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Documento BOE-A-2020-6014

Resolución de 28 de mayo de 2020, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Autovía A-15, Tramo: Agreda (Este)-Tudela (Navarra)".

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 11 de junio de 2020, páginas 39494 a 39527 (34 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2020-6014

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado 6.a) del Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto ambiental, por lo que, habiéndose sometido a evaluación de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en su artículo 7, procede formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 41 de la citada Ley.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación complementaria aportada por el promotor y las consultas adicionales realizadas.

A. Identificación del promotor del proyecto y del órgano sustantivo. Descripción del proyecto y de los elementos ambientales significativos de su entorno.

A.1 Promotor y órgano sustantivo del proyecto:

Con fecha 18 de julio de 2017 tiene entrada en este Ministerio, el proyecto «Actualización del Procedimiento de Evaluación Ambiental del Tramo: Ágreda (este)-Tudela en la Autovía A-15, de Navarra» procedente de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, actuando como órgano sustantivo y promotor de dicho proyecto.

A.2 Descripción del proyecto: Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas:

A.2.1 Objeto y justificación.

El objeto del proyecto es la construcción de un tramo de la autovía A-15, entre Ágreda y Tudela, que queda englobado dentro del Estudio Informativo «Autovía A-15: Soria (este)-Tudela», el cual ya fue sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, obteniendo Declaración de Impacto Ambiental (DIA) positiva por Resolución de 30 de mayo de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático. Esta DIA perdió su vigencia el 28 de junio de 2012, al no haber dado comienzo en esa fecha las obras comprendidas en el Estudio Informativo, lo que ha conllevado la necesidad de someter el proyecto a un nuevo procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

A.2.2 Localización.

El ámbito de estudio se enmarca en las Comunidades Autónomas de Castilla y León, Aragón y Navarra, en las provincias de Soria, Zaragoza y Navarra respectivamente.

El tramo de la A-15 contemplado en la presente evaluación de impacto ambiental tiene una longitud aproximada de 34,5 km, correspondiendo los 16,5 km iniciales al Proyecto: «Ágreda (Este)-L.P. de Zaragoza con Navarra» de los cuales aproximadamente 3 km discurren por la provincia de Soria, en el término municipal de Ágreda, y los 13,5 km restantes por la provincia de Zaragoza, término municipal de Tarazona. Los 18 km finales se ubican en la Comunidad Foral de Navarra, en los términos municipales de Cascante, Tudela, Cintruénigo y Corella.

A.2.3 Alternativas.

La solución entonces elegida (Resolución de 30 de mayo de 2007) entre Soria (Este) y Tudela se dividió en cinco proyectos: dos en el tramo entre Soria Este (Fuensauco) y la Variante de Ágreda y tres entre Ágreda y Tudela. Entre Ágreda y Tudela se redactaron los siguientes proyectos:

• Proyecto de Trazado: Autovía A-15, de Navarra. Tramo: Ágreda (Este) – L.P. de Zaragoza con Navarra.

• Proyecto de construcción de la Autovía de Navarra A-15. Tramo navarro, del p.k. 16+500 al p.k. 29+000.

• Proyecto de construcción de la Autovía de Navarra A-15. Tramo navarro, del p.k. 29+000 al p.k. 34+800.

En este nuevo proyecto se analizan, además de la alternativa cero, dos alternativas:

• La Alternativa 1, que coincide con la solución del trazado seleccionado en la evaluación ambiental en el año 2007.

• La Alternativa 2, similar a la Alternativa 1 pero tiene en cuenta las prescripciones de la Declaración de Impacto Ambiental del año 2007.

La alternativa sobre la que versa esta evaluación es la propuesta por el promotor: «Alternativa 2».

En el Estudio Informativo «Autovía A-15: Soria (Este)-Tudela» que dio lugar a la Declaración de Impacto Ambiental del año 2007 se compararon mediante análisis multicriterio 5 alternativas, algunas muy próximas a la N-113 y otras más alejadas, el resultado fue una alternativa que obtuvo una Declaración de Impacto Favorable, que perdió su vigencia, como se ha señalado anteriormente.

El promotor en el análisis multicriterio realizado para estas cinco alternativas seleccionó la alternativa 7.5 debido a que permite una mayor captación de tráfico desde el punto de vista funcional (Memoria del Estudio Informativo Fase B) y mayor optimización económica, aunque no fue la que tenía mejor valoración desde el punto de vista ambiental.

La alternativa 7.5 también facilita el acceso a Tarazona.

Este análisis multicriterio no tuvo en cuenta el Plan de Ordenación Territorial del Eje del Ebro (POT5) pues se aprobó años más tarde, en el año 2011. El estudio de impacto ambiental objeto de esta evaluación ha propuesto diversas medidas para integrar la autovía en el paisaje y corregir los impactos. También se han ampliado las medidas (y se incluyen en esta propuesta) para mejorar la permeabilidad de la infraestructura a propuesta de la S.G. de Medio Natural y Biodiversidad teniendo en cuenta el POT de Navarra. El POT ya ha tenido en cuenta el proyecto de la A-15 con la alternativa seleccionada por el promotor.

El promotor, teniendo en cuenta el grado de avance de los proyectos (en el momento de comenzar la nueva tramitación) que desarrollan la solución del Estudio Informativo aprobado en 2007 planteó dos alternativas: la seleccionada en 2007 y la derivada de los proyectos de construcción que han desarrollado tanto la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento como el Gobierno de Navarra tras la anterior DIA positiva.

En el marco de la evaluación de impacto ambiental y durante la fase de análisis técnico del proyecto, se ha modificado el trazado, entre los pp.kk.20+440 y 29+000 para reducir los impactos detectados. El Servicio de Territorio y Paisaje del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local ha propuesto modificaciones para minimizar el impacto ambiental y paisajístico y el promotor los ha asumido.

A.2.4 Descripción sintética de la alternativa seleccionada.

Las actuaciones forman parte de la Autovía A-15 de Navarra, que una vez finalizada, conectará Tudela (Navarra) con Soria (este).

El tramo de la A-15 contemplado en la presente evaluación de impacto ambiental tiene una longitud aproximada de 34,5 km y pasa por los municipios de Ágreda (Soria), Tarazona (Zaragoza) y Cascante, Tudela, Cintruénigo y Corella (Navarra).

Se trata de generar un nuevo corredor que sigue en un principio el trazado de la N-122 hasta un par de kilómetros antes del núcleo de población de Torrellas (Zaragoza) cuando gira hacia el norte hasta encontrarse con el nudo de las autopistas AP-68 y AP-15, a la altura de los municipios de Cintruénigo y Corella, ya en Navarra.

El proyecto incluye un Área de Servicio, previsto inicialmente en los pp.kk. 12+000-12+300.

Se han proyectado 4 enlaces: el enlace 1 que conecta con la carretera NA-6900, el enlace 2 con la NA-160, el enlace 3 con las autopistas AP-15 y AP-68 y el enlace 4 con la carretera NA-6810.

La sección tipo de la autovía que se proyecta consta de 2 calzadas de 7,0 m, con carriles de 3,50 m de ancho, arcenes exteriores de 2,50 m e interiores de 1,0 m.

El radio mínimo del eje de la autovía en planta es de 1.500 m.

El terreno es ondulado y el trazado en alzado presenta pendientes de valor máximo 3,50 %.

A.2.5 Alcance de la evaluación.

La presente evaluación ambiental se realiza sobre el proyecto «Actualización del Procedimiento de Evaluación Ambiental del Tramo: Ágreda (este)-Tudela en la Autovía A-15, de Navarra», y no comprende el ámbito de la evaluación de los efectos ambientales derivados de la seguridad y salud en el trabajo, ni de seguridad minera, ni de seguridad vial, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos y están fuera del alcance de la evaluación de impacto ambiental.

A.3 Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.

El tramo de estudio atraviesa tres zonas de diferentes características geomorfológicas: una zona de mayor relieve de altas pendientes, una segunda de topografía llana y una tercera de relieve poco definida, colinas irregulares y pequeños valles.

Las alternativas se proyectan sobre la Cuenca Hidrográfica del Ebro en la zona suroeste de la misma, muy cerca del límite con la cuenta del Duero. El ámbito de actuación es surcado por una serie de barrancos de poca entidad con carácter permanente o semipermanente, cómo son el barranco de Vado, barranco de Valdearcos, barranco de Valoria, barranco de la Pesquera, barranco Cañarrasa, barranco Maichino o río Boquerón, si bien no se localiza ningún cauce principal.

En el ámbito de estudio hay tres Unidades hidrogeológicas que se hallan bajo los trazados de las alternativas: Añavieja – Valdegutur (Unidad hidrogeológica 09.06.01), Aluvial del Ebro: Lodosa-Tudela (Unidad hidrogeológica 09.04.06) y Somontano del Moncayo (Unidad hidrogeológica 09.06.02).

Según el estudio de impacto ambiental la zona no presenta predisposición a las inundaciones pero se debe tener en cuenta a la hora de diseñar las estructuras de drenaje por la presencia de barrancos y cursos temporales de agua y por las características de torrencialidad.

Los espacios de Red Natura 2000 localizados en el entorno del estudio más próximos a las alternativas planteadas son la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES0000297 «Sierra del Moncayo-Los Fayos–Sierras de Armas» (a unos 700 m) y el Lugar de Interés Comunitario (LIC) ES2200041 «Balsa de Pulguer» (a más de 1 km).

El trazado se encuentra muy próximo a la Comarca del Moncayo y a la zona no sometida a régimen de espacio natural protegido «Parque del Moncayo».

Respecto a la vegetación, se describen formaciones boscosas de coníferas y repoblaciones de Pinus sp., zonas con vegetación arbustiva o semiarbustiva, con cultivos de secano intercalados, cultivos de regadíos, viñedos en mosaico, olivos en mosaico, así como bosques de ribera naturales de pequeña extensión, cultivados en su mayoría y situados en las proximidades de los pueblos por donde discurre algún río o arroyo.

Las alternativas interceptan los siguientes Hábitats de Interés Comunitario: 1430 «Matorrales halonitrófilos (Pegano-Salsoletea)», 4090 «Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga», 5210 «Matorrales arborescentes de Juniperus spp» y 6220* «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea», siendo este último prioritario.

En cuanto a la fauna, el estudio de impacto ambiental recoge un análisis de las especies que se pueden encontrar en el entorno del trazado, describiendo los distintos biotopos e inventariando las especies que potencialmente pueden ser localizadas, así como estableciendo su grado de protección a nivel nacional o autonómico. Según esto, el trazado afectará a terrenos considerados como área de distribución de especies entre las que se encuentran: Garza imperial (Ardea purpurea), Aguilucho pálido (Circus cyaneus), Aguilucho cenizo (Circus pygargus), Aguila-azor perdicera (Hieraaetus fasciatus), Alimoche común (Neophron percnopterus), Águila real (Aquila chrysaetos), Alondra ricotí (Chersophilus duponti), Aguilucho lagunero occidental (Circus aeruginosus), Cigüeñuela común (Himantopus himantopus), Ganga ibérica (Pterocles alchata), Ganga ortega (Pterocles orientalis), Sisón común (Tetrax tetrax), Nutria (Lutra lutra) y Visón europeo (Mustela lutreola).

El tramo navarro, al tratarse de un medio agrícola-estepario tiene particular interés para fauna esteparia, destacando aves como la alondra Dupont, ganga ortega e ibérica, el sisón, etc. En este tramo existen tres zonas que están declaradas como áreas de importancia para la conservación de esta avifauna: «Área de Monte Alto», «Entorno del Pulguer» y «Área de Agua Salada-Montes del Cierzo-Plana de Santa Ana».

En este mismo tramo se encuentran próximos las Reservas Naturales «Balsa de Agua Salada» y «Balsa de Pulguer».

Las alternativas interceptan el Monte de Utilidad Pública nº 250 «El Cierzo», así como el Monte de Libre Disposición «Dehesa Carrera Cintruénigo».

En el ámbito de estudio se distinguen tres unidades de paisaje (tomando como base el Atlas de los Paisajes de España):

– Glacis incididos en el piedemonte del Moncayo.

– Riegos de Tarazona-Cintruénigo.

– Glacis de Tudela.

Respecto al patrimonio cultural, en el entorno del proyecto existen varios yacimientos arqueológicos y paleontológicos que podrían verse afectados por el proyecto. Para su inventario se parte de los resultados de las prospecciones arqueológicas ya realizadas para las provincias de Soria y Zaragoza, y de los datos aportados por el Servicio de Patrimonio Histórico del Gobierno de Navarra para el tramo de esta provincia. El patrimonio cultural del ámbito de estudio es diverso. Las comarcas principales son:

• Tierra de Agreda (Soria): en esta zona hay varios yacimientos aunque menos que en otras zonas más occidentales por la dureza del terreno y la topografía del Moncayo. En esta comarca se encuentra la ciudad romana Augustóbriga, lo cual sugiere la presencia de otros posibles restos de gran importancia.

