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Documento BOE-A-2020-17138

Resolución de 16 de diciembre de 2020, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con el Ayuntamiento de Parada de Sil, para la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de consolidación, reparación y mejora de la capacidad de desagüe del puente de Conceliñas sobre el río Mao, en Parada de Sil (Ourense).

Publicado en:
«BOE» núm. 338, de 28 de diciembre de 2020, páginas 121455 a 121457 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2020-17138

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Parada de Sil para la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de consolidación, reparación y mejora de la capacidad de desagüe del puente de Conceliñas sobre el río Mao, en Parada de Sil (Ourense), otorgada el 26 de noviembre de 2020, que se anexa a esta Resolución.

Ourense, 16 de diciembre de 2020.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Parada de Sil para la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de consolidación, reparación y mejora de la capacidad de desagüe del puente de Conceliñas sobre el río Mao, en Parada de Sil (Ourense)

En Ourense, a 26 de noviembre de 2020.

REUNIDOS

Por una parte, José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaria para la Transición Ecológica de fecha 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra parte, Aquilino Domínguez Díaz, Alcalde del Excelentísimo Ayuntamiento de Parada de Sil, nombrado en Pleno de 15 de junio de 2019, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, reguladora de la Administración Local de Galicia.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, y a tal efecto

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 19 de septiembre de 2019 (BOE núm. 245, de 11 de octubre de 2019), se otorgó el convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Parada de Sil para la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de consolidación, reparación y mejora de la capacidad de desagüe del puente de Conceliñas sobre el río Mao, en Parada de Sil (Ourense).

II. Que en el citado convenio se preveía que la ejecución de las actuaciones se desarrollaría durante las anualidades 2019 y 2020 y que la duración del convenio se extendería hasta el 31 de diciembre de 2021.

III. Que, conforme a lo establecido en el apartado tercero de la Cláusula segunda del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

IV. Que conforme a lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, los convenios deberán tener una duración determinada, que no podrá ser superior a cuatro años y, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

V. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del Convenio, esta Confederación Hidrográfica dispone de nuevos elementos de juicio a la hora de realizar una previsión de anualidades, por lo que procede modificar las aportaciones económicas, para la buena marcha y ejecución del Convenio.

VI. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la Adenda.

El objeto de esta adenda es acordar la prórroga del Convenio para la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de consolidación, reparación y mejora de la capacidad de desagüe del puente de Conceliñas sobre el río Mao, en Parada de Sil (Ourense).

Asimismo se modifican las anualidades inicialmente establecidas en el convenio sin modificar el importe total de la actuación ni los compromisos de financiación establecidos.

Segunda. Prórroga del convenio.

Se acuerda la prórroga del convenio hasta el 31 de diciembre de 2022. No obstante, si en esa fecha no han finalizado las actuaciones objeto del mismo ni se ha procedido a la recepción de las obras, liquidación del contrato, finalización del plazo de garantía, y entrega de las obras conforme a lo establecido en la cláusula séptima, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga dentro de los límites temporales establecidos en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercera. Modificación de la cláusula cuarta Coste de las actuaciones y financiación de las mismas.

Se modifica el primer párrafo del apartado segundo de la cláusula cuarta que queda redactado del siguiente modo:

«El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del Organismo de cuenca para los años 2019, 2020 y 2021 con cargo a la aplicación presupuestaria 452A610, código de proyecto 2009 23 231 0009, de conformidad con la siguiente fórmula (…).»

Cuarta. Modificación del Anexo Anualidades previstas.

Se modifica el Anexo anualidades que queda establecido del siguiente modo:

Administración 2019 2020 2021 Total
CHMS, O.A. 11.200,00 € 0,00 € 111.200,00 € 122.400,00 €
AYUNTAMIENTO DE PARADA DE SIL.  2.800,00 € 0,00 €  27.800,00 €  30.600,00 €
 TOTAL. 14.000, 00 € 0,00 € 139.000,00 € 153.000,00 €
Quinta. Eficacia.

La presente adenda modificativa surtirá efectos tras la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y del apartado 2 de la Disposición adicional séptima de la citada Ley.

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman por triplicado el presente documento en el lugar y la fecha arriba indicados.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de Parada de Sil, Aquilino Domínguez Díaz.

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