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Documento BOE-A-2020-485

Resolución de 2 de enero de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se aprueban los Planes de actuación plurianuales 2019-2022 del Centro de Referencia Nacional de Conservas Vegetales y del Centro de Referencia Nacional de Ganadería en el ámbito de la formación profesional.

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2020, páginas 3424 a 3440 (17 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2020-485

TEXTO ORIGINAL

El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, la Directora General de Formación Profesional y el Consejero de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia han suscrito un Convenio por el que se aprueban los Planes de actuación plurianuales 2019-2022 del Centro de Referencia Nacional de Conservas Vegetales y del Centro de Referencia Nacional de Ganadería en el ámbito de la formación profesional.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 2 de enero de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO
Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por el que se aprueban los Planes de actuación plurianuales 2019-2022 del Centro de Referencia Nacional de Conservas Vegetales y del Centro de Referencia Nacional de Ganadería en el ámbito de la formación profesional

5 de diciembre de 2019.

REUNIDOS

De una parte, el señor don Gerardo Gutiérrez Ardoy, Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, nombrado por Real Decreto 846/2018, de 6 de julio, competente para la firma del presente convenio en virtud de lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 6 del Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal (CIF número Q2819009H).

De otra parte, la señora doña Clara Sanz López, Directora General de Formación Profesional, nombrada por Real Decreto 842/2018, de 6 de julio, en nombre y representación del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en virtud de la delegación de competencias de la Orden EFP/1422/2018, de 27 de diciembre, del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional, establecida de acuerdo al artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra, el señor don Antonio Luengo Zapata, Consejero de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, nombrado por Decreto de la Presidencia n.º 36/2019, de 31 de julio, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, «Boletín Oficial de la Región de Murcia» n.º 176, de 1 de agosto de 2019, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, competente para la firma del presente Convenio, según lo establecido en el artículo 47.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y previa Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 17 de octubre de 2019.

EXPONEN

Primero.

Que corresponde al Servicio Público de Empleo Estatal la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo, en el marco de lo establecido en el texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.

El Servicio Público de Empleo Estatal es un organismo autónomo estatal de los previstos en la Sección 2.ª, del Capítulo III, del Título II, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

Como organismo autónomo tiene personalidad jurídica propia e independiente de la Administración General del Estado, plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus funciones, patrimonio, tesorería propia, así como autonomía de gestión, rigiéndose por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y por las demás disposiciones de aplicación a los organismos autónomos de la Administración General del Estado, y particularmente las disposiciones relativas a contratación y régimen jurídico del sector público.

Segundo.

Que, el artículo 8 del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, establece que corresponde al Ministerio de Educación y Formación Profesional la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa y de formación profesional.

Tercero.

Que la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: agua, agricultura, industria agroalimentaria, desarrollo rural, ganadería, pesca en aguas interiores y acuicultura, las relativas a la investigación y desarrollo tecnológico en los sectores agrario y alimentario, la investigación en materia de pesca, marisqueo, acuicultura marina, alguicultura y cualquier otra forma de cultivo industrial, así como cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente. Asimismo le corresponden las competencias en materia de medioambiente; política forestal, caza y pesca fluvial y protección de la fauna silvestre, conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto del Presidente n.º 29/2019, de 31 de julio, de Reorganización de la Administración Regional (BORM n.º 176, de 1 de agosto de 2019).

Cuarto.

Que mediante Real Decreto 871/2015, de 2 de octubre, se crean como Centros de Referencia Nacional el Centro Integrado de Formación y Experiencias Agrarias de Molina de Segura en el Área Profesional de Conservas Vegetales de la Familia Profesional Industrias Alimentarias y el Centro Integrado de Formación y Experiencias Agrarias de Lorca en el Área Profesional de Ganadería de la Familia Profesional Agraria, en el ámbito de la formación profesional.

Quinto.

El Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional, establece en su artículo 7, conforme a la redacción dada por la disposición final 2.2 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que los Ministerios de trabajo y Asuntos Sociales y de Educación y Ciencia, actualmente de Trabajo Migraciones y Seguridad Social y de Educación y Formación Profesional, elaborarán un Plan de Actuación plurianual, de carácter estatal, para el desarrollo de las funciones de los Centros de Referencia Nacional en colaboración con las comunidades autónomas y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

El Plan de Actuación Plurianual Estatal establecerá los objetivos prioritarios, los procedimientos y mecanismos de coordinación, seguimiento y evaluación de la Red, así como las Comisiones de Coordinación correspondientes.

En función del Plan de Actuación, la Administración General del Estado, en colaboración con las comunidades autónomas, establecerá los criterios de distribución presupuestaria para la ejecución del mismo.

Asimismo, incluirá los procedimientos e indicadores de calidad que permitan evaluar el cumplimiento de los fines y objetivos de los Centros.

Dicho Artículo añade que para cada uno de los Centros de Referencia Nacional se acordará un Plan de Actuación Plurianual, con la misma duración del Plan de Actuación Plurianual de carácter estatal, a partir de la propuesta del Consejo Social del Centro, que será reflejado en un convenio entre la Administración General del Estado y la Administración autonómica.

Sexto.