• Tarazona (Zaragoza): importante patrimonio paleontológico y arqueológico, aunque la catalogación es poco exacta ya que su localización se mueve en radios de 200 a 300 metros.

• Tudela (Navarra): tiene un importante patrimonio paleontológico y arqueológico.

Vías pecuarias: destaca la presencia de la Cañada Real, así como del Cordel de Ágreda a Cascante.

Es una zona poco poblada y dedicada a la agricultura, especialmente al cultivo de leñosas (almendro, olivos y vid) y cereales además de a la ganadería de ovino y a las explotaciones forestales.

B. Resumen del resultado del trámite de información pública y de las consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, y cómo se han tenido en consideración.

Con fecha de 17 de diciembre de 2016, se publica en el «Boletín Oficial del Estado» y con fecha 30 de diciembre de 2016 se publica en el «Boletín Oficial de Navarra», el Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado por el que se somete a Información Pública la aprobación provisional del documento técnico «Actualización del Procedimiento de Evaluación Ambiental del Tramo: Ágreda (Este) - Tudela en la Autovía A-15, de Navarra. Provincias de Soria, Zaragoza y Navarra» y su estudio de impacto ambiental.

Simultáneamente a la publicación en el BOE, fueron enviados ejemplares completos del documento técnico y estudio de impacto ambiental, así como notificaciones de inicio del proceso de información pública a las administraciones públicas y personas interesadas.

Las administraciones públicas afectadas y personas interesadas consultadas por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, y las contestaciones emitidas, se señalan en la Tabla X (columna a) y las alegaciones recibidas en plazo en el período de información pública se especifican en la Tabla Y.

Tabla X. Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones

Consultados*

Columna a

(contestaciones a consultas del órgano sustantivo sobre el proyecto y el EsIA)

Subdirección General de Planificación Ferroviaria. Secretaría General de Infraestructuras. Ministerio de Fomento.

Dirección General de Carreteras. Ministerio de Fomento.

Demarcación de Carreteras del Estado de Cataluña. Ministerio de Fomento.

Subdirección General del Medio Natural. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Confederación Hidrográfica del Ebro.

X

Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

Dirección General de Sostenibilidad del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón.

X

Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra.

X

Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

X

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León.

X

Dirección General de Cultura y Patrimonio del Departamento de Educación Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.

X

Dirección General de Cultura «Institución Príncipe de Viana» del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud del Gobierno de Navarra.

X

Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

Dirección General de Obras Públicas de la Vicepresidencia de Desarrollo Económico del Gobierno de Navarra.

Viceconsejería de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León.

Delegación del Gobierno en la Comunidad de Castilla y León.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Subdelegación del Gobierno en Soria.

Diputación Provincial de Soria.

Diputación Provincial de Zaragoza.

Ayuntamiento de Ágreda.

Ayuntamiento de Tarazona.

X

Ayuntamiento de Cascante.

X

Ayuntamiento de Tudela.

X

Ayuntamiento de Cintruénigo.

Ayuntamiento de Corella.

Ayuntamiento de Monteagudo.

Ayuntamiento de Torrellas.

* La denominación actual de los consultados puede no ser la misma a la original debido a cambios realizados por ellos mismos.

Tabla Y. Alegaciones recibidas en la información pública

Plataforma para el desarrollo de Soria y su provincia.

Lanzaduría. Asociación para el estudio y la defensa del medio ambiente.

Gurelur. Fondo Navarro para la Protección del Medio Natural.

Centro de Estudios Turiasonenses de la Institución Fernando el Católico. Diputación Provincial de Zaragoza.

Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas (FOES).

Asociación Cultural Amigos de Cascante. VICUS.

Coalición de Izquierdas del Ayuntamiento de Cascante.

C. Resumen del análisis técnico del órgano ambiental.

Con fecha 18 de julio de 2017 tiene entrada en este Ministerio, el documento técnico, el estudio de impacto ambiental y el expediente de información pública y consultas (incluido el Informe de Alegaciones), del proyecto «Actualización del Procedimiento de Evaluación Ambiental del Tramo: Ágreda (este)-Tudela en la Autovía A-15, de Navarra».

Posteriormente, con fecha 12 de febrero de 2018, se solicitó informe al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) en el ámbito de sus competencias. El 5 de diciembre de 2018 se recibe respuesta en el Ministerio para la Transición Ecológica con varias consideraciones a tener en cuenta.

El 26 de febrero de 2018 se solicitó informe que incluyera la propuesta de medidas compensatorias a la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra. Se recibió respuesta el 30 de abril de 2018. Posteriormente, el 23 de mayo de 2018, desde la Subdirección General de Evaluación Ambiental se solicitan a la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio aclaraciones a su propuesta de Medidas.

El 2 de agosto de 2018 tiene entrada el informe solicitado para concretar las medidas del proyecto.

Con fecha 9 de marzo de 2018 se solicitó, tras el análisis de la documentación y la visita a la zona del proyecto, a la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento información complementaria y la consideración y análisis de algunas modificaciones al proyecto.

El 2 de abril de 2018 la Dirección General de Carreteras solicita una ampliación del plazo de entrega de la documentación complementaria que finalmente se recibe en 3 entregas parciales: el 12 de abril de 2018, el 31 de mayo de 2018 y el 13 de junio de 2018.

Con fecha 24 de octubre de 2018 se recibió la Documentación Complementaria actualizada con los cambios introducidos por el promotor y con las observaciones del Servicio de Estudios y Proyectos del Gobierno de Navarra ya incorporadas al documento. El 7 de noviembre de 2018 se sometió esta nueva documentación a consulta de Administraciones Públicas y organizaciones qué habían participado en el primer periodo de información pública.

Las administraciones públicas afectadas y organizaciones consultadas por el Ministerio para la Transición Ecológica, y las contestaciones emitidas, se señalan en la siguiente tabla:

Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones (consultas noviembre 2018)

Consultados*

Columna a

(Contestaciones a consultas del órgano ambiental sobre documento complementario)

Subdirección General de Biodiversidad y Medio Natural. Ministerio para la Transición Ecológica.

X

Confederación Hidrográfica del Ebro.

X

Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

X

Dirección General de Sostenibilidad del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón.

X

Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra.

X

Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León.

X

Dirección General de Cultura y Patrimonio del Departamento de Educación Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.

X

Dirección General de Cultura «Institución Príncipe de Viana» del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud del Gobierno de Navarra.

X

Dirección General de Obras Públicas de la Vicepresidencia de Desarrollo Económico del Gobierno de Navarra.

Viceconsejería de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León.

Delegación del Gobierno en la Comunidad de Castilla y León.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Delegación del Gobierno en Navarra.

Subdelegación del Gobierno en Soria.

Diputación Provincial de Soria.

Diputación Provincial de Zaragoza.

X

Ayuntamiento de Ágreda.

Ayuntamiento de Tarazona.

X

Ayuntamiento de Cascante.

Ayuntamiento de Tudela.

Ayuntamiento de Cintruénigo.

Ayuntamiento de Corella.

X

Ayuntamiento de Monteagudo.

Ayuntamiento de Torrellas.

INAGA (Instituto Aragonés de Gestión Ambiental).

X

Plataforma para el desarrollo de Soria y su provincia.

Lanzaduría. Asociación para el estudio y la defensa del medio ambiente.

Gurelur. Fondo Navarro para la Protección del Medio Natural.

X

Centro de Estudios Turiasonenses de la Institución Fernando el Católico. Diputación Provincial de Zaragoza.

Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas (FOES).

Asociación Cultural Amigos de Cascante. VICUS.

* La denominación actual de los consultados puede no ser la misma a la original debido a cambios realizados por ellos mismos.

Durante la tramitación de este procedimiento, con fecha 7 de diciembre de 2018, entra en vigor la modificación de la Ley de Evaluación Ambiental, mediante la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, la cual en el apartado segundo de la Disposición Transitoria dispone que aquellos proyectos cuya evaluación de impacto ambiental se haya iniciado con posterioridad al 17 de mayo de 2017 y antes de la entrada en vigor de la presente ley, se someterán a una revisión adicional con carácter previo a la emisión de la declaración de impacto ambiental con el fin de determinar el cumplimiento de las previsiones de la Directiva 2014/52/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por la que se modifica la Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente.

En virtud de ello, esta información debe considerarse de carácter esencial e indispensable para la formulación de la declaración de impacto ambiental, por lo que se le solicitó al promotor, con fecha 29 de enero de 2019, de acuerdo con el artículo 40 de la Ley de Evaluación Ambiental que subsanara el contenido del estudio de impacto ambiental mediante la remisión de esta información en los términos previstos en el artículo 35.

El promotor, en respuesta a esta solicitud, presenta con fecha de 29 de abril de 2019, como documentación complementaria, un documento en el que identifica, describe y analiza los efectos derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de catástrofes naturales y ante accidentes graves, dando cumplimiento al artículo 35 de la citada Ley de Evaluación Ambiental.

La conclusión de todas estas actuaciones se resume en el apartado de tratamiento de los impactos significativos del proyecto (C.2.).

Con fecha 29 de marzo de 2019 se solicitó información detallada al promotor, relativa a la ubicación de la estación de servicio y su afección al «Corral Municipal de Valfondo», a las revisión de dos pasos inferiores y a la superficie de Hábitats de Interés Comunitario afectada por el proyecto, toda ella relacionada con las respuestas recibidas a las consultas de noviembre de 2018, y se remitieron las respuestas recibidas hasta la fecha al órgano sustantivo y promotor del proyecto, la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, para que fueran tenidas en consideración. Se recibió respuesta a los aspectos específicos de esta solicitud el 2 de julio de 2019.

El 16 de octubre de 2019 se publicó el Decreto Foral 254/2019 por el que se establece el listado navarro de especies de flora amenazadas de Navarra y se actualiza el catálogo de especies de fauna amenazadas de Navarra. En este decreto, el sisón (Tetrax tetrax) pasa de la categoría «Vulnerable» a «En peligro de extinción».

Como consecuencia de este cambio, la Subdirección General de Evaluación Ambiental, con fecha 6 de noviembre de 2019, solicitó nuevo informe al órgano competente en protección de especies del Gobierno de Navarra.

Con fecha 4 de marzo de 2020 se ha recibido respuesta del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra en la que se indica que las medidas de compensación propuestas en su día por la Sección de Impacto Ambiental y Paisaje de la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en la tramitación de la Autovía A-15 (Ágreda-Tudela), resultan también aconsejables y coherentes con la nueva catalogación de esta especie y, por ello, no procede proponer cambios al respecto.

Con la información hasta aquí recabada se elabora la declaración de impacto ambiental.

C.1 Análisis ambiental para selección de alternativas.

Como conclusión de la evaluación ambiental y del análisis comparativo de las alternativas estudiadas en el estudio de impacto ambiental, teniendo en cuenta que la alternativa 2 se define a partir de las prescripciones establecidas en el proceso de evaluación ambiental derivado del estudio informativo inicial, a partir de la alternativa seleccionada en el Estudio Informativo y no habiéndose producido cambios sustanciales en los elementos esenciales que sirvieron de base para realizar la evaluación de impacto ambiental previa (Resolución de 2017), la alternativa 2 se ha considerado más idónea por el promotor y órgano sustantivo, Ministerio de Fomento, teniendo en cuenta los distintos factores ambientales afectados. Ambas alternativas son muy similares, pero la alternativa 2 es una solución qué evita alguna de las afecciones de la alternativa 1.

Alegaciones cómo la del Servicio de Territorio y Paisaje del Gobierno de Navarra, la del Ayuntamiento de Cascante, la del Ayuntamiento de Tudela y la de Gurelur, destacan que se deberían incorporar otras alternativas para una correcta valoración ambiental y plantean un trazado alternativo por el corredor de la N-121-C o el desdoble de la N-122 y N-121c, o incluso la N-113. Argumentan que añadir un eje paralelo a dos vías de comunicación existentes, N-113 y N-121C, implica aumentar la fragmentación del territorio. Gurelur también argumenta que los datos de tráfico están sobreestimados.

Los Ayuntamientos de Tudela y Cascante, con carácter general, se muestran contrarios al proyecto pues consideran que tendrá un gran impacto sobre el paisaje, los valores ambientales y otros aspectos de la vida de los ciudadanos.

C.2 Tratamiento de los impactos significativos de la alternativa elegida.

