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Documento BOE-A-2020-3810

Resolución de 9 de marzo de 2020, de la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con Nile Sociedad Cooperativa Madrileña, para la realización de prácticas formativas de alumnos de este centro educativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 17 de marzo de 2020, páginas 25802 a 25803 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2020-3810

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación del Ministerio de Cultura y Deporte y Nile Sociedad Cooperativa Madrileña han suscrito, con fecha 6 de marzo de 2020, una adenda al Convenio de 8 de marzo de 2018, que tiene por objeto la realización de prácticas formativas de alumnos del Colegio Nile en la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación. Por ello, y conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 9 de marzo de 2020.–La Directora General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, Adriana Moscoso del Prado Hernández.

ANEXO
Adenda de prórroga y modificación al Convenio entre la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación del Ministerio de Cultura y Deporte y Nile, Sociedad Cooperativa Madrileña, para la realización de prácticas formativas de alumnos de ese centro educativo

En Madrid, a 6 de marzo de 2020.

REUNIDOS

De una parte, doña Adriana Moscoso del Prado Hernández, Directora General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación del Ministerio de Cultura y Deporte (en adelante, DGICPIC), en virtud del Real Decreto 293/2020, de 4 de febrero, y en ejercicio de las competencias que le atribuye el Real Decreto 817/2018, de 6 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte.

De otra, doña Sara Prieto González, en calidad de presidenta y en representación de Nile, Sociedad Cooperativa Madrileña, con CIF F28810943 y domicilio en la calle Castilla La Vieja, 18, Fuenlabrada, 28941, según poderes otorgados ante el notario de Madrid don Eduardo M.ª García Serrano el día 6 de julio de 2017, número 5741 de su protocolo.

Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente documento y a tal efecto,

EXPONEN

Con fecha de 9 de marzo de 2018 se firmó Convenio entre la entonces Dirección General de Industrias Culturales y del Libro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Nile, Sociedad Cooperativa Madrileña, para la realización de prácticas formativas. El Convenio fue inscrito en el registro de convenios con fecha de 14 de marzo de 2018.

La cláusula sexta del texto firmado previene que tanto la modificación de los términos del Convenio como la prórroga de su vigencia requerirán acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

Según lo dispuesto en dicha cláusula, el 12 de marzo de 2019 las partes del Convenio firmaron una adenda por la que se prorrogaba su vigencia durante un año. La adenda fue inscrita el 13 de marzo de 2019 en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicada mediante Resolución del 18 de marzo de 2019 de la Dirección General de Industrias Culturales y Cooperación en el «Boletín Oficial del Estado» número 75, de 28 de marzo de 2019, páginas 32093-32094.

En aplicación de la cláusula sexta, y a la vista de la anterior adenda a este Convenio, se formula la presente adenda de prórroga y modificación.

CLÁUSULAS

Primera. Lugar de realización de las prácticas.

Modificar el párrafo segundo de la cláusula primera del Convenio, que según la modificación realizada mediante la adenda firmada el 12 de marzo de 2019 establecía que «las prácticas las realizarán los alumnos que figuran en la «Relación de Alumnos» del Anexo 1 del presente Convenio en la Subdirección General de Cooperación y Promoción Internacional de la Cultura, dependiente de la DGICC, y desarrollarán las actividades formativas programadas en el Anexo 2», pasando a quedar redactada en los siguientes términos: «Las prácticas las realizarán los alumnos que figuran en la «Relación de Alumnos» del anexo 1 del presente Convenio en la Subdirección General de Cooperación y Promoción Internacional de la Cultura y en la Subdirección General de Cooperación Cultural con las Comunidades Autónomas, unidades dependientes de la DGICPIC, y desarrollarán las actividades formativas programadas en el Anexo 2».

Segunda. Número máximo de alumnos en prácticas.

Modificar el párrafo primero de la cláusula cuarta del Convenio, añadiendo al final del mismo la siguiente frase: «El número máximo de alumnos que vayan a realizar las prácticas se establecerá por mutuo acuerdo entre las partes».

Tercera. Prórroga de la vigencia.

En virtud de lo dispuesto en la cláusula sexta del Convenio de 9 de marzo de 2018, se amplía su vigencia durante un año, a contar desde la fecha en que finaliza la vigencia de un año de la adenda anterior, 28 de marzo de 2020.

Cuarta. Validez y eficacia.

La adenda, que se perfecciona por su firma, producirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La comunicación de la suscripción de la adenda al Registro se efectuará en el plazo de 15 días desde su firma, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Directora General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, Adriana Moscoso del Prado Hernández.–La presidenta de Nile, Sociedad Cooperativa Madrileña, Sara Prieto González.

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