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Documento BOE-A-2020-4605

Resolución CLT/676/2020, de 4 de marzo, por la que se incoa expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor de La Ricarda (Casa Gomis), en El Prat de Llobregat (Baix Llobregat), y de delimitación de su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 23 de abril de 2020, páginas 29875 a 29875 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2020-4605

TEXTO ORIGINAL

El 20 de febrero de 2020 la Dirección General del Patrimonio Cultural emitió un informe favorable a la incoación del expediente de declaración de Bien Cultural de Interés Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, a favor de La Ricarda (Casa Gomis), en El Prat de Llobregat (Baix Llobregat), y de delimitación de su entorno de protección.

Considerando lo dispuesto en la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Incoar expediente de declaración de Bien Cultural de Interés Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, a favor de La Ricarda (Casa Gomis), en El Prat de Llobregat (Baix Llobregat), y de delimitación de su entorno de protección. Este entorno consta grafiado en el plano que figura en el expediente administrativo.

2. Notificar esta Resolución a las personas interesadas, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de El Prat de Llobregat, y hacerle saber que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación conlleva la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, así como la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican a los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente Resolución.

3. Comunicar esta Resolución al Registro de Bienes Culturales de Interés Nacional de Cataluña para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 4 de marzo de 2020.–La Consejera de Cultura, Maria Àngela Vilallonga Vives.

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