal funcionario al servicio de la Administración General del Estado, publicado por Resolución de 16 de noviembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, (BOE de 20 de noviembre de 2018), previa la aprobación de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, ha dispuesto convocar concurso general para cubrir las vacantes que se relacionan en el anexo I de esta Resolución, con arreglo a las siguientes bases.

El presente concurso tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva 2006/54/CE, de 5 de julio de 2006, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Resolución de 26 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos.

Bases de la convocatoria

Primera. Participación.

De acuerdo con lo dispuesto en los apartados a) y c) del artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, introducido por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, así como el artículo 41.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, podrá participar en el presente concurso el personal funcionario de carrera cualquiera que sea su situación administrativa, excepto el suspenso en firme mientras dure la suspensión, siempre que reúna el resto de los requisitos exigidos en la convocatoria en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación. Estos requisitos habrán de mantenerse hasta la fecha de toma de posesión en el puesto adjudicado.

Los funcionarios y las funcionarias que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo de adscripción solo podrán participar en el concurso desde uno de ellos.

En el marco de la racionalización y optimización de los recursos humanos que hace especialmente necesario atender criterios de eficiencia en la distribución del personal:

– Los funcionarios y las funcionarias que presten servicio en las Oficinas de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal o en el Fondo de Garantía Salarial, solo podrán participar en el presente concurso cuando cuenten con al menos, un periodo de seis años de servicios en dichos destinos anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

– Los funcionarios y las funcionarias destinados en las Direcciones Provinciales del Servicio Público de Empleo Estatal que realicen funciones relacionadas con la gestión y/o reconocimiento de las prestaciones por desempleo, solo podrán participar en el presente concurso cuando cuenten con al menos, un periodo de seis años de servicios en dichos destinos anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

A efectos del cómputo del período de seis años de servicios, se acumulará, en su caso, el tiempo de desempeño de puestos en los ámbitos señalados del Servicio Público de Empleo Estatal y en el Fondo de Garantía Salarial.

– Lo establecido en los apartados anteriores será de aplicación también a las personas que se encuentren en situación administrativa distinta al servicio activo pero tengan su puesto de reserva en los citados destinos.

– Los funcionarios y las funcionarias que presten servicios o que, encontrándose en situación administrativa distinta al servicio activo, tengan reservado alguno de los siguientes puestos del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, solo podrán participar en la presente convocatoria de concurso cuando cuenten con al menos un período de seis años de servicios en dichos destinos, anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

● Jefe/Jefa de Sección de Inspección Farmacéutica y Control de Drogas en las Áreas y Dependencias de Sanidad de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

● Inspector/Inspectora de Sanidad Vegetal en las Áreas y Dependencias de Agricultura y Pesca de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

● Coordinador/Coordinadora de Inspección de Sanidad Vegetal en las Áreas y Dependencias de Agricultura y Pesca de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

Los funcionarios y las funcionarias, aun perteneciendo a Cuerpos o Escalas de determinados sectores afectados de exclusiones, podrán participar en aquellos puestos que tengan clave de exclusión en la relación de puestos de trabajo, siempre y cuando se les permita en virtud de alguna resolución o acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR).

Los funcionarios y las funcionarias de los Cuerpos o Escalas que tengan reservados puestos en exclusiva no podrán participar en este concurso para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, de conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos los indicados Cuerpos o Escalas.

Cuando los puestos convocados dependan del propio Departamento al que estén adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos en exclusiva, corresponderá a ese Departamento conceder la referida autorización.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuarto.5 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad del personal funcionario que desempeñe puestos de trabajo de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y que pertenezca a especialidades o escalas adscritas a ella, para la cobertura de puestos de trabajo en otras Administraciones Públicas, estará sometida a la condición de la previa autorización de aquella, que podrá denegarla en atención a las necesidades del servicio.

Segunda. Situaciones administrativas de los participantes.

1. Los funcionarios y las funcionarias deberán permanecer en cada puesto de trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años para poder participar en los concursos de provisión de puestos, salvo en el ámbito de una Secretaría de Estado o de un Departamento ministerial, en defecto de aquella, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública y en el de supresión de su puesto de trabajo.

2. Los funcionarios y las funcionarias en situación de servicio en otras Administraciones Públicas, artículo 88 Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que después de transcurridos dos años desde su transferencia o traslado, hayan tomado posesión en un ulterior destino definitivo obtenido voluntariamente, no podrán participar hasta que hayan transcurrido dos años desde su incorporación al mismo; todo ello sin perjuicio de eventuales excepciones a causa de remoción, cese o supresión acaecidas en ese ulterior puesto.

3. Los funcionarios y las funcionarias en excedencia voluntaria por interés particular (artículo 89.2 del Estatuto Básico del Empleado Público) y en excedencia voluntaria por agrupación familiar (artículo 89.3 del citado Estatuto), solo podrán participar si al término del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido al menos dos años desde el inicio en dicha situación.

4. Los funcionarios y las funcionarias en situación de excedencia por cuidado de familiares y en servicios especiales con derecho a reserva de puesto (artículo 89.4 y 87 del Estatuto Básico del Empleado Público), solo podrán participar si a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde la fecha de toma de posesión en el último destino definitivo obtenido, salvo en los supuestos contemplados en el artículo 20.1.f de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

5. Los funcionarios y las funcionarias que hayan accedido a otro Cuerpo o Escala por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban, se les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo o Escala de procedencia, a efectos exclusivos de la permanencia de dos años en destino definitivo para poder concursar.

6. Los funcionarios y las funcionarias en servicio activo que se encuentren ocupando puestos en adscripción provisional, ya sea por reingreso, cese, remoción o supresión del puesto que venían ocupando, estarán obligados a participar en este concurso en el caso de que se convoque dicho puesto, solicitando, al menos, el puesto que ocupan en adscripción provisional, de acuerdo con lo establecido en los artículos 62.2 y 72.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Los funcionarios y las funcionarias sin destino definitivo que habiendo solicitado el puesto que ocupan provisionalmente no obtengan una de las plazas convocadas, podrán ser adscritos con carácter provisional a otros puestos vacantes en la misma localidad. En el caso de que no se solicite el puesto que se ocupa en adscripción provisional, el Ministerio no estará obligado a asignar un puesto de trabajo en la misma localidad si el puesto fuera adjudicado en este concurso.

7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y excedencia forzosa está obligado a concursar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre.

8. Las personas aspirantes que procedan de la situación administrativa de suspensión firme de funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado el periodo de suspensión.

Tercera. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio del Interior, ajustándose a los modelos publicados como anexos a esta Resolución, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Las instancias se presentarán a través del Portal Funciona (Recursos Humanos/Mis servicios de RR. HH.), siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base.

En el caso de que la persona concursante no pueda acceder en su puesto de trabajo a estos medios, lo pondrá en conocimiento de la Unidad de personal del Ministerio u Organismo donde presta servicios, la cual le deberá facilitar dicho acceso. Si ello no resultara posible por causas técnicas o de otra índole, esta Unidad de personal informará a la persona concursante que la instancia la puede presentar cumplimentando el anexo II que aparece publicado en la página web del Ministerio del Interior (www.interior.gob.es) y dirigirlo a dicha Unidad de personal, la cual asumirá la tramitación de la solicitud. En todo caso, se garantizará el derecho de las personas concursantes a presentar su solicitud de participación en el concurso.

Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de servicio activo o que no presten servicios en la Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, con carácter excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las anteriores.

La forma de presentación no telemática o a través de las unidades de personal será admitida en los casos expresamente previstos en esta base. En ningún caso, podrá presentarse de forma no electrónica una solicitud complementaria de una solicitud electrónica.

Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan de ser tenidos en cuenta.

La participación en este concurso requerirá la presentación de los siguientes documentos:

– Anexo II: Solicitud de participación.

– Anexo III: Certificado de méritos generales, expedido por el órgano competente en materia de personal.

– Anexo IV/IVbis: Certificado/s de méritos específicos expedido/s por el/los Centro/s de trabajo donde el candidato o candidata haya prestado sus servicios.

– Anexo V: Consentimiento del familiar dependiente para realizar consultas al Sistema de Verificación de Datos de Residencia (conciliación por cuidado de familiar).

– Anexo V bis: Consentimiento del funcionario o funcionaria en nombre del hijo/a menor para realizar consultas al Sistema de Verificación de Datos de Residencia (conciliación por cuidado de hijos e hijas).

Los modelos de los anexos II, III, IV, IV bis, V y V bis para imprimir y cumplimentar se encuentran disponibles en la página web del Departamento http://www.interior.gob.es/es/web/servicios-al-ciudadano/procesos-selectivos/concurso-de-traslados-personal-funcionario-/

Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que en ellos se contienen.

2. Los funcionarios y las funcionarias con alguna discapacidad podrán pedir la adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.

3. En el supuesto de estar interesadas dos personas que reúnan los requisitos exigidos en las vacantes anunciadas para un mismo municipio, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyan en sus solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan destino en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando vigente el resto de sus solicitudes.

Los funcionarios y las funcionarias que se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su solicitud (anexo II) y acompañar fotocopia de la petición de la otra persona solicitante.

Cuarta. Baremo de Valoración.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos (anexo III) podrá aportarse fuera del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte el justificante de su solicitud formulada en plazo.

La adjudicación de destino exigirá que, como mínimo, el aspirante alcance una puntuación total de todos los méritos reflejados en el presente baremo, de 25 puntos.

La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:

I. Méritos generales

1. Valoración del grado personal consolidado.

El grado personal consolidado se valorará en sentido positivo en función de su posición en el intervalo del Cuerpo o Escala correspondiente hasta un máximo de 10 puntos de la siguiente forma:

– Por un grado personal superior al nivel del puesto al que se concursa: 10 puntos.

– Por un grado personal igual al nivel del puesto al que se concursa: 8 puntos.

– Por un grado personal inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 6 puntos.

– Por un grado personal inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 4 puntos.

En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido en otras Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, en el Cuerpo o Escala desde el que participa el funcionario, cuando se halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, para el subgrupo de titulación en el que se encuentra clasificado el mismo.

En el supuesto de que el grado reconocido en el ámbito de otras Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos exceda del máximo establecido en la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento mencionado en el punto anterior, para el subgrupo de titulación a que pertenezca el funcionario, deberá valorársele el grado máximo correspondiente al intervalo de niveles asignado a su subgrupo de titulación en la Administración General del Estado.

El funcionario o la funcionaria que considere tener un grado personal consolidado, o que pueda ser consolidado durante el periodo de presentación de instancias, deberá recabar del órgano o unidad a que se refiere el apartado 1 de la base quinta, que dicha circunstancia quede expresamente reflejada en el anexo III.

2. Valoración del trabajo desarrollado.

Por el desempeño de puestos de trabajo durante los últimos cinco años (sesenta meses) inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de acuerdo con los criterios señalados a continuación, se valorará hasta un máximo de 25 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino igual o superior al del puesto al que se concursa: 0,4 puntos por mes trabajado.

– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,3 puntos por mes trabajado.

– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,2 puntos por mes trabajado.

Por el desempeño de puestos de trabajo en la misma área funcional que aquella a la que se encuentra adscrita la plaza o plazas solicitadas, se otorgará una puntuación adicional de 1 punto. A efectos de la valoración del mérito de trabajo desarrollado, se considerará mismo área funcional que el solicitante se encuentre prestando servicio en la Dirección General de la Policía.

A estos efectos:

– Al personal funcionario cesado en puestos de libre designación, removido de puestos obtenidos por concurso o cuyo puesto haya sido suprimido, que se encuentre pendiente de asignación de puesto de trabajo, se le valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a su grado personal consolidado.

– A los funcionarios y las funcionarias que se encuentren en la situación de servicio en otras Administraciones Públicas (artículo 88 del Estatuto Básico del Empleado Público), se les considerará, durante el tiempo de permanencia en dicha situación, el nivel de complemento de destino de los puestos de trabajo que hayan desempeñado en el periodo objeto de valoración. Si el nivel de complemento de destino de estos puestos fuera superior o inferior al intervalo de niveles correspondiente al subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala desde el que participan, se les valorará el nivel máximo o mínimo del intervalo en la Administración General del Estado. Estos límites máximo y mínimo se aplicarán igualmente a los funcionarios destinados en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.

El tiempo de permanencia en la situación administrativa de excedencia por cuidado de familiares regulado en el artículo 89.4 del Estatuto Básico del Empleado Público, se considerará como de prestación de servicios efectivos.

3. Cursos de formación o perfeccionamiento.

Los cursos de formación y perfeccionamiento ya sean recibidos y/o impartidos se valorarán hasta un máximo de 10 puntos.

Los cursos susceptibles de valoración serán los impartidos o recibidos en el marco de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de idiomas, no pudiéndose valorar los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas (excepto aquellas que estén equiparadas a cursos con una duración igual o superior a 15 horas), seminarios, simposios, máster y similares. Aquellos cursos en cuya certificación no aparezca su duración, no serán objeto de valoración.

Por la realización como asistente de los cursos de formación y perfeccionamiento con una duración mínima acreditada de 15 horas, siempre que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento, se otorgará hasta 9 puntos con la siguiente distribución:

– Para cursos de formación con una duración de 15 a 29 horas: 3 puntos.

– Para cursos de formación con una duración de 30 a 59 horas: 4 puntos.

– Para cursos de formación con una duración de 60 o más horas: 6 puntos.

Por la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento siempre que ésta haya sido acreditada, hasta 6 puntos, con la siguiente distribución:

– Inferior a 2 horas: 2 puntos.

– Igual o superior a 2 horas: 3 puntos.

– Igual o superior a 5 horas: 4 puntos.

– Igual o superior a 8 horas: 6 puntos.

En cada puesto serán valorados un máximo de tres cursos. Cada curso solo podrá ser valorado una vez, independientemente del número de veces que se haya realizado o impartido.

No se podrá acumular la puntuación de un curso que haya sido recibido e impartido, en cuyo caso se otorgará la puntuación más alta que le pueda corresponder.

– Dada la naturaleza transversal de la formación en materia de igualdad entre mujeres y hombres, se otorgará para todos los puestos que se incluyen en la convocatoria, una valoración de 1 punto a los cursos de formación en esta materia, siempre que su duración sea de 15 o más horas.

– El plazo máximo de validez de los cursos relacionados con las tecnologías de la información y ofimática, así como de aquellos relativos a materias en las que la obsolescencia de los contenidos así lo recomiende, será de 8 años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

4. Antigüedad.

Se valorará a razón de 0,84 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 25 puntos.

Computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de carrera, al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.

No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

5. Supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral solo serán objeto de valoración cuando se concurse desde la situación de servicio activo o desde otra situación distinta en la que se tenga derecho a reserva de puesto.

En el caso de que se aleguen causas relativas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral para la adjudicación de un puesto en distinta localidad, se deberán solicitar la totalidad de los puestos de trabajo que se convocan en esa localidad, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo.

En caso contrario, esto es, si no se solicitan todos los puestos de esa localidad, los supuestos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral solo serán objeto de valoración para la posible adjudicación de las plazas que tengan igual o inferior nivel de complemento de destino que el puesto que se está desempeñando o aquel que se tenga reservado, en caso de que se concurse desde situación distinta al servicio activo con derecho a reserva de puesto.

De no existir cambio de localidad, habrán de solicitarse todos los puestos que se convoquen en el mismo centro de trabajo (cuando se alegue cercanía) o con la misma jornada u horario (cuando se alegue esta circunstancia), y para los que se cumplan los requisitos.

En caso contrario, esto es, si no se solicitan todos los puestos adscritos al mismo centro de trabajo o con la misma jornada u horario, los supuestos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral solo serán objeto de valoración para la posible adjudicación de las plazas que tengan igual o inferior nivel de complemento de destino que el puesto desempeñado o aquel que se tenga reservado, en caso de que se concurse desde situación administrativa distinta a la de servicio activo con derecho a reserva de puesto.

Los supuestos relativos a esta materia se valorarán con un máximo de 10 puntos, de acuerdo con la distribución que se recoge a continuación:

5.1 Destino previo del cónyuge funcionario o de la cónyuge funcionaria.

Cuando el cónyuge funcionario o la cónyuge funcionaria haya obtenido destino definitivo mediante convocatoria pública en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, siempre que se acceda desde municipio distinto, se valorará en sentido positivo en función del tiempo de separación de los cónyuges, con un máximo de 5 puntos, de la siguiente forma:

– Si han transcurrido más de 5 años desde la obtención del destino definitivo, se valorará con 5 puntos.

– Si han transcurrido más de 4 y hasta 5 años desde la obtención del destino definitivo, se valorará con 4 puntos.

– Si han transcurrido más de 3 y hasta 4 años desde la obtención del destino definitivo, se valorará con 3 puntos.

– Si han transcurrido más de 2 y hasta 3 años desde la obtención del destino definitivo, se valorará con 2 puntos.

– Si han transcurrido más de 1 y hasta 2 años desde la obtención del destino definitivo, se valorará con 1 punto.

– Si ha transcurrido hasta 1 año desde la obtención del destino definitivo, se valorará con 0,5 puntos.

A estos efectos, no se otorgará puntuación a aquellos supuestos en los que el participante ocupe ya un puesto de trabajo con carácter provisional (adscripción provisional o comisión de servicios) en el municipio donde tiene destino el cónyuge funcionario o la cónyuge funcionaria.

En el caso de que el destino definitivo del cónyuge funcionario o de la cónyuge funcionaria se haya obtenido con anterioridad a la fecha del matrimonio, se computará desde la fecha de este.

En el caso de que la persona solicitante hubiera estado destinada en la misma localidad que su cónyuge y con posterioridad hubiera obtenido destino en localidad distinta, el tiempo se computará desde esta última fecha.

5.2 Cuidado de hijos e hijas o de familiares.

a) El cuidado de hijos e hijas, tanto cuando lo sean por naturaleza o por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo o la hija cumpla doce años, siempre que se acredite fehacientemente que el puesto o puestos solicitados permiten una mejor atención del menor, se valorará con una puntuación máxima de 5 puntos, de la siguiente forma:

La valoración de los 3 supuestos siguientes es excluyente entre sí:

1. Se valorarán con 3 puntos aquellos supuestos en que la plaza por la que se opta esté ubicada en el mismo municipio en el que reside el menor o menores objeto de cuidado, siempre y cuando el puesto desde el que se accede esté ubicado en distinta provincia.

2. Se valorarán con 2 puntos aquellos supuestos en que la plaza por la que se opta esté ubicada en el mismo municipio en el que reside el menor o menores objeto de cuidado, siempre y cuando el puesto desde el que se accede esté ubicado en distinto municipio de la misma provincia.

3. Se valorarán con 1 punto aquellos supuestos, no incluidos en los apartados anteriores, en los que la plaza por la que opta suponga una mejora de la conciliación porque permita una mejor atención del menor o menores, comparada con la que permite el puesto de trabajo desde el que se accede.

A efectos de valoración de los supuestos contemplados en los anteriores apartados 1 y 2, no se otorgará puntuación en aquellos supuestos en los que el participante ocupe ya un puesto de trabajo con carácter provisional (adscripción provisional o comisión de servicios) en el municipio donde reside el menor o menores objeto de cuidado, aunque su puesto de destino definitivo se encuentre en diferente municipio, sin perjuicio de la posible valoración, en su caso, del supuesto contemplado en el apartado 3 anterior.

Se otorgará una valoración adicional en los siguientes casos, siempre sin superar el límite máximo establecido para la valoración del cuidado de hijos e hijas, siendo los siguientes supuestos compatibles entre sí:

– Cuando el hijo o la hija menor objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33 %: 0,5 puntos.

– Cuando el hijo o la hija menor objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 75 %: 1 punto.

– Cuando se trate de una familia monoparental: 1 punto.

– Cuando se trate de una familia numerosa de categoría general: 0,5 puntos.

– Cuando se trate de una familia numerosa de categoría especial: 1 punto.

La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de un familiar.

b) El cuidado de un familiar, hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad siempre que, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, que se acceda desde un municipio distinto, y que se acredite fehacientemente que el puesto o puestos que se solicitan permiten una mejor atención del familiar, se valorará con un máximo de 5 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

a. Primer grado de consanguinidad o afinidad: 4 puntos.

b. Segundo grado de consanguinidad o afinidad: 3 puntos.

Se otorgará una valoración adicional de 1 punto, cuando el familiar objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 75 %.

La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de hijos e hijas.

No se otorgará puntuación en aquellos casos en los que el participante ocupe ya un puesto de trabajo con carácter provisional (adscripción provisional o comisión de servicios) en el municipio donde reside el familiar objeto de cuidado.

II. Méritos específicos

Se valorarán los méritos específicos correspondientes al perfil consignado en cada puesto de trabajo conforme se determina en el anexo I hasta un máximo de 20 puntos.

El conocimiento de la lengua oficial propia de cada Comunidad Autónoma, en los puestos correspondientes a los perfiles 2 y 4, deberá acreditarse mediante la presentación del título, diploma o certificación expedida por centro público competente o por institución privada oficialmente homologada, expresivo del grado de conocimiento.

En este apartado se tendrán en cuenta los conocimientos profesionales, estudios, experiencia necesaria, titulación, en su caso, y demás condiciones que garanticen la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo.

A estos efectos, se procederá a valorar como méritos específicos los conocimientos y/o experiencia adquiridos en el desarrollo de tareas o funciones propias de uno o varios puestos de trabajo únicamente cuando se hayan estado realizando durante seis meses o más.

Quinta. Acreditación de los méritos.

La certificación de los méritos de los funcionarios y las funcionarias que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo de adscripción deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes al Cuerpo o Escala desde el que participa.

Para la certificación de los méritos y funciones descritos en los apartados anteriores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, según el cual en las bases de los concursos para la provisión de puestos de trabajo se computará, a los efectos de valoración del trabajo desarrollado y de los correspondientes méritos, el tiempo que las personas candidatas hayan permanecido en las situaciones a que se refiere el artículo 56 de esta Ley Orgánica.

De acuerdo con el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. No obstante, cuando la relevancia del documento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, se podrán solicitar copias auténticas de acuerdo con el artículo 27 de dicha ley.

1. Méritos generales.

Los méritos generales se acreditarán en el certificado de méritos anexo III, que recogerá aquellos méritos, requisitos y datos imprescindibles que en él se señalan y deberá ser expedido de acuerdo con los siguientes supuestos:

a) La Subdirección General competente en materia de personal de los Departamentos ministeriales, o el Órgano competente en los Organismos, si se trata de funcionarios destinados en servicios centrales.

b) Las Secretarías Generales de las Delegaciones, Subdelegaciones y Direcciones Insulares del Gobierno, cuando se trate de funcionarios destinados en los servicios periféricos de ámbito regional o provincial.

c) La Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa cuando se trate de los funcionarios destinados en Madrid en ese Departamento Ministerial, y por los Delegados de Defensa cuando dichos funcionarios estén destinados en los servicios periféricos del Ministerio de Defensa.

d) El órgano competente en materia de personal de la Administración Pública que corresponda cuando se trate de los funcionarios y de las funcionarias que se encuentren en servicio en otras Administraciones Públicas.

e) La Unidad de personal que corresponda en función del puesto de reserva del funcionario o funcionaria, cuando se encuentre en situación administrativa distinta a la de activo con derecho a reserva de puesto de trabajo.

f) La Dirección General de la Función Pública para funcionarios y funcionarias pertenecientes a Cuerpos o Escalas adscritos al Ministerio de Política Territorial y Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, cuando se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo, teniendo en cuenta que los servicios que se hayan prestado en otras Administraciones Públicas mientras el funcionario o funcionaria se encontrase en dicha situación administrativa serán acreditados por el órgano competente de la Administración Pública en la que se prestasen los servicios. El Ministerio de adscripción correspondiente será el que expida esta certificación en el caso de funcionarios y funcionarias pertenecientes a Cuerpos o Escalas adscritos a otros Departamentos.

g) La Unidad de personal de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos S.A., en el caso de los funcionarios y funcionarias de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos que se encuentren en servicio activo destinados en esa Sociedad Estatal o que se encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa y que hayan ocupado su último destino en servicio activo en la misma.

h) La Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en el caso de los funcionarios y de las funcionarias de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa, cuyo último destino en servicio activo fue en la Caja Postal de Ahorros.

Para la valoración de los cursos que no estén incluidos en el anexo III, se deberá aportar el correspondiente certificado.

Acreditación de los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

La documentación que se aporte para la valoración de este apartado deberá contener información actualizada que permita comprobar que a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes concurren las circunstancias alegadas.

a) Los funcionarios y las funcionarias que aleguen como supuesto a valorar el destino previo del cónyuge funcionario o la cónyuge funcionaria, deberán aportar la siguiente documentación:

– Copia del Libro de Familia o certificación actualizada del Registro Civil de inscripción matrimonial.

– Certificación de la Unidad de personal que acredite la relación de servicios del cónyuge, su localidad de destino, el puesto que desempeña y la forma y fecha en que lo obtuvo.

b) Los funcionarios y las funcionarias que aleguen como supuesto objeto de valoración el cuidado de hijos e hijas deberán aportar la siguiente documentación:

– Copia del Libro de Familia o de la resolución administrativa o judicial de la adopción, acogimiento permanente o preadoptivo.

– Para los supuestos contemplados en el apartado I.5.2.a) de la base cuarta, consentimiento fehaciente de la persona que concursa, en representación de su hijo o de su hija menor, para realizar la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia para que los datos de empadronamiento, exclusivamente en relación al hijo o la hija menor, sean recabados de oficio, mediante la cumplimentación del anexo V bis.

Para la consulta de los datos mencionados en el párrafo anterior, será necesario consignar el DNI del menor, si lo tuviera, o su nombre y apellidos, así como fecha y lugar de nacimiento.

Si no prestara tal consentimiento o se produjeran otros supuestos que se detallan en la normativa reguladora (Real Decreto 523/2006, de 28 de abril, y la Orden PRE/4008/2006, de 27 de diciembre), la persona solicitante deberá aportar el certificado de empadronamiento actualizado acreditativo del lugar de residencia de los menores.

– Asimismo, se habrá de aportar certificado de escolarización, emitido por el Centro escolar donde curse estudios el menor o la menor, cuando se encuentre dentro del tramo de edad obligatoria de escolarización.

– Para el supuesto contemplado en el apartado I.5.2.a).3 de la base cuarta, declaración de la persona solicitante justificando las razones que avalan que el cambio de puesto supone una mejor atención al menor, acompañada de los documentos acreditativos de tales razones (certificado acreditativo de la jornada laboral realizada en su puesto de trabajo de origen, matriculación del menor en un centro educativo cercano al puesto que se solicita, etc.).

– Documentación acreditativa de que el funcionario o la funcionaria que alega este supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento.

– Cuando se alegue una discapacidad del hijo o de la hija menor de doce años a fin de obtener una puntuación adicional por este supuesto, deberá aportarse copia de la Resolución o documento acreditativo del grado de discapacidad expedido por la Administración Pública competente en la materia.

– Cuando se alegue la pertenencia a una familia numerosa o monoparental, a fin de obtener la puntuación adicional por esta circunstancia, deberá aportarse copia del libro de familia o título de familia numerosa, así como certificado de empadronamiento de la unidad familiar.

c) Los funcionarios y las funcionarias que aleguen como mérito el cuidado de un familiar deberán aportar la siguiente documentación:

– Copia del Libro de Familia y/o de otros documentos públicos que acrediten la relación de consanguinidad o afinidad.

– Copia de la Resolución o documento acreditativo del grado de dependencia y/o discapacidad expedido por la Administración Pública competente en la materia. En su defecto, certificado médico oficial actualizado justificativo de la situación de dependencia por edad, accidente o discapacidad del familiar objeto de cuidado.

– Consentimiento fehaciente del familiar dependiente para realizar la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia para que sus datos de empadronamiento sean recabados de oficio, cumplimentando el anexo V de esta convocatoria. Si no prestara tal consentimiento o se produjeran otros supuestos que se detallan en la normativa reguladora, la persona solicitante deberá aportar el certificado de empadronamiento actualizado del familiar dependiente.

– Certificado que acredite que no se está de alta en ningún Régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajo por cuenta propia o ajena y declaración de la persona dependiente de que no desempaña actividad retribuida alguna.

– Declaración de la persona solicitante justificando las razones que avalan que el cambio de puesto permite la mejor atención al familiar, así como documentación que acredite fehacientemente esta declaración. Declaración que podrá no tenerse en cuenta si la Comisión de Valoración dispone de documentación oficial que invalide, de forma negativa, la justificación contenida en dicha declaración o no quede suficientemente justificada a criterio de la Comisión de Valoración las razones que se alegan.

2. Méritos específicos.

El certificado para la valoración de los méritos específicos habrá de ser expedido en el modelo del anexo IV o IV bis de esta convocatoria por la persona responsable o titular de la Unidad en la que se hayan realizado las funciones que han permitido adquirir los conocimientos o experiencia que se certifican.

Se aportará la documentación justificativa de los méritos alegados que se considere necesaria.

Sexta. Consideraciones sobre la valoración de los méritos.

1. Los requisitos, méritos y cualesquiera otros datos alegados por los solicitantes, deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

2. La valoración de los méritos se efectuará conforme a lo establecido en el artículo 44 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. El resultado de su aplicación determinará el orden de prioridad de los concursantes para la adjudicación de las plazas.

3. En caso de empate en la puntuación se acudirá a lo dispuesto en el artículo 44.4 del citado Reglamento.

4. La valoración de los méritos se referirá a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación.

5. La Comisión de Valoración en cualquier momento del proceso, podrá contrastar todos los datos alegados por los interesados, con los existentes en el Registro Central de Personal así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración y consecuentemente modificar la puntuación otorgada.

Las discrepancias o dudas subsiguientes serán resueltas definitivamente según los datos aportados por el Registro Central de Personal.

6. En el caso de que se requiera la adaptación, por razón de discapacidad, del puesto o puestos de trabajo solicitados, la Comisión de Valoración podrá recabar del interesado la información complementaria que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada. Previamente, el Presidente de la Comisión de Valoración pedirá informe a los Centros directivos de los que dependan los puestos solicitados sobre la posibilidad de la adaptación. De darse este supuesto, la resolución del concurso, en los puestos afectados directa o indirectamente, se producirá una vez recibidos, analizados y evaluados por la Comisión de Valoración los informes pertinentes.

7. Los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria no podrán declararse desiertos cuando existan concursantes que hayan obtenido la puntuación mínima exigida, excepto cuando, como consecuencia de una reestructuración, se hayan amortizado o se encuentren en curso de modificación en sus características funcionales, orgánicas o retributivas ante la Comisión Interministerial de Retribuciones.

Séptima. Comisión de valoración.

1. Los méritos serán valorados por una Comisión, cuya composición se ajustará al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con la normativa vigente en materia de igualdad y que constará de los siguientes miembros:

– En representación de la Administración, la Subdirectora General de Recursos Humanos o persona en quien delegue, que actuará como Presidente/ Presidenta. El resto de Vocales serán designados entre funcionarios del Ministerio del Interior, de los que uno al menos será designado a propuesta del Centro Directivo al que figuren adscritos los puestos convocados. De entre los miembros designados en representación de la Administración, la autoridad convocante designará un Secretario/Secretaria.

