La Orden ETD/7/2020, de 14 de enero, ha dispuesto la emisión, mediante el procedimiento de sindicación, del primer tramo de una nueva referencia de Obligaciones del Estado a diez años denominadas en euros y ha fijado sus características esenciales, estableciendo que la fecha de emisión, el tipo de interés nominal anual y el precio de suscripción de los valores se determinarían por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, previa consulta con las entidades integrantes del sindicato adjudicatario de la emisión.
Finalizado el periodo de suscripción para este primer tramo y fijadas las características esenciales de la emisión, es necesario proceder a la preceptiva publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dichas características y del resultado de la emisión.
En consecuencia, conforme se prevé en la citada Orden ETD/7/2020, de 14 de enero, dispongo que:
1. La emisión del primer tramo de Obligaciones del Estado a diez años denominadas en euros, dispuesta por la Orden ETD/7/2020, de 14 de enero, tendrá las características establecidas en dicha Orden y las que se determinan a continuación:
a) Fecha de emisión: 21 de enero de 2020.
b) Tipo nominal de interés anual: 0,50 por 100.
c) Importe nominal adjudicado: 10.000 millones de euros.
d) Precio de suscripción: 99,751 por 100 del importe nominal.
e) Rendimiento interno equivalente: 0,525 por 100.
2. De acuerdo con lo previsto en el apartado 3.c) de la Orden ETD/7/2020, de 14 de enero, el primer cupón de esta emisión, a pagar el 30 de abril de 2020, será por un importe bruto del 0,136612 por 100, expresado en tanto por ciento del saldo nominal.
3. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 5.2 de la Orden ECE/27/2019, de 21 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2019 y enero de 2020, a fin de llevar a cabo la emisión, el titular de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional podrá formalizar con la entidad o entidades seleccionadas o adjudicatarias los convenios y contratos pertinentes, en los que se podrán acordar comisiones de administración, suscripción y colocación. En este sentido, las comisiones acordadas de administración, suscripción y colocación serán del 0,175 por 100 del importe nominal adjudicado.
4. Antes de las quince horas del día 20 de enero de 2020, el sindicato adjudicatario de la emisión comunicará a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional y al Banco de España la distribución por entidades del nominal suscrito, a efectos del correspondiente ingreso en la cuenta del Tesoro Público en el Banco de España y del registro de las anotaciones de la Deuda que se emita en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal.
Madrid, 16 de enero de 2020.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, P. D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario General del Tesoro y Financiación Internacional, P. S (Orden ECE/27/2019, de 21 de enero), el Subdirector General de Financiación y Gestión de la Deuda Pública, Pablo de Ramón-Laca Clausen.
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