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Documento BOE-A-2020-16311

Resolución de 25 de noviembre de 2020, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, para ingreso en la Escala de Programadores Informáticos.

Publicado en:
«BOE» núm. 327, de 16 de diciembre de 2020, páginas 115486 a 115501 (16 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2020-16311

TEXTO ORIGINAL

Aprobada la Oferta de Empleo Público del año 2017 para Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Universidad, de fecha 22 de marzo de 2017, al efecto de dar cumplimiento al Acuerdo sobre Consolidación del Empleo Temporal Estructural, y aprobada la Oferta de Empleo Público del personal de Administración y Servicios del año 2019, por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 16 de julio de 2019, este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como de los Estatutos de la Universidad de Huelva, aprobados por Decreto 232/2011, de 12 de julio, al amparo de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y acreditada la preceptiva autorización de la Junta de Andalucía mediante la Orden de 27 de julio de 2020, del Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, por la que se autoriza a la Universidad de Huelva la convocatoria de plazas de personal de administración y servicios en ejecución de las Ofertas de Empleo Público de los años 2017, 2018, 2019 y 2020, resuelve convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Programadores Informáticos de la Universidad de Huelva, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas de personal funcionario de la Escala de Programadores Informáticos de esta Universidad (Grupo A, subgrupo A2), por el sistema de concurso-oposición libre.

1.2 Podrá ampliarse el número de plazas inicialmente convocadas con las nuevas vacantes que se produzcan en el intervalo que medie desde la publicación de la convocatoria hasta la resolución definitiva del proceso selectivo, sin implicar un nuevo plazo de presentación de solicitudes, siempre que el contenido y desarrollo de las nuevas Leyes de Presupuestos Generales del Estado de aplicación, y demás normativa estatal y autonómica de obligado cumplimiento, lo permitan.

1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General de Estado, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los Estatutos de la Universidad de Huelva, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, lo dispuesto en la presente convocatoria y otras normas que resulten de aplicación.

1.4 El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en las bases de la presente convocatoria.

1.5 El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.6 Superarán el proceso selectivo aquellas personas aspirantes que, sumadas las puntuaciones de las fases de Oposición y de Concurso, hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de plazas convocadas.

1.7 Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado serán nombrados personal funcionario de la Escala de Programadores Informáticos de la Universidad de Huelva (Grupo A, Subgrupo de Clasificación Profesional A2).

1.8 El primer ejercicio de la fase de Oposición no se realizará antes del 9 de mayo de 2021. La fecha, hora y lugar del mismo se fijarán en la Resolución del Rectorado de la Universidad de Huelva que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» por la que se aprueben las listas provisionales de personas admitidas y excluidas. Entre el primer ejercicio y el segundo deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales.

1.9 La información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al público en la página Web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva (http://www.uhu.es/personal_administracion_servicios/index.php), y en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Huelva (TEO) (https://sede.uhu.es/teo.php.).

1.10 Esta convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y en el «Boletín Oficial del Estado», siendo la publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», la que se tomará como referencia a los efectos del cómputo de plazos para presentación de instancias y el resto de resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria.

2. Requisitos de las personas aspirantes

2.1 Para ser admitidas a la realización de estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular, los siguientes:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos los 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

d) Estar en posesión del título de Grado, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por Resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

f) No padecer enfermedad, ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.2 Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión de la escala a la que se aspira.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo que se acompaña como Anexo I a esta convocatoria, y que estará disponible en la página web de la Unidad de Gestión del PAS de la Universidad de Huelva: https://www.uhu.es/personal_administracion_servicios/index.php.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de esta Universidad, en el Registro General Auxiliar (Campus del Carmen), a través del Registro Telemático o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y se dirigirán a la Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Huelva.

3.3 En el plazo indicado en el apartado anterior se acompañarán a la solicitud los siguientes documentos:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los nacionales de otros Estados deberán presentar fotocopia del Pasaporte o del Número de Identidad Extranjero en los que se acredite su nacionalidad.

b) Fotocopia del título académico exigido para el ingreso o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su expedición, en cuyo caso se deberá aportar además, fotocopia de certificación académica comprensiva de todas las materias cursadas donde conste expresamente que ha finalizado los estudios conducentes a la obtención del título. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse fotocopia de la correspondiente credencial de homologación.

c) Justificante acreditativo del abono de la tasa por derechos de examen, excepto en el supuesto de estar exento.