En el marco del Plan de Actuación Plurianual 2015-2018 aprobado en la LXVII reunión de la Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional de 21 de julio de 2015, se aprobó el Plan de Trabajo 2017-2018 del Centro de Referencia Nacional de Conservas vegetales y del Centro de Referencia Nacional de Ganadería, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 16 de abril de 2018, por Resolución de 5 de abril de 2018.

Séptimo.

La LXXI reunión de la Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en reunión de 10 de octubre de 2018 ha aprobado el Plan de Actuación Plurianual 2019-2022 de carácter estatal de los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional.

Octavo.

Cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa de aplicación, el Consejo Social del Centro de Referencia Nacional de Conservas vegetales celebró una reunión el 30 de enero de 2019, en el que se propuso el Plan de Actuación Plurianual 2019-2022 para el Centro.

Asimismo, el Consejo Social del Centro de Referencia Nacional de Ganadería celebró una reunión el 30 de enero de 2019, en el que se propuso el Plan de Actuación Plurianual 2019-2022 para el Centro.

Conforme señala el artículo 7.3 del citado Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, es necesario acordar entre las Administraciones implicadas un Plan de Actuación Plurianual, a partir de la propuesta del Consejo Social del Centro. Este Plan de Actuación Plurianual, debe observar la forma de convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Noveno.

Por todo lo anterior, el presente convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene por objeto la aprobación de los Planes de Actuación Plurianuales 2019-2022 del Centro de Referencia Nacional de Conservas vegetales y del Centro de Referencia Nacional de Ganadería.

Décimo.

Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece en su artículo 47.1 que son convenios los acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común.

De conformidad con los principios generales contemplados en el artículo 3 de la misma Ley las Administraciones Públicas sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho y en el desarrollo de su actividad deben aplicar en sus relaciones, entre otros, el principio de cooperación, colaboración y coordinación con otras Administraciones Públicas.

Que, en consecuencia, la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Educación y Formación Profesional y del Servicio Público de Empleo Estatal del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, están habilitados para la suscripción del presente convenio.

Undécimo.

Que la suscripción del presente convenio mejora la eficiencia de la gestión pública en el ámbito de la formación profesional, facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuye a la realización de actividades de utilidad pública y carece de contenido económico con lo que no se ve afectado por la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 48.3 de la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Duodécimo.

Que se cumplen los trámites preceptivos que establece el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por todo lo anteriormente expuesto, de acuerdo con lo dispuesto del Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es establecer los Planes de Actuación Plurianuales 2019-2022 en el que se describan los objetivos prioritarios del Centro de Referencia Nacional de Conservas Vegetales y del Centro de Referencia Nacional de Ganadería, en adelante CRNs, a partir de las propuestas de los respectivos Consejos Sociales de cada Centro en sus reuniones de 30 de enero de 2019.

Anualmente, y de acuerdo con la normativa aplicable, se aprobará un Plan de Trabajo para cada uno de los CRN en el que se concretarán las actuaciones a realizar y la aportación económica de la Administración General del Estado.

Segunda.

Uno. Objetivos del Centro de Referencia Nacional de Conservas Vegetales.

De conformidad con los objetivos prioritarios para todos los CRN establecidos en el Plan de Actuación Plurianual Estatal aprobado por la LXXI Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en reunión de 10 de octubre de 2018, las partes acuerdan como objetivos del plan de actuación plurianual 2019-2022 del CRN de Conservas Vegetales en su ámbito de actuación:

a) Con respecto al Objetivo 1 de Establecer un protocolo de mejora para los procedimientos de gestión comunes a los Planes de Trabajo de los CRNs: Plan de Perfeccionamiento de formadores, cursos abiertos de carácter nacional y acciones de innovación y experimentación. Para este objetivo el CRN:

– Colaborará en seminarios, encuentros o reuniones nacionales entre responsables del SEPE, directores de CRNs y responsables de departamentos para establecer propuestas de mejora y de buenas prácticas que se recojan en un protocolo único.

– Colaborará en el desarrollo de plataformas y herramientas informáticas para la gestión electrónica de todos los procesos de gestión de los CRNs.

– Definirá un protocolo interno de control y seguimiento de las acciones del Plan de Trabajo específico de este CRN para mejorar la calidad de los resultados y la consecución de los objetivos planteados.

b) Con respecto al Objetivo 2 de Crear un portal web de CRN para dar a conocer a la sociedad la naturaleza, funciones y actividades que desarrollan los CRNs, donde se describa su actividad, funciones, relaciones entre centros, actividades innovadoras, etc., dándole un tratamiento fundamentalmente audiovisual y que contemple una estrategia de comunicación eficiente. Para este objetivo, el CRN:

– Mejorará, mantendrá y ampliará los contenidos del portal web del CRN.

– Creará contenidos audiovisuales: GIF, videos, visita virtual de las instalaciones del CRN.

– Mejorará el posicionamiento en buscadores y la optimización de los motores de búsqueda (SEO).

– Abrirá cuentas del CRN en redes sociales.

c) Con respecto al objetivo 3 Participar y promover la actualización permanente del Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE, no sólo en la oferta formativa de Certificados de Profesionalidad, sino por medio de la elaboración de programas de curso y nuevos itinerarios formativos que favorezcan una alta empleabilidad, flexibilizando la formación profesional para el empleo y vinculados a los requerimientos del sistema productivo en la familia profesional de referencia. Para este objetivo, el CRN se compromete a:

– Participará en grupos de trabajo para la actualización de Certificados de Profesionalidad del área o familia profesional asignada.

