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Documento BOE-A-2020-6964

Orden JUS/586/2020, de 25 de junio, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 1 de julio de 2020, páginas 45716 a 45718 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2020-6964

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 464 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como en los artículos 14 y 15 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado por Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, se anuncia la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo cuya descripción se especifica en el anexo de la presente convocatoria con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Participantes.

El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de la categoría primera y de la categoría segunda, que, como mínimo, hayan prestado servicio durante diez años en puestos de segunda categoría, y que se encuentren en situación de servicio activo o en cualesquiera otras que comporten la reserva del puesto de trabajo en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

No podrán participar los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión.

Segunda. Presentación de solicitudes.

Los interesados deberán presentar su solicitud, junto con un currículum vitae en el que harán constar sus datos personales, puesto de trabajo actual y puesto al que aspiren, así como los méritos que aleguen, en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Las solicitudes se dirigirán a la Sr. Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, y deberán tener entrada en el Registro General del Ministerio de Justicia, calle La Bolsa, 8 (28071 Madrid), o en la forma prevista en la normativa de procedimiento administrativo vigente.

Junto con la documentación se presentará una memoria firmada en la que, en una extensión no superior a diez folios, el candidato realizará un análisis de las tareas del puesto solicitado, condiciones y medios necesarios para su desempeño, propuesta de mejora en el desarrollo de las funciones y todas aquellas cuestiones que el aspirante considere de interés o importancia en relación con las funciones del puesto.

Así mismo con la solicitud se deberá adjuntar copia de la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen, entre los que se pueden encontrar el conocimiento del idioma y derecho foral propio de la Comunidad Autónoma en la que radique el puesto de trabajo que se solicita. En cualquier momento la documentación original puede ser requerida por el Sr. Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia.

Dentro del plazo de presentación de solicitudes y con carácter obligatorio se deberá remitir copia de la solicitud con el sello de registro y la documentación correspondiente, a la siguiente dirección de correo electrónico: letradosaj@mjusticia.es

Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El Ministerio de Justicia y la Comunidad Autónoma podrán realizar una entrevista personal a los solicitantes.

Tercera. Resolución y adjudicación de destino.

La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo por Orden del Ministro de Justicia.

En las Comunidades Autónomas que tuvieren asumidas competencias en materia de Administración de Justicia el nombramiento se realizará, de conformidad con los principios de mérito y capacidad, a propuesta motivada del órgano competente de estas.

En todo caso para el nombramiento se recabará informe sobre el candidato que ha de ser nombrado por el Ministerio de Justicia de la Sala de Gobierno del Tribunal respectivo, así como del Consejo del Secretariado.

El mandato del Secretario de Gobierno se extenderá a un plazo de cinco años, renovable, en su caso, por un solo periodo igual, no pudiendo ocupar más de diez años el mismo puesto de Secretario de Gobierno conforme a lo dispuesto en el artículo 464.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

El Secretario de Gobierno que fuere nombrado en esta convocatoria y que a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, estuviere desempeñando el puesto para el que ahora es reelegido, no podrá optar a la reelección para el mismo puesto cuando trascurran los cinco años de este segundo mandato, conforme a lo establecido en el precepto citado.

Al Letrado de la Administración de Justicia que sea nombrado Secretario de Gobierno se le reservará, durante el tiempo que ocupare dicho cargo, la plaza que viniere ocupando con anterioridad a dicho nombramiento, conforme a lo establecido en al artículo 464.5 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial.

La plaza ofertada podrá declararse desierta.

Cuarta. Recursos.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición de recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 25 de junio de 2020.–El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/696/2015, de 16 abril), el Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Francisco de Borja Vargues Valencia.

ANEXO

I. Características del puesto:

Puesto de trabajo Localidad
Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Zaragoza

II. Funciones:

Las funciones que corresponde ejercer en los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria son las establecidas en los artículos 465 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 14.2 y 16 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

III. Requisitos de participación:

Cuerpo: Letrados de la Administración de Justicia.

Categoría:

– Primera.

– Segunda, con un mínimo de diez años de antigüedad.

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