A la vista del estudio de impacto ambiental, las contestaciones a las consultas y las alegaciones recibidas en el periodo de información pública, completados por la información complementaria aportada por el promotor y las consultas adicionales, se reflejan a continuación los impactos más significativos del proyecto y su tratamiento.

Tras analizar la documentación recibida, atender a las alegaciones y realizar visita de campo el promotor ha realizado modificaciones en el proyecto original para subsanar algunas carencias y para mejorar determinados aspectos ambientales del proyecto, incorporando las propuestas de distintas administraciones. Los principales estudios presentados y modificaciones planteadas han sido:

– Modificación del trazado entre los pp.kk. 20+440 - 29+000 (Navarra).

– Modificación de la ubicación del Área de Servicio.

– Ampliación del estudio hidrogeológico.

– Estudio de vegetación y aves esteparias.

– Definición de los enlaces.

– Medidas preventivas, correctoras y compensatorias adicionales.

– Modificación de algunas obras de drenaje para facilitar su uso como paso de fauna (cambio de tubos de 1800 mm a marcos de 2x2m).

– Actualización del Plan de Vigilancia Ambiental.

Estas modificaciones al proyecto han sido sometidas a consultas tal y cómo se describe en la introducción del apartado C de este documento.

C.2.1 Suelo, subsuelo, geodiversidad:

Los impactos derivados del proyecto sobre la geología y geomorfología son consecuencia de la modificación de la morfología natural del terreno, así como los debidos a la inestabilidad y erosionabilidad de los taludes resultantes y, a la actividad extractiva en los préstamos y vertederos.

Se produce una importante afección al relieve debido a grandes desmontes, por lo que el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra propone desviar hacia el Este el trazado y no afectar así un cerro situado en el p.k. 22+300 cubierto con pinar de repoblación.

El promotor en la documentación complementaria propone una alternativa 2 modificada en la que el impacto va a ser menor al evitarse cambios de relieve importantes entre los pp.kk. 22+800 y 24+700 mediante la eliminación de desmontes.

Préstamos y vertederos.

El estudio de aprovechamiento de materiales del estudio de impacto ambiental ha detectado una serie de unidades susceptibles de ser aprovechables en obra, por lo que parte de los materiales excavados podrán reutilizarse en los rellenos, quedando un volumen de tierras de 1.789.156,81 m3 destinado a vertedero y 1.927.639,25 m3 las necesidades de préstamos.

Al modificar el trazado (documentación complementaria) entre los pp.kk. 20+440 y 29+000 se pasa de la descompensación de tierras señalada en el párrafo anterior (unos 200.000 m3) a una diferencia de aproximadamente 700.000 m3 por lo que aumentan las necesidades de préstamos.

El estudio de impacto ambiental presenta un análisis de préstamos, canteras y yacimientos granulares y vertederos, partiendo de aquellos que fueron seleccionados en los tres proyectos constructivos redactados en relación con este trazado. De estos se hace una selección de préstamos, canteras y yacimientos granulares que son aptos en cuanto a criterios geológicos, aunque muchos de ellos se encuentran a distancias elevadas (>25 km). El estudio de impacto ambiental relega a fases posteriores el análisis de las necesidades concretas de tierras y las zonas más aptas para ser utilizadas como préstamos o vertederos, aunque de los emplazamientos seleccionados se realiza una ficha que recoge algunos factores ambientales.

Dado el aumento de necesidad de tierras debido al cambio de trazado, los préstamos propuestos en el estudio de impacto ambiental podrían no garantizar el 100% de las necesidades y por tanto se obtendrá el material de canteras, yacimientos y/o se aprobarán nuevos préstamos de acuerdo a la tramitación ambiental establecida por la comunidad autónoma.

El Servicio de Territorio y Paisaje del Gobierno de Navarra ha informado que resulta preferible establecer desde el inicio las zonas de préstamo que garanticen las necesidades completas.

El estudio propone también los gestores autorizados de residuos de construcción y demolición.

Respecto a los vertederos, el Documento Técnico establece entre otros, los siguientes criterios:

• La opción prioritaria para albergar el material sobrante es el relleno de los préstamos que se vayan a explotar.

• Se considera necesario el proponer algún área de acopio temporal, ya que durante el proceso de obra se necesitarán zonas para depositar material excedente antes de haber iniciado la explotación de los préstamos y disponer, por tanto, de huecos a rellenar.

• Además de las zonas indicadas también se podrían emplear las isletas del enlace como área de acopio temporal. Al igual que en el caso de las zonas de extracción, los rellenos de sobrantes que se propongan deberán ser tramitados y autorizados por los organismos competentes.

En el informe de alegaciones del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra se hacen consideraciones sobre los préstamos y vertederos, entre ellas, las siguientes:

– Los préstamos se localizarán fuera de las áreas de protección de fauna esteparia y proximidades de la ZEC «Balsa de Pulguer».

– Los excedentes de tierra se utilizarán prioritariamente en los propios huecos de los préstamos de la obra, en segundo lugar de prioridad se utilizarán antiguos préstamos asociados a la AP-15 y a la AP-68 sin restaurar, o cualquier otro hueco de excavación asociado a otras obras que precise relleno para su recuperación y por último se utilizarán los huecos de extracción de actividades comerciales previo acuerdo.

– En el proyecto constructivo se aportará un Plan detallado de explotación de préstamos y vertederos, que incluirá un cronograma por fases.

– Se evitarán huecos confinados. La excavación no descenderá más de 3 o 4 metros desde la cota original del terreno.

– En las zonas de instalaciones auxiliares se recogerá y conducirá el agua. Las medidas de protección, correctoras y de restauración de estas zonas se deben reflejar en el presupuesto y en los planos.

Como resultado de la información pública, el promotor acepta como áreas de exclusión, además de las ya contempladas en el Estudio de impacto ambiental, todas las indicadas anteriormente. Asimismo, se evitarán morfologías en huecos confinados, siendo preferible la reducción de pendientes de superficies de laderas y si fueran huecos cerrados, los taludes tendrán pendiente igual o inferior a 4H:1V, y la excavación no descenderá más de 3-4 metros de la cota de terreno original. Se plantearán soluciones para facilitar la circulación del agua superficial y se aportará un informe arqueológico de la Dirección General de Cultura de Navarra sobre las zonas concretas de actuación.

Instalaciones Auxiliares:

En el estudio de impacto ambiental se señalan 11 zonas de instalaciones auxiliares a tener en consideración que se ubican fuera de las zonas excluidas, su ocupación va a ser temporal y una vez finalizado su uso tendrán que ser restauradas (su restauración se incluirá en el proyecto constructivo).

Además de no ubicarse en zonas excluidas deben cumplir los siguientes requisitos:

– No se afectará a zonas de recarga de acuíferos.

– No se afectará al nivel freático.

– El límite de la zona de ocupación por este tipo de instalaciones se situará al más de 50 m de los cauces de los cursos de agua.

– Se situarán lo más cerca posible de la carretera, para evitar grandes desplazamientos.

– Se instalarán en una zona que presente accesibilidad asegurada.

– Su ubicación quedará fuera de las zonas que presenten algún valor ambiental reseñable.

Accesos:

Siempre que sea posible se utilizarán los caminos existentes evitando también el paso por zonas urbanas. En el caso de que fuera necesario abrir caminos nuevos, se proyectarán evitando las zonas de mayor fragilidad ambiental, y se demolerán y restaurarán al finalizar la obra.

C.2.2 Agua:

Hidrología superficial:

El ámbito de actuación está surcado por una serie de barrancos de poca entidad con carácter permanente o semipermanente, si bien no se localiza ningún cauce principal. La alternativa seleccionada intercepta 16 cursos de agua. El estudio de impacto ambiental define los elementos de drenaje transversal previstos (114) de manera que se da continuidad a todas las líneas de drenaje superficial interceptadas.

La Confederación Hidrográfica del Ebro concluye en su alegación en fase de información pública que desde el punto de vista de las potenciales afecciones ambientales al medio hídrico ambas alternativas son compatibles, teniendo en cuenta las medidas protectoras y correctoras incluidas en el estudio de impacto ambiental el cual se considera adecuado.

El vertido de líquidos a cauces naturales requerirá un tratamiento previo y autorización por parte del organismo de cuenca.

La pendiente de la plataforma del Área de Servicio (pp.kk 11+100 y 11+480 tras modificar su ubicación prevista inicialmente) se va a mantener en un 1% para asegurar la escorrentía de las aguas en toda la parcela.

El Área de Servicio va a incluir una red de aguas contaminadas dónde se van a recoger las aguas de aquellas zonas donde puedan producirse vertidos ocasionales de hidrocarburos, y se va a colocar un separador de hidrocarburos para la zona de lavado y otro para la zona de repostaje y descargas.

Hidrogeología:

Los posibles impactos sobre la hidrología subterránea identificados en el estudio de impacto ambiental consisten en los cambios en la calidad de las aguas o en los flujos de infiltración provocados por la desviación temporal o permanente de caudales que afecten a las zonas de recarga de los acuíferos, impermeabilización de superficies y vertidos accidentales.

Según los datos aportados por el promotor, la alternativa seleccionada recorre menos de la mitad de su trazado sobre masas de agua (14.810,00 m), de los que más de la mitad se corresponden con una permeabilidad muy alta (9.240,00 m) o alta (1.270,00 m). El estudio de impacto ambiental indica que el proyecto constructivo definirá con detalle el tratamiento de impermeabilización de las zonas de instalaciones auxiliares, así como la gestión de los residuos y vertidos que se generen en estos espacios, con objeto de proteger el suelo y las aguas superficiales y las masas de agua subterránea de posibles vertidos contaminantes.

Las actuaciones proyectadas no deben profundizar por debajo del nivel freático para evitar la afección a los acuíferos, según señala la Confederación Hidrográfica del Ebro en su alegación.

Por otro lado, el promotor indica (en contestación a lo anterior) que los datos que proporcionará el perfil geotécnico del proyecto constructivo determinarán si se produce afección al nivel freático. En el caso de que se considerara técnicamente inviable no profundizar por debajo de este nivel, será comunicado al organismo competente con objeto de adoptar las medidas necesarias para atenuar y minimizar efectos.

Según el Anejo n.º 4, «Geología y procedencia de materiales», del documento técnico, el reconocimiento geotécnico realizado no ha detectado niveles freáticos que vayan a ser interceptados por el trazado, o se prevén afecciones locales mediante alguna filtración escasa en algún desmonte. En el sondeo realizado en el p.k. 16+050 se ha cortado el nivel freático pero según este documento, la única afección sobre el trazado viene determinada por la aparición de suelo blando hasta 3,5 o 4 metros de profundidad.

En la documentación complementaria presentada por el promotor se actualizan y amplían los estudios hidrogeológicos presentados en el estudio de impacto ambiental. En el estudio hidrogeológico se analiza la posible afección hidrogeológica en desmontes de más de 1 metro: en total 29 desmontes, de los que 15 presentan alturas superiores a 10 metros.

La mayor parte de los materiales atravesados son poco permeables, aunque sí resulta probable la intercepción de algún nivel o lentejón de mayor permeabilidad y la afección quedaría acotada a una extensión limitada.

En el perímetro de obra (100 metros alrededor de la traza) se interceptan 4 captaciones de agua (pozos de uso particular inscritos en el Registro de Aguas), por lo que habrá que comprobar su uso actual y restituirlos.

Medidas a tener en cuenta en el Área de Servicio:

Las bocas de carga van a ser antiderrames y los tanques contarán con un sistema de control de existencias y detección de fugas entre otras medidas señaladas en la documentación complementaria por el promotor.

C.2.3 Aire, factores climáticos, cambio climático:

Contaminación acústica:

En las alternativas analizadas no existen edificaciones posiblemente afectadas, por lo tanto, no es necesaria una propuesta de medidas correctoras.

El promotor (en la documentación complementaria) concluye que una vez analizada la afección sobre la explotación porcina (p.k. 26+000) tampoco existen edificaciones afectadas y por tanto no son necesarias medidas correctoras para esta granja.

Cambio Climático, emisión de gases y partículas:

En el estudio de impacto ambiental se contempla la repercusión del proyecto sobre el Cambio Climático y la calidad del aire, y se propone lo siguiente:

Con objeto de mantener los niveles de emisiones gaseosas producidas por el funcionamiento de los vehículos de motor y de la maquinaria de ejecución de las obras por debajo de los límites legales, se asegurará su buen estado de funcionamiento, para lo cual toda maquinaria presente en la obra, debe de cumplir la normativa vigente y las siguientes recomendaciones:

Correcto ajuste de los motores.

Adecuación de la potencia de la máquina al trabajo a realizar.

Comprobación de que el estado de los tubos de escape sea el correcto.

Empleo de catalizadores.