– Realizará estudios y/o análisis del nivel de desempeño o aplicación de los Certificados de Profesionalidad existentes en el área calificada y sobre la necesidad de nuevos Certificados de Profesionalidad.

– Definir dos cursos nuevos por año para empleados para incluir en el Catálogo de Especialidades Formativas.

– Elaborar programas formativos (experimentales o no) de las nuevas especialidades que se correspondan con nuevas ocupaciones vinculadas al área/familia profesional de la Conserva Vegetal.

d) Con respecto al Objetivo 4 Elaborar las Guías de Aprendizaje y Evaluación, así como otras herramientas, materiales, prototipos y simuladores, u otros medios didácticos para favorecer la formación de las especialidades asignadas al CRN, tanto en modalidad de impartición presencial como en tele formación. Para este objetivo, el CRN propone las siguientes acciones:

– Elaborará manuales de los cursos propuestos para el Catálogo de Especialidades Formativas.

– Elaborará herramientas virtuales, medio o recursos didácticos para la evaluación y apoyo a la formación de todas las modalidades (ej. Simulador software, APP, etc.).

– Realizará seminarios o cursos sobre actualización didáctica y manejo de las innovaciones TICs aplicadas a la formación (presencial y tele formación).

– Desarrollará herramientas virtuales que simulen las operaciones tecnológicas de las elaboraciones de conservas vegetales (Fabricación de conservas vegetales INAV109-Industrias de conservas y jugos vegetales INAV110). Continuar con el catálogo on line de maquinaria para conservas vegetales.

– Realizará de certificado/s de profesionalidad en modalidad de tele formación.

e) Con respecto al Objetivo 5 Colaborar con el Observatorio de las Ocupaciones del SEPE, que aborda periódicamente el análisis en profundidad de sectores productivos. Colaborar en los estudios que permitan conocer la situación, tendencia y evolución del sector, sus posibilidades de generación de empleo, las actividades económicas y ocupaciones con mejores perspectivas de empleo, las competencias más solicitadas por las empresas y las necesidades formativas que se pueden generar a partir de las nuevas actividades y los permanentes y rápidos cambios tecnológicos. Para este propósito el CRN se compromete a:

– Emitirá informes a propuesta del Observatorio de las Ocupaciones del SEPE.

– Enviará al SEPE propuestas sobre nuevas necesidades formativas detectadas en el área/familia asignada.

– Realizará estudios para conocer la situación, tendencia y evolución del sector de Conservas Vegetales.

f) Con respecto al Objetivo 6 Elaborar los mapas sectoriales necesarios en los que estén incluidas empresas, clusters, parques tecnológicos, asociaciones empresariales, instituciones educativas o dedicadas a la formación, expertos y formadores, y establecer mecanismos para su actualización permanente. En este sentido, el CRN referenciado deberá:

– Elaborará mapas sectoriales del área/familia profesional asignada.

– Actualizará los mapas sectoriales de la familia profesional en colaboración con los otros CRNs de la familia profesional de Industrias Alimentarias.

– Realizará un catálogo de centros de formación y oferta formativa y de las diferentes instituciones de España y Europa, relacionadas con el área de la Elaboración y Conservación de Productos Vegetales, incluyendo centros y expertos de reconocido prestigio.

g) Con respecto al Objetivo 7 Colaborar con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) y las Estructuras Paritarias Sectoriales en lo establecido en los artículos 4 y 5 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. Para ello el CRN:

– Colaborará con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) y las Estructuras Paritarias Sectoriales de la familia profesional de Industrias alimentarias en la prospección y detección de necesidades formativas del sector para proporcionar respuestas efectivas a las necesidades de formación y recualificación del mercado laboral, y para anticiparse a los cambios y responder a la demanda que se pueda producir de mano de obra.

– Definirá acciones e itinerarios formativos destinados a suplir las carencias y necesidades formativas concretas de los trabajadores, a partir de un análisis de su perfil profesional, de forma que puedan adquirir las competencias necesarias para evitar los desajustes con los requerimientos de cualificaciones del sistema productivo.

h) Con respecto al Objetivo 8 Fomentar la colaboración entre los diferentes Centros de Referencia Nacional para el desarrollo de proyectos y objetivos comunes, así el CRN se compromete a;

– Participará en los grupos de trabajo de la misma familia profesional.

– Visitará otros CRNs y/o centros para intercambio de experiencias en proyectos similares a los implementados por el CRN de Conservas Vegetales.

– Creará marcos de referencia en la familia profesional de Industrias Alimentarias en colaboración con el CRN de Industrias Cárnicas, lácteas, panificables y diversas de Salamanca y el CRN de Vinos y Aceites de Ciudad Real. Un marco de referencia sobre necesidades formativas a corto-medio plazo.

– Atenderá a la formación en competencias transversales que impliquen a toda la familia profesional.

i) Con respecto al Objetivo 9 Participar en la actualización de los Instrumentos y Acciones del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. Fundamentalmente colaborar con el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) para la actualización del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, de acuerdo a los requerimientos del sistema productivo en el sector de referencia.

