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Documento BOE-A-2020-6313

Decreto de 10 de marzo de 2020, de la Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de Siniestralidad Laboral, en la Fiscalía Provincial de Málaga, a don Francisco Javier Peña Salinas.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 18 de junio de 2020, páginas 41577 a 41578 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2020-6313

TEXTO ORIGINAL

El 24 de febrero de 2020, la Unidad de Siniestralidad Laboral de la Fiscalía General del Estado remitió a la Inspección Fiscal escrito del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga, en el que propone el nombramiento del Fiscal, Ilmo. Sr. don Francisco Javier Peña Salinas, como Delegado de la especialidad en la citada Fiscalía.

Hechos

Con motivo de la jubilación de la anterior Delegada de Siniestralidad Laboral, quedó vacante en la Fiscalía Provincial de Málaga el cargo de Fiscal Delegado de la especialidad. Para cubrirlo, el Fiscal Jefe comunicó a todos los miembros de la plantilla el 4 de febrero de 2020 que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. El único solicitante fue don Francisco Javier Peña Salinas, que tiene acreditada experiencia y formación. La propuesta fue elevada el 12 de febrero de 2020 a la Unidad de Siniestralidad Laboral de la Fiscalía General del Estado.

El Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, en funciones de Fiscal de Sala de la Unidad de Siniestralidad Laboral, remitió la documentación a la Fiscalía General del Estado el 24 de febrero de 2020, informando que no formulaba objeción a su designación, y en el mismo sentido el Consejo Fiscal (artículo 3.4 del Real Decreto 437/1983).

Fundamentos

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los Fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (artículo 36.4). Esto último no es aplicable al presente caso, al haber sido el único candidato don Francisco Javier Peña Salinas.

Segundo.

La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado complementa la anterior disposición, al aclarar que se seguirá también el mismo procedimiento de designación en los casos en los que el Delegado provincial de la especialidad que se propone no tenga el rango de Decano, como sucede en este caso.

Esta misma Instrucción establece que los nombramientos y ceses de los Delegados Provinciales de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala Coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente, trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Tercero.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato, manifestando su conformidad el Consejo Fiscal.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, acuerdo:

Nombrar al Ilmo. Sr. don Francisco Javier Peña Salinas Fiscal Delegado de Siniestralidad Laboral en la Fiscalía Provincial de Málaga.

Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Recursos: Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (C/Fortuny, núm. 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla l.a de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 10 de marzo de 2020.–La Fiscal General del Estado, Dolores Delgado García.

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