– Un representante de cada una de las Organizaciones Sindicales que cumplan los requisitos establecidos en el párrafo tercero del artículo 46 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, a propuesta de las mismas. Interesado el nombramiento, si no se formula la correspondiente propuesta en el plazo de 10 días hábiles, se entenderá que dicha Organización Sindical ha decaído en su opción.

El número de representantes de las Organizaciones Sindicales, no podrá ser igual o superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.

La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos que en calidad de Asesores, actuarán con voz, pero sin voto.

A cada miembro titular de la Comisión de Valoración podrá asignársele un suplente que, en caso de ausencia justificada, le sustituirá con voz y voto.

Todos los miembros de la Comisión de Valoración deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.

2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la presente convocatoria.

3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.

Octava. Procedimiento de exclusión, renuncias y desistimientos a la participación en el concurso.

1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo a la mayor brevedad posible a la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio del Interior, preferiblemente mediante correo electrónico dirigido a proselfun@interior.es, para proceder a lo que corresponda en relación con su continuidad en el concurso.

2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria y se abrirá un plazo de 5 días hábiles para las posibles subsanaciones por parte de las personas excluidas.

Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter mínimo, su publicación en la página web del Ministerio del Interior (www.interior.gob.es).

3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá hasta la fecha en la que se constituya la Comisión de Valoración del concurso. De la fecha de la reunión se dará publicidad con suficiente antelación.

4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud en sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados), se admitirá hasta el día anterior a la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. De las valoraciones provisionales se dará también la suficiente publicidad.

Novena. Listados provisionales de valoración de méritos.

Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las valoraciones provisionales otorgadas, la Comisión de Valoración publicará listados provisionales de valoración de los méritos para los distintos puestos en la página web del Ministerio del Interior. En dichos listados se establecerá un periodo de alegaciones.

Décima. Resolución del concurso.

1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaria del Interior en un plazo máximo de seis meses desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias expuestas en la base tercera punto 2, en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente por estas circunstancias.

A los únicos efectos de computar los plazos establecidos en esta convocatoria, no se tendrá en consideración el mes de agosto.

2. En la Resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de trabajo, localidad, Órgano directivo y Departamento ministerial o Administración Pública de cese de los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando participen desde una situación distinta a la de servicio activo.

3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y/o licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas interesadas, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

No obstante, para los funcionarios y las funcionarias que se encuentren en licencia por enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la licencia que tenga concedida.

La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese, por necesidades del servicio hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a la Unidad competente a la que haya sido destinado el funcionario o funcionaria.

Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública podrá aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior.

Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la Subsecretaria del Departamento podrá conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita la persona interesada por razones justificadas.

Undécima. Destinos adjudicados.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso deberá comunicarse por escrito al órgano convocante.

Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a un funcionario en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Duodécima. Publicación de la resolución del concurso.

La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y a partir de la misma empezarán a contarse los plazos establecidos para que los Ministerios y Organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.

Decimotercera. Recursos.

Contra la presente Resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria del Interior en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 17 de noviembre de 2020.–La Subsecretaria del Interior, Isabel Goicoechea Aranguren.

1

2

3

4

ANEXO I

N.º orden

Código puesto

Centro directivo - Denominación puesto

Localidad

NV/CD

CE

GR/SB

ADM

Cuerpo

Observ.

Perfil

MINISTERIO DEL INTERIOR

S.DE E. DE SEGURIDAD

D.G. DE LA POLICIA

DIRECCION ADJUNTA OPERATIVA

1

2789635

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16

MADRID - MADRID

16

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

1

GABINETE TECNICO

2

2012885

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

3

1413510

PUESTO DE TRABAJO DE INFORMACION N14

MADRID - MADRID

14

7.601,44

C2

AE

EX11

APC1

1

S.G. DE LOGISTICA E INNOVACION

4

3912501

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.733,26

C1

C2

A3

EX11

MA3

1

5

733591

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.733,26

C1

C2

A3

EX11

MA3

1

COM. GRAL.DE EXTRANJERIA Y FRONTERAS

6

4684193

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - MADRID

18

8.399,02

C1

C2

A3

EX11

APC2

3

7

4232830

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - MADRID

18

4.807,46

C1

C2

A3

EX11

MA3

3

8

4684194

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - MADRID

18

4.807,46

C1

C2

A3

EX11

MA3

3

9

4684227

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4733,26

C1

C2

A3

EX11

MA3

1

COMISARIA GENERAL DE POLICIA CIENTIFICA

10

2992275

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

11

4684366

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16

MADRID - MADRID

16

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

1

COMISARIA GENERAL DE INFORMACION

12

1239695

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

13

4684109

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

COMISARIA GENERAL DE POLICIA JUDICIAL

14

1062443

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

15

4684131

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

16

4684134

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

17

1105547

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16

MADRID - MADRID

16

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

1

COMISARIA GRAL. DE SEGURIDAD CIUDADANA

18

1052714

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

DIVISION DE COOPERACION INTERNACIONAL

19

2884286

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

DIVISION DE DOCUMENTACION

20

3784089

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - MADRID

18

4.807,46

C1

C2

A3

EX11

MA3

3

21

1941081

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

8.375,78

C1

C2

A3

EX11

APC1

1

22

2160920

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

8.375,78

C1

C2

A3

EX11

APC1

1

23

4425198

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

8.375,78

C1

C2

A3

EX11

APC1

1

24

4684244

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

8.375,78

C1

C2

A3

EX11

APC1

1

25

1475455

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.733,26

C1

C2

A3

EX11

MA3

1

26

1709785

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4733,26

C1

C2

A3

EX11

MA3

1

27

2431602

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.733,26

C1

C2

A3

EX11

MA3

1

28

4403741

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.733,26

C1

C2

A3

EX11

MA3

1

29

4684225

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.733,26

C1

C2

A3

EX11

MA3

1

30

2717563

PUESTO DE TRABAJO N16

MADRID - MADRID

16

8.375,78

C1

C2

A3

EX11

APC1

1

DIVISION DE FORMACION Y PERFECCIONAMIEN.

31

1218754

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

32

1699324

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE INFORMACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

A.P

3

33

1977833

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

34

2484683

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

35

3384070

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

36

3912231

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

37

3966997

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

38

811639

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

39

4684334

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16

MADRID - MADRID

16

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

1

40

4684461

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE INFORMACION N16

MADRID - MADRID

16

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

A.P

1

DIVISION DE PERSONAL

41

1352516

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

42

1395372

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

43

2935326

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

44

2966177

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

45

3764883

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE INFORMACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

A.P

3

DIVISION ECONOMICA Y TECNICA

46

2599406

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

47

3899150

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

48

4684368

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

49

4684381

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18

MADRID - MADRID

18

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

3

50

1891786

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16

MADRID - MADRID

16

4.246,34

C1

C2

AE

EX11

1

ORGANIZACION PERIFER. D.G. DE LA POLICIA

JEFAT.SUP.POLICIA ANDALUCIA OCCIDENTAL

51

2223122

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

SEVILLA - SEVILLA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

52

2103178

PUESTO DE TRABAJO N17

SEVILLA - SEVILLA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

53

2429024

PUESTO DE TRABAJO N17

SEVILLA - SEVILLA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

54

3726184

PUESTO DE TRABAJO N17

SEVILLA - SEVILLA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

55

4684893

PUESTO DE TRABAJO N17

SEVILLA - SEVILLA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

56

4684895

PUESTO DE TRABAJO N17

SEVILLA - SEVILLA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

57

4684906

PUESTO DE TRABAJO N17

SEVILLA - SEVILLA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

58

5072125

PUESTO DE TRABAJO N17

SEVILLA - SEVILLA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

59

932738

PUESTO DE TRABAJO N17

SEVILLA - SEVILLA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

60

1523061

PUESTO DE TRABAJO N16

SEVILLA - SEVILLA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

61

3102857

PUESTO DE TRABAJO N16

SEVILLA - SEVILLA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

62

4684897

PUESTO DE TRABAJO N16

SEVILLA - SEVILLA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

63

4684909

PUESTO DE TRABAJO N15

SEVILLA - SEVILLA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

64

4684913

PUESTO DE TRABAJO N16

SEVILLA - SEVILLA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

65

5072121

PUESTO DE TRABAJO N16

SEVILLA - SEVILLA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE CAMAS

66

1761762

PUESTO DE TRABAJO N16

SEVILLA - CAMAS

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE CORIA DEL RIO

67

4684902

PUESTO DE TRABAJO N17

SEVILLA - CORIA DEL RIO

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE DOS HERMANAS

68

3436768

PUESTO DE TRABAJO N17

SEVILLA - DOS HERMANAS

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

69

4684898

PUESTO DE TRABAJO N17

SEVILLA - DOS HERMANAS

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE MORON DE LA FRONTERA

70

5072117

PUESTO DE TRABAJO N17

SEVILLA - MORON DE LA FRONTERA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

71

5072118

PUESTO DE TRABAJO N16

SEVILLA - MORON DE LA FRONTERA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE CADIZ

72

4503063

PUESTO DE TRABAJO N17

CADIZ - CADIZ

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

73

793017

PUESTO DE TRABAJO N17

CADIZ - CADIZ

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE ALGECIRAS

74

3306317

PUESTO DE TRABAJO N17

CADIZ - ALGECIRAS

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

75

4214117

PUESTO DE TRABAJO N17

CADIZ - ALGECIRAS

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE JEREZ DE LA FRONTERA

76

2873228

PUESTO DE TRABAJO N17

CADIZ - JEREZ DE LA FRONTERA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

77

3133529

PUESTO DE TRABAJO N17

CADIZ - JEREZ DE LA FRONTERA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

78

4299806

PUESTO DE TRABAJO N16

CADIZ - JEREZ DE LA FRONTERA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

79

4684158

PUESTO DE TRABAJO N16

CADIZ - JEREZ DE LA FRONTERA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL PUERTO STA.M.-PUERTO R.

80

5192533

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

CADIZ - PUERTO DE SANTA MARIA, EL

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

81

3235455

PUESTO DE TRABAJO N17

CADIZ - PUERTO DE SANTA MARIA, EL

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE ROTA

82

4675890

PUESTO DE TRABAJO N17

CADIZ - ROTA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE SAN FERNANDO

83

2187291

PUESTO DE TRABAJO N16

CADIZ - SAN FERNANDO

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE SANLUCAR DE BARRAMEDA

84

4684139

PUESTO DE TRABAJO N17

CADIZ - SANLUCAR DE BARRAMEDA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

UNIDAD DE EXTRANJ. Y DOCUM. CHICLANA F.

85

2141695

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

CADIZ - CHICLANA DE LA FRONTERA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

COMISARIA PROVINCIAL DE CORDOBA

86

1996144

PUESTO DE TRABAJO N17

CORDOBA - CORDOBA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

87

2025592

PUESTO DE TRABAJO N17

CORDOBA - CORDOBA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

88

2157187

PUESTO DE TRABAJO N17

CORDOBA - CORDOBA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

89

3649956

PUESTO DE TRABAJO N17

CORDOBA - CORDOBA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

90

4684624

PUESTO DE TRABAJO N17

CORDOBA - CORDOBA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE LUCENA-CABRA

91

5072161

PUESTO DE TRABAJO N16

CORDOBA - LUCENA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE HUELVA

92

3167237

PUESTO DE TRABAJO N17

HUELVA - HUELVA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

CCPA CON PORTUGAL DE V.R.S.A./ AYAMONTE

93

1779198

PUESTO DE TRABAJO N16

HUELVA - AYAMONTE

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

JEFAT.SUP.POLICIA ANDALUCIA ORIENTAL

94

1194437

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

GRANADA - GRANADA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

95

4684237

PUESTO DE TRABAJO N17

GRANADA - GRANADA

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

96

1852864

PUESTO DE TRABAJO N17

GRANADA - GRANADA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

97

1931803

PUESTO DE TRABAJO N17

GRANADA - GRANADA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

98

1941248

PUESTO DE TRABAJO N17

GRANADA - GRANADA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

99

2595570

PUESTO DE TRABAJO N17

GRANADA - GRANADA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

100

3537466

PUESTO DE TRABAJO N17

GRANADA - GRANADA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

101

3823087

PUESTO DE TRABAJO N17

GRANADA - GRANADA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

102

4194876

PUESTO DE TRABAJO N17

GRANADA - GRANADA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

103

2623300

PUESTO DE TRABAJO N16

GRANADA - GRANADA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE BAZA

104

1726012

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

GRANADA - BAZA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

105

4047120

PUESTO DE TRABAJO N16

GRANADA - BAZA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE ALMERIA

106

1639933

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

ALMERIA - ALMERIA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

COMISARIA LOCAL DE EL EJIDO

107

4659200

PUESTO DE TRABAJO N17

ALMERIA - DALIAS

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

108

4684511

PUESTO DE TRABAJO N17

ALMERIA - DALIAS

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

UNIDAD DE EXTR. Y DOC. DE HUERCAL-OVERA

109

4684813

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

ALMERIA - HUERCAL-OVERA

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

110

4382605

PUESTO DE TRABAJO N17

ALMERIA - HUERCAL-OVERA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

111

5072188

PUESTO DE TRABAJO N17

ALMERIA - HUERCAL-OVERA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

UNIDAD DE EXTR.Y DOC. DE ROQUETAS DE MAR

112

1522361

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

ALMERIA - ROQUETAS DE MAR

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

113

3782195

PUESTO DE TRABAJO N17

ALMERIA - ROQUETAS DE MAR

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

114

3934552

PUESTO DE TRABAJO N17

ALMERIA - ROQUETAS DE MAR

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

115

4330567

PUESTO DE TRABAJO N17

ALMERIA - ROQUETAS DE MAR

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE JAEN

116

1552740

PUESTO DE TRABAJO N17

JAEN - JAEN

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

117

2601027

PUESTO DE TRABAJO N17

JAEN - JAEN

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE LINARES

118

2697157

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

JAEN - LINARES

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

119

1395934

PUESTO DE TRABAJO N17

JAEN - LINARES

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE MALAGA

120

2834356

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MALAGA - MALAGA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

121

1533258

PUESTO DE TRABAJO N17

MALAGA - MALAGA

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

122

4520606

PUESTO DE TRABAJO N17

MALAGA - MALAGA

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

123

2573565

PUESTO DE TRABAJO N17

MALAGA - MALAGA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

124

3432804

PUESTO DE TRABAJO N17

MALAGA - MALAGA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

125

4206513

PUESTO DE TRABAJO N17

MALAGA - MALAGA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

126

5072144

PUESTO DE TRABAJO N17

MALAGA - MALAGA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

127

2487705

PUESTO DE TRABAJO N15

MALAGA - MALAGA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE ESTEPONA

128

1628259

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MALAGA - ESTEPONA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

129

897861

PUESTO DE TRABAJO N15

MALAGA - ESTEPONA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE MARBELLA

130

3768061

PUESTO DE TRABAJO N17

MALAGA - MARBELLA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

131

4234692

PUESTO DE TRABAJO N17

MALAGA - MARBELLA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE RONDA

132

1306361

PUESTO DE TRABAJO N16

MALAGA - RONDA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE VELEZ-MALAGA

133

3566408

PUESTO DE TRABAJO N17

MALAGA - VELEZ-MALAGA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE TORREMOLINOS-BENALM.

134

2110231

PUESTO DE TRABAJO N17

MALAGA - TORREMOLINOS

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

JEFAT.SUP.POLICIA DE ARAGON

135

3038705

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

ZARAGOZA - ZARAGOZA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

136

1418269

PUESTO DE TRABAJO N17

ZARAGOZA - ZARAGOZA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

137

2032411

PUESTO DE TRABAJO N17

ZARAGOZA - ZARAGOZA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

138

2405804

PUESTO DE TRABAJO N17

ZARAGOZA - ZARAGOZA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

139

2523556

PUESTO DE TRABAJO N17

ZARAGOZA - ZARAGOZA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

140

4206161

PUESTO DE TRABAJO N17

ZARAGOZA - ZARAGOZA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE HUESCA

141

3663890

PUESTO DE TRABAJO N17

HUESCA - HUESCA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC. DE FRAGA

142

1155200

PUESTO DE TRABAJO N17

HUESCA - FRAGA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

143

1181637

PUESTO DE TRABAJO N17

HUESCA - FRAGA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE TERUEL

144

2156304

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

TERUEL - TERUEL

18

8.399,02

C1

C2

AM

EX11

APC2

3

145

3365286

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

TERUEL - TERUEL

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC. DE ALCAÑIZ

146

3002291

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

TERUEL - ALCAÑIZ

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

147

3197432

PUESTO DE TRABAJO N17

TERUEL - ALCAÑIZ

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

JEFAT.SUP.POLICIA DE ASTURIAS

148

1166970

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

ASTURIAS - OVIEDO

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

149

1537019

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

ASTURIAS - OVIEDO

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

150

2305793

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - OVIEDO

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

151

2792792

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - OVIEDO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

152

3042078

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - OVIEDO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

153

3740987

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - OVIEDO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

154

4366733

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - OVIEDO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE GIJON

155

1010856

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - GIJON

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

156

1227102

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - GIJON

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

157

1882878

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - GIJON

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

158

2233446

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - GIJON

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

159

3465975

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - GIJON

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

160

4021238

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - GIJON

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

161

973207

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - GIJON

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE LUARCA

162

5072141

PUESTO DE TRABAJO N15

ASTURIAS - LUARCA

15

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL S.LANGREO-S.MARTIN R.A.

163

4120336

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

ASTURIAS - LANGREO

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

164

1751429

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - LANGREO

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

165

3350297

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - LANGREO

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE POLA DE SIERO

166

1788693

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - SIERO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