Revisión de maquinaria y vehículos (ITV).

En el área de servicio se va a instalar un sistema de recuperación de vapores producidos en las operaciones de descarga del camión cisterna y por las operaciones de repostaje de vehículos.

C.2.4 Flora y vegetación, fauna, biodiversidad:

En el periodo de alegaciones la Dirección General de Sostenibilidad del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón ha señalado que se deberán realizar unos estudios más detallados en materia de fauna (esteparias), flora (Limonium hibericum) y hábitats de interés comunitario, así como concretar algunos aspectos del plan de vigilancia y del plan de restauración.

Posteriormente, se ha realizado un estudio de campo para localizar la planta Limonium hibericum en la cuadrícula en la que en estudios previos de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón había detectado la presencia de esta especie y no se ha hallado ningún individuo según se informa en la documentación complementaria presentada por el promotor.

El trazado se ha modificado entre los pp.kk. 20+440 y 29+000 y también se ha modificado la ubicación del área de servicio que finalmente se traslada a los pp.kk. 11+040 y 11+420 de forma qué entre otras afecciones se reducen las afecciones a Hábitats de interés comunitario, a flora amenazada y a fauna.

Flora y vegetación.

Respecto a la vegetación, el estudio de impacto ambiental evalúa la afección global atendiendo a la superficie afectada para cada tipo de formación vegetal, asignándole un valor a cada una.

Vegetación

Valor vegetación

Superficie (m2)

Alternativa 2

Matorral.

8

74.389,40

Navarra

Repoblación forestal.

6

19.100,00

Navarra

Superficies agrícolas.

3

1.555.040,50

En Aragón: 691.046,6

En CyL: 135.229,2

En Navarra: 728.764,7

Vegetación de ribera.

9

86.091,30

Aragón

Superficie total.

5.460.928,00

Entre los pp.kk. 22+100-22+350 y 23+900- 24+100 se afectará a una superficie de 19.100 m2 de repoblación de Pinus halepensis. El promotor propone la restitución de dicha superficie en otra ubicación, preferiblemente vegetando cerros desnudos, a acordar con la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra.

Se han de considerar también las repoblaciones forestales del entorno del p.k. 5+000 que no están afectadas directamente pero se sitúan muy próximas, y el Ayuntamiento de Tarazona recuerda que se han de considerar entre los impactos del proyecto.

El estudio de impacto ambiental incluye medidas encaminadas a la protección de la vegetación tales como el replanteo de la obra para acotar estrictamente toda la zona afectada, y el jalonamiento temporal de la infraestructura, de las zonas de ocupación temporal y de los accesos, así como la protección del arbolado y plan de prevención de incendios.

El riesgo de incendio forestal aumentará en la zona de actuación y puede originarse de forma accidental si no se hace un uso correcto de la maquinaria y los instrumentos de trabajo. También durante la explotación existe riesgo de incendio, para lo que se tomarán las medidas oportunas.

Según se indica en el estudio de impacto ambiental, el proyecto de construcción definirá e incorporará un plan de prevención de incendios, que deberá ser aprobado y convalidado por los organismos competentes de la Junta de Castilla y León, del Gobierno de Aragón y del Gobierno Foral de Navarra para establecer los períodos de más riesgo en el ámbito de la obra. En este plan se van a determinar, entre otras, las medidas a adoptar tales como la siega de márgenes de caminos de obra, limpieza de restos y basuras (especialmente vidrios), y eliminación de restos vegetales de las operaciones de mantenimiento.

Se cumplirá en todo momento lo estipulado por la legislación en prevención de incendios.

Con la modificación del trazado propuesto por el promotor en la documentación complementaria se reduce la afección a vegetación.

Hábitats de interés comunitario:

Entre los p.k. 22+800 y p.k. 24+500 se han cartografiado hábitats prioritarios según informa el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra y destaca también la afección al relieve en este tramo, solucionada a través de grandes desmontes, por lo que se propone desviar hacia el este el trazado y no afectar así un cerro situado en el p.k. 22+300 cubierto con pinar de repoblación.

Con la modificación del trazado propuesto por el promotor en la documentación complementaria se reduce la afección a Hábitats de Interés Comunitario.

Fauna:

Tal como quedaba reflejado en la declaración de impacto ambiental del año 2007, el impacto más significativo sobre la fauna, aparte de la propia destrucción de los biotopos atravesados por la nueva carretera, será la fragmentación de hábitats y el consecuente efecto barrera.

Para disminuir este efecto hay que permeabilizar de la vía mediante la construcción de pasos exclusivos para la fauna y la adecuación de estructuras transversales dedicadas a otras funciones (drenajes, viaductos, etc) para que sean utilizadas por la misma. La propuesta de pasos de fauna que fue evaluada en 2007 se consideró insuficiente tanto en número como en dimensiones, por lo que la declaración de impacto ambiental recogía la condición de aumentarlos y se daban una serie de indicaciones las cuales han sido tenidas en cuenta en el diseño de la Alternativa 2.

Por tanto, con objeto de garantizar la permeabilidad, el estudio de impacto ambiental identifica los corredores de fauna y se especifican las estructuras que se adaptarán como pasos de fauna.

El promotor ha aceptado (según las indicaciones de la Delegación Territorial del Servicio de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en Soria, respecto a los vallados y pasos de fauna) mantener el buen estado de conservación del vallado y las vías de escape para garantizar el éxito de su uso y la seguridad de la vía frente a colisiones. Se instalarán plantaciones con especies propias del entorno en la proximidad de los pasos de fauna, asegurándose su arraigo a través de actuaciones de riego y reposición de marras o desbroces durante los primeros años.

Además de las obras de drenaje (106 adaptadas), el promotor propone la adaptación de varios pasos superiores, entre ellos: (pp.kk. 0+823, 5+450, 7+340, 9+340, 12+510, 14+290) y la creación de dos pasos inferiores específicos para la fauna (pp.kk. 23+900, 27+000).

En la documentación complementaria, el promotor ha ampliado los pasos de fauna y sus dimensiones tomando en consideración los informes emitidos por diferentes organismos.

Adicionalmente, el estudio de impacto ambiental contempla medidas específicas destinadas a reducir el riesgo de muerte por atropello y colisión, como el cerramiento perimetral señalizado.

A lo largo del tramo navarro, incluyendo los ramales de los enlaces, se incluirá como medida la instalación de un vallado perimetral específico para corzo y ciervo, respondiendo a la solicitud del Gobierno de Navarra.

Entre los pp.kk. 26+600 y 28+900 la autovía discurre próxima al vertedero «El Culebrete» y se van a construir medidas específicas (pantalla anticolisión de aves) para evitar el choque de aves con los vehículos que circulan por la calzada.

Para facilitar la salida de la autovía de los animales que pudieran burlar el cerramiento, se dispondrán vías de escape unidireccionales, las cuales se localizarán en las inmediaciones de las obras de drenaje transversal y puntos bajos en los que se concentraría la mayor parte de vertebrados terrestres. El Estudio de impacto ambiental propone 26 portillos, ubicados entre los pp.kk. 0+900 y 34+350. El documento complementario, a solicitud del órgano ambiental, sustituye los portillos por rampas de escape y el resultado final son 43 rampas de escape, la mayoría de ellas ubicadas a ambos lados de la autovía.

El Estudio de impacto ambiental también contempla la restricción de las actividades de obra generadoras de ruido durante los periodos de mayor sensibilidad para las diferentes especies estudiadas (1 de febrero-15 de julio).

A petición del órgano ambiental (Subdirección General de Evaluación Ambiental) el promotor ha presentado un «Estudio de Aves Esteparias» cómo parte de la documentación complementaria, en él se proponen medidas adicionales a las incluidas en el estudio de impacto ambiental y se detallan en el apartado D de este documento.

El Ayuntamiento de Cascante destaca que el humedal «Balsa del Pulguer» es de gran importancia para las aves acuáticas, tanto en invernada como para nidificantes, también señala la presencia de avifauna esteparia en los alrededores, como son el cernícalo primilla (en peligro de extinción), el sisón (en peligro de extinción), ganga ortega (sensible a la alteración de su hábitat) y aguilucho cenizo (situación vulnerable).

El Ayuntamiento de Tarazona en su alegación informa que el trazado afecta al «Ámbito de Aplicación del Plan de Recuperación de Protección del Águila Azor Perdicera (Aquila fasciata)», aprobado por el Gobierno de Aragón mediante Decreto 326/2011, de 27 de septiembre. Además, indica algunos condicionantes a tener en cuenta, entre otros: mejora de conectividad de caminos públicos, modificación de obras de drenaje para ser empleadas como paso de fauna, afecciones a otras infraestructuras y a vías pecuarias

Según el informe de Gurelur en período de alegaciones, la autovía atraviesa varias Áreas de Importancia para la Conservación de las aves esteparias en las que hay sisón, que es una especie muy sensible a las transformaciones en su hábitat, por lo tanto la construcción de la A-15 provocará cambios que amenazan la conservación de esta especie en Navarra.

En las zonas calificadas de protección para aves esteparias el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra propone tomar entre otras medidas, la limitación de las obras en periodos críticos.

En la documentación complementaria presentada por el promotor se plantea la solución para evitar la afección de la colisión de aves por la presencia de la nueva vía en las proximidades del vertedero del Culebrete, con la ejecución de una pantalla anticolisión de aves entre los pp.kk.26+800 y 27+800. El documento complementario detalla dos posibles soluciones:

1) Caballón de tierra más plantación en coronación. En este caso el vallado de la autovía tendrá como mínimo 2 metros y las especies arbóreas se desarrollarán en altura

2) Recrecido del vallado hasta 4 metros y pantalla arbórea.

En ambas opciones las especies a plantar se consensuarán con el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra.

La Delegación Territorial del Servicio del Medio Ambiente en Soria de la Junta de Castilla y León valora las medidas propuestas en el estudio de impacto ambiental y hace una serie de recomendaciones sobre las mismas en su alegación. Entre otras, propone ampliar la anchura del paso superior del p.k. 0+823. Estas recomendaciones se han incorporado en el último documento y el Servicio de Medio Ambiente de Soria informa (informe de 13 de agosto de 2019) que las modificaciones suponen una mejora y que las rampas se ajustan a las «Prescripciones Técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales (2ª edición, 2015)».

El Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra destaca la presencia de grandes mamíferos como corzo, jabalí y ciervo, además de pequeños vertebrados y considera que el problema de la permeabilidad no está bien resuelto por lo que, en especial en el tramo más sensible (pp.kk. 21+500-28+580), se deberá prestar especial atención al problema de la fragmentación, tratando de mejorar, ampliar en número o en dimensiones las infraestructuras que permitan una mejor permeabilidad de la infraestructura para la fauna silvestre. Los pasos superiores de los pp.kk. 18+030, 19+070, 22+780, 24+120 tienen dimensiones suficientes para instalar vías laterales revegetadas y poder ser utilizados por la fauna. También considera que podrían adaptarse más pasos inferiores, puesto que sólo se proyectan dos pasos inferiores específicos.

También indican que se deberá instalar un vallado específico para corzo y ciervo, y que entre los pp.kk. 26+600 y 28+900 se deberá incidir en la aplicación de medidas anticolisión de aves al estar próximo el vertedero de «El Culebrete» donde hay importante concentración de aves. Así mismo considera insuficientes los dispositivos de escape, por lo que el nuevo documento deberá ampliar este tipo de estructuras.

En la documentación complementaria presentada por el promotor se ha modificado el trazado y se han sustituido muchos tubos de drenaje de 1800 mm por marcos 2x2, también se han sustituido los portillos por rampas (dispositivos de escape de fauna) y se propone instalar pasos canadienses en las zonas de conexión de los accesos a la autovía con caminos rurales.

Se van a ejecutar según Las Prescripciones Técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales. 2ª edición, año 2015, Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

C.2.5 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000:

El estudio de impacto ambiental incluye un Estudio específico de afecciones sobre la Red Natura 2000, donde se concluye que no se espera que se produzca afección en la fase de construcción sobre los valores naturales que han propiciado la designación de los espacios como Red Natura 2000. En la fase de explotación estos impactos se prevén compatibles.

Dado que el trazado de las alternativas no atraviesa ningún espacio de la Red Natura 2000 se considera que no va a existir afección directa sobre estos espacios, aunque sí podría haber afecciones indirectas sobre la ZEPA «Sierra del Moncayo - Los Fayos - Sierra de Armas», situada a más de 700 m de la zona de actuación y al LIC/ZEC «Balsa de Pulguer», situado a 1 km. Por ello el estudio de impacto ambiental prevé la adopción de medidas mitigadoras. Igualmente, se considera que podría haber efectos indirectos sobre la Reserva Natural «Balsa de Agua Salada», situada a 350 metros en dirección este desde el punto kilométrico 33+600 de la Alternativa 2 del Tramo Navarro y sobre la Reserva Natural «Balsa de Pulguer», situada a 1.900 metros en dirección este del p.k. 26+500.

