Los Creadores de Mercado de Deuda Pública del Reino de España están regulados en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 10 de febrero de 1999 (BOE del día 13), en la que se establecen como funciones de estas entidades promover la liquidez de la Deuda Pública y cooperar con la Dirección General del Tesoro y Política Financiera en la difusión exterior e interior de la Deuda del Estado. Además, esa norma habilita a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, actual Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, para establecer las condiciones en que los Creadores de Mercado desempeñarán la función que se les encomienda. En virtud de dicha habilitación se dictó la Resolución de 21 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se establecen los derechos y obligaciones de los Creadores de Mercado del Reino de España y los criterios para el acceso y pérdida de dicha condición.
Con fecha 20 de mayo 2020, Danske Bank, A/S ha comunicado a esta Secretaría General su renuncia voluntaria a la condición de Creador de Mercado de Bonos y Obligaciones del Estado, así como a la de Creador del Mercado de Letras del Tesoro.
En consecuencia, he dispuesto:
Retirar a «Danske Bank, A/S» la condición de Creador de Mercado de Deuda Pública del Reino de España, tanto de Bonos y Obligaciones como de Letras del Tesoro, por renuncia de la propia entidad.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 25 de mayo de 2020.–El Secretario General del Tesoro y Financiación Internacional, Carlos San Basilio Pardo.
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