167

2537323

PUESTO DE TRABAJO N17

ASTURIAS - SIERO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

168

4684393

PUESTO DE TRABAJO N16

ASTURIAS - SIERO

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

JEFAT.SUP.POLICIA DE LAS ILLES BALEARS

169

1494217

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

ILLES BALEARS - PALMA DE MALLORCA

18

5.078,22

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

170

2745618

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

ILLES BALEARS - PALMA DE MALLORCA

18

5.078,22

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

171

3236570

PUESTO DE TRABAJO N17

ILLES BALEARS - PALMA DE MALLORCA

17

5.046,30

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

172

2003844

PUESTO DE TRABAJO N17

ILLES BALEARS - PALMA DE MALLORCA

17

5.023,06

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

173

2996844

PUESTO DE TRABAJO N17

ILLES BALEARS - PALMA DE MALLORCA

17

5.023,06

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE CIUDADELLA DE MENORCA

174

3041821

PUESTO DE TRABAJO N17

ILLES BALEARS - CIUTADELLA DE MENORCA

17

5.046,30

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE EIVISSA

175

3499380

PUESTO DE TRABAJO N17

ILLES BALEARS - EIVISSA

17

5.023,06

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

176

4684524

PUESTO DE TRABAJO N17

ILLES BALEARS - EIVISSA

17

5.023,06

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

177

5072072

PUESTO DE TRABAJO N17

ILLES BALEARS - EIVISSA

17

5.023,06

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

JEFAT.SUP.POLICIA DE CANARIAS

178

2116964

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

LAS PALMAS - PALMAS DE GRAN CANARIA, LAS

18

5.078,22

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

179

4684856

PUESTO DE TRABAJO N17

LAS PALMAS - PALMAS DE GRAN CANARIA, LAS

17

8.673,14

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

180

4332676

PUESTO DE TRABAJO N17

LAS PALMAS - PALMAS DE GRAN CANARIA, LAS

17

5.046,30

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

181

4684873

PUESTO DE TRABAJO N17

LAS PALMAS - PALMAS DE GRAN CANARIA, LAS

17

5.046,30

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

182

2398764

PUESTO DE TRABAJO N17

LAS PALMAS - PALMAS DE GRAN CANARIA, LAS

17

5.023,06

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

183

4685080

PUESTO DE TRABAJO N16

LAS PALMAS - PALMAS DE GRAN CANARIA, LAS

16

5.023,06

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE ARRECIFE

184

2727692

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

LAS PALMAS - ARRECIFE

18

5.078,22

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

185

4684440

PUESTO DE TRABAJO N17

LAS PALMAS - ARRECIFE

17

5.023,06

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE MASPALOMAS

186

2293932

PUESTO DE TRABAJO N17

LAS PALMAS - SAN BARTOLOME DE TIRAJANA

17

5.046,30

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

187

4611672

PUESTO DE TRABAJO N17

LAS PALMAS - SAN BARTOLOME DE TIRAJANA

17

5.046,30

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

188

4611768

PUESTO DE TRABAJO N17

LAS PALMAS - SAN BARTOLOME DE TIRAJANA

17

5.046,30

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC. DE TUINEJE

189

2470971

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

LAS PALMAS - TUINEJE

18

5.023,06

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

190

2380057

PUESTO DE TRABAJO N17

LAS PALMAS - TUINEJE

17

5.023,06

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE S. C. TENERIFE

191

1739023

PUESTO DE TRABAJO N17

S. C. TENERIFE - SANTA CRUZ DE TENERIFE

17

5.046,30

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

192

4275004

PUESTO DE TRABAJO N17

S. C. TENERIFE - SANTA CRUZ DE TENERIFE

17

5.046,30

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

193

4684868

PUESTO DE TRABAJO N17

S. C. TENERIFE - SANTA CRUZ DE TENERIFE

17

5.046,30

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

194

4684876

PUESTO DE TRABAJO N17

S. C. TENERIFE - SANTA CRUZ DE TENERIFE

17

5.046,30

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

195

2959684

PUESTO DE TRABAJO N17

S. C. TENERIFE - SANTA CRUZ DE TENERIFE

17

5023,06

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE SUR DE TENERIFE

196

4685081

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

S. C. TENERIFE - ADEJE

18

5.078,22

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

197

5072134

PUESTO DE TRABAJO N17

S. C. TENERIFE - ADEJE

17

5.023,06

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

198

4611727

PUESTO DE TRABAJO N15

S. C. TENERIFE - ADEJE

15

5.023,06

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE LA LAGUNA

199

4278284

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

S. C. TENERIFE - LAGUNA, LA

18

5.078,22

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

COMISARIA LOCAL DE STA. CRUZ DE LA PALMA

200

4684869

PUESTO DE TRABAJO N17

S. C. TENERIFE - SANTA CRUZ DE LA PALMA

17

5.023,06

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

JEFAT.SUP.POLICIA DE CANTABRIA

201

2925730

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

CANTABRIA - SANTANDER

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

202

2638980

PUESTO DE TRABAJO N17

CANTABRIA - SANTANDER

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

203

1212095

PUESTO DE TRABAJO N17

CANTABRIA - SANTANDER

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

204

1516528

PUESTO DE TRABAJO N17

CANTABRIA - SANTANDER

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

205

2182102

PUESTO DE TRABAJO N17

CANTABRIA - SANTANDER

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

206

3007943

PUESTO DE TRABAJO N17

CANTABRIA - SANTANDER

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

207

4684880

PUESTO DE TRABAJO N17

CANTABRIA - SANTANDER

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

208

2740443

PUESTO DE TRABAJO N16

CANTABRIA - SANTANDER

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE TORRELAVEGA

209

1238929

PUESTO DE TRABAJO N17

CANTABRIA - TORRELAVEGA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

210

4684879

PUESTO DE TRABAJO N17

CANTABRIA - TORRELAVEGA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

UNIDAD DE EXTRANJ.Y DOC. CASTRO-URDIALES

211

2178312

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

CANTABRIA - CASTRO-URDIALES

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

212

5071983

PUESTO DE TRABAJO N17

CANTABRIA - CASTRO-URDIALES

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

JEFAT.SUP.POLICIA CASTILLA Y LEON

213

2902097

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

VALLADOLID - VALLADOLID

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

214

1623580

PUESTO DE TRABAJO N17

VALLADOLID - VALLADOLID

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

215

2194464

PUESTO DE TRABAJO N17

VALLADOLID - VALLADOLID

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

216

3034815

PUESTO DE TRABAJO N17

VALLADOLID - VALLADOLID

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

217

3773360

PUESTO DE TRABAJO N17

VALLADOLID - VALLADOLID

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

218

4655459

PUESTO DE TRABAJO N17

VALLADOLID - VALLADOLID

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

219

3699108

PUESTO DE TRABAJO N17

VALLADOLID - VALLADOLID

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

220

3664896

PUESTO DE TRABAJO N16

VALLADOLID - VALLADOLID

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

221

5077241

PUESTO DE TRABAJO N16

VALLADOLID - VALLADOLID

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE MEDINA DEL CAMPO

222

2231224

PUESTO DE TRABAJO N16

VALLADOLID - MEDINA DEL CAMPO

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE AVILA

223

3626527

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

AVILA - AVILA

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

224

864546

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

AVILA - AVILA

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

225

2526801

PUESTO DE TRABAJO N17

AVILA - AVILA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

226

4563178

PUESTO DE TRABAJO N16

AVILA - AVILA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE BURGOS

227

1138644

PUESTO DE TRABAJO N17

BURGOS - BURGOS

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

228

1215952

PUESTO DE TRABAJO N17

BURGOS - BURGOS

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

229

2072510

PUESTO DE TRABAJO N17

BURGOS - BURGOS

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

230

2715499

PUESTO DE TRABAJO N17

BURGOS - BURGOS

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

231

4684592

PUESTO DE TRABAJO N17

BURGOS - BURGOS

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE ARANDA DE DUERO

232

3534089

PUESTO DE TRABAJO N17

BURGOS - ARANDA DE DUERO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE MIRANDA DE EBRO

233

3059198

PUESTO DE TRABAJO N16

BURGOS - MIRANDA DE EBRO

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE LEON

234

1513466

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

LEON - LEON

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

235

3760913

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

LEON - LEON

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

236

3862735

PUESTO DE TRABAJO N17

LEON - LEON

17

5.046,30

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

237

2346120

PUESTO DE TRABAJO N17

LEON - LEON

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE ASTORGA

238

3747442

PUESTO DE TRABAJO N17

LEON - ASTORGA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE PONFERRADA

239

4538505

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

LEON - PONFERRADA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

240

1674398

PUESTO DE TRABAJO N17

LEON - PONFERRADA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

241

1782616

PUESTO DE TRABAJO N17

LEON - PONFERRADA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE PALENCIA

242

2584749

PUESTO DE TRABAJO N17

PALENCIA - PALENCIA

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

243

1433668

PUESTO DE TRABAJO N17

PALENCIA - PALENCIA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

244

3200726

PUESTO DE TRABAJO N17

PALENCIA - PALENCIA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

245

3349576

PUESTO DE TRABAJO N17

PALENCIA - PALENCIA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE SALAMANCA

246

4721387

PUESTO DE TRABAJO N17

SALAMANCA - SALAMANCA

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

247

3107114

PUESTO DE TRABAJO N17

SALAMANCA - SALAMANCA

17

5.596,78

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

248

1398011

PUESTO DE TRABAJO N17

SALAMANCA - SALAMANCA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

249

2859988

PUESTO DE TRABAJO N17

SALAMANCA - SALAMANCA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

250

5076998

PUESTO DE TRABAJO N17

SALAMANCA - SALAMANCA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE BEJAR

251

1158892

PUESTO DE TRABAJO N17

SALAMANCA - BEJAR

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE SEGOVIA

252

3944501

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

SEGOVIA - SEGOVIA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

COMISARIA PROVINCIAL DE SORIA

253

2646857

PUESTO DE TRABAJO N17

SORIA - SORIA

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

254

2051262

PUESTO DE TRABAJO N17

SORIA - SORIA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE ZAMORA

255

1889621

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

ZAMORA - ZAMORA

18

8.399,02

C1

C2

AM

EX11

APC2

3

256

3626817

PUESTO DE TRABAJO N17

ZAMORA - ZAMORA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

257

4684951

PUESTO DE TRABAJO N17

ZAMORA - ZAMORA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

258

3262082

PUESTO DE TRABAJO N17

ZAMORA - ZAMORA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

JEFAT.SUP.POLICIA CASTILLA-LA MANCHA

259

1488943

PUESTO DE TRABAJO N17

TOLEDO - TOLEDO

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

260

4325227

PUESTO DE TRABAJO N17

TOLEDO - TOLEDO

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE TALAVERA DE LA REINA

261

3173814

PUESTO DE TRABAJO N17

TOLEDO - TALAVERA DE LA REINA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE ALBACETE

262

4277968

PUESTO DE TRABAJO N17

ALBACETE - ALBACETE

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

263

4684802

PUESTO DE TRABAJO N16

ALBACETE - ALBACETE

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

264

5076936

PUESTO DE TRABAJO N16

ALBACETE - ALBACETE

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE HELLIN

265

4675883

PUESTO DE TRABAJO N17

ALBACETE - HELLIN

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE CIUDAD REAL

266

766585

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

CIUDAD REAL - CIUDAD REAL

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

267

1401923

PUESTO DE TRABAJO N17

CIUDAD REAL - CIUDAD REAL

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE ALCAZAR DE SAN JUAN

268

3375051

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

CIUDAD REAL - ALCAZAR DE SAN JUAN

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

269

906091

PUESTO DE TRABAJO N17

CIUDAD REAL - ALCAZAR DE SAN JUAN

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE PUERTOLLANO

270

2647571

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

CIUDAD REAL - PUERTOLLANO

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

U. EXTRANJ.Y DOC. TOMELLOSO (CIUDAD R.)

271

4066081

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

CIUDAD REAL - TOMELLOSO

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

UNIDAD DE EXTRANJ. Y DOC. DE TARANCON

272

3884750

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

CUENCA - TARANCON

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

273

3478325

PUESTO DE TRABAJO N17

CUENCA - TARANCON

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA PROVINCIAL DE GUADALAJARA

274

2204314

PUESTO DE TRABAJO N17

GUADALAJARA - GUADALAJARA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

JEFAT.SUP.POLICIA DE CATALUÑA

275

4684623

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BARCELONA - BARCELONA

18

8.399,02

C1

C2

AM

EX11

APC2

4

276

1659795

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BARCELONA - BARCELONA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

277

3004727

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BARCELONA - BARCELONA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

278

3526964

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BARCELONA - BARCELONA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

279

1629397

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - BARCELONA

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

2

280

3915797

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - BARCELONA

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

2

281

3572234

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - BARCELONA

17

5.046,30

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

282

1048375

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - BARCELONA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

283

1199370

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - BARCELONA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

284

1610345

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - BARCELONA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

285

2803248

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - BARCELONA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

286

3277910

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - BARCELONA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

287

3694177

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - BARCELONA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

288

4333106

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - BARCELONA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

289

4563242

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - BARCELONA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

290

4684586

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - BARCELONA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

291

4684590

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - BARCELONA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

292

3276083

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - BARCELONA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

293

2085805

PUESTO DE TRABAJO N16

BARCELONA - BARCELONA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

294

4675886

PUESTO DE TRABAJO N16

BARCELONA - BARCELONA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

295

4684515

PUESTO DE TRABAJO N15

BARCELONA - BARCELONA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

296

4684542

PUESTO DE TRABAJO N16

BARCELONA - BARCELONA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

297

4684545

PUESTO DE TRABAJO N16

BARCELONA - BARCELONA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

298

4684979

PUESTO DE TRABAJO N16

BARCELONA - BARCELONA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

299

4685064

PUESTO DE TRABAJO N16

BARCELONA - BARCELONA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

300

5072169

PUESTO DE TRABAJO N16

BARCELONA - BARCELONA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

301

5072176

PUESTO DE TRABAJO N16

BARCELONA - BARCELONA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

302

5077039

PUESTO DE TRABAJO N16

BARCELONA - BARCELONA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

2

303

5077040

PUESTO DE TRABAJO N16

BARCELONA - BARCELONA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

2

304

5077056

PUESTO DE TRABAJO N16

BARCELONA - BARCELONA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

2

305

5077068

PUESTO DE TRABAJO N15

BARCELONA - BARCELONA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

2

306

761450

PUESTO DE TRABAJO N15

BARCELONA - BARCELONA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE BADALONA

307

2742672

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BARCELONA - BADALONA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

308

3208894

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BARCELONA - BADALONA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

COMISARIA LOCAL DE CASTELLDEFELLS-GAVA

309

3817198

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BARCELONA - CASTELLDEFELS

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

COMISARIA LOCAL COR.-ESPLUG.LL.-S.J.DES.

