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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del apéndice n.º 1 del Convenio de delegación de la Unión Europea T06.20 para financiar la ejecución de la acción: «Proyecto de desarrollo territorial en el Departamento de Nariño en condiciones de paz» en Colombia, cuyo texto figura como anexo a esta Resolución.
Asimismo, se indica que los anexos I y III del apéndice n.º 1 que modifican el Convenio de delegación, así como el Convenio de delegación y sus anexos se encuentran disponibles en la sede electrónica de la AECID (www.aecid.gob.es).
Madrid, 16 de noviembre de 2020.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Magdy Esteban Martínez Solimán.
La Unión Europea, representada por la Comisión Europea (en lo sucesivo, «el Órgano de Contratación»), por una parte, y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), ESQ2812001B, avenida de los Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid, España, en lo sucesivo, «la organización», por otra parte, han convenido lo siguiente:
El arriba mencionado Convenio de financiación, firmado el 18 de mayo 2018, se modifica como sigue:
CONDICIONES PARTICULARES
Se sustituyen las siguientes cláusulas por los textos siguientes:
«Período de aplicación.
2.3 El periodo de aplicación del presente Convenio, según lo establecido en el anexo I, será de 58 meses.
Plazo de contratación.
2.4 La organización firmará los distintos contratos y contratos de subvención necesarios para la aplicación del presente Convenio, a más tardar 56 meses a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.»
La siguiente cláusula se sustituye por el texto siguiente:
«3.1 Se calcula que el coste total de la acción(1) será de 8.189.788 euros, conforme a lo establecido en el anexo III. El órgano de contratación se compromete a aportar una contribución de la UE por un importe máximo de 6.500.000 euros. El importe final se determinará de conformidad con las cláusulas 18 a 20 del anexo II.
(1) Este importe se consigna únicamente a título indicativo. Se trata de una estimación y su evolución no condiciona la contribución de la UE.»
6.1 Se adjuntan a las presentes condiciones particulares la nueva versión de los siguientes documentos, que forman parte integrante del Convenio:
Anexo I. Descripción de la acción (incluido el marco lógico de la acción).
Anexo III. Presupuesto de la acción.
Este apéndice formará parte del contrato y entrará en vigor en la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» español (BOE). La Organización informará cuanto antes por escrito de la fecha de publicación al Órgano de Contratación.
Hecho en Colombia en dos originales en lengua española, uno para el Órgano de Contratación y uno para la Organización.
Firmado el 12 de noviembre de 2020.–Por la Organización, el Director de la AECID, P. D. (artículo 12 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público), Resolución de la AECID, de 1 de octubre de 2020, el Coordinador General de la Cooperación Española en Colombia, Vicente Ortega Cámara.
Firmado el 11 de noviembre de 2020.–Por el Órgano de Contratación, el Jefe de Sección de Cooperación, Rocco Busco.
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