Habiéndose declarado firme en vía administrativa la sanción impuesta a Banco Inversis, S.A. por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 81, letra h) de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, se procede a publicar, conforme a lo establecido en su artículo 94 bis, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 28 de enero de 2019 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, y después de su revisión en alzada por la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, concluye con el siguiente Acuerdo:
– Imponer a Banco Inversis, S.A. por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 81, letra h), de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, en relación con el artículo 62 del mismo texto legal, por no haber actuado en beneficio de los partícipes del Fondo Gesconsult Talento, FI, una multa por importe de 125.000 euros (ciento veinticinco mil euros).
La Resolución que impone la sanción indicada en la presente publicación, únicamente es firme en vía administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, competente para conocer de los recursos que en su caso se hayan interpuesto o pudieran interponerse.
Madrid, 23 de junio de 2020.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Sebastián Albella Amigo.
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