– Participará en los grupos de trabajo establecidos con el INCUAL para la actualización de Cualificaciones Profesionales y elaboración de los módulos formativos del Catálogo Modular.

j) Con respecto al Objetivo 10 Colaborar en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, de acuerdo con el Real Decreto 1224/2009 de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. El CRN desarrollará las siguientes acciones:

– Colaborará en las convocatorias de pruebas de evaluación y acreditación de competencias profesionales.

– Realizará estudios o análisis de necesidades de acreditación en competencias profesionales en el área de Conservas Vegetales.

k) Con respecto al Objetivo 11 Desarrollar acciones de apoyo, orientación e información al emprendimiento y autoempleo en la familia profesional de referencia. El CRN:

– Realizará una campaña de difusión y sensibilización sobre emprendimiento.

– Convocará seminarios divulgativos en buenas prácticas sobre emprendimiento en la Industria alimentaria en colaboración con Universidades y Centros de Innovación y empresas.

– Asesorará en planes de viabilidad para empresas de nueva creación.

– Realizará seminarios informativos de ayuda al autoempleo (regionales y nacionales), acciones de tutorización para el desarrollo del plan de empresa, jornadas de Networking (regionales y nacionales) y jornadas Tech Days.

– Experimentará una lanzadera de empleo para Industria alimentaria.

– Desarrollar una sección sobre emprendimiento en el portal web del CRN.

l) Con respecto al Objetivo 12 Realizar acciones de formación para la mejora y actualización de las competencias de formadores por medio del Plan para el perfeccionamiento del profesorado, artículo 22.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, a profesores, evaluadores y asesores del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales, orientadores profesionales, y gestores y responsables de centros de formación profesional, de titularidad pública, por lo que el CRN:

– Partiendo de una detección de necesidades, el CRN considera que en cuatro años programará doce cursos innovadores para formadores. Entre otras, se prevé organizar acciones formativas tendentes a abordar las siguientes temáticas:

• Difundirá el plan de perfeccionamiento del profesorado.

• Organizará cursos de habilidades directivas para directores y responsables de departamentos de los CRNs.

• Organizará cursos de seguridad alimentaria, legislación y calidad alimentaria, economía circular, producción sostenible de alimentos, tecnología y procesos innovadores en conservas vegetales, entre otros.

m) Con respecto al Objetivo 13 Promover que los CRNs se certifiquen en sistemas de gestión de calidad reconocidos, así como promover iniciativas que distingan la excelencia en las actividades de formación profesional del sector de referencia. Para ello el CRN:

– Profundizará en el desarrollo de los sistemas de gestión implantados, manteniendo las auditorias y certificaciones anuales.

– Promoverá la creación de reconocimientos de buenas prácticas a través de premios y concursos de excelencia.

– Experimentará con iniciativas de gestión de la excelencia en las actuaciones de los CRN (EFQM y otros).

– Desarrollará software para la gestión en los CRN de los Sistemas de gestión de calidad implantados.

– Realizará jornadas de presentación de resultados de la implantación de los sistemas de gestión (para la red de CRNs y otras partes interesadas).

n) Con respecto al Objetivo 14 Establecer estrategias activas de comunicación en el ámbito de la formación profesional, tanto del Sistema del Empleo como del Sistema Educativo, sirviendo de enlace entre las instituciones de formación e innovación y los sectores productivos, para lo que el CRN:

– Establecerá un plan de comunicación del CRN y de la familia profesional de Industria alimentarias con otros CRNs y centros de formación.

– Diseñará estrategias activas de comunicación entre el CRN y el sector productivo: Organizaciones empresariales y de trabajadores del sector, empresas, centros de investigación, universidades, centros tecnológicos, etc.

o) Con respecto al Objetivo 15 Establecer vínculos de colaboración de los CRNs con el sector productivo del ámbito calificado a nivel nacional, con entidades públicas y privadas, con los agentes sociales, estableciendo redes virtuales y acuerdos de transferencias tecnológicas, innovación y experimentación de actividades y productos, intercambio de actividades y recursos en programas e iniciativas nacionales e internacionales. Participar en iniciativas y programas de FP de ámbito europeo, ERASMUS+, European Vocational Skills Week y en las competiciones SpainSkills, WorldSkills International y WorldSkills Europe. Por lo que el CRN:

– Participará y programará iniciativas, programas, jornadas de difusión y otras actividades de divulgación e intercambio en el área de las Conservas Vegetales.

– Participará en jornadas transferencia tecnológica en el área de las Conservas Vegetales, con organizaciones vinculadas a la familia tanto a nivel formativo como productivo (centros tecnológicos, universidades, asociaciones, fundaciones, etc.).

– Participará en iniciativas y programas de FP de ámbito europeo (ERASMUS +, European Vocational Skills Week, competiciones SpainSkills, WorldSkills International y WorldSkills Europe, Europea España, Europea Internacional, etc.).