Los efectos indirectos más importantes sobre dichos espacios tendrían lugar durante la fase de explotación y corresponderían fundamentalmente a las posibles muertes por atropellos y colisiones. Como medida para reducir este riesgo se procederá al vallado perimetral de la autovía, el cual además será convenientemente señalizado de manera que obligue a la avifauna a esquivarlo elevando el vuelo y reducir así el riesgo de colisión.

En la «Balsa del Pulguer» se localizan varios hábitats bien conservados de alto valor ambiental y comunidades del endemismo ibérico llamado Microcnemum coralloides, según informa el Ayuntamiento de Cascante.

El trazado atraviesa tres «Áreas de Importancia para la Conservación de la Avifauna Esteparia»: Monte Alto (p.k. 21+540 a p.k. 24+700), Entorno del Pulguer (p.k. 25+500 a p.k. 28+580) y Agua Salada-Montes del Cierzo-Plana de Santa Ana (p.k. 32+300 hasta el final). En estas zonas, de acuerdo a las indicaciones del Gobierno de Navarra que han sido aceptadas por el promotor, se limitarán las voladuras en periodos críticos, se realizará un control exhaustivo y mantenimiento de las limitaciones propuestas en cuanto a la fauna anfibia y se informará al Servicio del Territorio y Paisaje del Departamento del Gobierno de Navarra si los trabajos de desbroce y movimientos de tierra en estos tramos coinciden con periodos críticos para la fauna. También, se mantendrá el paisaje estepario en la revegetación de los taludes y márgenes de la autovía en los tramos situados en este tipo de hábitat.

La modificación de trazado propuesta en la documentación complementaria presentada por el promotor minimiza la afección a áreas de importancia para la conservación de la avifauna esteparia y rapaces.

Las únicas afecciones directas que se producen sobre los espacios naturales de interés se producirá sobre los hábitats de interés comunitario: 1430 «matorrales halonitrófilos», 4090 «Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga», 5210 «Matorrales arborescentes de Juniperus ssp» y 6220 «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea», siendo este último prioritario. El Estudio de impacto ambiental propone su restauración teniendo en cuenta el trabajo «Bases ecológicas preliminares para la conservación de los tipos de hábitats de interés comunitario» (Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, 2009). El Gobierno de Navarra propone varias medidas para su restauración.

En el ámbito de estudio se localiza el Monte de Utilidad Pública nº 250 «El Cierzo» que es atravesado por el trazado propuesto, afectando a una superficie de 11.189,6 m2.

C.2.6 Paisaje:

El estudio de impacto ambiental presenta un Estudio de Integración Paisajística donde se identifican tres unidades de Paisaje, todas ellas con calidad visual media.

– Glacis incididos en el piedemonte del Moncayo.

– Riegos de Tarazona-Cintruénigo.

– Glacis de Tudela.

La infraestructura va a ejercer un fuerte impacto sobre el paisaje en la zona de Zaragoza y en Navarra pues discurre por un territorio carente de infraestructuras en la actualidad con paisaje de mosaico agrario-natural.

En el estudio de impacto ambiental se detallan los criterios que se seguirán para la restauración vegetal y la integración paisajística de las obras, así como para el mantenimiento de la vegetación implantada y zonas restauradas.

El Plan de Restauración e Integración Paisajística tendrá en cuenta las recomendaciones realizadas durante la información pública como las realizadas por el Gobierno de Navarra:

• La revegetación de los taludes y márgenes de la autovía, se hará mediante plantación e hidrosiembra con especies autóctonas y en las zonas llanas próximas a las zonas esteparias se mantendrá este tipo de paisaje, por lo que se evitará la plantación de arbolado.

El Ayuntamiento de Cascante indica que esta obra tiene un gran impacto sobre el paisaje a su paso por este municipio. Por su parte, Gurelur indica que el impacto sobre el paisaje es severo e irreversible en Navarra.

La modificación de trazado presentado en la Documentación Complementaria, y que recoge las sugerencias del Servicio de Territorio y Paisaje del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra implica una mejora del impacto ambiental y paisajístico sobre la cadena de cerros que cierran la llanura de la Balsa del Pulguer por el oeste, entre los pp.kk. 22+800 y 24+700. Sin embargo el incremento de la necesidad de tierras va a implicar un mayor impacto paisajístico en las zonas de préstamos.

C.2.7 Población, salud humana:

El estudio de impacto ambiental incluye la caracterización del ruido producido en la fase de explotación sobre la calidad acústica del ámbito de estudio, valorándose el impacto producido en las edificaciones en función de su uso. En él se justifica la no necesidad de implementar medidas correctoras, dado que no existen edificaciones de carácter sensible afectadas por el ruido en la fase de explotación.

El promotor ha contemplado la afección del ruido hasta 150 metros. El Ayuntamiento de Tudela indica que la afección llega más lejos. También Gurelur señala que en el estudio de ruido se debían haber reflejado en el plano todas las zonas afectadas para los diferentes valores de nivel acústico. Según datos de Gobierno de Navarra para otras infraestructuras el ruido va más allá de los 150 metros.

La modificación de trazado propuesta en la Documentación Complementaria permite evitar la afección a la instalación ganadera (p.k. 26+000) situada en las parcelas 902 y 903 del polígono 47 del término municipal de Tudela, detectada en la visita de campo realizada en la fase de análisis técnico de la documentación. Está prevista la ampliación futura de esta instalación y se ha tenido en cuenta por parte del promotor a la hora de diseñar el nuevo trazado.

Se deberá reponer toda la red de carreteras afectadas, así como las acequias, cursos de agua canalizados o no, y el drenaje natural del territorio. Asimismo se deberán reponer todas las vías pecuarias. El Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra lo destaca en su alegación.

C.2.8 Bienes materiales, patrimonio cultural:

Debido a que el trazado se localiza sobre varios yacimientos arqueológicos y vías pecuarias, estos deberán ser identificados en campo con anterioridad a las obras y se determinará la posibilidad de trasladar los hallazgos arqueológicos para su posterior reposición en coordinación con los organismos competentes de la comunidad autónoma correspondiente.

El proyecto constructivo «Autovía de Navarra (A-15) tramo Ágreda (Este) – L.P. de Zaragoza con Navarra» incluye los resultados de las prospecciones arqueológicas y paleontológicas realizadas para las provincias de Soria y Zaragoza, de manera que para este tramo se cuenta con información sobre los yacimientos paleontológicos y los elementos arqueológicos presentes en el ámbito de estudio y se han incluido en el estudio de impacto ambiental. Para el tramo navarro se incluye entre las medidas propuestas en el Estudio de impacto ambiental para la protección del patrimonio cultural, la realización de una prospección arqueológica y paleontológica antes del inicio de las obras con objeto de determinar a priori la existencia de elementos arqueológicos y/o paleontológicos que proteger de posibles afecciones. El Departamento de Cultura del Gobierno de Navarra indica en su informe que tiene catalogado exhaustivamente el Patrimonio Arqueológico de los términos municipales por los que discurre la traza, por lo que se cuenta con esta información.

Para la fase de obras, el estudio de impacto ambiental incluye medidas preventivas y correctoras encaminadas a la protección del patrimonio cultural y las vías pecuarias, tales como el jalonamiento perimetral de yacimientos cercanos y vías pecuarias, indicándose que se llevará a cabo un control y seguimiento arqueológico que será intensivo durante los movimientos de tierra en una serie de yacimientos identificados: Yacimiento «Valdepicos» en el término municipal de Ágreda, y Hallazgo «Valfondo», Yacimiento «Valfondo II», Yacimiento «Valfondo III», Yacimiento «Balsas-Carabinas», bien de interés etnográfico «Colmenar de Guardas» en el término municipal de Tarazona, en función de cuyos resultados se determinará la necesidad de realizar una excavación arqueológica en extensión con la comunicación a los organismos oportunos.

En la provincia de Soria, además de las medidas contempladas en el Estudio de impacto ambiental, de acuerdo a lo indicado por la Delegación Territorial en Soria de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León, se llevará a cabo: control arqueológico intensivo en el área de protección del yacimiento de «El Campillo I»; ampliación de la medida correctora propuesta de control arqueológico intensivo en el yacimiento Calcolítico y Romano «Valdepicos», con la realización de sondeos arqueológicos previos para evaluar su potencial y establecer con mayor precisión las medidas posteriores para su documentación: excavación en área o seguimiento de las obras y vigilancia arqueológica periódica en todo el tramo.

En Aragón, además de las medidas propuestas en el estudio de impacto ambiental, como el control y seguimiento de todos los movimientos de tierra con objeto de poder recuperar los posibles restos fósiles de interés y valor patrimonial, se incluirán medidas como la realización de muestreos selectivos utilizando técnicas propicias (lavado, tamizado, triado) para la localización de microfauna por parte de un técnico competente y supervisadas y coordinadas por los Servicios Técnicos de la Dirección General de Patrimonio Cultural.

Se realizarán sondeos arqueológicos entre el p.k. 11+500 y el 11+800 (yacimiento de Valfondo III, Tarazona), así como el control y seguimiento en las obras que suponga remoción del terreno del Hallazgo de Estanca (Tarazona) (p.k. 13+700-p.k. 14+100) y La Estanca (Tarazona) (p.k. 14+200-p.k. 14+600). Además se realizará una prospección y se documentarán los bienes del Patrimonio Etnológico que pudieran verse afectados por el trazado o cualquier actuación derivada de las obras.

Para el tramo navarro, el Departamento de Cultura del Gobierno de Navarra establece una serie de medidas preventivas y correctoras a aplicar en virtud de la Ley Foral 14/2005 de Patrimonio Cultural de Navarra. El promotor las incluirá en el proyecto constructivo, por lo que se tendrán en cuenta todos los elementos patrimoniales indicados por este Departamento, así como las medidas concretas a realizar para los siguientes yacimientos: Nogueras del Sordo I, Plandenas II, Navasamplas V, Royales Altos VIII, (decapado del terreno mediante control arqueológico y excavación arqueológica) Navalobera III (decapado del terreno mediante control arqueológico, excavación arqueológica y Seguimiento arqueológico intensivo) y la Calzada romana (estudio arqueológico del tramo sepultado mediante sondeo trasversal a la traza, habilitación de paso elevado que dé continuidad al trazado y aplicación de medidas ambientales), para lo cual se recogerá una partida suficiente. Respecto a Navalobera I, el proyecto constructivo analizará la posibilidad de modificar en alzado el proyecto y, si no es posible técnicamente, se llevarán a cabo las medidas propuestas por el Departamento de Cultura: construcción de la autovía en terraplén sellando el yacimiento y prohibición de desmontes, realización de dos cortes estratigráficos de tipo de arqueológico antes del terraplenado y seguimiento arqueológico intensivo en el yacimiento y un entorno de 100 m.

Además el promotor se compromete a tener cuenta todas las consideraciones y datos sobre patrimonio cultural señalados por los distintos alegantes.

Las características de las vías pecuarias, en especial el ancho, así como su permeabilidad, deberán mantenerse de acuerdo al artículo 13 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias y, con anterioridad a su reposición, se comunicará al órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, la necesidad de reubicación de su trazado. En este sentido, el estudio de impacto ambiental incluye el listado de vías pecuarias y los detalles de las medidas a adoptar para garantizar la permeabilidad y funcionalidad de las vías.

En la fase de Información Pública y en la respuesta a la modificación al trazado:

− La Delegación Territorial en Soria del Servicio de Ordenación y Protección de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León emite un informe en el que amplía las medidas propuestas en el estudio de impacto ambiental para hacer compatible la ejecución de las obras con la protección del Medio Ambiente.

− El Servicio de Prevención, Protección e Investigación del Patrimonio Cultural. Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón completa las medidas del Estudio de Impacto Ambiental en materia arqueológica y paleontológica e indica que deberá realizarse una prospección etnológica antes del inicio de las obras.

− La Dirección General de Cultura y Patrimonio en su informe de 29 de noviembre de 2018 informa que la modificación de la ubicación del área de servicio no produce nuevas afecciones al Patrimonio Arqueológico Aragonés y recuerda la necesidad de llevar a cabo las medidas correctoras que se especifican en este documento y que se incluirán en el proyecto constructivo.

