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La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en su artículo 136 establece la obligatoriedad de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de un resumen de las cuentas anuales de las entidades del sector público estatal fundacional, entre otras entidades.
La disposición adicional tercera de la Resolución de 3 de junio de 2013, de la Intervención General de la Administración del Estado, establece que acompañando a la información financiera resumida y a los informes de auditoría de cuentas que se publiquen en el «Boletín Oficial del Estado», se incluirá la referencia a las correspondientes sedes electrónicas o páginas web en las que estén publicadas las cuentas anuales completas y su correspondiente informe de auditoría de cuentas. En consecuencia, la dirección en la que podrá ser consultada esta información es la siguiente: https://www.pluralismoyconvivencia.es/
En su virtud, se dispone la publicación de las cuentas anuales 2019 y el informe de auditoría de cuentas de la Fundación Pluralismo y Convivencia FSP, como anejo a la presente Resolución.
Madrid, 22 de diciembre de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.
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