– Participará en certámenes, seminarios y exposiciones regionales, nacionales e internacionales vinculados con el área/familia asignada.

p) Con respecto al Objetivo 16 Difundir en el entorno empresarial y social las acciones de innovación y experimentación desarrolladas y colaborar en el establecimiento de un sistema de comunicación que permita compartir información sobre estándares de calidad y de buenas prácticas entre los distintos CRNs. Para ello el CRN:

– Organizará para el entorno empresarial y social jornadas de difusión y otras actividades de divulgación e intercambio de las actuaciones innovadoras del CRN, de sus fines y objetivos.

– Difundirá las actuaciones innovadoras del CRN y sus objetivos a través de medios y herramientas de comunicación masiva: redes sociales, prensa, revistas especializadas, radio y televisión, pantallas de divulgación, presencia en ferias del sector, presencia en las áreas comerciales o de networking de congresos y seminarios regionales, nacionales e internacionales, etc.

q) Con respecto al Objetivo 17 Ejecutar proyectos o nuevas acciones específicas con significación para el empleo que puedan surgir vinculados a la estacionalidad del mercado de trabajo, cambios tecnológicos o necesidades emergentes de cualificación de los trabajadores; para cumplir este objetivo. En este ámbito el CRN:

– Dará respuesta a nuevas necesidades o a situaciones sobrevenidas que afecten a la familia profesional calificada:

r) Con respecto al Objetivo 18 Programar acciones dirigidas a activar y mejorar la empleabilidad de mujeres, así como personas con discapacidad y otros colectivos en riesgo de exclusión y ocupaciones poco representadas. Para cumplir este propósito, el CRN deberá;

– Programará acciones formativas dirigidas preferentemente a mujeres, personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social.

– Promoverá la creación de grupos de apoyo a proyectos Startup o proyectos de base tecnológica para mujeres jóvenes y que estén relacionadas con la familia profesional o área calificada en el CRN.

– Orientará en la búsqueda de empleo en el área de Conservas Vegetales y de emprendimiento dirigidas preferentemente a mujeres, personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social con grupos como Instituciones Penitenciarias, Fundación RAIS, Cruz Roja Española, Fundación Diagrama y Asociación Prometeo.

s) Con respecto al Objetivo 19 Desarrollar proyectos innovadores basados en TIC´s para fomentar la inserción en procesos de formación y empleo dirigido a sectores de discapacidad, en riesgo de exclusión social y profesiones con escasa representación de mujeres. El CRN llevará a cabo las siguientes acciones:

– Desarrollará proyectos vinculados al Plan de Empleo Joven o futuro Plan de choque contra el paro de larga duración. Para ello se:

• Promoverá en colaboración con el SEPE y sus orientadores, seminarios en el CRN sobre orientación (Programa Orientajoven). Presencial o en Streaming.

• Coparticipar son el SEPE e INJUVE en la planificación y desarrollo de acciones del Programa red SIJ-INJUVE de atención a jóvenes vulnerables en riesgo de exclusión socio laboral, en entorno rural o desfavorecido y a jóvenes migrantes, facilitando el acceso a programas formativos del SEPE en el área calificada de Conservas Vegetales. (on line o presencial)

• Implementar lanzaderas de empleo específicas, en función de las necesidades detectadas, dirigidas a colectivos de mujeres, a jóvenes vulnerables en riesgo de exclusión socio laboral, en entorno rural o desfavorecido y a jóvenes migrantes.

• Definición de acciones formativas en competencias clave para los colectivos indicados (on line).

• Definición de acciones formativas en competencias digitales para los colectivos indicados.

• Acciones (seminarios, cursos, reuniones) de divulgación de buenas prácticas y ejemplos innovadores sobre la integración de las TICs, las Redes Sociales y dispositivos móviles en la formación, orientación y búsqueda de empleo (uso de tablets y móviles, realidad aumentada, realidad virtual, modelado e impresión 3D, Robótica Lego, diseño de APP, programación Arduino,…).

Dos. Objetivos del Centro de Referencia Nacional de Ganadería.

De conformidad con los objetivos prioritarios para todos los CRNs establecidos en el Plan de Actuación Plurianual Estatal aprobado por la LXXI Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en reunión de 10 de octubre de 2018, las partes acuerdan como objetivos del plan de actuación plurianual 2019-2022 del CRN de Ganadería en su ámbito de actuación:

a) Con respecto al Objetivo 1 Establecer un protocolo de mejora para los procedimientos de gestión comunes a los Planes de Trabajo de los CRNs: Plan de perfeccionamiento de Formadores, cursos abiertos de carácter nacional y acciones de innovación y experimentación. Para este objetivo, el CRN:

– Colaborará en el desarrollo de plataformas y herramientas informáticas para la gestión electrónica de todos los procesos de gestión de los CRNs.

– Colaborará en seminarios, encuentros o reuniones nacionales entre responsables del SEPE, directores de CRN y responsables de departamentos para establecer propuestas de mejora y de buenas prácticas.

b) Con respecto al Objetivo 2 Crear un portal web CRN para dar a conocer a la sociedad la naturaleza, funciones y actividades que desarrollan los CRNs. En este sentido, el CRN:

– Mejorará los contenidos del portal web del CRN integrando información de sus actividades de ámbito nacional, la oferta formativa y actividades relacionadas de otros CRN con los que se comparte tecnología e información relevante de los Centros Tecnológicos, entidades y empresas del sector.

– Mostrará los recursos didácticos y equipamientos disponibles en la web, uso de la web como recursos didácticos.

