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Documento BOE-A-2020-4749

Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio entre el Ministerio de Justicia y el Centro Universitario de la Guardia Civil, en materia de formación e investigación en el ámbito de las ciencias forenses.

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 30 de abril de 2020, páginas 30796 a 30798 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2020-4749

TEXTO ORIGINAL

El Secretario de Estado de Justicia y el Director del Centro Universitario de la Guardia Civil, han suscrito una Adenda de prórroga y modificación al Convenio entre el Ministerio de Justicia y el Centro Universitario de la Guardia Civil en materia de formación e investigación en el ámbito de las ciencias forenses.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 29 de abril de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO
Adenda de prórroga y modificación al Convenio entre el Ministerio de Justicia y el Centro Universitario de la Guardia Civil en materia de formación e investigación en el ámbito de las ciencias forenses

En Madrid, a 20 de diciembre de 2019.

REUNIDOS

El Secretario Estado de Justicia, don Manuel-Jesús Dolz Lago, nombrado por Real Decreto 479/2018, de 18 de junio, en nombre y representación del Ministerio de Justicia y en el ejercicio de las competencias que le confiere el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El Director del Centro Universitario de la Guardia Civil, don Fernando Moure Colón, nombrado por Acuerdo del Presidente del Patronato del Centro Universitario de la Guardia Civil (CUGC), de 26 de marzo de 2018, publicado en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil» quien actúa en nombre y representación del mismo, con domicilio social en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil, Paseo de la Princesa s/n (28300) Aranjuez (Madrid).

Las partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda de prórroga y, a tal fin,

EXPONEN

I. Con fecha 6 de febrero de 2017, se suscribió un Acuerdo de colaboración entre el Ministerio de Justicia y el Centro Universitario de la Guardia Civil en materia de formación e investigación en el ámbito de las ciencias forenses para instrumentar la colaboración entre el Ministerio de Justicia, INTCF y el Centro Universitario de la Guardia Civil para la generación de conocimiento en áreas de interés para ambas partes, así como la colaboración en la impartición de docencia y formación del personal.

Este acuerdo no genera obligaciones económicas para ninguna de las partes firmantes.

II. La cláusula octava del citado acuerdo establece los efectos del mismo con una duración de tres años naturales, a partir del día de su firma, y será prorrogable a su término mediante acuerdo expreso por igual periodo, que deberá formalizarse con un mes de antelación a la expiración del acuerdo.

III. La misma cláusula octava dispone que las partes firmantes podrán modificar los términos del Acuerdo, en cualquier momento, de mutuo acuerdo, mediante la firma de una adenda al mismo.

En aplicación de lo anterior, se procede a la modificación de la cláusula décima del acuerdo de 6 de febrero de 2017, relativa al Régimen jurídico y jurisdicción, suprimiendo estipulaciones innecesarias para la eficacia del acuerdo.

Igualmente se procede a modificar la cláusula quinta en materia de protección de datos para adaptarla a la nueva regulación legal dictada al efecto en dicha materia.

Por último, se establecen cláusulas (Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta) en las que se señalan la adaptación de la denominación del acuerdo a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; la actualización de la normativa de protección de datos, la modificación de la cláusula décima del acuerdo y la eficacia de la adenda.

IV. Dado el alto grado de satisfacción obtenido en el cumplimiento de sus objetivos, las partes manifiestan su interés en el mantenimiento de las actividades del acuerdo, suscrito con fecha 6 de febrero de 2017 y, en consecuencia, su voluntad de suscribir una prórroga trienal.

En virtud de lo dispuesto anteriormente el Ministerio de Justica y el Centro Universitario de la Guardia Civil,

ACUERDAN

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de la presente adenda lo constituyen:

– Prorrogar por tres años el Acuerdo entre el Ministerio de Justicia y el Centro Universitario de la Guardia Civil en materia de formación e investigación en el ámbito de las ciencias forenses, suscrito el 6 de febrero de 2017, bajo las mismas condiciones y estipulaciones que rigen el Convenio, sin comportar ningún tipo de obligación financiera ni generar coste presupuestario para las partes.

– Cláusula (Segunda) por la que se modifica la denominación de «Acuerdo de colaboración» por la denominación «Convenio», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

– Cláusula (Tercera) de actualización de normativa de protección de datos.

– Cláusula (Cuarta) de modificación de la cláusula décima «Régimen jurídico y jurisdicción» del acuerdo suscrito con fecha 6 de febrero de 2017.

– Cláusula (Quinta) de efectos de la Adenda.

Segunda. Adaptación de la denominación del acuerdo a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Se modifica la denominación de «Acuerdo de colaboración» por la denominación «Convenio», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 apartado 1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público para una adecuada adaptación a la legislación vigente.

Tercera. Actualización de la normativa de protección datos.

Se actualiza la cláusula quinta del acuerdo que se prorroga relativa a Protección de Datos para adecuarla a la nueva normativa en vigor, constituida por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

Cuarta. Modificación de la cláusula décima «Régimen jurídico y jurisdicción».

Se modifica la cláusula décima del acuerdo de 6 de febrero de 2017, quedando redactada de la siguiente manera:

«Décima. Naturaleza del Convenio y resolución de controversias.

El presente Convenio, de naturaleza jurídico-administrativa, se celebra al amparo de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Convenio se resolverán entre las partes de la manera amistosa en el seno de la comisión prevista en la cláusula cuarta.

Al tener naturaleza administrativa, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.»

Quinta. Efectos de la adenda.

De conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, las adendas de los Convenios surtirán efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

De conformidad con cuanto antecedente, y en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los/las firmantes, suscriben por duplicado ejemplar la presente Adenda de prórroga y modificación al acuerdo en lugar y fecha arriba indicados.–El Secretario de Estado de Justicia, Manuel-Jesús Dolz Lago.–El Director del Centro Universitario de la Guardia Civil, Fernando Moure Colón.

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