− La Sección de Registro, Bienes Muebles y Arqueología del Servicio de Patrimonio Histórico. Departamento de Cultura, Deporte y Juventud del Gobierno de Navarra detalla los yacimientos arqueológicos catalogados en el Inventario Arqueológico de Navarra afectados directa e indirectamente por el trazado y establece las medidas preventivas y correctoras a realizar en cada uno de los anteriores yacimientos y además indica que en las zonas de préstamos y vertederos, se consultará a la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana del Gobierno de Navarra sobre las afecciones al Patrimonio Arqueológico catalogado o que se descubra.

C.2.9 Vulnerabilidad del proyecto.

El promotor, en la documentación complementaria presentada el 29 de abril de 2019, analiza la vulnerabilidad del proyecto ante accidentes graves tanto en la fase de obra cómo en la fase de explotación y ante riesgos de catástrofes naturales, en este caso, sismos, inundaciones, incendios y riesgos geológicos.

El promotor considera que el riesgo global del proyecto ante accidentes graves en la fase de obra es medio-bajo y asumible con carácter general y propone medidas preventivas adicionales durante la fase de obras, asegurando que en caso de que ocurra un accidente en esta etapa, se pondrán en marcha los protocolos correspondientes frente a incendios o vertidos accidentales.

Riesgos geológico-geotécnicos: El promotor considera que el riesgo global es bajo puesto que en los taludes se ha tenido en cuenta la minimización de los mismos. En el caso de desprendimientos de terraplenes se pueden producir impactos sobre cauces, espacios naturales de interés, elementos de patrimonio cultural, edificaciones, vías de comunicación y núcleos de población. Considera que los efectos son locales y no significativos y por ello compatible.

Riesgo de incendio: el promotor lo considera alto en las zonas de riesgo de incendio forestal, alto y bajo en el resto del territorio, aunque la vulnerabilidad del proyecto se considera media-baja por ser la fragilidad de los trazados baja. También afirma en su documento que las actuaciones se enmarcan parcialmente sobre zonas de riesgo alto de incendios forestales, en los que la frecuencia o virulencia de los incendios forestales son elevadas y los valores amenazados importantes.

El promotor considera el impacto derivado de esta vulnerabilidad compatible, y se proponen las siguientes medidas adicionales:

– Protocolo de emergencia frente a incendios en fase de explotación teniendo en cuenta la legislación vigente. Se tendrán en cuento las épocas de peligro que establezcan las Comunidades Autónomas implicadas y sus planes territoriales de extinción de incendios.

– El proyecto de construcción incorporará las líneas básicas de acción en materia de prevención de incendios y vertidos accidentales conforme a la legislación vigente.

– Asimismo, incorporará un plan de prevención y extinción de incendios que deberá ser aprobado y convalidado por el organismo competente de Castilla León, Aragón y Navarra.

– Durante la construcción de las obras se prestará especial atención a las actividades más peligrosas, como los desbroces y soldaduras. Se contará con dispositivos de extinción a pie de obra. En el caso de que un incendio se propague al medio natural, se activará el plan de emergencias territorial de la comunidad autónoma afectada por el incendio.

En el caso del análisis de la vulnerabilidad del proyecto ante accidentes graves en la fase de explotación se consideran los riesgos derivados de accidentes con mercancías peligrosas, los asociados a la explotación del área de servicio y los riesgos derivados de terceros. El promotor considera los dos primeros riesgos como bajos y asumibles y el último cómo nulo, pues la instalación SEVESO más cercana al trazado se encuentra a más de 3 kilómetros.

En el caso de riesgo sísmico considera que la vulnerabilidad del proyecto es nula y el riesgo asumible, pues no atraviesa zonas de riesgo sísmico alto.

El promotor afirma que no existe riesgo de inundaciones frente al que la autovía pueda ser vulnerable.

En todo caso, y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio diseño de la traza, la vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor) es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo.

D. Condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los efectos adversos sobre el medio ambiente.

Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la realización del proyecto para cada una de las actuaciones previstas.

Además, el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental (y qué son aplicables al tramo modificado), el plan de restauración y demás documentación complementaria generada.

Todos aquellos aspectos que quedan pendientes para el proyecto constructivo tendrán que ser informados en su momento por el órgano competente en la materia.

A continuación, se indican aquellas medidas del estudio de impacto ambiental que deben ser modificadas, así como aquellas medidas adicionales establecidas como respuesta a las alegaciones e informes recibidos en el procedimiento y al análisis técnico realizado.

D.1 Suelo, subsuelo, geodiversidad:

Los balances finales de tierras y las zonas de préstamos y vertederos considerados en el estudio de impacto ambiental y la documentación complementaria desarrollada posteriormente, se definirán con mayor detalle durante el desarrollo del proyecto de construcción. Si durante la actualización de este fuera necesario definir nuevos préstamos para cubrir el incremento debido a la modificación de trazado, su aprobación seguirá la tramitación ambiental establecida por la comunidad autónoma correspondiente.

Los préstamos deberán ser autorizados conforme a lo establecido en la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas y contarán con un plan de restauración de acuerdo con el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras. Para la selección de los lugares óptimos, se dará prioridad a aquellos que no estén ubicados en zonas de elevada permeabilidad, llevándose a cabo en cualquier caso las medidas preventivas necesarias de manera que se asegure que en ningún caso se interferirá con el nivel freático, así como las medidas de impermeabilización pertinentes. En cualquier caso deberá realizarse un análisis de las zonas seleccionadas, de acuerdo a lo criterios establecidos en el estudio de impacto ambiental, priorizando el uso de las zonas de préstamos ya propuestas.

El proyecto constructivo contendrá un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición (RCD), acorde al Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

Los residuos de construcción y demolición preferentemente se reutilizarán o valorizarán. La valorización de materiales excavados se realizará conforme a lo dispuesto en la Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquellas en las que se generaron.

Se realizará un «Plan de explotación de préstamos y vertederos» con información detallada y con un cronograma por fases.

D.2 Agua:

Toda actuación no prevista en la documentación aportada que surja en el transcurso de las obras y/o durante la fase de funcionamiento, que pueda afectar al Dominio Público Hidráulico será puesta en conocimiento de la Confederación Hidrográfica del Ebro, a la mayor brevedad posible.

Se deberá asegurar en todo momento que las actuaciones proyectadas no profundicen por debajo del nivel freático, evitando afecciones a los acuíferos.

Se han de restituir los pozos de uso particular afectados por el trazado (se ha estimado qué son 4).

El área de servicio va a contar con sistemas específicos de prevención de la contaminación de aguas por hidrocarburos y de control de contaminación en el subsuelo de la zona.

D.3 Aire, factores climáticos, cambio climático:

En la medida de lo posible se incorporarán vehículos híbridos y eléctricos a la fase de obra.

Contaminación lumínica:

Para minimizar la afección por la contaminación lumínica, se elegirán sistemas de iluminación evitando las farolas que emiten luz hacia el cénit, y teniendo en cuenta características tales como durabilidad, vida útil, tiempo requerido para el reencendido, rendimiento lumínico y de color.

D.4 Flora y vegetación, fauna, biodiversidad:

Flora y vegetación:

Antes del inicio de las obras se va a realizar una prospección botánica exhaustiva prestando especial atención a la presencia de Limonium hibericum (presencia más probable en zonas de suelos arcillosos ricos en sales). Esta prospección se realizará en época de floración (junio a septiembre) y, en el caso de que aparezcan ejemplares, se adoptarán medidas de traslocación a zonas adecuadas del entorno según criterio de experto botánico.

Debido a la presencia de flora amenazada y a la afección a hábitats de interés comunitario, se desplazará el área de servicio desde los pp.kk. 11+900 a 12+300 a los pp.kk.11+040 a 11+420 tal y como señala el promotor en su documento complementario. Finalmente, para minimizar la afección a la Granja Municipal Valfondo y evitar la afección al hábitat de interés comunitario se desplaza otros 60 metros más al norte. En el lado colindante con el hábitat y la granja se va a realizar un vallado cinegético oculto por una plantación lineal arbustiva (constituida por especies presentes en los hábitats aledaños).

La tierra vegetal retirada se acopiará tomando las medidas oportunas de grosor máximo y pendientes suaves para evitar arrastres en períodos de lluvias.

Tal y como señala el Ayuntamiento de Tarazona en su último informe, el proyecto de revegetación de las superficies afectadas a incluir en el proyecto constructivo, deberá evitar especies de jardinería e incluir solo especies autóctonas para repoblaciones e integración paisajística y además tener en cuenta sus regiones de procedencia. También deberá garantizarse, en línea con lo que propone el informe, una densidad mínima de plantación de arbustos de 1ud/m2 para lograr evitar la erosión y conseguir mejor integración paisajística. Este proyecto de restauración de la vegetación se realizará junto con el proyecto de compensación de hábitats de interés comunitario que se detalla más adelante.

Fauna:

La primera medida es el replanteo de los límites de ocupación de la obra para garantizar la ocupación estrictamente necesaria en los ámbitos donde se afecta a los hábitats esteparios.

Antes del comienzo de los trabajos se realizará una prospección de nidos y fauna presente en la zona.

Los trabajos molestos o ruidosos se realizarán entre las 8 y las 22 horas y en zonas boscosas o de especial sensibilidad faunística no se realizarán actividades ruidosas y molestas en la época de cría.

Como ya se ha indicado, en el proyecto constructivo se realizará un nuevo estudio acústico de detalle y por tanto se revisarán y actualizarán las medidas anteriores.

En todo el tramo navarro, incluyendo los ramales de los enlaces, se instalará un vallado perimetral específico para corzo y ciervo (altura del vallado 2,2 m.).

Deberá garantizarse la permeabilidad para permitir los desplazamientos del visón europeo (Mustela lutreola), en peligro crítico, de conformidad con lo señalado por la Subdirección General de Biodiversidad y Medio Natural del Ministerio para la Transición Ecológica, que considera es probable su presencia en la zona y que el trazado podría afectar a sus desplazamientos.

En el diseño de acequias se tendrán en cuenta las «Directrices y recomendaciones técnicas para la conservación del visón europeo y sus hábitats» del Gobierno de Navarra.

El paso inferior a su paso por el río Boquerón se ha de mejorar para que sirva como paso de fauna seguro. Para que sea una zona de paso preferente de visón europeo el río debe recuperar la naturalidad bajo la autovía. Para ello se adoptarán medidas de revegetación con especies de ribera bajo el puente hasta la balsa del Pulguer y en el tramo opuesto.

En el último documento remitido por el promotor, recibido en julio de 2019, se modifica el Paso Inferior del río Boquerón (P.K. 26+550) para que sea apto para su uso por el visón europeo si fuera preciso. El promotor propone una modificación de la estructura que permita centrar el encauzamiento bajo el paso y respetar las franjas de terreno que quedan a ambos lados del cauce que se van a restauras para evitar que las márgenes del río Boquerón sean usadas cómo caminos de tránsito. En esta nueva disposición el camino no se va a reponer por este paso sino por uno independiente en el p.k. 26+440 (41,60 metros de longitud. Marco de hormigón armado 8 x 5,30m), esto va a mejorar la permeabilidad y no afecta a las especies próximas al cauce.

Aquellas zonas que se consideren hábitats favorables para el desplazamiento del visón europeo se restaurarán mediante herbáceas y matorral bajo entre el borde de la acequia y el vallado de la carretera para mejorar la seguridad en sus desplazamientos y reducir el riesgo de atropello.

Las arquetas y acequias del entorno de la balsa El Pulguer y la balsa de Agua Salada contarán con rampas de escape.

Aves:

Avifauna esteparia: Se incluye la señalización específica del cerramiento, mediante el uso de placas señalizadoras, en cuatro tramos (en el estudio de impacto ambiental se propuso el primer tramo en la documentación complementaria se han propuesto tres más), que se consideran óptimos para la presencia de fauna esteparia.

La descripción de esta señalización se detalla en el estudio de impacto ambiental. Los tramos en los que se va a instalar son:

− pp.kk. 1+000-3+800.

− pp.kk. 8+800-10+600.

− pp.kk. 13+300-14+600.

− pp.kk. 22+400-28+900.

Si durante el seguimiento de eficacia de las medidas preventivas y correctoras se detecta la necesidad de ampliar este tipo de cerramiento en otros tramos se instalará.

Restricciones temporales de las actividades de obra: se restringirán temporalmente las actividades relativas a despejes y desbroces, demoliciones, movimientos de tierra y todas aquellas generadoras de ruido en los periodos de mayor sensibilidad para las especies presentes en la zona. Estos períodos (entre el 1 de febrero y el 15 de julio) serán propuestos por la Dirección Ambiental de la obra (basándose en estudios sobre las especies) en coordinación con los órganos competentes en protección de especies de cada comunidad autónoma, antes del inicio de los trabajos. Se prestará especial atención al tramo comprendido entre los pp.kk. 22+400 y 28+900 por ser zona de protección de aves esteparias. Los estudios y la propuesta de restricciones se realizarán en esta zona en coordinación con la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno de Navarra.