310

2922003

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - ESPLUGUES DE LLOBREGAT

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

311

3175218

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - ESPLUGUES DE LLOBREGAT

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

312

2874859

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - ESPLUGUES DE LLOBREGAT

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE GRANOLLERS

313

805532

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - GRANOLLERS

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE L’HOSPITALET DE LL.

314

1890780

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BARCELONA - HOSPITALET DE LLOBREGAT, L’

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

315

3977709

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - HOSPITALET DE LLOBREGAT, L’

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE IGUALADA

316

5072164

PUESTO DE TRABAJO N15

BARCELONA - IGUALADA

16

4.807,46

C1

C2

AE

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE MANRESA

317

4186199

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BARCELONA - MANRESA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

318

4450461

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - MANRESA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

319

5076942

PUESTO DE TRABAJO N16

BARCELONA - MANRESA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE MATARO

320

3701595

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - MATARO

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

321

5076943

PUESTO DE TRABAJO N16

BARCELONA - MATARO

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE EL PRAT DE LLOBREGAT

322

3858971

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BARCELONA - PRAT DE LLOBREGAT, EL

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

323

4684549

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - PRAT DE LLOBREGAT, EL

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE RIPOLLET

324

3423965

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BARCELONA - RIPOLLET

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

325

5072172

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - RIPOLLET

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE RUBI

326

1248931

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - RUBI

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE SABADELL

327

1147621

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - SABADELL

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

328

3969634

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - SABADELL

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

329

4684556

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - SABADELL

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE SANT ADRIA DE BESOS

330

1060249

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - SANT ADRIA DE BESOS

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE STA. COLOMA DE GRAM.

331

3435109

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BARCELONA - SANTA COLOMA DE GRAMENET

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

COMISARIA LOCAL DE CERDANYOLA DEL VALLES

332

3418782

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BARCELONA - SARDANYOLA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

COMISARIA LOCAL DE TERRASSA

333

3116909

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - TERRASSA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE VIC

334

1589815

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - VIC

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

335

3707200

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - VIC

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

336

756259

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - VIC

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE VILADECANS

337

3239986

PUESTO DE TRABAJO N17

BARCELONA - VILADECANS

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA PROVINCIAL DE GIRONA

338

2367304

PUESTO DE TRABAJO N17

GIRONA - GIRONA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE LLORET DE MAR

339

2478049

PUESTO DE TRABAJO N17

GIRONA - LLORET DE MAR

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE SANT FELIU DE GUIXOLS

340

2922756

PUESTO DE TRABAJO N17

GIRONA - SANT FELIU DE GUIXOLS

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC.DE CAMPRODON

341

5072153

PUESTO DE TRABAJO N17

GIRONA - CAMPRODON

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC.DE PUIGCERDA

342

4684639

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

GIRONA - PUIGCERDA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

COMISARIA PROVINCIAL DE LLEIDA

343

2045986

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

LLEIDA - LLEIDA

18

8.399,02

C1

C2

AM

EX11

APC2

4

344

4684673

PUESTO DE TRABAJO N17

LLEIDA - LLEIDA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

345

3398617

PUESTO DE TRABAJO N17

LLEIDA - LLEIDA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE REUS

346

3830830

PUESTO DE TRABAJO N17

TARRAGONA - REUS

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

347

5077010

PUESTO DE TRABAJO N15

TARRAGONA - REUS

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

2

JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA DE CEUTA

348

4684958

PUESTO DE TRABAJO N17

CEUTA - CEUTA

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

349

4684959

PUESTO DE TRABAJO N17

CEUTA - CEUTA

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

350

1023433

PUESTO DE TRABAJO N17

CEUTA - CEUTA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

JEFAT.SUP.POLICIA DE EXTREMADURA

351

2060610

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BADAJOZ - BADAJOZ

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

COMISARÍA LOCAL DE ALMENDRALEJO

352

5072180

PUESTO DE TRABAJO N17

BADAJOZ -ALMENDRALEJO

17

4732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE D.BENITO-VVA.SERENA

353

3374499

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BADAJOZ - DON BENITO

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

COMISARIA LOCAL DE MERIDA

354

1000655

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BADAJOZ - MERIDA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC. DE ZAFRA

355

1828274

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

BADAJOZ - ZAFRA

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

COMISARIA PROVINCIAL DE CACERES

356

1991274

PUESTO DE TRABAJO N17

CACERES - CACERES

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

357

4383521

PUESTO DE TRABAJO N15

CACERES - CACERES

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE PLASENCIA

358

3956254

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

CACERES - PLASENCIA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

359

1011667

PUESTO DE TRABAJO N17

CACERES - PLASENCIA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

UNIDAD DE EXTRANJ.Y DOC.DE VAL.ALCANTARA

360

2155786

PUESTO DE TRABAJO N17

CACERES - VALENCIA DE ALCANTARA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

JEFAT.SUP.POLICIA DE GALICIA

361

1044328

PUESTO DE TRABAJO N17

A CORUÑA - CORUÑA, A

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

362

4163381

PUESTO DE TRABAJO N17

A CORUÑA - CORUÑA, A

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE FERROL-NARON

363

2627373

PUESTO DE TRABAJO N17

A CORUÑA - FERROL

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE RIBEIRA

364

1537326

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

A CORUÑA - RIBEIRA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

COMISARIA LOCAL DE SANTIAGO DE C.

365

4165236

PUESTO DE TRABAJO N17

A CORUÑA - SANTIAGO DE COMPOSTELA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA PROVINCIAL DE LUGO

366

2912552

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

LUGO - LUGO

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

367

2717186

PUESTO DE TRABAJO N17

LUGO - LUGO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA PROVINCIAL DE OURENSE

368

1353669

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

OURENSE - OURENSE

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

369

1402974

PUESTO DE TRABAJO N17

OURENSE - OURENSE

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

370

4005724

PUESTO DE TRABAJO N17

OURENSE - OURENSE

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC. DE VERIN

371

4046510

PUESTO DE TRABAJO N17

OURENSE - VERIN

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA

372

3916828

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

PONTEVEDRA - PONTEVEDRA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

CCPA CON PORTUGAL TUI/VALENÇA DO MINHO

373

2408938

PUESTO DE TRABAJO N17

PONTEVEDRA - TUI

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE VIGO-REDONDELA

374

3991416

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

PONTEVEDRA - VIGO

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

375

1832083

PUESTO DE TRABAJO N17

PONTEVEDRA - VIGO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

376

883525

PUESTO DE TRABAJO N17

PONTEVEDRA - VIGO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

UNIDAD DE EXTRANJ. Y DOC. DE LALIN

377

2206106

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

PONTEVEDRA - LALIN

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

378

1167761

PUESTO DE TRABAJO N17

PONTEVEDRA - LALIN

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

379

974383

PUESTO DE TRABAJO N17

PONTEVEDRA - LALIN

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

JEFAT.SUP.POLICIA DE LA RIOJA

380

4214869

PUESTO DE TRABAJO N17

LA RIOJA - LOGROÑO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

381

2421235

PUESTO DE TRABAJO N17

LA RIOJA - LOGROÑO

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

JEFAT.SUP.POLICIA DE MADRID

382

2209099

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - MADRID

18

8.399,02

C1

C2

AM

EX11

APC2

3

383

4684722

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - MADRID

18

8.399,02

C1

C2

AM

EX11

APC2

3

384

1736525

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - MADRID

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

385

2403989

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - MADRID

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

386

2612462

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - MADRID

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

387

4694533

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - MADRID

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

388

4045969

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - MADRID

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

389

2042391

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

390

4684704

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

391

4684719

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

392

967218

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

393

3467496

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

394

3748112

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

395

3778509

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

396

4428821

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

397

4684445

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

398

5072015

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

399

5072044

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

400

5077153

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

1

401

873128

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

402

3408880

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MADRID

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

403

1826775

PUESTO DE TRABAJO N16

MADRID - MADRID

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE ALCALA DE HENARES

404

3175032

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - ALCALA DE HENARES

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

COMISARIA LOCAL ALCOBENDAS-S.SEB.REYES

405

4685070

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - ALCOBENDAS

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE ALCORCON

406

823038

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - ALCORCON

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

407

4684794

PUESTO DE TRABAJO N16

MADRID - ALCORCON

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

408

5077180

PUESTO DE TRABAJO N16

MADRID - ALCORCON

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE COSLADA-S.FERNANDO

409

2402729

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - COSLADA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

410

5372491

PUESTO DE TRABAJO N15

MADRID - COSLADA

15

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE FUENLABRADA

411

4684688

PUESTO DE TRABAJO N16

MADRID - FUENLABRADA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE GETAFE

412

1538433

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - GETAFE

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE LEGANES

413

3191521

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - LEGANES

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

414

3458684

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - LEGANES

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE MOSTOLES

415

5077190

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MOSTOLES

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

1

416

1395973

PUESTO DE TRABAJO N16

MADRID - MOSTOLES

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE POZUELO DE ALARCON

417

2641316

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - POZUELO DE ALARCON

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

418

3610587

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - POZUELO DE ALARCON

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

419

4103161

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - POZUELO DE ALARCON

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

420

732096

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - POZUELO DE ALARCON

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

421

4684321

PUESTO DE TRABAJO N16

MADRID - POZUELO DE ALARCON

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE TORREJON DE ARDOZ

422

3159738

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - TORREJON DE ARDOZ

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

423

5077196

PUESTO DE TRABAJO N16

MADRID - TORREJON DE ARDOZ

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

1

UNIDAD DE EXTRANJ.Y DOC.COLLADO VILLALBA

424

2873791

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - COLLADO VILLALBA

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

425

3261638

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - COLLADO VILLALBA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

