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Documento BOE-A-2020-7222

Resolución de 19 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican el incremento salarial para el año 2019, y las correspondientes tablas salariales, del Convenio colectivo de la empresa Radio ECCA, Fundación Canaria, para los centros de trabajo situados en territorio peninsular.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 3 de julio de 2020, páginas 47143 a 47148 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2020-7222
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/06/19/(6)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta, de 12 de marzo de 2020, en la que se aprueba el incremento salarial para el año 2019 y las correspondientes tablas salariales del Convenio colectivo de la empresa Radio ECCA, Fundación Canaria, para los centros de trabajo situados en territorio peninsular (código de convenio n.º 90102952012018), publicado en el BOE de 28 de febrero de 2018, acuerdos que fueron suscritos, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por los designados por el Comité de empresa y Delegados de personal de los centros afectados, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de los citados acuerdos de incremento salarial y tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de junio de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE RADIO ECCA, FUNDACIÓN CANARIA

En la sede de Radio ECCA, Fundación Canaria en Las Palmas de Gran Canaria, con conexión por videoconferencia con Cáceres, La Coruña, Madrid, Murcia, Sevilla y Vigo, siendo las 10:00 horas del día 12 de marzo de 2020, se reúnen las personas reseñadas en representación de la parte Social y la parte empresarial legitimadas para la firma de la modificación del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria, Código Convenio 90102952012018, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) n.º 52, de 28 de febrero de 2018, conforme a lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores, una vez constituida la Comisión del Negociadora del Convenio Colectivo citado, procede a tratar los puntos reseñados en el orden del día.

ASISTENTES

Por la Dirección de la empresa:

Doña Ana Giménez Rodríguez.

Doña Rosa María Santana Segura.

Don Juan Carlos Hernández Atta.

Por la parte Social:

CCOO:

Don Alfonso de Celis Navarro.

Don José Luis Escaño Rubio.

Doña Adela Fernández Díez.

FESP-UGT:

Doña Estrella Borrego Molina.

Doña Gema Gallego Escudero.

Doña Patricia Pousa Calero.

MANIFIESTAN

Primero.

Que, ambas representaciones cuentan con capacidad y legitimación para negociar la modificación del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria, conforme a la legislación aplicable y, por tanto, se reconocen mutuamente en este acto como interlocutores válidos para negociar modificaciones respecto al Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria.

Segundo.

Que, ambas representaciones intervienen en la presente negociación, guiadas por el principio de buena fe y con vistas a alcanzar acuerdos relativos a la modificación del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria que se especificará en el punto núm. uno y dos del orden del día.

Tercero.

En la Comisión ha existido una modificación de los miembros, por parte de la Dirección y por la parte social respecto a la constituida el 7 de junio de 2018. Por tanto, la Comisión está compuesta por los nueve miembros que constan en el encabezamiento de la presente acta que, a los efectos de los artículos 87 y 88 del Estatuto de los Trabajadores y respetando las reglas legales aplicables de proporcionalidad, así como atendiendo a los mandatos electorales existentes en la empresa, han sido designados por cada parte como miembros integrantes de la Comisión Negociadora para la modificación del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria que queda válidamente constituida. Asimismo, por la parte Social y por la parte empresarial, se ha designado, de forma unánime por todos los miembros, que la persona que ostente la presidencia de la presente Comisión sea don Alfonso de Celis Navarro y la persona que ostente la Secretaría de dicha Comisión sea doña Rosa María Santana Segura. Igualmente, el interlocutor de las comunicaciones de la parte Social don Alfonso de Celis Navarro, a.decelis@radioecca.org, y doña Rosa María Santana Segura, como interlocutora de la parte de la Dirección, direccion@radioecca.org.

Y en virtud de lo expuesto, de conformidad con la convocatoria efectuada para la presente reunión, el orden del día de la sesión de hoy es el siguiente:

1. Actualización de los salarios previstos en las tablas salariales fijadas en el anexo I del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria.