3.4 Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

3.5 Las personas participantes que presenten la solicitud en otros Registros distintos a los de la Universidad de Huelva deberán remitir copia de la misma, dentro del plazo de presentación de solicitudes, al siguiente correo electrónico: seccion.pas@sc.uhu.es

3.6 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro del plazo de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.

3.8 Las personas aspirantes con grado reconocido de discapacidad igual o superior al 33%, que deseen participar en las pruebas selectivas, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria. Para justificarlo, se deberá adjuntar a la solicitud certificado, en vigor y actualizado, acreditativo del grado reconocido de discapacidad del Órgano que corresponda e informe del Centro de Valoración correspondiente en el que consten las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios objeto de esta convocatoria, en su caso.

3.9 Los derechos de examen serán de 20 euros, y se ingresarán en cualquier sucursal de la entidad Banco Santander en la cuenta con IBAN ES49 0049 4960 4423 1610 8758, a nombre de la Universidad de Huelva, indicando «Escala de Programadores Informáticos», así como el nombre y apellidos de la persona participante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.10 Quedan exentos del abono de la tasa de derecho a las pruebas selectivas los siguientes colectivos:

– Las personas aspirantes que acrediten tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%, conforme a lo dispuesto en el art. 15 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, deberán aportar certificado, en vigor y actualizado, acreditativo de tal condición y del grado de discapacidad que tengan reconocido, expedido por el órgano competente.

– Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, aportarán resolución administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.

– Las víctimas de violencia de género, según la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género, la acreditación deberá efectuarse mediante la resolución judicial otorgando la orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de la víctima, o cualquier otra en la que el órgano judicial estime la existencia de cualquiera de los delitos o faltas que constituyen el objeto de la citada Ley Orgánica.

Excepcionalmente, podrá acreditarse esta situación con el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima de la violencia de género hasta tanto no se dicte la orden de protección o resolución judicial equivalente.

– Las familias numerosas: el 100% de exención a las de categoría especial y al 50% a las de categoría general: título vigente acreditativo de tal condición, expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente.

– Las personas desempleadas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», acreditado por el correspondiente certificado emitido por el Servicio Empleo correspondiente.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora de la Universidad de Huelva dictará Resolución, en la que, además de declarar aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre y motivo de la causa de exclusión, se recogerá el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio. Además, se publicará la composición del Tribunal Calificador.

4.2 Las personas aspirantes excluidas, o que no figuren en la relación de admitidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o la omisión. Si dentro del plazo señalado, no subsanasen la exclusión o alegasen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. A estos efectos, las personas aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran recogidas en la relación de personas excluidas sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidas. Transcurrido el plazo de subsanación de errores, la lista quedará elevada definitivamente, publicándose en los lugares previstos en la base 1.9 de esta convocatoria.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal Calificador de estas pruebas, que reunirá los requisitos que establece el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se anunciará en la Resolución por la que se haga pública la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y estará formado por cinco miembros titulares y otros tantos suplentes nombrados por la Rectora.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Rectora de la Universidad de Huelva, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El /La Presidente/a podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicha normativa. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante dictará Resolución, por la que se nombre, de entre los suplentes, a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2. La nueva composición se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y en la página Web de la Unidad de Gestión del PAS de la Universidad de Huelva: http://www.uhu.es/personal_administracion_servicios/index.php y en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Huelva (TEO).

5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del / de la Presidente/a y Secretario/a o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión constitutiva, que se celebrará con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.

5.5 A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta norma, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.7 El Tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse a la Rectora de la Universidad de Huelva. Asimismo, el Tribunal podrá nombrar ayudantes para tareas internas de organización y vigilancia.

5.8 A efecto de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Huelva. El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.9 El/La Presidente/a del Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que cada uno de los ejercicios de la oposición se realicen de forma conjunta y coordinada.

5.10 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de personas aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Procedimiento de selección

6.1 Sistema de selección. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso-oposición.

6.2 Fase de oposición. La oposición tendrá una puntuación máxima de 70 puntos y estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos:

Primer ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar un cuestionario de 100 preguntas (80 del Bloque I Módulos de Informática y 20 del Bloque II Módulo de Normativa) con 4 respuestas alternativas, de las que solo una será correcta, basado en el contenido del programa de materias recogido en el Anexo II de esta convocatoria. En este ejercicio se incluirán 5 preguntas de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta que entrarían a ser valoradas en caso de tener que anular el tribunal, por resolución motivada, alguna de las preguntas titulares que conforman el ejercicio. Para la realización de este ejercicio las personas opositoras dispondrán de 120 minutos. Este primer ejercicio se calificará entre 0 y 40 puntos.

