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Documento BOE-A-2020-8510

Resolución de 6 de julio de 2020, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo 873/2020, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y se notifica y emplaza a los interesados.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 24 de julio de 2020, páginas 56952 a 56952 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2020-8510

TEXTO ORIGINAL

Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la Asociación Sindical de Secretarios de la Administración de Justicia ha interpuesto el recurso contencioso-administrativo (procedimiento ordinario 873/2020), contra la Circular 3/2020, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, de medidas extraordinarias de tramitación y criterios excepcionales sobre la prestación del servicio de los Letrados de la Administración de Justicia durante los meses de verano de 2020.

En consecuencia, esta Secretaría General acuerda remitir el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo 873/2020, remisión que se verificará conforme a lo dispuesto en el artículo 49.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, una vez emplazados los interesados.

Notifíquese esta Resolución, conforme a lo establecido en el artículo 49.1 de dicha Ley, a los interesados mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», al afectar a una pluralidad indeterminada de los mismos, quedando emplazados para que puedan comparecer ante el referido Juzgado en el plazo de nueve días, a fin de sostener la conformidad a derecho del acto, disposición o conducta impugnados, rechazándose toda personación que pretenda cuestionar la legalidad de la resolución recurrida. Haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.

Madrid, 6 de julio de 2020.–El Secretario General para la Innovación y la Calidad del Servicio Público de Justicia, Francisco de Borja Vargues Valencia.

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