Otra medida que se implantará es el refuerzo de poblaciones de esteparias mediante fomento de barbechos (convenios con dueños de parcelas). Se detallan en el apartado D.5 más medidas.

Águila perdicera (Aquila fasciata): actuaciones de manejo del hábitat encaminado a reducir las afecciones y compensar las inevitables; a estos efectos, la Subdirección General de Biodiversidad y Medio Natural estima que la pérdida de hábitat será de 69,5 ha.

Inspección del terreno: se va a realizar antes del inicio de las obras, prestando especial atención, entre los pp.kk. 22+400 y 28+900, a la zona catalogada como «Área de importancia para la conservación de la avifauna esteparia» y zona de distribución de la alondra Ricotí (Chersophilus dupont).

Entre los pp.kk. 26+800 y 27+800 (cómo mínimo) se va a instalar una pantalla anticolisión de aves en la zona dónde la carretera discurre paralela al vertedero «El Culebrete» qué es usado por las aves como zona de alimentación, el objeto de esta pantalla es lograr que las aves eleven el vuelo y de esta forma evitar colisiones. La barrera se ejecutará únicamente en uno de los lados de la autovía, preferiblemente en el más cercano al vertedero.

Pasos de fauna y rampas de escape:

Los pasos de fauna, vallados y rampas de escape se van a ejecutar según las «Prescripciones Técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales. 2ª edición, año 2015, Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente» y teniendo en cuenta lo indicado en el estudio de impacto ambiental y documentación complementaria que modifica el estudio.

Han de incorporarse las siguientes mejoras de la conectividad, propuestas por varios organismos en sus informes (muchas de ellas ya han sido incorporadas por el promotor al estudio informativo, las que están pendientes se incorporarán al proyecto constructivo siempre que sea técnicamente viable):

– p.k. 0+800/p.k. 0+823 Paso superior multifuncional para fauna y conexión de hábitats.

– p.k. 3+430 Paso superior.

– p.k. 5+020 o 5+450, Paso superior, se recomienda revisar sus dimensiones para garantizar la conexión entre hábitats de interés comunitario.

– Encauzamiento 7+005 del Barranco Fuente de la Paloma (empleo de técnicas blandas de revegetación en el encauzamiento).

– Modificar el paso de fauna p.k. 7+605 (desemboca en una vía de enlace sin continuidad) y reconducir la fauna al Paso Superior P.K. 7+340.

– p.k. 8+565 adaptación de la Obra de Drenaje Transversal (ODT) de 3x2 (y reposición de la acequia de alimentación de los embalses de Santa Ana).

– p.k. 9+340 Paso superior multifuncional (ampliación del paso previsto) para conectar los Hábitats de interés comunitario presentes a ambos lados de la autovía.

– p.k. 10+340 Paso inferior multifuncional.

– p.k. 10+630 o 10+861 (ODT Paso inferior de fauna).

– p.k. 11+545 (ODT ampliada) o p.k.11+560 (paso inferior multifuncional).

– p.k. 12+510 Paso superior de fauna, adaptar al Pliego para que se considere multifuncional.

– p.k. 17+750 Propuesta de nueva conexión de Hábitats entre los en el entorno de esta zona (señalado como corredor local en el EsIA).

– p.k. 19+220. Revisión adecuación del paso de fauna.

– p.k. 20+750. Nueva conexión de Hábitats, empleando el Paso inferior, al fragmentarse el HIC 6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodietea.

– pp.kk. 23+900 y 27+000 revisar estos pasos inferiores de fauna, su incidencia con la vía de servicio y su anchura mínima es menor que la recomendada por lo que habría que analizar técnicamente su ampliación.

– p.k. 26+440 Paso Inferior para el camino de forma que se mejore la permeabilidad y no se afecte a las especies que puedan estar próximas al cauce. Es parte de la modificación del paso inferior por el río Boquerón (Cambio realizado por el promotor durante el análisis técnico y presentado en documentación complementaria recibida el 2 de julio de 2019).

– p.k. 26+550 Se modifica el Paso Inferior del río Boquerón para que sea apto para su uso por el visón europeo. Se centra el encauzamiento y se realiza restauración.

– p.k. 28+500 y p.k. 29+070 asegurar que los pasos de fauna en el entorno del enlace son efectivos.

– p.k. 31+000 hasta el final. Crear uno o dos pasos inferiores específicos para medianos vertebrados en la zona de influencia de la «Balsa de Agua Salada».

– p.k. 33+400. Se propone (documento complementario de julio de 2019) la mejora de la reposición de la conducción de riego existente mediante un marco de 5x2m y la reposición del canal paralelo al Ramal 2 y la prolongación del marco existente bajo el tronco de la AP-15.

Los portillos propuestos en el estudio de impacto ambiental se sustituyen por rampas de escape.

D.5 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000:

Red Natura 2000:

Para evitar que se produzca afección directa sobre los espacios pertenecientes a Red Natura 2000, estos serán clasificados como «zonas excluidas» para la ubicación de elementos auxiliares a las obras (instalaciones auxiliares, caminos de acceso, préstamos, vertederos, zonas de acopio, etc.).

El Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local en Navarra ha propuesto diversas medidas compensatorias por las afecciones a aves esteparias y acuáticas del entorno del Pulguer, Monte Alto y el conjunto de Montes del Cierzo y Reserva Natural de Agua Salada, que habrán de incorporarse como se determina más adelante. A continuación se resumen:

– Mejora de la dinámica hidrológica del humedal «Balsa del Pulguer» para garantizar la conservación de los valores naturales del humedal: se propone la restauración del área conocida como Espartar/Reserva Natural/Carrizal de la Torre, para que se recuperen las condiciones hídricas propias de los sistemas palustres mediterráneos y se mejoren los drenajes del sistema, para ello hay que reparar o reconstruir la compuerta de Almenara, en la «Balsa del Pulguer» (actuación ya contemplada en el Plan de Gestión de la ZEC).

– Mejora de la potencialidad de la zona para albergar fauna y flora esteparia en el entorno de la balsa del Pulguer (comunal de Tudela): para ello se propone la recuperación de parcelas de cultivo, unas 3 hectáreas para dejar a evolución natural y 2 hectáreas para realizar plantaciones de nivel estructural bajo o la apertura de claros puntuales en parcelas de «pasto arbustivo».

– Mejora de la potencialidad de la zona para albergar fauna y flora esteparia en el Área «Balsa de Agua Salada»: se propone incrementar las parcelas inundables, incrementando la continuidad del sistema y diversificándolo, además se debe incluir una propuesta de manejo ganadero.

– Mejora de la potencialidad de la zona para albergar fauna y flora esteparia en el Área de Importancia para la Conservación de las Aves Esteparias «Monte Alto» y «Montes de Cierzo»: para ello se propone la misma actuación que en la «Balsa del Pulguer».

También deberán recogerse algunas propuestas realizadas por el Ayuntamiento de Tudela, en particular:

– Monitorización de avifauna esteparia y medidas de mejora del hábitat para la fauna y las condiciones de cría del cernícalo primilla: se propone implementar el programa de nidales de primilla en corrales de los comunales de Tudela y mantener con «teja árabe» todos los corrales o construcciones rurales existentes.

Todas estas medidas adicionales se detallarán en un proyecto específico elaborado por el promotor y validado por el órgano autonómico competente en el que se definan las zonas concretas de actuación, las fases de implantación, el programa de seguimiento y cualquier otro aspecto que permita una correcta ejecución de estas medidas.

Hábitats de Interés Comunitario.

El promotor ha cuantificado la afección del proyecto a los hábitats de interés comunitario, según el siguiente desglose (superficies suministradas en la documentación de julio de 2019 tras los cambios de trazado).

Código

Nombre

CCAA

Área (m2)*

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

Castilla y León.

4.492,00

92A0

Alamedas (y choperas) con Rubia tinctorum.

Aragón.

7.140,70

6420

Juncales de junco churrero (Scirpus holoschoenus) y herbazales ….

Aragón.

2.673,27

5210

Matorrales arborescentes de Juniperus spp.

Aragón.

112.993,31

1430

Matorrales halo-nitrófilos (Pegano-Salsoletea).

Aragón.

112.816,40

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

Aragón.

119.643,49

6220*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodiete….

Aragón.

119.643,49

6220* y 5210

Pastizales mediterráneos xerofíticos anuales y vivaces. Fruticedas….

Navarra.

8.039,33

6220*

Pastizales mediterráneos xerofíticos anuales y vivaces.

Navarra.

25.878,89

6220* y 1430

Pastizales mediterráneos xerofíticos anuales y vivaces. Matorrales.

Navarra.

33.277,41

546.598,29

* Estas superficies son aproximadas.

Para compensar tal afección, se elaborará un proyecto específico de revegetación, en el que se identifiquen las parcelas sobre las que se pretende actuar, bien sean procedentes de expropiaciones o por acuerdos con los propietarios, y se definirán las especies, periodos de plantación, sistemas de protección, calendario de mantenimientos, seguimiento, etc. que permita un alto grado de eficacia en la medida. La cuantía de la compensación de las superficies afectadas estará en función de la tipología del hábitat y del grado de madurez y desarrollo del mismo y contará con el informe favorable del organismo autonómico competente.

En todo caso, este proyecto de revegetación compensará cada uno de los hábitats de interés comunitario afectados por el proyecto, con el objetivo de evitar la pérdida neta de biodiversidad, tal como recoge uno de los principios previstos en el artículo 2 de la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, por la que se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. El artículo 45 de la misma Ley recoge la obligación para los órganos competentes de adoptar las medidas necesarias para evitar el deterioro o la contaminación de los hábitats fuera de la Red Natura 2000.

En la restauración de los hábitats de interés comunitario afectados, se tendrá en cuenta el trabajo «Bases ecológicas preliminares para la conservación de los tipos de hábitats de interés comunitario» (Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, 2009).

D.6 Paisaje:

Se deben incorporar todas las medidas posibles de rehabilitación de préstamos, vertederos, zonas destinadas a instalaciones auxiliares y vías de acceso que se abandonen para su integración paisajística y ecológica de forma que el estado final de estas zonas sea lo más parecida posible a su estado inicial y a su entorno.

La morfología resultante para taludes de desmonte y terraplén será preferentemente, y siempre que sea técnicamente viable, más tendida que 3H:2V, con objeto de evitar el atrincheramiento y favorecer la revegetación.

A efectos de su integración en el paisaje, conviene evitar los taludes planos y las aristas vivas para que los perfiles se vayan insertando progresivamente en el terreno.

D.7 Población, salud humana:

Antes del comienzo de las obras se debe disponer de las autorizaciones de concesión de uso privativo del dominio público forestal y de ocupación temporal del dominio público pecuario, según el Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón y en la Ley 10/2005, de 11 de noviembre de vías pecuarias de Aragón según indica el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Para minimizar las afecciones al Corral municipal de Valfondo se tomarán las medidas pertinentes, entre ellas el promotor propone desplazar el área de servicio 60 metros hacia el norte para reducir la afección a la parcela de la granja y evitar la afección al hábitat de interés comunitario. Además se plantea, en el lado del área de servicio colindante con el hábitat y la granja, un vallado cinegético oculto por una plantación lineal arbustiva con especies presentes en la zona. El camino de acceso actual a la granja municipal de Valfondo se adecuará tras finalizar las obras y se prolongará hacia el interior de la parcela para mejorar su accesibilidad.

También se tendrán en consideración en el proyecto constructivo las propuestas realizadas por el Ayuntamiento de Tudela en relación con la reposición de caminos públicos y vías pecuarias, y se debe tener en cuenta en el diseño del Área de Servicio su afección al proyecto para «Modernización de regadíos en el Monte de Libre Disposición de la Dehesa Carrera Cintruénigo» (se prevén cruces en los pp.kk. 14+970 y 15+540 y la conducción quedaría bajo la plataforma de la vía de servicio al Área de Servicio).

En el caso de afectar a las tuberías de riego de este proyecto se restaurará este servicio al igual que se han de restaurar el resto de servicios afectados (líneas eléctricas, tuberías de abastecimiento, caminos…etc.) por el proyecto.

En la fase explotación del proyecto se realizará un nuevo estudio acústico con mediciones reales que contrastará el estudio acústico (modelización) incorporado en el estudio de impacto ambiental para, en su caso, establecer las medidas adicionales necesarias que permitan el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica previstos en la Ley del Ruido.