Segundo ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la realización de un supuesto práctico de entre tres ofertados por el Tribunal, uno por cada módulo de informática del Bloque I del programa contenido en el Anexo II. El supuesto práctico se calificará de 0 a 30 puntos.

6.2.1 Calificación final de la fase de oposición:

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.

6.3 Fase de concurso.

Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. La puntuación máxima de esta fase será de 30 puntos. Tan solo participarán en esta fase aquellas personas aspirantes que hayan superado los 2 ejercicios de la fase de oposición. Los méritos a valorar se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.

La valoración de los méritos se realizará de la siguiente forma:

a) Por servicios prestados en la Administración Pública en relación con las Tecnologías de la Información y la Comunicación, como Personal Funcionario del Subgrupo A2 o superior, hasta un máximo de 26 puntos.

– Servicios prestados en la misma Escala de la Universidad de Huelva que se convoca: 0,240/30 puntos por día de servicios.

– Servicios prestados en los Cuerpos o Escalas equivalentes en otras Universidades públicas: 0,1/30 puntos por día de servicios.

– Servicios prestados en los Cuerpos o Escalas equivalentes en otras Administraciones públicas: 0,05/30 puntos por día de servicios.

La experiencia profesional se acreditará mediante certificación expedida por el órgano competente de la Administración respectiva en la que se indique: la categoría de pertenencia, con expresión del tiempo desempeñado y la relación jurídica que se ha mantenido. Así mismo, deberá acreditarse que dicha experiencia se ha adquirido por la superación de procesos efectuados de acuerdo con los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.

b) Superación de ejercicios obligatorios de cualquier convocatoria de acceso anterior, de esta misma Escala en la Universidad de Huelva o en otras Universidades o en Escalas equivalentes de otras Administraciones Públicas, a razón de 2 puntos por examen obligatorio superado, hasta un máximo de 4 puntos.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso, que en ningún caso podrán superar los 30 puntos, se sumarán a la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes. La puntuación de esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la fase de oposición.

6.4 Calificación final del proceso selectivo.

La calificación final en la oposición de las personas aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los 2 ejercicios.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los 2 ejercicios de la fase de oposición y los obtenidos en la fase de concurso. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

En caso de empate en la calificación final, a efectos de determinar los opositores y opositoras que han superado el proceso selectivo, prevalecerá la mayor puntuación en la fase de concurso en el apartado de experiencia profesional por los servicios prestados en la misma Escala en la Universidad de Huelva. Si persistiese el empate, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de Oposición.

7. Desarrollo de los ejercicios.

7.1 La fecha de celebración del primer ejercicio se realizará en la forma prevista en las bases 1.8 y 4.1 de la presente convocatoria. Tras ser corregido el primer ejercicio, el Tribunal hará pública en los lugares previstos en la base 1.9 de esta convocatoria, la lista de personas aprobadas en el mismo, ordenada alfabéticamente. El lugar, fecha y hora del segundo ejercicio de la oposición se publicará en los mismos lugares establecidos en la base anteriormente citada, con una antelación mínima de 10 días previos a la celebración del ejercicio.

7.2 En cualquier momento las personas candidatas podrán ser requeridas por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad e identidad.

7.3 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

7.4 El orden de llamamiento de las personas opositoras se iniciará alfabéticamente por la persona cuyo primer apellido comience por la letra «B», atendiendo al último sorteo realizado por la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública y de conformidad con lo establecido en la Resolución de 21 de julio de 2020 (BOE número 201 de 24 de julio de 2020).

7.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas candidatas no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión a la Rectora de la Universidad de Huelva comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7.6 Los ejercicios serán corregidos sin que se conozca la identidad de las personas examinadas, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.

7.7 Tras la celebración del primer ejercicio, el Tribunal Calificador publicará en la página Web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva (https://www.uhu.es/personal_administracion_servicios/index.php) la plantilla de respuestas correctas, disponiendo las personas aspirantes de un plazo de tres días hábiles, contado desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del Tribunal Calificador se hará pública con la lista de personas aprobadas en los ejercicios, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.