426

5072016

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - COLLADO VILLALBA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

UNIDAD DE EXTRANJ. Y DOC. DE MAJADAHONDA

427

4281609

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - MAJADAHONDA

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

428

2248901

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MAJADAHONDA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

429

3342714

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MAJADAHONDA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

430

4684095

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - MAJADAHONDA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

UNIDAD DE EXTRANJ. Y DOC. DE VALDEMORO

431

3371877

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MADRID - VALDEMORO

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

432

1985085

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - VALDEMORO

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

433

4684773

PUESTO DE TRABAJO N17

MADRID - VALDEMORO

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

JEFAT.SUP.POLICIA DE MURCIA

434

1740983

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MURCIA - MURCIA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

435

3327146

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

MURCIA - MURCIA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

3

436

4684737

PUESTO DE TRABAJO N17

MURCIA - MURCIA

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

1

437

1326591

PUESTO DE TRABAJO N17

MURCIA - MURCIA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

438

4210259

PUESTO DE TRABAJO N17

MURCIA - MURCIA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

439

4407309

PUESTO DE TRABAJO N17

MURCIA - MURCIA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

440

1497666

PUESTO DE TRABAJO N16

MURCIA - MURCIA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE CARTAGENA

441

4684835

PUESTO DE TRABAJO N17

MURCIA - CARTAGENA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

442

1087173

PUESTO DE TRABAJO N17

MURCIA - CARTAGENA

17

4732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

443

2151076

PUESTO DE TRABAJO N17

MURCIA - CARTAGENA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

COMISARIA LOCAL DE MOLINA DE SEGURA

444

4176245

PUESTO DE TRABAJO N17

MURCIA - MOLINA DE SEGURA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

1

JEFAT.SUP.POLICIA DE NAVARRA

445

3330526

PUESTO DE TRABAJO N17

NAVARRA - PAMPLONA/IRUÑA

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

2

446

1126217

PUESTO DE TRABAJO N17

NAVARRA - PAMPLONA/IRUÑA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

447

2642701

PUESTO DE TRABAJO N17

NAVARRA - PAMPLONA/IRUÑA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

448

1015126

PUESTO DE TRABAJO N16

NAVARRA - PAMPLONA/IRUÑA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE TUDELA

449

724397

PUESTO DE TRABAJO N17

NAVARRA - TUDELA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA PAIS VASCO

450

1026893

PUESTO DE TRABAJO N17

BIZKAIA - BILBAO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

451

2239416

PUESTO DE TRABAJO N17

BIZKAIA - BILBAO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

452

3213938

PUESTO DE TRABAJO N17

BIZKAIA - BILBAO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

453

3879559

PUESTO DE TRABAJO N17

BIZKAIA - BILBAO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

454

4355042

PUESTO DE TRABAJO N17

BIZKAIA - BILBAO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

455

4684942

PUESTO DE TRABAJO N17

BIZKAIA - BILBAO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

456

884392

PUESTO DE TRABAJO N17

BIZKAIA - BILBAO

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA PROVINCIAL DE ALAVA

457

2658608

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

ARABA/ALAVA - VITORIA-GASTEIZ

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

COMISARIA PROVINCIAL DE GUIPUZCOA

458

3209711

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

GIPUZKOA - DONOSTIA-SAN SEBASTIAN

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

459

960465

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

GIPUZKOA - DONOSTIA-SAN SEBASTIAN

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

460

4684655

PUESTO DE TRABAJO N17

GIPUZKOA - DONOSTIA-SAN SEBASTIAN

17

8.375,78

C1

C2

AM

EX11

APC1

2

COMISARIA LOCAL DE IRUN

461

1590998

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

GIPUZKOA - IRUN

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

462

1668456

PUESTO DE TRABAJO N17

GIPUZKOA - IRUN

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC. DE EIBAR

463

2762427

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

GIPUZKOA - DONOSTIA-SAN SEBASTIAN

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

464

2139772

PUESTO DE TRABAJO N17

GIPUZKOA - DONOSTIA-SAN SEBASTIAN

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

JEFAT.SUP.POLICIA COM. VALENCIANA

465

4138047

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

VALENCIA - VALENCIA

18

8.399,02

C1

C2

AM

EX11

APC2

4

466

1409521

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

VALENCIA - VALENCIA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

467

2350275

PUESTO DE TRABAJO N17

VALENCIA - VALENCIA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

468

2519332

PUESTO DE TRABAJO N17

VALENCIA - VALENCIA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

469

2743206

PUESTO DE TRABAJO N17

VALENCIA - VALENCIA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

470

4187354

PUESTO DE TRABAJO N17

VALENCIA - VALENCIA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

471

4684926

PUESTO DE TRABAJO N17

VALENCIA - VALENCIA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

472

4684927

PUESTO DE TRABAJO N17

VALENCIA - VALENCIA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

473

5072104

PUESTO DE TRABAJO N17

VALENCIA - VALENCIA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

474

2312666

PUESTO DE TRABAJO N17

VALENCIA - VALENCIA

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

475

3725999

PUESTO DE TRABAJO N16

VALENCIA - VALENCIA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

476

5077235

PUESTO DE TRABAJO N16

VALENCIA - VALENCIA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE ALZIRA-ALGEMESI

477

2666186

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

VALENCIA - ALZIRA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

478

3151220

PUESTO DE TRABAJO N17

VALENCIA - ALZIRA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE MISLATA

479

5072086

PUESTO DE TRABAJO N17

VALENCIA - MISLATA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE ONTINYENT

480

4694186

PUESTO DE TRABAJO N17

VALENCIA - ONTINYENT

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE PATERNA

481

3578640

PUESTO DE TRABAJO N16

VALENCIA - PATERNA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE CUART DE POBLET-MAN.

482

964395

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

VALENCIA - QUART DE POBLET

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

483

1443128

PUESTO DE TRABAJO N16

VALENCIA - QUART DE POBLET

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE XATIVA

484

4694200

PUESTO DE TRABAJO N16

VALENCIA - XATIVA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA PROVINCIAL DE ALICANTE

485

1036499

PUESTO DE TRABAJO N17

ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

486

1569393

PUESTO DE TRABAJO N17

ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

487

2121812

PUESTO DE TRABAJO N17

ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

488

3843250

PUESTO DE TRABAJO N17

ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

489

4361192

PUESTO DE TRABAJO N17

ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

490

4684505

PUESTO DE TRABAJO N17

ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

491

5072198

PUESTO DE TRABAJO N17

ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

492

754426

PUESTO DE TRABAJO N17

ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

493

4684198

PUESTO DE TRABAJO N16

ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

494

4684499

PUESTO DE TRABAJO N16

ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

495

5076931

PUESTO DE TRABAJO N16

ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

H.T

MA3

2

496

777766

PUESTO DE TRABAJO N16

ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE ALCOY

497

4039303

PUESTO DE TRABAJO N17

ALICANTE - ALACANT - ALCOY/ALCOI

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

498

4384030

PUESTO DE TRABAJO N17

ALICANTE - ALACANT - ALCOY/ALCOI

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE BENIDORM

499

1106167

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

ALICANTE - ALACANT - BENIDORM

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

500

3337596

PUESTO DE TRABAJO N17

ALICANTE - ALACANT - BENIDORM

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE DENIA

501

887756

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

ALICANTE - ALACANT - DENIA

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

COMISARIA LOCAL DE ELCHE

502

1827160

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

ALICANTE - ALACANT - ELCHE/ELX

18

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

503

4563208

PUESTO DE TRABAJO N17

ALICANTE - ALACANT - ELCHE/ELX

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

504

4684508

PUESTO DE TRABAJO N16

ALICANTE - ALACANT - ELCHE/ELX

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA LOCAL DE ORIHUELA

505

3620685

PUESTO DE TRABAJO N17

ALICANTE - ALACANT - ORIHUELA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

506

4563228

PUESTO DE TRABAJO N17

ALICANTE - ALACANT - ORIHUELA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

UNIDAD DE EXTRANJ. Y DOCUM. TORREVIEJA

507

4214466

PUESTO DE TRABAJO N17

ALICANTE - ALACANT - TORREVIEJA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARIA PROVINCIAL DE CASTELLON

508

1900969

PUESTO DE TRABAJO N17

CASTELLON /CASTELLO - CASTELLON DE LA PLANA/CASTELLO DE LA PLA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

509

3101828

PUESTO DE TRABAJO N17

CASTELLON /CASTELLO - CASTELLON DE LA PLANA/CASTELLO DE LA PLA

17

4.733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

510

1359336

PUESTO DE TRABAJO N16

CASTELLON /CASTELLO - CASTELLON DE LA PLANA/CASTELLO DE LA PLA

16

4.807,46

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

COMISARÍA LOCAL DE VILLARREAL

511

724437

PUESTO DE TRABAJO N17

VILLARREAL

17

4,733,26

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC. DE VINAROZ

512

4684530

JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18

CASTELLON /CASTELLO - VINAROS

18

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

4

513

1080556

PUESTO DE TRABAJO N17

CASTELLON /CASTELLO - VINAROS

17

4.732,28

C1

C2

AM

EX11

MA3

2

Cuerpos o Escalas:

* EX11: EX12+EX13+EX14+EX15 (Hasta 27/07/2007)+EX16+EX17 - Excepto Sector Docencia, excepto Sector Investigación, excepto Sector Sanidad. no afecta al Pers. Estat. de Func. Admin. Regulado Artículo 12.3 Est. Pers. No Sani. SS, excepto Sector Instituciones Penitenciarias, excepto Sector Transporte Aéreo y Meteorología.

Adscripción A Administraciones Públicas (AD):

* AE: Administración del Estado

* A3: Administración del Estado Autonómica y Local

* AM: Pto. Tr. que puede ser desemp. por Fun. de las CC. AA. ADH. al AC. marco para Fom. la Mov. de F.P. de AA. PP.

Observaciones:

* APC1: Atencion publico mañana y tarde (Apdo. 5º1 Res. SGAP 20-12-2005) con Inc. en total C. especifico: 3.000 €.

* MA3: Puesto de prestac. directa y especif.de Serv. a los Ciudadanos. Medida A3 de Fondos Adic. 2007-2009.

* APC2: Atención público mañana y tarde (Apdo. 5º1 Res. SGAP 20-12-2005) con inc.en total C.Especifico: 3.300 €.

* A.P: Atención y asesoramiento al público.

* H.T: horario tarde.

1

2

3

4

5

6

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/11/2020
  • Fecha de publicación: 24/11/2020
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE AMPLÍA plazo de resolución del concurso, por Resolución de 8 de junio de 2021 (Ref. BOE-A-2021-9832).

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