2. Ruegos y preguntas.

No existen.

Preside la reunión don Alfonso de Celis Navarro (CCOO) y la Secretaría de actas la asume doña Rosa María Santana Segura.

Primero. Actualización de los salarios previstos en las tablas salariales fijadas en el anexo I del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria.

Se propone por la Dirección la actualización para el año 2019 de los salarios reflejados en las tablas salariales fijadas en el anexo I del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria, consistente en un incremento salarial del 2,375 % en el primer semestre del año 2019 y un incremento del 2,625 % en el segundo semestre del año 2019 sobre los salarios que constan en la resolución de 21 de febrero de 2019, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en fecha 1 de marzo de 2019, donde se publican las tablas salariales del año 2018.

La Dirección propone que ese incremento del salario para el año 2019 se aplicará a partir de la nómina del mes de marzo de 2020.

Asimismo, propone la aplicación retroactiva de las tablas salariales propuestas desde el 1 de enero de 2019.

Efectuada la votación respecto a la actualización salarial para el año 2019 y la aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2019, se obtienen los siguientes resultados:

Por la parte Social:

Tres votos de CCOO, a favor de dicho planteamiento y tres votos de FESP-UGT a favor de dicho planteamiento.

Por la parte de la Dirección:

Tres votos a favor de dicho planteamiento.

De conformidad con la votación realizada, la Comisión Negociadora del citado Convenio aprueba, por unanimidad, conforme a las normas establecidas en el Estatuto de los Trabajadores, el incremento salarial expuesto para el año 2019 y la aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2019.

Segundo. Ruegos y preguntas.

No se han realizado.

Consecuentemente, tras las manifestaciones, votaciones realizadas y siguiendo las normas legalmente establecidas, la Comisión Negociadora del citado Convenio adopta, por unanimidad, los siguientes

ACUERDOS

1. La actualización para el año 2019 de los salarios reflejados en las tablas salariales fijadas en el anexo I del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria, consistente en un incremento salarial del 2,375 % en el primer semestre del año 2019 y un incremento del 2,625 % en el segundo semestre del año 2019 sobre los salarios que constan en la resolución de 21 de febrero de 2019, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en fecha 1 de marzo de 2019, donde se publican las tablas salariales del año 2018.

El incremento del salario para el año 2019 se aplicará a partir de la nómina del mes de marzo de 2020, sin perjuicio de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

En consecuencia, se procede simultáneamente en este acto a la firma de la tabla salarial correspondiente al primer semestre del año 2019 y de la tabla salarial correspondiente al segundo semestre de 2019, ambas tituladas como Anexo I, formando ambas parte inseparable de esta acta.

2. La aplicación retroactiva de las tablas salariales acordadas desde el 1 de enero de 2019.

3. Las diferencias adeudadas a los trabajadores como consecuencia de la aplicación retroactiva a fecha 1 de enero de 2019, deberán quedar saldadas en el plazo de tres meses.

4. Se acuerda por unanimidad modificar la tabla salarial de manera que el salario del auxiliar administrativo y del responsable directo sobre ejecución de tareas sea actualizado de forma que se equipare al importe del salario mínimo interprofesional, desapareciendo por tanto los complementos absorbibles que hasta ahora figuraban sus nóminas como complemento hasta llegar al salario mínimo para 2020 o en su defecto superior si se diese el caso.

5. Autorizar y delegar en amplitud legal precisa, a favor de doña Ana Castaño Buendía, de la organización sindical FESP-UGT, para que en nombre de esta Comisión, pueda presentar el texto, acta y demás documentación, así como realizar las gestiones necesarias, ante la autoridad Laboral, al sólo efecto de su presentación y a don Alfonso de Celis Navarro de la organización sindical CCOO y doña Rosa María Santana Segura, para que en nombre de esta Comisión, pueda presentar el texto, acta y demás documentación, así como realizar las gestiones necesarias, ante la Autoridad Laboral, al sólo efecto de su presentación telemática, registro, depósito y publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado».

