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Documento BOE-A-2020-3676

Orden PCM/225/2020, de 13 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de marzo de 2020, por el que se aprueba la interrupción del programa de turismo social del Imserso para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 14 de marzo de 2020, páginas 25344 a 25345 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2020-3676
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2020/03/13/pcm225

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión de 12 de marzo de 2020, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030 y del Ministro de Sanidad, ha adoptado un Acuerdo por el que se aprueba la interrupción del programa de turismo social del Imserso para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo a la presente Orden.

Madrid, 13 de marzo de 2020.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Carmen Calvo Poyato.

ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba la interrupción del programa de turismo social del Imserso para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas

El 31 de diciembre de 2019, la Comisión Municipal de Salud y Sanidad de Wuhan (provincia de Hubei, China) informó sobre un agrupamiento de 27 casos de neumonía de etiología desconocida con inicio de síntomas el 8 de diciembre, incluyendo siete casos graves, con una exposición común a un mercado mayorista de marisco, pescado y animales vivos en la ciudad de Wuhan, sin identificar la fuente del brote. El mercado fue cerrado el día 1 de enero de 2020. El 7 de enero de 2020, las autoridades chinas identificaron como agente causante del brote un nuevo tipo de virus de la familia Coronaviridae, que produce una enfermedad denominada COVID-19.

Dada la evolución de la situación y por recomendación del Comité de Emergencias del Reglamento Sanitario Internacional (2005), el 30 de enero de 2020, el Director general de la Organización Mundial de la Salud declaró el brote del nuevo coronavirus 2019 (nCoV) como una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII), ya que su propagación internacional supone un riesgo para la salud pública de los países y exige una respuesta internacional coordinada. En su declaración, el Comité de Emergencias instó a los países a estar preparados para contener la enfermedad pues todavía es posible interrumpir la propagación del virus, siempre que se adopten medidas firmes para detectar la enfermedad de manera precoz, aislar y tratar los casos, hacer seguimiento de los contactos y promover medidas de distanciamiento social acordes con el riesgo.

En la declaración del COVID-19 como ESPII, la Organización Mundial de la Salud destacó que la difusión de la enfermedad se puede ralentizar de manera significativa o incluso detener, mediante la implementación de medidas robustas de contención. En este sentido, permitir la difusión incontrolada de la enfermedad no es una opción.

De conformidad con lo expuesto, se adoptan medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19.

En su virtud, el Consejo de Ministros, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030 y del Ministro de Sanidad, en su reunión del día 12 de marzo de 2020, acuerda:

Primero.

Se interrumpe la realización de cualquier actividad comprendida en el ámbito del programa de turismo social del Imserso para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas hasta las 00:00 horas del día 13 de abril de 2020, sin perjuicio de las prórrogas que se acuerden de forma sucesiva.

Segundo.

Lo dispuesto en el apartado anterior no será de aplicación a las actividades comprendidas en el ámbito del programa de turismo social del Imserso para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas que se hubiesen iniciado con anterioridad a la publicación de este Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», debiendo mantenerse las personas beneficiarias del mismo en vigilancia por parte de los servicios médicos asignados en cada establecimiento hotelero.

Este Acuerdo surtirá efectos una vez publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 13/03/2020
  • Fecha de publicación: 14/03/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 14/03/2020
  • Efectos hasta las 00:00 horas del día 13 de abril de 2020,.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PRORROGA, hasta las 00.00 horas del 30 de junio de 2020, la interrupción de la realización de cualquier actividad comprendida en el ámbito del programa de turismo social del IMSERSO, por Orden SND/338/2020, de 8 de abril (Ref. BOE-A-2020-4420).
Materias
  • Epidemias
  • Estado de alarma
  • Instituto de Mayores y Servicios Sociales
  • Tercera Edad
  • Turismo

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