– Difundirá el portal entre el público objeto del CRN.

c) Con respecto al Objetivo 3 Participar y promover la actualización permanente del Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE, no sólo en la oferta formativa de Certificados de Profesionalidad, sino por medio de la elaboración de programas de cursos y nuevos itinerarios formativos que favorezcan una alta empleabilidad, flexibilizando la formación profesional para el empleo y vinculados a los requerimientos del sistema productivo en la familia profesional de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Mantendrá reuniones periódicas de los grupos de trabajo para la actualización de Certificados de Profesionalidad del área o familia profesional asignada.

– Actualizará/Elaborará los Certificados de Profesionalidad pendientes.

– Propondrá nuevos cursos, en función de las necesidades del sector.

d) Con respecto al Objetivo 4 Elaborar las Guías de Aprendizaje y Evaluación, Certificados de Profesionalidad, otras especialidades e itinerarios, así como otras herramientas, materiales u otros medios didácticos para favorecer la formación de las especialidades asignadas al CRN, tanto en modalidad de impartición presencial como tele formación. Para este objetivo, el CRN:

– Elaborará las Guías de Aprendizaje y Evaluación de los certificados de profesionalidad del área de ganadería que hayan sido actualizados recientemente.

– Realizará certificados de profesionalidad en modalidad de tele formación.

e) Con respecto al Objetivo 5 Colaborar con el Observatorio de las Ocupaciones del SEPE, que aborda periódicamente el análisis en profundidad de sectores productivos. Colaborar en los estudios que permitan conocer la situación, tendencia y evolución del sector, sus posibilidades de generación de empleo, las actividades económicas y ocupaciones con mejores perspectivas de empleo, las competencias más solicitadas por las empresas y las necesidades formativas que se pueden generar a partir de las nuevas actividades y los permanentes y rápidos cambios tecnológicos. Para este propósito el CRN:

– Emitirá informes a propuesta del Observatorio de las Ocupaciones del SEPE.

– Enviará al SEPE propuesta sobre nuevas necesidades formativas detectadas en el área/familia designada.

– Realizará análisis de nuevas tendencias y evolución de la tecnología en el sector ganadero (porcino, vacuno, avícola y cunícola) y posterior difusión y divulgación.

– Detectará las aplicaciones informáticas y apps móviles más usadas en el sector ganadero y posterior difusión y divulgación.

f) Con respecto al Objetivo 6 Elaborar los mapas sectoriales necesarios en los que estén incluidas empresas, clusters, parques tecnológicos, asociaciones empresariales, instituciones educativas o dedicadas a la formación, expertos y formadores, y establecer mecanismos para su actualización permanente. Para ello, el CRN:

– Elaborará mapas sectoriales del área/familia profesional asignada.

– Actualizará los mapas sectoriales de la familia profesional en colaboración con los otros CRNs de la misma familia profesional.

– Creará y mantendrá actualizada la biblioteca, hemeroteca de revistas y boletines del sector ganadero.

g) Con respecto al Objetivo 8 Fomentar la colaboración entre los diferentes Centros de Referencia Nacional para el desarrollo de proyectos y objetivos comunes. En este sentido, el CRN:

– Realizará una jornada de trabajo entre todos los CRNs afines al sector ganadero con el objetivo de establecer un grupo de trabajo y promover encuentros anuales.

– Participará en proyectos de innovación entre centros, tanto a nivel nacional como internacional y de esta manera promover la transferencia del conocimiento.

h) Con respecto al Objetivo 9 Participar en la actualización de los Instrumentos y Acciones del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. Fundamentalmente colaborar con el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) para la actualización del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, de acuerdo a los requerimientos del sistema productivo en el sector de referencia, así el CRN;

– Gestionará los grupos de trabajo en coordinación con el INCUAL para la actualización de Cualificaciones Profesionales y elaboración de los módulos formativos del Catálogo Modular.

i) Con respecto al Objetivo 11 Desarrollar acciones de apoyo, orientación e información al emprendimiento y autoempleo en la familia profesional de referencia, para ello el CRN:

– Promocionará Jornadas para la orientación profesional y empresarial en el sector ganadero.

– Participará en Ferias del Sector: Presencia y Promoción de Jornadas de Divulgación.

j) Con respecto al Objetivo 12 Realizar acciones de formación para la mejora y actualización de las competencias de formadores por medio del Plan para el perfeccionamiento del profesorado, artículo 22.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, a profesores, evaluadores y asesores del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales, orientadores profesionales, y gestores y responsables de centros de formación profesional, de titularidad pública, por lo que el CRN:

– Promoverá entre otros, la realización de un curso de formación de ganadería extensiva de razas autóctonas, de pequeños rumiantes.

k) Con respecto al Objetivo 13 promover que los CRNs se certifiquen en sistemas de gestión de calidad reconocidos, así como promover iniciativas que distingan la excelencia en las actividades de formación profesional del sector de referencia. Para ello el CRN:

– Actualización y mantenimiento del sistema de calidad, manteniendo las auditorias y certificaciones anuales.

l) Con respecto al Objetivo 14 Establecer estrategias activas de comunicación en el ámbito de la formación profesional, tanto del Sistema del Empleo como del Sistema Educativo, sirviendo de enlace entre las instituciones de formación e innovación y los sectores productivos. Para ello el CRN deberá establecer un plan de comunicación y marketing del CRN y de la familia profesional con el sistema productivo, empresas y profesionales del sector. Para ello el CRN:

– Realizará un curso de formación para adquirir herramientas y destrezas básicas de comunicación.

