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Documento BOE-A-2020-17214

Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia, por la que se resuelve el concurso para la provisión de notarías vacantes, convocado por Resolución de 17 de noviembre de 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 339, de 29 de diciembre de 2020, páginas 122431 a 122431 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2020-17214

TEXTO ORIGINAL

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el concurso para la provisión de notarías vacantes convocado por la Resolución JUS/3007/2020, de 17 de noviembre, de la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas (DOGC núm. 8280, de 25 de noviembre de 2020), y dado lo que disponen los artículos 88 a 96 y 313 del Reglamento de la organización y régimen del notariado, modificado por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, y el Real Decreto 140/2015, de 6 de marzo, sobre demarcación notarial;

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre (DOGC núm. 4762, de 16 de noviembre de 2006), resuelvo:

De acuerdo con las normas legales mencionadas, adscribir a los notarios a las plazas de notarías vacantes ubicadas en el territorio de Cataluña, según se detalla a continuación:

Canet de Mar: por el traslado del señor Miguel Roca Bermúdez de Castro, el señor Pascual Malo Cantarino, notario de Begur, 3.a categoría.

Sant Joan Despí: por el traslado de la señora María del Sagrario Álvarez Jiménez, la señora Elena Luaces López, notaria de Sant Just Desvern, 3.a categoría.

Castelldefels: por el traslado de la señora Concepción Barber Videl, el señor Pablo Soriano Calabuig, notario de Móra la Nova, 3.a categoría.

Ripollet: por el traslado del señor Antonio Víctor García Galán San Miguel, la señora Ana Loaces Romero, notaria de Cardona, 3.a categoría.

Información sobre los recursos a interponer:

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, la persona o las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante la secretaria general de Justicia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o cualquier otro recurso que sea conveniente para la defensa de sus intereses.

El recurso de alzada podrá entenderse desestimado si transcurridos tres meses desde su interposición no se ha notificado su resolución. Solo en este caso, la persona o las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Barcelona, 22 de diciembre de 2020.–El Director General de Derecho y Entidades Jurídicas, Xavier Bernadí i Gil.

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