No existen más asuntos que tratar.

Sin más asuntos que tratar, queda aprobada el acta por el conjunto de las representaciones y personas asistentes, se procede a firmar el Acta en cuatro ejemplares de cinco páginas a una sola cara, más tablas salariales que constan de dos páginas, quedando habilitado la Secretaría para certificar cuantas copias sean precisas, levantándose la sesión a las 12:52 horas del día de la fecha.

ANEXO I
Tablas salariales 2019_Primer Semestre

Confeccionadas para 14 pagas

Grupo 1: Personal Docente del Sistema Educativo

    Salario Trienio
Nivel I. Titulado/a Superior/Grados, equivalentes según la normativa vigente en cada momento. 1.825,70 49,85
Nivel II. Titulado/a Medio/Grados, equivalentes según la normativa vigente en cada momento. 1.583,02 37,87

Grupo 2: Personal de Proyectos y Programas

    Salario Trienio
Nivel I. Coordinador/a de actividades de proyectos. 1.825,70 49,85
Nivel II. Técnico/a de proyectos y de gestión. 1.583,02 37,87
Nivel III. Instructor/a de actividades. 1.402,04 35,92
Nivel IV. Monitor/a. 1.261,83 34,24

Grupo 3: Personal Titulado

    Salario Trienio
Nivel I. Titulados/as superiores (licenciatura/grado universitario equivalente). 1.825,70 49,85
Nivel II. Titulados/as medios (diplomatura/grado universitario equivalente/técnico o equivalente). 1.583,02 37,87

Grupo 4: Personal de Administración y Servicios

Niveles Personal de Administración:

    Salario Trienio
Nivel I. Gestor/a administrativo/a de la Delegación. 1.298,44 40,08
Nivel II. Administrativo/a. 1.043,27 33,83
Nivel III. Auxiliar administrativo/a. 913,12 33,83

Niveles Personal de Servicios:

    Salario Trienio
Nivel I. Responsable indirecto sobre ejecución de tareas. 1.093,30 33,83
Nivel II. Responsable directo sobre ejecución de tareas. 913,12 33,83
ANEXO II
Tablas salariales 2019_Segundo Semestre

Confeccionadas para 14 pagas

Grupo 1: Personal Docente del Sistema Educativo

    Salario Trienio
Nivel I. Titulado/a Superior/Grados, equivalentes según la normativa vigente en cada momento. 1.836,89 50,15
Nivel II. Titulado/a Medio/Grados, equivalentes según la normativa vigente en cada momento. 1.586,89 37,96

Grupo 2: Personal de Proyectos y Programas

    Salario Trienio
Nivel I. Coordinador/a de actividades de proyectos. 1.836,89 50,15
Nivel II. Técnico/a de proyectos y de gestión. 1.586,89 37,96
Nivel III. Instructor/a de actividades. 1.410,63 36,14
Nivel IV. Monitor/a. 1.269,56 34,45

Grupo 3: Personal Titulado

    Salario Trienio
Nivel I. Titulados/as superiores (licenciatura/grado universitario equivalente). 1.836,89 50,15
Nivel II. Titulados/as medios (diplomatura/grado universitario equivalente/técnico o equivalente). 1.586,89 37,96

Grupo 4: Personal de Administración y Servicios

Niveles Personal de Administración:

    Salario Trienio
Nivel I. Gestor/a administrativo/a de la Delegación. 1.301,62 40,17
Nivel II. Administrativo/a. 1.045,82 33,92
Nivel III. Auxiliar administrativo/a. 915,35 33,92

Niveles Personal de Servicios:

    Salario Trienio
Nivel I. Responsable indirecto sobre ejecución de tareas. 1.095,97 33,92
Nivel II. Responsable directo sobre ejecución de tareas. 1.095,97 33,92

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/06/2020
  • Fecha de publicación: 03/07/2020
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 16 de febrero de 2018 (Ref. BOE-A-2018-2812).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Radiodifusión

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