– Presentará el Plan de Actuación Plurianual y difusión del CRN.

m) Con respecto al Objetivo 15 Establecer vínculos de colaboración de los CRNs con el sector productivo de ganadería, con entidades públicas y privadas, con los agentes sociales, estableciendo redes virtuales y acuerdos de transferencias tecnológicas, innovación y experimentación de actividades y productos, intercambio de actividades y recursos en programas e iniciativas nacionales e internacionales. El CRN en este ámbito:

– Participará en iniciativas y programas de FP de ámbito europeo, ERASMUS+, EUROPEA INTERNACIONAL,

– Realizará y gestionará convenios con entidades Públicas y Privadas relacionadas con el sector ganadero.

– Gestionará la realización de un convenio con el Consejo General del Colegio de Veterinarios.

– Establecerá vínculos con entidades formativas e investigadoras para desarrollar un fondo o catálogo digital de todos los trabajos de investigación, fin de master, en materia de Ganadería.

– Realizará análisis de otros programas y competiciones (European Vocational Skill, SpainSkills, WorldSkill).

n) Con respecto al Objetivo 16 Difundir en el entorno empresarial y social las acciones de innovación y experimentación desarrolladas en el sector ganadero y colaborar en el establecimiento de un sistema de comunicación que permita compartir información sobre estándares de calidad y de buenas prácticas entre los distintos CRNs. Para ello el CRN:

– Diseñará y establecer un Plan de Comunicación del CRN.

– Desarrollará material divulgativo sobre las diferentes actividades que realiza el CRN y buenas prácticas en el sector.

– Organizará, entre otras, las siguientes Jornadas:

• Jornada de la Evolución de Tecnología en el Sector Ganadero.

• Jornada del uso del software y apps en el sector ganadero.

• Jornada para la difusión de proyectos innovadores.

o) Con respecto al Objetivo 17 Ejecutar proyectos o nuevas acciones específicas con significación para el empleo que puedan surgir vinculados a la estacionalidad del mercado de trabajo, cambios tecnológicos o necesidades emergentes de cualificación de los trabajadores; para cumplir este objetivo, el CRN:

– Dará respuesta a nuevas necesidades o situaciones sobrevenidas que afectan a la familia profesional ganadera.

p) Con respecto al Objetivo 18 Programar acciones dirigidas a activar y mejorar la empleabilidad de mujeres, así como personas con discapacidad y otros colectivos en riesgo de exclusión y ocupaciones poco representadas. Para cumplir este objetivo el CRN:

– Programará una acción formativa de Certificado de Profesionalidad para colectivos vulnerables o necesidades especiales con prácticas en empresas del sector a colectivos con riesgos de exclusión.

– Realizará un estudio de la situación de los grupos sensibles para la propuesta de nuevos certificados de nivel I y posterior elaboración.

– Realizará cursos de obligado cumplimiento legal para poder realizar actividades ganaderas a colectivos con riesgo de exclusión.

q) Con respecto al objetivo 19 Desarrollar proyectos innovadores basados en TIC’s para fomentar la inserción en procesos de formación y empleo dirigidos a sectores de discapacidad en riesgo de exclusión social y profesiones con escasa representación de mujeres. El CRN llevará a cabo las siguientes acciones:

– Desarrollará Proyectos vinculados al Plan de Empleo Joven o futuro Plan de Choque contra el paro de larga duración.

– Promoverá Cursos del uso de nuevas tecnologías en el sector ganadero dirigidos a estos colectivos con riesgo de exclusión.

Tercera. Evaluación.

Sin perjuicio de la evaluación que debe afrontar todo Centro de Referencia Nacional, la evaluación de cada Plan de Actuación Plurianual, deberá realizarse una vez finalizado el plazo de vigencia del mismo, teniendo en cuenta los resultados de los correspondientes Planes de Trabajo Anuales, en el plazo de nueve meses desde la finalización del último Plan de Trabajo.

Para la evaluación de cada Plan de Actuación Plurianual, deberán concretarse, al menos, los siguientes aspectos, sin perjuicio de los que específicamente se acuerden por las partes en cada Plan de Trabajo anual:

1. Cumplimiento cuantitativo de las actuaciones específicas de los Planes de Trabajo Anuales.

2. Niveles de cumplimento cualitativos de los objetivos marcados, como por ejemplo, contenido de las acciones innovadoras, aplicación de las mismas, grado de aceptación en otros centros de formación.

3. Conocimiento del CRN en el ámbito de los sectores productivos de su espacio de actuación, que podrá acreditarse a través de encuestas, impacto en medios de comunicación, participación del tejido industrial, educativo y profesional en sus actividades.