7.8 Finalizada la fase de Oposición y mediante Acuerdo del Tribunal Calificador, que se publicará en los lugares establecidos en la base primera, apartado 1.9 de esta convocatoria, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la lista definitiva de personas aprobadas de la fase de oposición, para presentar a través de la sede electrónica de la Universidad de Huelva (https://sede.uhu.es), a través del Registro Telemático, o bien en el Registro General de la Universidad de Huelva, en el Registro General Auxiliar (Campus del Carmen), o en alguna de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la justificación documental de los méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso o, en su defecto, solicitud expresa para que se computen los méritos que ya figuren en su expediente en el Servicio de Personal de Administración y Servicios.

Las copias de la documentación acreditativa de los méritos de cada persona aspirante se adjuntarán al modelo «Acreditación de méritos» que figura como Anexo III a estas bases.

Los méritos no justificados, en el plazo establecido al efecto y mediante alguno de los procedimientos establecidos en el párrafo anterior, no podrán ser valorados en la fase de concurso.

8. Relación de personas aprobadas

8.1 Una vez realizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública en la página Web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios (http://www.uhu.es/personal_administracion_servicios/index.php), y en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Huelva (TEO) (https://sede.uhu.es/teo.php.) la relación de personas aspirantes que hayan aprobado los mismos, ordenados por puntuación.

8.2 La calificación final de las pruebas selectivas, a efectos de declarar las personas aprobadas, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso.

8.3 La motivación de la relación de las personas aspirantes aprobadas, en cuanto al acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica e independencia del Tribunal y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.

8.4 El número de personas aprobadas en las pruebas selectivas no podrá ser superior al de plazas convocadas.

8.5 El Tribunal podrá declarar desierta/s alguna/s o todas las plazas objeto del proceso selectivo.

9. Presentación de documentos y nombramiento

9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la relación definitiva de personas aprobadas en los lugares previstos en la base 8.1, las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar en la Unidad de Gestión del PAS del Servicio de Recursos Humanos y Ordenación Académica de la Universidad de Huelva, la documentación necesaria para proceder al nombramiento como personal funcionario de carrera de la Escala de Programador Informático de la Universidad de Huelva.

Los documentos a presentar serán los siguientes:

a) Original y copia del Documento Nacional de Identidad, en vigor. Para los nacionales de otros Estados, del Pasaporte y/o del Número de Identidad Extranjero, en vigor, y en su caso, de la documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad en los términos establecidos en la base segunda, apartado 1 de la presente convocatoria.

b) Original y copia del título académico oficial exigido para el ingreso o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su expedición, en cuyo caso deberá aportar, además, certificación académica comprensiva de todas las materias cursadas donde conste expresamente que ha finalizado los estudios conducentes a la obtención del título. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la correspondiente credencial de homologación.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, deberá presentar, además, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

d) Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Escala de Programadores Informáticos. En el caso de personas aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado vigente, expedido por el órgano competente, que acredite tal condición, el grado de discapacidad y en el que conste su capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones propias de la Escala de Programadores Informáticos.

e) Petición de destinos según la relación de puestos de trabajo ofertados por la Universidad.

9.2 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados personal funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud de participación en las pruebas.

9.3 Concluido el proceso selectivo y comprobados los requisitos de los apartados anteriores, la autoridad convocante, a propuesta del Tribunal Calificador, procederá al nombramiento como personal funcionario de carrera de la Escala de Programadores Informáticos mediante Resolución de la Universidad de Huelva, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», con indicación de los destinos adjudicados.

9.4 Toma de posesión. La toma de posesión del personal nombrado como funcionario de carrera deberá efectuarse en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

10. Bolsa de empleo

10.1 Una vez finalizado el proceso selectivo, se elaborará una Bolsa de Empleo, para la cobertura de necesidades futuras, producidas en puestos de trabajo adscritos a la Escala de Programadores Informáticos, que será acordada con la Junta de Personal y las Secciones Sindicales.

10.2 Quedará derogada automáticamente cualquier lista anterior a esta y que estuviera vigente para la misma Escala a que se refiere esta convocatoria.

11. Normas finales

11.1 Las personas aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en estas bases, así como para la adopción de las medidas y acuerdos necesarios en aras a preservar el buen orden de las pruebas selectivas.

