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Documento BOE-A-2020-3006

Acuerdo de 20 de febrero de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se nombra Juez sustituto para el año judicial 2019/2020, en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 3 de marzo de 2020, páginas 21956 a 21956 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2020-3006

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, ha acordado nombrar para el año judicial 2019/2020, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, al juez sustituto que a continuación se relaciona, en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña:

Adriá Rodés Mateu, juez sustituto de Barcelona, Arenys de Mar, Badalona, Berga, Cerdanyola del Vallès, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat, Gavà, Granollers, Hospitalet de Llobregat (L'), Igualada, Manresa, Martorell, Mataró, Mollet del Vallès, Prat de Llobregat (El), Rubí, Sabadell, Sant Boi de Llobregat, Sant Feliu de Llobregat, Santa Coloma de Gramenet, Terrassa, Vic, Vilafranca del Penedès, Vilanova i la Geltrú (Barcelona), Girona, Bisbal d'Empordà (La), Blanes, Figueres, Olot, Puigcerdà, Ripoll, Sant Feliu de Guíxols, Santa Coloma de Farners (Girona), Lleida, Balaguer, Cervera, Seu d'Urgell (La), Solsona, Tremp, Vielha e Mijaran (Lleida) y Tarragona, Amposta, Falset, Gandesa, Reus, Tortosa, Valls, Vendrell (El) (Tarragona), previa aceptación de su renuncia al cargo Magistrado suplente de la Audiencia Provincial de Barcelona.

Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 20 de febrero de 2020.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

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