4. Valoración de CRN y de las actividades que lleva a cabo, por los participantes de las mismas, en un doble plano:

i. En lo referente al contenido de su actividad innovadora, para lo que se valorará la aplicación práctica en la docencia de las mismas, así como su viabilidad y proyección de futuro.

ii. En lo referente a la actividad de difusión, a través de la participación de los sectores implicados en la estructura del CRN, en la planificación de sus contenidos, así como en su colaboración en las actividades del CRN, especialmente en el estudio, creación y producción que redunden y/o complementen la misma.

iii. En su caso, las actividades formativas que realice.

5. Nivel de incorporación de las actividades de investigación e innovadoras a los planes de estudio o itinerarios formativos dentro de la Comunidad Autónoma, así como en otras Comunidades Autónomas. En este apartado se valorará, específicamente, el grado de modificación que, en su caso, soporten los itinerarios formativos como consecuencia de las actividades innovadoras ejecutadas por el CRN.

6. Cumplimiento y aplicación correctas de las subvenciones previstas en la normativa aplicable, otorgadas por el Servicio público de Empleo Estatal, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

7. Acciones en el ámbito exterior, especialmente en los foros relativos a la formación profesional para el empleo de personal adultas, mujeres, personas con algún tipo de discapacidad y personas en riesgo de exclusión social.

Cuarta. Aspectos económicos.

El presente convenio carece de contenido económico y no genera obligaciones ni contraprestaciones económicas entre las partes firmantes, las cuales asumirán los costes que deban realizar con cargo a sus respectivos presupuestos corrientes.

Según se establece en los artículos 7.2 y 8.1 del Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Servicio Público de Empleo Estatal del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social financiarán las actividades contempladas en el respectivo Plan de Trabajo anual que prevé la normativa de aplicación, a través de subvenciones de concesión directa, condicionadas a la disponibilidad presupuestaria.

En las resoluciones por las que se otorguen estas subvenciones se establecerán las condiciones y compromisos aplicables y el régimen de justificación de la aplicación dada a las subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; así mismo, facilitará, en su caso, las inversiones requeridas para la actualización de los equipamientos que se consideren necesarios para su adecuado funcionamiento.

Quinta. Comisión de Coordinación y Seguimiento del convenio.

Como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes se crea la Comisión de Coordinación y Seguimiento de este Convenio que tendrá composición paritaria y estará constituida por cuatro personas: dos designadas por la Administración General del Estado, y dos designadas por la Administración autonómica.

Las personas representantes del Servicio Público de Empleo Estatal y del Ministerio de Educación y Formación Profesional, serán designadas por los titulares de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal y de la Dirección General de Formación Profesional, respectivamente.

Su régimen de funcionamiento se regirá por las bases siguientes:

– La Comisión se reunirá, al menos, una vez al año, o a petición de cualquiera de las partes firmantes. Los miembros de la Comisión podrán asistir acompañados por los técnicos, que no tendrán voz ni voto en las reuniones.

– La Presidencia de la Comisión tendrá una sede rotativa, en función de la parte firmante que ostente la Presidencia.

– La Presidencia será designada de entre sus representantes en la Comisión por la parte firmante a la que le corresponda ejercerla.

– La Presidencia de la Comisión se ostentará alternativamente, por periodos de doce meses, por la Administración Autonómica y la Administración General del Estado, y, a su vez en el turno de esta última, alternativamente por el Ministerio de Educación, y Formación Profesional y por el Servicio Público de Empleo Estatal.

– La Secretaría de la Comisión, con voz pero sin voto, corresponderá a un funcionario designado por la persona que ejerza la presidencia, de entre el personal de las Administraciones que firman el convenio.

La Comisión desarrollará las siguientes funciones:

1. Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del presente convenio.

2. Intercambiar información y coordinación permanente que sea de utilidad para la elaboración y cumplimiento de los objetivos marcados.

3. Realizar el seguimiento de las incidencias que puedan surgir en el ámbito del Plan de Actuación Plurianual, a fin de dar una solución rápida y concreta a los problemas de funcionamiento que se puedan ocasionar.

4. Resolver las controversias que surjan con ocasión de la ejecución del convenio.

En lo no regulado expresamente con arreglo a los apartados anteriores, se aplicará lo dispuesto en la Sección 3.ª del Capítulo II, del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexta. Naturaleza jurídica y jurisdicción.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, se regula por las disposiciones contenidas en el capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuadra en el tipo de convenio establecido en artículo 47.2.a) del citado texto legal.

El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para conocer de las controversias que puedan surgir del presente convenio y no sean resueltas por mutuo acuerdo de las partes en el seno de la Comisión de Coordinación y Seguimiento de este convenio.

Séptima. Resolución.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Serán causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al presidente de la respectiva Comisión de Coordinación y Seguimiento y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

Si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, la Comisión de Coordinación y Seguimiento podrá acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que considere oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, trascurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en el artículo 52.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octava. Vigencia y modificación del convenio.

El presente convenio se perfecciona con el consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la justificación de las actuaciones en las resoluciones concesorias de subvenciones a que se refiere la cláusula cuarta, y sin que, en ningún caso, la vigencia del convenio pueda ser superior a cuatro años.

En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

La modificación del contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de conformidad con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y, en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman las partes intervinientes el presente convenio.–El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, Gerardo Gutiérrez Ardoy.–La Directora General de Formación Profesional, Clara Sanz López.–El Consejero de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Antonio Luengo Zapata.

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