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Documento BOE-A-2020-17380

Resolución de 18 de diciembre de 2020, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica Adenda al Acuerdo de asociación entre el British Council y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para la ejecución del proyecto "Kafaat Liljamia-hacia un sistema de formación profesional marroquí de calidad, inclusivo y dirigido al mercado de trabajo" en Marruecos.

Publicado en:
«BOE» núm. 341, de 31 de diciembre de 2020, páginas 128243 a 128244 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2020-17380

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda número 1 al Acuerdo de asociación entre el British Council y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) para la ejecución del proyecto «Kafaat Liljamia-hacia un sistema de formación profesional marroquí de calidad, inclusivo y dirigido al mercado de trabajo», cuyo texto figura como anexo a esta resolución.

Asimismo, se indica que el Acuerdo de asociación modificado por la adenda número 1 se encuentra disponible en la Sede electrónica de la AECID (www.aecid.gob.es).

Madrid, 18 de diciembre de 2020.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Magdy Esteban Martínez Solimán.

ANEXO
Adenda número 1 al Acuerdo de asociación

Entre el British Council –en adelante la «Organización»–, registrada como organización benéfica con número 209131 en Inglaterra y Gales y con número SC037733 en Escocia, con domicilio social en 1 Redman Place Stratford, Londres, E20 1JQ Reino Unido,

Y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) –en adelante «Co-delegataria»–, registrada como entidad pública con el número ES-2009-DKT-2206448085, con domicilio social en Av. Reyes Católicos 4, 28040, Madrid, España.

Considerando cuanto sigue:

El British Council y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) están ejecutando el proyecto «Kafaat Liljamia-hacia un sistema de formación profesional marroquí de calidad, inclusivo y dirigido al mercado de trabajo» como codelegados según el Acuerdo de Delegación firmado con la Unión Europea representada por la Comisión Europea el 11 de agosto de 2017.

Las Partes aclararon y detallaron las funciones y responsabilidades de cada Socio para la ejecución del proyecto en un Acuerdo de Asociación (Partnership Agreement), que entró en vigor el 11 de julio de 2017.

Los codelegados presentaron a la Delegación Europea en Marruecos una solicitud de prórroga de 10 meses del proyecto, así como una solicitud para que este se considerase con pluralidad de donantes, en julio de 2020. La Delegación de la UE en Marruecos aprobó los cambios y la adenda número 1 del Acuerdo de Delegación fue firmada por la DUE el 21 de julio de 2020 y por cada Socio.

La adenda se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) de España el 8 de agosto de 2020.

Ambas Partes acuerdan las siguientes enmiendas al Acuerdo de Asociación inicial:

2. Duración.

El Artículo 2.1 se modifica de la siguiente manera: «Este Acuerdo de Asociación entrará en vigor en la fecha en que el último de los Socios lo firme y se mantendrá vigente (a menos que se resuelva de conformidad con este Acuerdo y al Acuerdo de Delegación) durante 46 meses. En ese período, las Actividades descritas en el anexo deberán haberse ejecutado y todas las obligaciones administrativas y financieras descritas en este Acuerdo tendrán que haberse cumplido».

4.7 Responsabilidad y gestión financiera.

Se añade lo siguiente como artículo 4.7.5 «La AECID contribuirá con 30.000 euros al presupuesto del proyecto destinados al salario del Responsable de proyectos durante el período de prórroga de 10 meses».

Salvo lo expresado en esta adenda, todos los términos del Acuerdo de Asociación permanecerán en vigor.

La presente Adenda entrará en vigor tras su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Hecho en Rabat, en tantos ejemplares como Socios participantes, reconociendo cada una con su firma que ha recibido su propio ejemplar original. 18 de diciembre de 2020.–Por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), la Presidenta de la AECID, por delegación (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la AECID (nombrado por el Consejo Rector de 28 de julio de 2020), delegación de firma (Resolución de 15 de diciembre de 2020), el Coordinador de la Oficina Técnica de Cooperación en Marruecos, Ignacio Martínez Boluda.–Por el British Council, el Director del British Council en Marruecos, Tony Reilly.

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