D.8 Bienes materiales, patrimonio cultural:

El proyecto pasa por tres Comunidades Autónomas, así que además de las medidas generales (propuestas en el estudio de impacto ambiental), se tendrán en cuenta las medidas de cada uno de los competentes en cada una de las Comunidades Autónomas en las que se ubica el trazado y también las propuestas por Asociaciones Culturales:

Medidas propuestas para Aragón:

– Realizar sondeos arqueológicos en el yacimiento de Valfondo III, Tarazona (p.k. 11+500 a 11+800).

– Control y seguimiento de los siguientes yacimientos ubicados en Tarazona durante la ejecución de las obras: Hallazgo la Estanca (p.k. 13+700 a p.k. 14+100) afectada en su zona este y La Estanca (p.k. 14+200 a p.k.14+600) qué podría ser afectada por obras subsidiarias.

Medidas propuestas para Navarra:

Además de lo indicado en el apartado C.2.8. se repondrá la calzada romana en toda su anchura teniendo en cuenta las siguientes medidas:

– Realización de estudio arqueológico del tramo que quedará sepultado.

– Habilitación de un paso elevado de anchura similar a la calzada original.

– Aplicación de medidas ambientales cómo plantación de arbolado a ambos lados de la vía y colocación de señalización e información sobre su construcción y recorrido.

El proyecto constructivo ha de tener en cuenta los elementos patrimoniales ubicados en el municipio de Cascante, que se encontraban es estudio cuándo se llevó a cabo el procedimiento de Información Pública.

Medidas propuestas para Castilla y León:

Se proponen las siguientes medidas:

– Jalonamiento perimetral de los yacimientos cercanos a la obra para evitar afecciones por el tránsito de maquinaria pesada.

– Control arqueológico intensivo en el área de protección del yacimiento de «El Campillo I» y estudio y control arqueológico del yacimiento Calcolítico y Romano de «Valdepicos» tal y cómo se indica en su alegación.

– Ante la aparición casual de restos arqueológicos o paleontológicos se actuará según lo dispuesto en el Capítulo V del título IV del Decreto 37/2007.

En todos los casos las actuaciones que se lleven a cabo requerirán la autorización del órgano competente en patrimonio cultural de la comunidad autónoma dónde se ubique la actuación y todos los hallazgos y resultados de los estudios realizados se comunicarán al mismo.

Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en este apartado deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.

E. Programa de vigilancia ambiental.

El estudio de impacto ambiental contiene un programa de vigilancia cuyo objetivo consiste en garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas y correctoras descritas. En cada una de las fases de dicho programa, se realizará un seguimiento de la eficacia de las medidas adoptadas y sus criterios de aplicación, emitiendo los correspondientes informes de vigilancia.

En virtud del análisis técnico realizado, el programa de vigilancia previsto en el estudio de impacto ambiental, cuyas líneas principales se resumen a continuación, debe completarse con los aspectos adicionales que también se mencionan en este apartado.

El proyecto de construcción incorporará un programa de vigilancia ambiental para el seguimiento y control de los impactos y de la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas en el estudio de impacto ambiental y en las condiciones de la presente declaración, de forma diferenciada para las fases de construcción y de explotación.

Antes de la aprobación del proyecto de construcción, el promotor redactará y tendrá a disposición del órgano ambiental un documento de integración ambiental en el que se recojan todos los aspectos ambientales del proyecto y en particular los que figuran en las condiciones de esta declaración.

Se realizará un seguimiento sobre todos aquellos elementos y características del medio para los que se han identificado impactos. Se designará un Director Ambiental de las obras que, sin perjuicio de las competencias del Director Facultativo, será el responsable del seguimiento y vigilancia ambiental, lo que incluirá, además del cumplimiento de las medidas propuestas, la presentación de un registro del seguimiento de las mismas y de las incidencias que pudieran producirse, ante los organismos competentes, así como recoger las medidas a adoptar no contempladas en el estudio de impacto ambiental.

Se llevará a cabo un seguimiento, vigilancia y control ambiental de los aspectos que figuran en el estudio de impacto ambiental, y en especial, de aquellos relacionados con condiciones específicas de esta declaración de impacto ambiental.

Se ha de llevar a cabo un seguimiento y vigilancia ambiental, entre otros, de los siguientes aspectos del proyecto:

E.1 Suelo, subsuelo, geodiversidad:

Seguimiento previo a ejecución:

Ajustes en la morfología y diseño de taludes.

Revisión de ubicación de préstamos, vertederos e instalaciones auxiliares tras los estudios de campo previos a su ejecución.

Accesos a los préstamos, vertederos e instalaciones auxiliares.

Definición de medidas contra la erosión, recuperación ambiental y paisajística.

Programación de actuaciones de protección, corrección e integración ambiental.

Durante la ejecución:

Revisión de la instalación del jalonamiento de protección y de la señalización y protección de la vegetación destacada.

Vigilancia la ubicación de instalaciones auxiliares, préstamos y vertederos fuera de las zonas de exclusión.

Control de los movimientos de tierra y maquinaria.

Vigilancia de la terminación de taludes.

Vigilancia relativa a la prevención de la erosión e inestabilidad del terreno.

Vigilancia de la ejecución estructuras.

E.2 Agua:

Vigilancia relativa a la protección del sistema hidrológico.

Control de calidad de las aguas superficiales y subterráneas (durante la ejecución de obras y explotación).

Seguimiento de las obras de drenaje transversal para verificar la minimización del efecto barrera sobre la escorrentía y del riesgo de inundación.

Determinar las posibles variaciones durante la construcción de la autovía en la calidad de las aguas de los cauces.

Correcta ejecución de las balsas provisionales de decantación a instalar en las áreas auxiliares y en el entorno de los estribos y pilas de los acueductos.

Seguimiento mediante análisis de la calidad de las aguas contenidas en las balsas provisionales de decantación.

Correcta ejecución de las barreras de sedimentos en el entorno de los cauces atravesados.

Área de servicio:

El control del subsuelo de toda el área de suministro contará con un sistema de detección de vertidos accidentales al terreno, que ha de servir para realizar la remediación sin realizar obras adicionales en el menos tiempo posible.

Se instalarán un conjunto de piezómetros/pozos de actuación en arquetas, unidos por una zanja–barrera, que permitan la observación del suelo y actúen como barrera pasiva/activa, evitando que, en caso de vertido, el producto libre se disperse y, cuando se acometan los trabajos de remediación actúe como barrera hidráulica activa, mediante la conexión de la correspondiente unidad de tratamiento.

E.3 Aire, factores climáticos, cambio climático:

Control sobre las operaciones de mantenimiento de la maquinaria.

Control de emisiones a la atmósfera.

Controlar la presencia de polvo en la vegetación y los cultivos.

E.4 Flora, vegetación y fauna:

Flora y vegetación:

Las labores de mantenimiento inicial abarcarán el periodo de garantía. Dentro de estas labores se incluirán los riegos, abonados, escardas, brinas y podas.

Reposición de marras: Durante el invierno siguiente a la plantación se replantarán los fallos.

Riegos: Se realizarán riegos de mantenimiento, tanto para las plantaciones como para las superficies sembradas o hidrosembradas.

Vigilancia de las medidas de control sobre la afección a la flora y fauna protegidas y de interés.

Vigilancia de aparición de especies de vegetación invasora.

Verificar la aplicación de las medidas protectoras contra incendios forestales.

Fauna:

En la ejecución de las pantallas anticolisión de aves la selección de especies vegetales se llevará a cabo en coordinación con el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra para la selección de especies vegetales y se controlará la recepción (tipo de especies y estado fitosanitario) de las especies seleccionadas para la ejecución de las pantallas anticolisión.

En el proyecto constructivo se dará continuidad de los pasos de fauna con las infraestructuras próximas.

Se verificará la ejecución de las estructuras aptas para el paso de fauna, así como de su acondicionamiento (pasos de fauna, revegetaciones, etc.) y estado de conservación y mantenimiento para garantizar la permeabilidad territorial.

El grado de eficacia de los pasos de fauna, dispositivos de escape y del cerramiento previstos en el proyecto se analizará de acuerdo a las Prescripciones técnicas para el seguimiento y evaluación de la efectividad de las medidas correctoras del efecto barrera de las infraestructuras de transporte (Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. 2008). Los informes de los citados seguimientos serán anuales y se remitirán al órgano autonómico competente.

Entre los seguimientos a realizar, se llevará a cabo el de la presencia de visón europeo. Para ello, se elaborará un programa de seguimiento en el que se definan los lugares, métodos a emplear y épocas más adecuadas, que deberá ser validado por el órgano autonómico competente.

Seguimiento de atropello de fauna en la nueva infraestructura: En esos informes de seguimiento se realizará una comparativa de los datos de atropellos de fauna registrados para carreteras próximas y de similares características, con los datos que se recojan durante la explotación de la nueva autovía. Esta información, detallada en informes anuales (mínimo los tres primeros años), y se remitirá al órgano autonómico competente.

Seguimiento de eficacia de la pantalla anticolisión de aves (pp.kk. 26+800 a 27+800), en el caso de que no cumpla con su objetivo, y se detecten colisiones procedentes o con destino al vertedero, se ampliará la longitud y/o altura de la pantalla de acuerdo con el organismo autonómico competente, o incluso se propondrán soluciones adicionales o ubicaciones alternativas. Se designará para ello una partida en el proyecto constructivo y se coordinará con el órgano competente en protección de fauna de Navarra.

Seguimiento de quirópteros: además de tomar las medidas indicadas en el estudio de impacto ambiental e informes presentados se llevará a cabo un seguimiento de este grupo.

En el caso de demostrarse insuficientes las medidas ejecutadas se procederá a la ejecución de las medidas complementarias necesarias.

Se vigilará la no ejecución de obras que originen niveles acústicos elevados, como voladuras y movimientos de tierras o de maquinaria intensos, ni despejes o desbroces, por la presencia de fauna en época de cría, entre los meses de febrero y julio, ambos inclusive, en las zonas que se cartografíen en el proyecto con sensibilidad faunística alta o media, así como, con carácter general, los trabajos nocturnos en toda la zona de obra.

E.5 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000:

Vigilancia ante la aparición de impactos no previstos.

Seguimiento de calidad y cantidad de agua en la «Balsa del Pulguer» y de la presencia de fauna asociada a esta Balsa.

E.6 Paisaje:

Integración paisajística del trazado definitivo.

Vigilancia de las medidas de revegetación.

Control de las medidas complementarias propuestas.

Control de las labores de mantenimiento de las áreas restauradas.

Control de acabado y limpieza final.

E.7 Población, salud humana:

Antes de la puesta en funcionamiento de la infraestructura deberá ser aprobado el plan de emergencia, en el que se valoren las situaciones de riesgo y las medidas a desarrollar en caso de accidente y de incidente con objeto de minimizar las afecciones que la nueva autovía puede generar sobre la población.

Vigilancia de la ejecución de las medidas de control de las afecciones sobre las poblaciones cercanas.

Vigilancia reposición servicios existentes y vías pecuarias.

Control de los niveles de ruido y necesidad de medidas correctoras tanto en la fase de ejecución cómo de explotación de la autovía.

E.8 Bienes materiales, patrimonio cultural:

El seguimiento arqueológico de todas las medidas propuestas y el que se realizará durante las primeras etapas del movimiento de tierras (desbroce y retirada de tierra vegetal) será llevado a cabo por personal técnico especializado en Arqueología. En el caso de que se realice algún hallazgo, se delimitará y balizará y se comunicará al órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente. Se realizará vigilancia arqueológica periódica en la totalidad del proyecto.

Además del trazado se realizará el mismo seguimiento en zonas designadas para préstamos, vertederos, acopios de material, accesos e instalaciones auxiliares.

Durante la ejecución de los trabajos se realizarán informes semestrales de seguimiento.

Durante los primeros 3 años de la fase de explotación se elaborarán informes anuales e informes especiales, en respuesta a circunstancias excepcionales, que también se contemplan para la fase de construcción.

Los informes del Plan de Vigilancia Ambiental indicados anteriormente quedarán a disposición de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que podrá requerirlos cuando lo considere oportuno.

El promotor deberá incluir en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado que se instalen sobre el terreno, la referencia del BOE en el que se ha publicado esta declaración de impacto ambiental.

La autorización del proyecto incluirá el programa de seguimiento y vigilancia ambiental completado con las prescripciones anteriores.

Asimismo, la declaración de impacto ambiental favorable no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la realización del proyecto «Autovía A-15, Tramo: Agreda (Este)-Tudela (Navarra))» en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias que resultan de la evaluación ambiental practicada, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 41.3 de la Ley de evaluación ambiental, y se comunica a la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

De acuerdo con el artículo 41.4 de la Ley de Evaluación Ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 28 de mayo de 2020.–El Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, Ismael Aznar Cano.

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