11.2 La presente convocatoria, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

11.3 Asimismo, la Universidad de Huelva podrá, en su caso, proceder a la revisión de la Resolución del Tribunal Calificador de las pruebas conforme a lo establecido en la citada normativa.

11.4 Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Huelva, 25 de noviembre de 2020.–La Rectora, M.ª Antonia Peña Guerrero.

ANEXO I
Solicitud de participación en convocatorias para cubrir plazas de personal de administración y servicios

1

2

ANEXO II
Programa de materias

Bloque I. Módulos de Informática

Módulo de Infraestructura de Redes y Sistemas

1. Redes de ordenadores. Clasificación por topología, tecnología y Servicio. Modelo de referencia OSI. Virtualización de redes y sistemas. Teleinformática. Conceptos generales sobre transmisión de datos. Transmisiones analógicas y digitales: Normas. Radiofrecuencia en entornos LAN.

2. Sistemas de Cableado estructurado: Estructura y diseño. Medios físicos.

3. Protocolos Ethernet y TCP/IP. Características, estructura y conceptos. IPv4 e Ipv6. Mecanismos de transición.

4. Conceptos de Seguridad en las Comunicaciones: Cortafuegos, Antivirus, Antispam, Detección de intrusos, etc. Control de accesos a la red. Protección perimetral de la red. Balanceo de carga. Monitorización de seguridad en redes.

5. Redes de Control y Colaboración Multimedia. Sistemas y Protocolos de Videoconferencia personal y profesional. Telecomunicaciones de voz. Telefonía sobre IP. Telefonía móvil. Comunicaciones unificadas. Servicios NGN. SIP Trunk. Centralitas PBX basada en Asterisk. Convergencia telefonía fija-telefonía móvil.

6. Redes de área local y extensa: Elementos, arquitectura, protocolos y gestión.

7. Redes Inalámbricas. Arquitectura, protocolos, diseño, despliegue y monitorización. EDUROAM.

8. Redes privadas virtuales: Protocolos de interconexión para servicios LAN.

9. Centros de Procesamiento de datos. Definición. Elementos principales. Seguridad en un CPD. Interconexión entre CPD. Normativa y estándares.

10. Sistemas de Almacenamiento de Altas Prestaciones. Arquitecturas y protocolos en red: SAN, NAS, FC, ISCSI. Equipamiento tolerante a fallos. Multipathing. Gestión del almacenamiento: RAID Groups, Volúmenes, LUNs. Modelos de Replicación, Snapshots. Virtualización del almacenamiento. Monitorización. Sistemas de Archivo paralelos altamente escalables.

11. Modelos de Virtualización de Sistemas y Escritorios. Arquitecturas escalables en alta disponibilidad. Monitorización y Reasignación de recursos en hipervisores. Migración de servidores. Plataformas de virtualización: VMware, KVM.

12. Administración General de Sistemas Operativos UNIX/LINUX. Configuración y Gestión del Sistema: Servicios, Red, Almacenamiento, Usuarios, Paquetes. Sistemas de archivos Ext3, Ext4, XFS, UFS. Sistema de archivos en red NFS. Administración y Gestión de herramientas de monitorización en Red: Nagios, Pandora FMS.

13. Administración General de Sistemas WINDOWS. Configuración y Gestión del Sistema: Servicios, Red, Almacenamiento, Usuarios. Modelos y Configuraciones de Arranque Remoto.

14. Salvaguarda de la Información. Sistemas Centralizados de Copias de Seguridad. Modelos de servicio. Jerarquías de Backup. Modelos de backup sobre SAN. Políticas de Backup. Gestión de la capacidad y el rendimiento. Herramientas.

Módulo de Servicios TIC

1. Servicio de directorio Corporativo LDAP. Esquemas de Datos. Arquitecturas en alta disponibilidad. Configuración, Control de acceso y seguridad de datos.

2. Gestión de Identidad Federada: Principales Agentes, Protocolos, Plataformas: IdP, SP, WAYF, AA, SAML, Shibboleth, SimpleSAMLphp, SIR2. Administración de sistemas basados en SimpleSAMLphp: backends de autenticación, backends de suministro de atributos, seguridad de la información.

3. Servicios DNS. Organización internacional. Jerarquía de dominios. Administración de servidores DNS. Servidores basados en BIND: Infoblox. Agentes y arquitecturas en alta disponibilidad. Herramientas de administración y monitorización. Seguridad.

4. Servicios DHCP. Herramientas de administración y gestión.

5. Servicios de Mensajería. Protocolos. RFCs. Agentes y configuraciones en un modelo de mensajería institucional. Arquitecturas Escalables y en Alta Disponibilidad. Administración de servidores de mensajería basados en Postfix: Zimbra. Herramientas de administración y monitorización. Seguridad.

6. Difusión de información mediante Listas de Distribución corporativas: tipos de listas y políticas. Funcionalidades para el usuario, moderador o administrador. Administración y Gestión de Listas de Distribución: Sympa, Majordomo, MailMan.

7. Servicios Web. Protocolos. Arquitecturas Escalables y en Alta Disponibilidad. Administración de servidores web basados en Apache. Herramientas de administración y monitorización. Servidores de Aplicaciones basados en Web: Java y PHP. Administración de servidores basados en Tomcat y Weblogic: módulos básicos, configuración y parametrización, Monitorización y optimización.

8. Servicios públicos de almacenamiento de archivos en la nube. Despliegue de un servicio en nube privada: Arquitecturas escalables, Sincronización entre dispositivos, Seguridad y salvaguarda de la información. Monitorización y optimización.

9. Bases de datos. Nivel conceptual, lógico y físico. Conceptos básicos de integridad, seguridad e independencia.

10. Administración, estructura y arquitectura del SGBD Oracle.

11. Seguridad y Alta disponibilidad de Bases de Datos. Herramientas de Protección y Recuperación del SGBD ORACLE: RMAN y Data Pump.

12. Arquitecturas de conexión a las Bases de Datos. El diccionario de datos e instrumentos de consulta.

13. Aplicaciones corporativas de la Universidad de Huelva.

Módulo de Desarrollo

1. Herramientas de desarrollo de aplicaciones de gestión: Oracle Forms and Reports.

2. Programación inherente al gestor de base de datos Oracle. Funciones, procedimientos, disparadores y paquetes. PL/SQL.

3. Diseño de aplicaciones J2EE: Componentes de negocio J2EE, modelo de desarrollo por capas, persistencia. Conectores JDBC.

4. Programación para aplicaciones gestión en entornos web. HTML dinámico: Servlets, y JSP.

5. Desarrollo de interfaces web en la capa de usuario: HTML5, CSS, Javascript.

6. Librerías y técnicas de desarrollo: Ajax, jQuery. Framework Symfony.

7. Diseño y programación de sistemas para Interoperabilidad. Servicios web. Protocolos utilizados en los servicios web (SOAP, HTTP, WSDL, UDDI, RESTful).

8. Intercambio de información con lenguajes de marcas. XML y JSON. Objetos de datos Oracle XMLType.

9. Diseño de aplicaciones en entornos web. Características, estilos, accesibilidad y usabilidad.

10. Lenguajes de programación orientada a objetos: Java. Framework Grails.

11. Administración electrónica: arquitecturas y estándares.

12. Gestores de contenidos y documentales. Drupal: Taxonomías. Alfresco: Interfaces de acceso y de comunicación.

13. Gestores de contenidos para la creación de campus virtuales. Moodle. Arquitectura modular. Integración con otros sistemas.

Bloque II. Módulo de Normativa

1. Constitución española de 1978.

2. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

3. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. Enseñanza universitaria. Igualdad en el sector público.

4. Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público: Título Preliminar Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público, Título III Relaciones interadministrativas.

5. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Título Preliminar, Título I: Transparencia de la actividad pública, Título II: Buen Gobierno.

6. Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

7. Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica. Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica. Acuerdo de 4 de mayo de 2018, del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se aprueba la Política de Seguridad de la Información de la Universidad de Huelva.

8. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades.

9. Estatutos de la Universidad de Huelva (Aprobados por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía de 12 de julio de 2011, publicados por Decreto 232/2011, de 12 de julio, en el B.O.J.A. nº. 147, de 28 de julio).

10. La contratación de bienes y servicios de Tecnologías de la Información en la Administración pública.

(La normativa exigible serán las versiones vigentes o disposiciones que la sustituyan, a fecha de publicación de la presente convocatoria).

ANEXO III
Acreditación de méritos

3

4

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/11/2020
  • Fecha de publicación: 16/12/2020
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 13 de enero de 2021 (Ref. BOE-A-2021-1325).

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