Está Vd. en

Documento BOE-A-2020-5397

Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Dirección General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera, del Departamento de Empresa y Conocimiento, de certificación del producto fabricado por Heshan City Sunwave Hardware Industry Company, con contraseña CGR-8649: grifería sanitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 28 de mayo de 2020, páginas 35262 a 35263 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2020-5397

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera, del Departamento de Empresa y Conocimiento, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por Genebre, S.A., con NIF A-08824476 y domicilio social en la avenida Joan Carles I, 46-48, municipio de L’Hospitalet de Llobregat, provincia de Barcelona, para la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por Heshan City Sunwave Hardware Industry Company., en su instalación industrial ubicada en Dongxi Development Zone B, Zhishan, ciudad de Jiangmen, provincia de Guangdong (China) correspondiente a la contraseña de certificación CGR-8649: grifería sanitaria.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se solicita y que el laboratorio LGAI Technological Center, S.A., mediante certificado con clave 14/8414-1478M1, de 5 de febrero de 2015, 12/5160-812M1 de 19 de marzo de 2013, 17/14579-1093 de 18 de diciembre de 2017 y 19/19676-888 de 20 de junio de 2019, ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 358/1985, de 23 de enero (BOE 22/03/85) y por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, (BOE 6-2-96), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo (BOE 26-4-97). También ha presentado el certificado de cumplimiento de la norma UNE-EN ISO 9001 del fabricante.

De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones, y con la Orden del Departamento de Industria y Energía, de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986, he resuelto:

Certificar el tipo del citado producto, con contraseña de certificación CGR-8649, con fecha de caducidad de dos años después de la fecha de esta resolución de certificación. Para la renovación de esta certificación será indispensable que el titular la solicite aportando la documentación que acredite que, en la fabricación de dichos productos, no se han producido modificaciones que alteren sus características técnicas y que los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

Definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo certificado, los que se detallan a continuación:

Características Descripción Unidades
Primera. Sistema de grifos.  
Segunda. Forma de control.  
Tercera. Forma de conexión.  

Valor de las características para cada marca y modelo

Marca: Genebre.

Modelo: 61115 28 45 66 serie K8.

Primera: Vertical.

Segunda: Monomando ducha encastrado.

Tercera: Interior.

Marca: Genebre.

Modelo: 61116 28 45 66 serie K8.

Primera: Vertical.

Segunda: Monomando baño encastrado.

Tercera: Interior.

Marca: Genebre.

Modelo: 65214 18 45 66 serie Tau.

Primera: Horizontal.

Segunda: Monomando lavadero.

Tercera: Interior.

Esta certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se efectúa en relación con las disposiciones que se citan, y por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o Disposición que le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será la indicada en el encabezamiento, salvo que se publique cualquier disposición que derogue o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Esta resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa i Competitividad, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 13 de febrero de 2020.–El Director General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera, P.D. (Resolución EMO/991/2011, de 12 de abril), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Florenci Hernández Cardona.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid